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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de diciembre de 2006





CUENTA Nº 155

 

 

CUENTA Nº 155

 

 

Despacho del miércoles trece (13) de diciembre de 2006. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2006-000114:  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral y a  la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libraron  Oficio números N° 06-423 y 06-425. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN). Se libró Oficio N° 06-424 y despacho.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2006-000085: JOSÉ ARASME BERMUDEZ, RICHARD APONTE y ENOVYS CENTENO, titulares de las cédulas de identidad números 5.392.262, 8.548.356 y 11.336.370, respectivamente, asistidos por la abogada Delia Guevara Tineo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65.438, interponen amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato Único Profesional de Trabajadores Profesionales, Técnicos, Empleados y Obreros Eléctricos del Estado Monagas, respecto a las elecciones celebradas en el referido Sindicato en fecha 11-05-2006.

 

El abogado Gregorio Theis Lugo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.905, presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado copias certificadas acordadas en auto de fecha 12-12-2006.

 

 

 

3.- Expediente N° 2006-000059: Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 81.183.896, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva de “La Hacienda Country Club, Asociación Civil”, referido al proceso electoral celebrado el 07-05-2006, para elegir a la nueva Junta Directiva, Comisarios y Comité de Disciplina de la referida Asociación Civil, período 2005-2008. (Recibido el 26-05-2006).

 

El abogado Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 3-24 del diario “El Universal” de fecha 07-12-2006, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000114:  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

El abogado William Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.565, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratifica la solicitud de medida cautelar.

 

 

5.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El ciudadano Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.702, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia de fecha 10-08-2006, que corre inserta a los folios 333 y 356 del expediente.

 

 

 

6.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos José Ibáñez, José Echeverri, Filadelfo González, Julio Rojas, Armando Valero, Jesús Tarazona, Pedro Sánchez, Norman Becerra, José Terán, José Carrero, Félix Useche, Nevis Duque, Weyman Pérez, Elio Labrador, Alicson Ramírez, Rigoberto González y Jesús González, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 30-11-2006.

 

 

 

7.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-416, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la  Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba del fallo dictado en fecha 30-11-2006.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los ciudadanos Diana Guadalupe Díaz de Salinas, Argenis Mora Rodríguez, José Chaparro, Freddy Vargas y Simón López Contreras, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Alejandro Antonio Urdaneta Arocha y Rafael Alberto Díaz Rojas, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.026 y 23.128, respectivamente, consignaron escrito mediante el cual exponen las actividades realizadas tendentes a dar cumplimiento con la Sentencia N° 190 de fecha 30-11-2006.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2006-000108: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACIN,  titulares de las cédulas de identidad números 6.557.107 y 6.549.997, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra “el Acuerdo tomado por la Directiva del Consejo Nacional Electoral en la Sesión de fecha 11-08-2006 que ordena el USO DE LOS EQUIPOS DE INFORMACIÓN BIOMÉTRICA (captahuellas), para las elecciones Presidenciales del día 3 de diciembre de 2006”.

 

Visto que consta en autos la notificación de la parte recurrente del auto de admisión dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 29-11-2006, el Juzgado acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Universal”. Se libró cartel de emplazamiento.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

10.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

Los ciudadanos Erasmo Barrientos y Juan Carlos Hernández, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, consignaron escrito de promoción de pruebas (Acompañaron anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

Los ciudadanos Erasmo Barrientos y Juan Carlos Hernández, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, consignaron diligencia mediante la cual ratifican la solicitud formulada mediante diligencia de fecha 05-12-2006, en la cual solicitan se declare desistido el recurso.

 

 

 

12.- Expediente N° 2006-000083: Corte Primera de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, titular de la cédula de identidad 1.121.539, asistido por el abogado Antonio Ortiz Landaeta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.235, contra la Resolución N° 050629-448, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-06-2005, que declaró sin lugar el recurso de impugnación de postulación interpuesto por los ciudadanos Luis Manuel Zambrano Volcán y Emanuel Blumhagen Schill, contra la Resolución emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Obispos del Estado Barinas, la cual admitió la postulación del ciudadano Alexis Álvarez y de la ciudadano Yasmín Susana Díaz, como candidatos a Concejales Lista en el Municipio Obispos del Estado Barinas, por parte de la Organización Política Movimiento Quinta República (MVR). Oficio Nº 2006-4231, de fecha 02-08-2006, remitiendo el expediente Nº AP42-N-2005-001354 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-422, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de auto de pruebas dictado en fecha 11-12-2006.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

13.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la Junta Directiva de la Asociación Civil sin fines de lucro “EL DORADO COUNTRY CLUB”,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-08-2006.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil sin fines de lucro “EL DORADO COUNTRY CLUB”,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-08-2006.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2006-000103: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Capital y estados Miranda y Vagas (SUTIC), asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto al acto administrativo de fecha 26-09-2006, donde se ordenó a la Comisión Electoral del referido Sindicato, que en un lapso de tres (3) días hábiles “consignar un Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación que este suscrita por la totalidad de los miembros de la Comisión Electoral”.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual se da por notificada de la Sentencia 188, de fecha 28-11-2006.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 


 

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