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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de mayo de 2006





CUENTA Nº 62

 

CUENTA Nº 62

 

 

Despacho del jueves (18) de mayo de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006, emanadas de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

Se acordó solicitar a la Universidad de Los Andes, así como a la Comisión Electoral Central de la  referida Universidad, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios números 06-190 y 06-191. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar del auto dictado en fecha 18-05-2006, a la Universidad de Los Andes, así como a la Comisión Electoral Central de la  referida Universidad. Se libró Oficio N° 06-189 y despacho. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se interpuso una solicitud de medida cautelar innominada, en tal sentido, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000016:  Iván Abad Sánchez Betancourt y Juan Alberto Moncada Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.715 y 83.136, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JOSÉ ELADIO USECHE DUARTE, PEDRO ÁNGEL SÁNCHEZ GUILLEN, JOSÉ GREGORIO CHACON ROA, PEDRO OBDULIO CASTRO MOLINA, JESÚS MARÍA PÉREZ GUTIÉRREZ, PEDRO CESAR ZAMBRANO MORA Y GABRIEL ARCÁNGEL MORENO, titulares de las cédulas de identidad números  3.999.318, 4.469.256, 9.208.601, 9.241.569, 4.628.017, 3.621.537 y 5.644.813, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 051124-1212 emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se decidió la inelegibilidad de los referidos ciudadanos para participar en el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales y sus Similares del Banco de Fomento Regional Los Andes, C. A. (SUTRABANFOANDES).

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 15-05-2006, por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita 3 copias certificadas del auto de admisión de fecha 15-05-2006, que cursa a los folios 145 y 146 del expediente, la Sala ACORDÓ las certificaciones solicitadas.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

5.- Expediente N° 2006-000051: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la solicitud formulada por el abogado RUBÉN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294, actuando en su propio nombre, respecto a “la EXTEMPORANEIDAD para interponer el Recurso Contencioso Electoral, que pretendiese interponer cualquier ciudadano en representación de cualquier organización política, con el objeto de impugnar los resultados del Referéndum Revocatorio Presidencial efectuado el pasado 15 de agosto de 2004”. Oficio Nº 06-2047, de fecha 11-05-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2005-001961 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000052: Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declina competencia en  el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano JUAN SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 17.484.719, asistido por la abogada Keyla Pérez Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.358, contra la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 01-03-2005, en la cual nombró a la nueva Junta Directiva del Sindicato Único de los Trabajadores de la Empresa Avícola Mayupan C.A. de la Parroquia Carayaca en el Estado Vargas (SINTRAMAYUPAN). Oficio Nº 168/2006, de fecha 09-02-2006, remitiendo el expediente Nº WP11-S-2005-000119 (nomenclatura de ese Tribunal) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado) (Recibido en esta Sala mediante Oficio N° 2666 de fecha 16-05-2006, emanado de la Sala Político Administrativa, en razón de haberse  recibido erróneamente).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° 2005-000071: Iris Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades, período  2005-2007.

 

La abogada Coromoto Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido la copia certificada acordada en auto de fecha 15-05-2006.

 

 

8.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-181, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 08-05-2006.

 

 

9.- Expediente N° 2005-000071: Iris Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades, período  2005-2007.

 

El ciudadano Baudillo Crespo, asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido copia certificada acordada en auto de fecha 15-05-2006.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

10.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral,  a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron Oficios números 06-192, 06-193 y boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-184, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

13.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

La ciudadana Mirla Marín, titular de la cédula de identidad N° 9.095.537, asistida por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignó escrito de alegatos y solicitó se declare sin lugar el recurso. (Acompañó anexos).

 

 

 

14.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

La ciudadana Maryaedith Montilla, titular de la cédula de identidad N° 5.592.257, asistida por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignó escrito de alegatos y solicitó se declare sin lugar el recurso. (Acompañó anexos).

 

 

15.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El ciudadano Delfín Pin, titular de la cédula de identidad N° 4.586.490, asistido por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignó escrito de alegatos y solicitó se declare sin lugar el recurso. (Acompañó anexos).

 

 

16.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

La ciudadana Julieta Rivas, titular de la cédula de identidad N° 3.399.664, asistida por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignó escrito de alegatos y solicitó se declare sin lugar el recurso. (Acompañó anexos).

 

 

17.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Los ciudadanos Edgar Conde, Delfín Pin, Mirla Marín y Julieta Rivas, asistidos por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignaron escrito de alegatos y solicitan se declare sin lugar el recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

18.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

La abogada Coromoto Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, consignó diligencia mediante la cual solicita cuatro (4) copias certificadas de la Sentencia N° 85, de fecha 16-05-2006.

 

 

19.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

El ciudadano Baudilio Crespo, asistido por el abogado 52.638, consignó diligencia mediante la cual impugna poder que riela a los folios 13 y 14, así como los documentos que cursan a los folios 15 al 96. Igualmente solicita aclaratoria de la Sentencia N° 85 dictada en fecha 16-05-2006. 

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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