CUENTA
Nº 79
Despacho del martes (20) de junio de 2006. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Magistrado
Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y
Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N°
5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso contencioso electoral
contra la Resolución N°
060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-04-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006, en la cual se declaró
sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la
decisión de la Junta Municipal
Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al
ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal
del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.
Se acordó
solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también
el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 06-245.
2.- Expediente N° X-2006-000002 (CUADERNO
SEPARADO): Ingrid
Turon, Adriel Tovar, Jhonny Maldonado, asistidos por el abogado Carlos Alberto
Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, quien a su
vez actúa en nombre de los ciudadanos Abraham Gonzáles, Marín Pérez, Andrés
Shinashiwe y Antonio Guzmán, apelan del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación
en fecha 20-12-2005, que admitió el conflicto de autoridad surgido en el
Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas (Recurso Principal Expediente N°
2005-000072).
Se
libró boleta a los ciudadanos INGRID TURON, ABRAHAM GONZÁLES, MARTÍN PÉREZ,
ANDRÉS SHINASHIWE, Y ANTONIO GUZMÁN, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 08-06-2006. Asimismo, se acordó librar boletas a los
ciudadanos Adriel Tovar, Jhonny Maldonado y Juan Padamo, de
conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante las
cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 08-06-2006.
3.- Expediente
N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES,
titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307,
respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°
060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006,
mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano
Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato
de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo,
Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado
Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado
con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO
QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada
Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).
Dando
cumplimiento a lo ordenado por esta Sala mediante Sentencia Nº 110 de fecha
19-06-2006, se agregó el expediente Nº 2006-000054 al expediente N°
2006-000043.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
4.- Expediente N° 2006-000069: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Central,
remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el
ciudadano JORGE CADENAS, titular de la cédula de identidad N° 4.138.270,
asistido por la abogada Beatriz Lombarda, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 49.714, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato
Único de Profesionales de Obreras y Empleados de la
Compañía Anónima Metromar (SUPOECAM) elegida
en fecha 10-12-1998. Oficio Nº 796-06, de fecha 06-06-2006, remitiendo el
expediente Nº 7874 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).
Se
designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los
fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA EN:
5.-
Expediente N° 2005-000079:
TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221,
asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005,
publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano
contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-236, mediante el cual se notificó
al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 14-06-2006.
6.-
Expediente N° 2005-000079:
TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221,
asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005,
publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano
contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.
El ciudadano
Alguacil consignó Boleta librada al ciudadano CARLOS ALFREDO BARBOZA AZUAJE, mediante la cual se le notificó del fallo
dictado en fecha 14-06-2006.
7.- Expediente
N° 2006-000019: Betzaida Elizabeth García Medina, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada
judicial del Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo
del Estado Aragua (SUDEPEL), interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución N°
051124-1221, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 24-11-2005,
publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, que resolvió “tener
como no realizado el proceso electoral celebrado por el SINDICATO UNITARIO DE
EMPLEADOS PÚBLICOS DEL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO ARAGUA
(SUDEPEL-ARAGUA) en fecha 24-11-2004”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N°
06-220, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo
dictado en fecha 08-06-2006, Asimismo, se remiten los antecedentes
administrativos contenidos en dos (02) piezas.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
8.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA,
ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las
cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081,
6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto
González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el
proceso electoral celebrado en la
Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA,
MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus
filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).
Los ciudadanos
SAÚL CASTELLANO, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO y WILLIAM SANDOVAL, asistidos por
la abogada María de Lourdes Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
82.321, consignaron escrito mediante el cual solicitan la ejecución forzosa, de
la Sentencia
73, de fecha 30-03-2006. (Acompañaron anexos).
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
9.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES,
ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ
y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números
6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223,
5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del
Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha
04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato
Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía
Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción
(SUMEP-ALCAMET).
Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al
Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente y emplazar a los
interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Asimismo, se acordó abrir
cuaderno separado para decidir la
solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron Oficios números 06-244,
06-243 y boleta.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y
MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números
14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del
Reglamento Electoral de la
Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha
05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de
representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil,
contenida en el Acta N° 6.
El abogado
Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334,
actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó
diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el cartel
original de emplazamiento a los interesados.
11.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de
identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759,
actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra
las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006,
emanadas de la Junta Directiva
del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica
del referido Club.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 06-239, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la
admisión del recurso.
12.- Expediente N° 2006-000056: Jesús Rabel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR
HORACIO GARCÍA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 14.125.058,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
060314-0041, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 14-03-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, en la cual se
declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 02-09-2005 por
el referido ciudadano contra la elección
de Concejales Nominales del Circuito N° 1 del Municipio Bolívar del Estado
Sucre.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 06-225, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la
admisión del recurso.
13.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y
MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números
14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del
Reglamento Electoral de la
Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha
05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de
representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil,
contenida en el Acta N° 6.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-232, mediante el cual se
notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
14.-
Expediente Nº 2004-000099: Juzgado Tercero Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la Región
Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción
de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva
del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº
2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de
ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se
ordenó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental,
la remisión de la
Comisión que le fuera
conferida, en fecha 24-11-2004, en el estado en que se encuentre. Se libró
Oficio N° 06-242.
15.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
Se libraron
boletas a la Junta Directiva
de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C., y a la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la referida Asociación, mediante las
cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 16-06-2006.
16.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos
disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.
Vista la diligencia presentada, en fecha 18-05-2006,
por la abogada Coromoto Ramos, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 28.708, mediante la cual solicita cuatro (4)
copias certificadas de la Sentencia N°
85, de fecha 16-05-2006 que cursa a los folios 202 al 213 del expediente, la Sala ACORDÓ
expedir las certificaciones solicitadas.
17.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos
disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.
Vista la diligencia presentada, en fecha 08-05-2006,
por la abogada Coromoto Ramos, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 28.708, mediante la cual solicita cuatro (4)
copias certificadas del Acta de la
Audiencia celebrada el día 07-06-2006, que cursa a los folios
295 al 305 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.
DILIGENCIA EN:
18.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN
RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números
28.708 y 22.588, respectivamente,
actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ
ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE,
RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ
ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas,
actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
El ciudadano
Baudilio Crespo, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C., asistido por el abogado
Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó
diligencia mediante la cual solicita tres copias certificadas de los documentos
que cursan a los folios 218 al 219, 594 al 602, 295 al 305 y de la Sentencia N° 108 que riela a
los folios 611 al 623 del expediente.
19.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
El ciudadano
Baudilio Crespo, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C., asistido por el abogado
Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó
diligencia mediante la cual solicita aclaratoria y ampliación de la Sentencia N° 108 de fecha
16-06-2006.
El Presidente,
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ