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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de mayo de 2006





CUENTA Nº 58

 

CUENTA Nº 59

 

Despacho del lunes (15) de mayo de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2006-000049: HAROLD MÁRQUEZ, ANTONIO ROMERO MILANO Y CECIL PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad números 3.429.033, 4.171.224 y 4.193.168, respectivamente, asistidos por el abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.826, interponen recurso contencioso electoral, contra la decisión emanada de la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, que declaró sin lugar la impugnación formulada contra el acto administrativo contentivo de la aceptación de la postulación de los profesores  Francesco Leone Durante y Edgar Alvarado Ramírez, a los cargos de Rector y Vicerrector Administrativo de la referida Casa de Estudios, respectivamente. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo previsto en los artículos 235 y siguientes de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, 19 y 21  de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 783-06, de fecha 05-05-2006,  Expediente N° KP02-N-2006-000185 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza principal).

                                                                                                               

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° X-2006-000012 (CUADERNO SEPARADO): ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000042).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó Ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano JOSÉ ÁNGEL BARRIOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 30-03-2006.

 

 

4.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano JOSÉ ÁNGEL BARRIOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-05-2006.

 

 

5.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano LUIS MIGUEL GARCÍA, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-05-2006.

 

 

6.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 06-04-2005, por el abogado Jesús Ramón Durán Magallanes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.064, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Andrés Guitían, mediante la cual solicita copia certificada de documentos que cursan a los folios 581 al 597 del expediente, la Sala observa que, por lo que se refiere al escrito que cursa a los folios 581 al 585 Vto. del expediente, se ACORDÓ su certificación. Ahora bien, con relación a los documentos que cursan a los folios 586 al 597 del expediente, la Sala NEGÓ su certificación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000071: Iris Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades, período  2005-2007.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 18-04-2006, la abogada COROMOTO RAMOS DE REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, mediante la cual solicita copia certificada del Listado General de Social de la Asociación Civil El Dorado Country Club, que corre inserto a los folios 470 al 480 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

8.- Expediente N° 2005-000071: Iris Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades, período  2005-2007.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 08-05-2006, por el ciudadano Baudilio Crespo, titular de la cédula de identidad N° 3.242.077, asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638,  mediante la cual solicita copia certificada de la Inspección Ocular que corre inserta a los folios 20 al 33 de la pieza de expediente administrativo, la Sala  ACORDÓ su certificación.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2006-000010: OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N° 3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 06-173-A, mediante el cual se solicita al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, la remisión de las resultas de la comisión conferida en fecha 25-01-2006. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

10. Expediente N° 2005-000120: JESUS LOMBANO, HUMBERTO PÉREZ Y MIGUEL CHAFARDET, titulares de las cédulas de identidad números 13.426.899, 7.244.511 y 13.907.707, respectivamente, asistidos por el abogado Frannel Alexander Velásquez Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la notificación realizada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, con sede en Maracay y del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de las Empresas Procesadoras de Productos Alimenticios, Embutidos, Ahumados, Similares y Conexos del Estado Aragua, mediante la cual acuerdan autorizar, coordinar, realizar y convalidar las elecciones en el mencionado Sindicato

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 06-173, mediante el cual se solicita al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, la remisión de las resultas de la comisión conferida en fecha 30-11-2005. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Ramona del Carmen Chacón Arias, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.720, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, consignó escrito de conclusiones.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente,  consignó escrito de conclusiones. (Acompaña anexos).

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

13.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral,  a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron Oficios números 06-184 y 06-183.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión solicitud de medida cautelar innominada. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2006-000012.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2006-000037: DIONELA MARTÍNEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.927.732, asistida por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.696, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0007, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la reelección de la referida ciudadana para el cargo de Secretaria General de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Petróleo, Químicos y sus Similares del Estado Delta Amacuro, afiliados a FEDEPETROL y C.T.V. (SITRAPESIDA), en el proceso eleccionario celebrado el 06-03-2005.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-174, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de notificar del auto de admisión dictado en fecha 03-05-2006, a la parte recurrente, ciudadana Dionela Martínez Gómez. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

16.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita 3 copias certificadas del auto de admisión, que cursa a los folios 145 al 146.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

17.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en esta misma fecha, por el abogado Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.089, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Henry Francisco Cordero Medina, el Juzgado pasa a pronunciarse sobre su admisión,  admitiéndolas.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

18.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

El abogado Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.089, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Henry Francisco Cordero Medina, consignó escrito de promoción de pruebas.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ


 

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