CUENTA
Nº 155
Despacho del miércoles trece (13) de diciembre
de 2006. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez
Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se
leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2006-000114: CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ
VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad
números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados
William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el
proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de
Trabajadores de la Industria
de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir
la Junta Directiva
del referido Sindicato.
Se acordó
solicitar al Consejo Nacional Electoral y a
la Comisión
Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas
y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), el expediente
administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho relacionados con el recurso. Se
libraron Oficio números N° 06-423 y 06-425.
Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la Región Nor-Oriental, a
los fines de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores
de la Industria
de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN). Se libró
Oficio N° 06-424 y despacho.
DILIGENCIA EN:
2.-
Expediente N° 2006-000085: JOSÉ ARASME BERMUDEZ,
RICHARD APONTE y ENOVYS CENTENO, titulares de las cédulas de identidad números
5.392.262, 8.548.356 y 11.336.370, respectivamente, asistidos por la abogada
Delia Guevara Tineo, inscrita en el Inpreabogado bajo
el número 65.438, interponen amparo constitucional contra la Comisión
Electoral del Sindicato Único Profesional de Trabajadores
Profesionales, Técnicos, Empleados y Obreros Eléctricos del Estado Monagas,
respecto a las elecciones celebradas en el referido Sindicato en fecha
11-05-2006.
El abogado
Gregorio Theis Lugo, inscrito en el Inpreabogado bajo
el N° 17.905, presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber
retirado copias certificadas acordadas en auto de fecha 12-12-2006.
3.- Expediente N° 2006-000059: Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano
CHRISTIAN AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 81.183.896, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la Comisión
Electoral y la Junta
Directiva de “La Hacienda
Country Club, Asociación Civil”, referido al proceso
electoral celebrado el 07-05-2006, para elegir a la nueva Junta Directiva,
Comisarios y Comité de Disciplina de la referida Asociación Civil, período
2005-2008. (Recibido el 26-05-2006).
El abogado
Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN
AMAYA, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 3-24 del diario
“El Universal” de fecha 07-12-2006, donde apareció publicado el cartel de
emplazamiento a los interesados.
4.- Expediente N° 2006-000114: CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ
VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad
números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados
William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso
electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas
y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido
Sindicato.
El abogado
William Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.565, actuando con el
carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia
mediante la cual ratifica la solicitud de medida cautelar.
5.- Expediente
N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de
identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del
Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado
Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°
060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta
Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el
período de la Junta Directiva
del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó
la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período
2006-2009.
El ciudadano
Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.702,
consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia
de fecha 10-08-2006, que corre inserta a los folios 333 y 356 del expediente.
6.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO
RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando
con el carácter de Miembros de la Junta
Directiva de la
Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo
Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916,
respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la
referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva,
período 2006-2008.
El ciudadano Alguacil consignó boleta
librada a los ciudadanos José Ibáñez, José
Echeverri, Filadelfo González, Julio Rojas, Armando Valero, Jesús Tarazona, Pedro Sánchez, Norman Becerra, José Terán, José Carrero, Félix Useche, Nevis Duque, Weyman Pérez, Elio Labrador,
Alicson Ramírez, Rigoberto González y Jesús González,
mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 30-11-2006.
7.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO
RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando
con el carácter de Miembros de la Junta
Directiva de la
Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo
Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916,
respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la
referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva,
período 2006-2008.
El ciudadano Alguacil consignó
copia del Oficio N° 06-416, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral
de la Asociación Civil Micro
Tours Don Augusto Malave Villalba del fallo dictado
en fecha 30-11-2006.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
8.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO
RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando
con el carácter de Miembros de la Junta
Directiva de la
Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo
Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916,
respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la
referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva,
período 2006-2008.
Los ciudadanos
Diana Guadalupe Díaz de Salinas, Argenis Mora
Rodríguez, José Chaparro, Freddy Vargas y Simón López Contreras, actuando con
el carácter de miembros de la Comisión
Electoral de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Alejandro
Antonio Urdaneta Arocha y
Rafael Alberto Díaz Rojas, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.026
y 23.128, respectivamente, consignaron escrito mediante el cual exponen las
actividades realizadas tendentes a dar cumplimiento con la Sentencia N° 190 de fecha
30-11-2006.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
9.- Expediente N°
2006-000108:
GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACIN,
titulares de las cédulas de identidad números 6.557.107 y 6.549.997,
respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442,
respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra “el Acuerdo tomado
por la Directiva
del Consejo Nacional Electoral en la Sesión de fecha 11-08-2006 que ordena el USO DE
LOS EQUIPOS DE INFORMACIÓN BIOMÉTRICA (captahuellas),
para las elecciones Presidenciales del día 3 de diciembre de 2006”.
Visto que consta en autos la notificación
de la parte recurrente del auto de admisión dictado por este Juzgado de
Sustanciación en fecha 29-11-2006, el Juzgado acordó librar el cartel de
emplazamiento a los interesados ordenado en el referido
auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Universal”. Se
libró cartel de emplazamiento.
ESCRITO PRESENTADO EN:
10.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676,
asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N°
060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin
lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler,
Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el
21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCIÓN
DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.),
correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.
Los ciudadanos Erasmo Barrientos y
Juan Carlos Hernández, asistidos por la abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
consignaron escrito de promoción de pruebas (Acompañaron anexos). Se ordenó
reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza
el lapso de promoción.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676,
asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N°
060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin
lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler,
Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el
21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCIÓN
DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.),
correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.
Los ciudadanos
Erasmo Barrientos y Juan Carlos Hernández, asistidos
por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 32.172, consignaron diligencia mediante la
cual ratifican la solicitud formulada mediante diligencia de fecha 05-12-2006, en
la cual solicitan se declare desistido el recurso.
12.- Expediente N° 2006-000083: Corte Primera de lo Contencioso Administrativa remite expediente
contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano
EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, titular de la cédula de identidad 1.121.539, asistido
por el abogado Antonio Ortiz Landaeta, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 15.235, contra la
Resolución N° 050629-448, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 29-06-2005, que declaró sin lugar el recurso de impugnación
de postulación interpuesto por los ciudadanos Luis Manuel Zambrano Volcán y
Emanuel Blumhagen Schill,
contra la Resolución
emanada de la Junta
Municipal Electoral del Municipio Obispos del Estado Barinas,
la cual admitió la postulación del ciudadano Alexis Álvarez y de la ciudadano
Yasmín Susana Díaz, como candidatos a Concejales Lista en el Municipio Obispos
del Estado Barinas, por parte de la Organización Política Movimiento Quinta República
(MVR). Oficio Nº 2006-4231, de fecha 02-08-2006, remitiendo el expediente Nº
AP42-N-2005-001354 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).
El ciudadano Alguacil
consignó copia del Oficio N° 06-422, mediante el cual se notificó al Consejo
Nacional Electoral de auto de pruebas dictado en fecha 11-12-2006.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
13.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la Junta Directiva de la
Asociación Civil sin fines de lucro “EL DORADO COUNTRY CLUB”, de conformidad con lo previsto en los
artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 08-08-2006.
14.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la
Asociación Civil El Dorado Country Club,
A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de
los referidos ciudadanos.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la Comisión
de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil
sin fines de lucro “EL DORADO COUNTRY CLUB”, de conformidad con lo previsto en los
artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 08-08-2006.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente N° 2006-000103: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974,
actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Capital y estados Miranda y Vagas (SUTIC), asistido por la abogada
Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional con solicitud
de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto al
acto administrativo de fecha 26-09-2006, donde se ordenó a la Comisión
Electoral del referido Sindicato, que en un lapso de tres (3)
días hábiles “consignar un Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación
que este suscrita por la totalidad de los miembros de la Comisión
Electoral”.
La abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, actuando con
el carácter de apoderado judicial de la parte accionante,
consignó diligencia mediante la cual se da por notificada de la Sentencia 188, de fecha
28-11-2006.
El Presidente,
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ