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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de junio de 2006





CUENTA Nº 75

 

CUENTA Nº 75

 

 

Despacho del martes (13) de junio de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro   y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

2.- Expediente N° X-2006-000010 (CUADERNO SEPARADO): MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000119).

 

Se libró Boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-06-2006. Asimismo, se libró Oficio N° 06-229, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 08-06-2006.

 

 

3.- Expediente N° 2005-000102: CARLOS ENRIQUE CARRASCO OROPEZA, titular de cédula de identidad N° 5.322.142, asistido por el abogado Enrique Rafael Tineo Suquet, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.367, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 10-08-2005, emanada de la Junta Municipal del Municipio Torres del Estado Lara, mediante la cual se proclamó como Concejal de ese Municipio a la ciudadana Ada Camacaro Rondón.

 

Se comisionó al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar de la sentencia  dictada en fecha 08-06-2006 a la parte recurrente, ciudadano Carlos Enrique Carrasco Oropeza, así como a la ciudadana Ada Lucia Camacaro Rondón. Se libró Oficio N° 06-233, boletas y despacho. Asimismo, se libró Oficio  N° 06-234, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 08-06-2006. Finalmente, se libró  boleta al ciudadano Pablo Francisco Ávila, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-06-2006.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El abogado Guillermo Alcalá Prada, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.812, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita se dicte sentencia.

 

 

5.- Expediente N° X-2006-000012 (CUADERNO SEPARADO): ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000042).

 

El abogado Ricardo Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratifica la medida cautelar y solicita se dicte sentencia en la misma.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006, emanadas de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club.

 

El abogado FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, consignó diligencia (Acompaña anexos).

 

 

7.- Expediente N° 2006-000019: Betzaida Elizabeth García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo del Estado Aragua (SUDEPEL), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución N° 051124-1221, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, que resolvió “tener como no realizado el proceso electoral celebrado por el SINDICATO UNITARIO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO ARAGUA (SUDEPEL-ARAGUA) en fecha 24-11-2004”.

 

La abogada Betzaida Elizabeth García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo del Estado Aragua (SUDEPEL), consignó diligencia mediante la cual solicita ampliación de la sentencia publicada en fecha 08-06-2006.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 12-06-2006, por el abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de los recurrente, mediante la cual solicita la remisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de los documentos señalados en el escrito de promoción de pruebas presentado por los recurrentes, el Juzgado acuerda remitir copia certificada  de los referidos anexos. Se libró Oficio N° 06-228.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes,  a la Comisión Electoral Central de la referida Casa de estudios y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron Oficios números 06-232, 06-230 y 06-231. Asimismo, se ordenó abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la oposición formulada por los representantes de la Universidad de Los Andes y de la Comisión Electoral Central de la referida Casa de estudios, contra la medida cautelar decretada por la Sala mediante Sentencia N° 87 de fecha 24-05-2006.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N°  2006-000054: VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, respecto a la  impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), en la cual se declaró la inelegibilidad del ciudadano Victoriano Castillo Quijada. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. (Remitido mediante Oficio N° 00-961, de fecha 08-05-2006,  Expediente N° BP02-N-2006-000197 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-216, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

11.- Expediente N°  2006-000054: VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, respecto a la  impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), en la cual se declaró la inelegibilidad del ciudadano Victoriano Castillo Quijada. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. (Remitido mediante Oficio N° 00-961, de fecha 08-05-2006,  Expediente N° BP02-N-2006-000197 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-217, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la admisión del recurso.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-211, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión de la reforma.

 

 

13.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado Ángel Manuitt Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 89.056, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita nueva oportunidad para la evacuación de la prueba de testigos admitida por auto de fecha 01-06-2006. Asimismo, solicita sean enviados al Juzgado comisionado los documentos que cursan a los folios 64, 70 al 72 y 93 al 95 a los fines de la evacuación de la prueba mencionada.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

14.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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