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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de junio de 2006





CUENTA Nº 79

 

CUENTA Nº 79

 

 

Despacho del martes (20) de junio de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral  el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 06-245.

 

 

2.- Expediente N° X-2006-000002 (CUADERNO SEPARADO): Ingrid Turon, Adriel Tovar, Jhonny Maldonado, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, quien a su vez actúa en nombre de los ciudadanos Abraham Gonzáles, Marín Pérez, Andrés Shinashiwe y Antonio Guzmán, apelan del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 20-12-2005, que admitió el conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas (Recurso Principal Expediente N° 2005-000072).

 

Se libró boleta a los  ciudadanos INGRID TURON, ABRAHAM GONZÁLES, MARTÍN PÉREZ, ANDRÉS SHINASHIWE, Y ANTONIO GUZMÁN, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-06-2006. Asimismo, se acordó librar boletas a los ciudadanos Adriel Tovar, Jhonny Maldonado y Juan Padamo, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante las cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 08-06-2006. 

 

 

3.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).

 

Dando cumplimiento a lo ordenado por esta Sala mediante Sentencia Nº 110 de fecha 19-06-2006, se agregó el expediente Nº 2006-000054 al expediente N° 2006-000043.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente N° 2006-000069: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Central, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JORGE CADENAS, titular de la cédula de identidad N° 4.138.270, asistido por la abogada Beatriz Lombarda, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.714, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Profesionales de Obreras y Empleados de la Compañía Anónima Metromar (SUPOECAM) elegida en fecha 10-12-1998. Oficio Nº 796-06, de fecha 06-06-2006, remitiendo el expediente Nº 7874 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2005-000079: TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 06-236, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 14-06-2006.

 

 

6.- Expediente N° 2005-000079: TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta librada al ciudadano CARLOS ALFREDO BARBOZA AZUAJE, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 14-06-2006.

 

 

7.- Expediente N° 2006-000019: Betzaida Elizabeth García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo del Estado Aragua (SUDEPEL), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución N° 051124-1221, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, que resolvió “tener como no realizado el proceso electoral celebrado por el SINDICATO UNITARIO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO ARAGUA (SUDEPEL-ARAGUA) en fecha 24-11-2004”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 06-220, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 08-06-2006, Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos en  dos  (02) piezas.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).

 

Los ciudadanos SAÚL CASTELLANO, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO y WILLIAM SANDOVAL, asistidos por la abogada María de Lourdes Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 82.321, consignaron escrito mediante el cual solicitan la ejecución forzosa, de la Sentencia 73, de fecha 30-03-2006. (Acompañaron anexos).

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral,  a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron Oficios números 06-244, 06-243 y boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

El abogado Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el cartel original de emplazamiento a los interesados.

 

 

11.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006, emanadas de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-239, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000056: Jesús Rabel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR HORACIO GARCÍA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 14.125.058, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0041, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 14-03-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, en la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 02-09-2005 por el  referido ciudadano contra la elección de Concejales Nominales del Circuito N° 1 del Municipio Bolívar del Estado Sucre.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-225, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

13.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-232, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

14.- Expediente Nº 2004-000099: Juzgado  Tercero Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se ordenó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, la remisión de la Comisión  que le fuera conferida, en fecha 24-11-2004, en el estado en que se encuentre. Se libró Oficio N° 06-242.

 

 

15.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

Se libraron boletas a la Junta Directiva de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C., y a la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la referida Asociación, mediante las cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 16-06-2006.

 

 

 

 

16.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 18-05-2006, por la abogada Coromoto Ramos,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, mediante la cual solicita cuatro (4) copias certificadas de la Sentencia N° 85, de fecha 16-05-2006 que cursa a los folios 202 al 213 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

17.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 08-05-2006, por la abogada Coromoto Ramos,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, mediante la cual solicita cuatro (4) copias certificadas del Acta de la Audiencia celebrada el día 07-06-2006, que cursa a los folios 295 al 305 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

18.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

El ciudadano Baudilio Crespo, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C., asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó diligencia mediante la cual solicita tres copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 218 al 219, 594 al 602, 295 al 305 y de la Sentencia N° 108 que riela a los folios 611 al 623 del expediente.

 

 

19.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

El ciudadano Baudilio Crespo, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C., asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó diligencia mediante la cual solicita aclaratoria y ampliación de la Sentencia N° 108 de fecha 16-06-2006. 

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 

 

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