CUENTA
Nº 63
Despacho del lunes veintidós (22) de mayo de
2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se
leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N°
2006-000054: VICTORIANO CASTILLO QUIJADA,
titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 66.100, interpone recurso contencioso electoral
contra la decisión de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral,
respecto a la impugnación formulada por
el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato
de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo,
Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui
(SUTRAPEQUIGAS), en la cual se declaró la inelegibilidad
del ciudadano Victoriano Castillo Quijada. (Recurso que fue presentado ante el
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región Nor-Oriental. (Remitido mediante
Oficio N° 00-961, de fecha 08-05-2006,
Expediente N° BP02-N-2006-000197 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza
principal).
Se dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente
N° X-2006-000013 (CUADERNO SEPARADO): MIGUEL JOSÉ
ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen medida cautelar innominada
conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006,
mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano
Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato
de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo,
Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui
(SUTRAPEQUIGAS). (Recurso Principal Expediente N° 2006-000043).
Se dio cuenta a la
Sala. Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines
de decidir la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta.
SECRETARÍA EN:
3.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de
identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759,
actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra
las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006,
emanadas de la Junta Directiva
del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica
del referido Club.
Se
acordó solicitar a la
Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, así como a la Junta Directiva de
la
Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, los
antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios
números 06-194 y 06-195.
4.- Expediente
N° 2005-000129: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ y SUSY
MARTÍNEZ DUCHREAUX, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y
52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos JAVIER PLANCHEZ y JUAN JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, titulares de las
cédulas de identidad N° 6.006.444 y 8.812.871, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral
contra el Proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana
de Patinaje.
Por recibido, en fecha 19-05-2006, Oficio N° 1079, de fecha
22-05-2006, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Región Centro Norte, anexo al cual remite las resultas de la
comisión conferida por esta Sala en fecha 07-03-2006, se acordó agregar al expediente judicial el
referido oficio, así como su anexo.
5.-
Expediente N° 2005-000010:
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral
contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso
jerárquico ejercido en fecha 17-11-2004,
contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo
Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción
Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del
Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al
ciudadano José Ángel Gutiérrez.
Por recibido Oficio N° 822-06, de fecha 11-05-2006, emanado
del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro
Occidental, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta
Sala en fecha 15-02-2006, se acordó
agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
6.-
Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ
VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA
y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de
medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha
01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación
Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.
Por recibido Oficio N° 816-06, de fecha 11-05-2006, emanado
del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro
Occidental, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta
Sala en fecha 17-11-2005, se acordó
agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° X-2006-000008 (CUADERNO SEPARADO): BETZAIDA ELIZABETH GARCÍA
MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el
carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO
MIRANDA (SUMA-MIRANDA), interpone medida cautelar innominada conjuntamente con recurso
contencioso electoral, contra la
Resolución N° 051124-1223, de fecha
24-11-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicado en Gaceta
Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006. (Recurso Principal Expediente N°
2006-000024).
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada al SINDICATO UNITARIO DEL
MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), mediante la cual se le notificó
del fallo dictado en fecha 30-03-2006.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente
N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES,
titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307,
respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona
Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida
cautelar innominada contra la
Resolución N° 060314-0100, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con
lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra
la elección de la Junta Directiva
del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los
Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta,
Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado
Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).
Se dejó constancia que se abrió cuaderno
separado a los fines de la decisión solicitud de medida cautelar innominada.
Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2006-000013.
9.-
Expediente N° 2006-000029: Ronald Golding
y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de
apoderados judiciales de los ciudadanos VICENTE ROMERO, DANIEL CASTILLO, RONALD
GOLDING, EVELYN RUSSIAN, NUMA PINTO, MAIGUALIDA SÁNCHEZ, OLIVIA SIMOZA, NORMA
LUCENA, PEDRO MORANTES, MANUEL GALÍNDEZ, LIGIA CONSUELO RIVAS, NERIO TORRES,
JOSE GERARDO RAMÍREZ, NIXO ACURERO, MAIGUALIDA MARTÍNEZ. JOSÉ TEIXEIRA, ÁNGEL
RODRÍGUEZ y VICENTE CASTAÑEDA, ELSY MAYELA ROSALES DE TOCHÓN Y LUIS JOSÉ LÓPEZ,
titulares de las cédulas de identidad números 5.478.671, 4.073.530, 2.140.014,
4.570.428, 5.211.497, 4.172.422, 8.365.688, 3.610.073, 2.512.336, 4.603.145,
3.920.561, 9.382.463, 9.210.355, 4.540.588, 8.929.667, 15.112050, 4.782.516,
4.392.722, 5.448.396 y 4.136.319, respectivamente, interponen recurso
contencioso electoral contra la
Resolución N° 051124-1226, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral
N° 292, de fecha 01-02-2006, en la que se declaró con lugar el recurso de
Impugnación interpuesto por los ciudadanos Adrián Conquista, Jesús Olivier, Edgar Conde, Delfín Pin,
Wilfredo Hernández, Guillermo Chaparro, Margot Rojas,
Sigley Quiñónez, Olga Salazar y Héctor Salazar,
contra el proceso electoral realizado el 02-03-2005 para elegir a la Junta Directiva de la Federación Nacional de Colegios
y Sindicatos de Trabajadores Profesionales de la Educación
de Venezuela (FENATEV).
Por recibido Oficio N° 1064-2006, de fecha 17-05-2006,
emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, anexo al cual remite las resultas de la comisión
conferida por este Juzgado en fecha 11-05-2006, se acordó agregar al expediente judicial el
referido oficio, así como su anexo.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
10.- Expediente
N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN
RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números
28.708 y 22.588, respectivamente,
actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE
ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE,
RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ
ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas,
actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
Vista la diligencia presentada, en fecha
18-05-2006, por el ciudadano Baudilio Fuentes,
asistido por el abogado Igor Tanachian,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, mediante la cual solicita
aclaratoria de la sentencia N° 85
dictada por la Sala
en fecha 16-05-2006, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL
ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente
N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN
RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números
28.708 y 22.588, respectivamente,
actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE
ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE,
RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ
ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas,
actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
La abogada Coromoto Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
28.708, consignó diligencia mediante la cual formulada consideraciones
relacionadas con la causa y solicita medidas a los fines de garantizar la
ejecución de la sentencia cautelar dictada por la Sala. (Acompañó anexos).
12.- Expediente
N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN
RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números
28.708 y 22.588, respectivamente,
actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE
ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE,
RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ
ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas,
actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
La abogada Coromoto Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
28.708, consignó diligencia mediante la cual formulada consideraciones
relacionadas con la causa (Acompañó anexos).
13.- Expediente N° 2006-000005: JOSÉ LUIS MEZA, actuando con el carácter de
militante y miembro del Comité Ejecutivo Nacional de la Organización
con fines políticos MOVIMIENTO AL SOCIALISMO (MAS), asistido por el abogado
Nelson Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 50.431, interpone acción de amparo constitucional contra los
ciudadanos Felipe Elías Mújica Hernández y Leopoldo Emiro
Puchi Delgado, por la negativa a realizar el proceso
electoral primario para la renovación de las autoridades del Partido.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 06-187, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo
dictado en fecha 16-05-2006.
14.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la
boleta librada a la Junta Directiva
de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C,
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 16-05-2006. Boleta
que fue dejada en el domicilio procesal de la referida Junta Directiva, de
conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
15.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la
boleta librada a la Comisión
de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil
El Dorado Country Club, A.C, mediante la cual se le
notifica del fallo dictado en fecha 16-05-2006. Boleta que fue
dejada en el domicilio procesal de la referida Comisión, de
conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
16.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA
ITURBE, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MÁRQUEZ
GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO,
RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118,
6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra
los actos emanados de la
Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
El Secretario de la Sala dejó constancia que en
esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 18-05-2006, se había
trasladado al domicilio procesal de la Junta
Directiva de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C y
de la Comisión
de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil
El Dorado Country Club, A.C, y dejado las boletas de
notificaciones libradas, de
conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento
Civil.
El Presidente,
JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ