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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de mayo de 2006





CUENTA Nº 65

 

CUENTA Nº 65

 

 

Despacho del miércoles veinticuatro (24) de mayo de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro   y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2006-000019: Betzaida Elizabeth García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Único de Empleados Públicos del Ejecutivo y Legislativo del Estado Aragua (SUDEPEL), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución N° 051124-1221, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, que resolvió “tener como no realizado el proceso electoral celebrado por el SINDICATO UNITARIO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO DEL ESTADO ARAGUA (SUDEPEL-ARAGUA) en fecha 24-11-2004”.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

2.- Expediente N° 2005-000129: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ  y  SUSY MARTÍNEZ DUCHREAUX, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JAVIER PLANCHEZ y JUAN JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad N° 6.006.444 y 8.812.871, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral contra el Proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Patinaje.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la ciudadana BETTY AURORA SOCARRÁS LOAIZA, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 16-05-2006.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000020:  ALI BRICEÑO,  titular de la cédula de identidad N° 5.278.387, asistido por el abogado Héctor Rafael Cedeño Gerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.630, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 051124-1208, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-11-2005, mediante la cual se abstuvo de emitir pronunciamiento alguno en relación al proceso electoral efectuado el 07-12-2004 en el Sindicato de los Trabajadores de la Industria Eléctrica del Estado Aragua (SINTIEA), en atención al pronunciamiento emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que ordenó reconocer como Junta Directiva  a la representada por el ciudadano Braulio Criollo. (Recibido en 10-02-2006).

 

Visto el fallo dictado en fecha 17-05-2006, la Sala comisionó al Juzgado del Municipio Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de comunicar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadano ALÍ BRICEÑO.  Se libró Oficio N° 06-201, boleta y despacho.  

 

 

4.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

Se libró Oficio N° 06-199, mediante el cual se notifica a la Universidad de Los Andes del fallo dictado por la Sala en fecha 24-05-2006. Asimismo, se libró Oficio N° 06-200, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes del fallo dictado por la sala en fecha 24-05-2006

 

 

5.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

La Sala acordó nombrar al abogado  Eduardo Noguera Noguera  como correo especial a los fines de que gestione las notificaciones de la Universidad de Los Andes, así como a la Comisión Electoral Central de la  referida Universidad de la sentencia dictada en fecha 24-05-2006.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

 El abogado Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita se le nombre corre especial a los fines de  notificación a la Universidad de Los Andes, así como a la Comisión Electoral Central de la  referida Universidad del fallo dictado en fecha 24-05-2006, de conformidad con el 243 del Código de Procedimiento Civil

 

 

7.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-189, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar del auto dictado en fecha 18-05-2006, a la Universidad de Los Andes, así como a la Comisión Electoral Central de la  referida Universidad. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

8.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

El abogado Jesús Ramón Duran Magallanes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.064, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 15-05-2006.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6.

 

 El abogado Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las notificaciones a los fines respectivos.

 

 

 

 ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° 2006-000029: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VICENTE ROMERO, DANIEL CASTILLO, RONALD GOLDING, EVELYN RUSSIAN, NUMA PINTO, MAIGUALIDA SÁNCHEZ, OLIVIA SIMOZA, NORMA LUCENA, PEDRO MORANTES, MANUEL GALÍNDEZ, LIGIA CONSUELO RIVAS, NERIO TORRES, JOSE GERARDO RAMÍREZ, NIXO ACURERO, MAIGUALIDA MARTÍNEZ. JOSÉ TEIXEIRA, ÁNGEL RODRÍGUEZ y VICENTE CASTAÑEDA, ELSY MAYELA ROSALES DE TOCHÓN Y LUIS JOSÉ LÓPEZ, titulares de las cédulas de identidad números 5.478.671, 4.073.530, 2.140.014, 4.570.428, 5.211.497, 4.172.422, 8.365.688, 3.610.073, 2.512.336, 4.603.145, 3.920.561, 9.382.463, 9.210.355, 4.540.588, 8.929.667, 15.112050, 4.782.516, 4.392.722, 5.448.396 y 4.136.319, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 051124-1226, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, en la que se declaró con lugar el recurso de Impugnación interpuesto por los ciudadanos Adrián Conquista, Jesús Olivier, Edgar Conde, Delfín Pin, Wilfredo Hernández, Guillermo Chaparro, Margot Rojas, Sigley Quiñónez, Olga Salazar y Héctor Salazar, contra el proceso electoral realizado el 02-03-2005 para elegir a la Junta Directiva de la Federación Nacional de Colegios y Sindicatos de Trabajadores Profesionales de la Educación de Venezuela (FENATEV).

 

El abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

11.- Expediente N° 2006-000037: DIONELA MARTÍNEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.927.732, asistida por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.696, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0007, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la reelección de la referida ciudadana para el cargo de Secretaria General de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Petróleo, Químicos y sus Similares del Estado Delta Amacuro, afiliados a FEDEPETROL y C.T.V. (SITRAPESIDA), en el proceso eleccionario celebrado el 06-03-2005.

 

Visto que consta en autos la notificación de la parte recurrente del auto de admisión dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 15-05-2006, el Juzgado acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “Últimas Noticias”. Se libró cartel de emplazamiento.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó  diligencia anexa a la cual consignó la página B-23 del diario “El Nacional” de fecha 19-05-2006, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

13.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó  diligencia  mediante la cual dejó constancia de haber recibido tres juegos de copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 18-05-2006.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó  diligencia  mediante la cual otorga poder apud acta al abogado Hirohito Nava Villasmil, inscrito en el Inpreabogado  bajo el N° 77.145.

 

 

15.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-193, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la admisión del recurso.

 

 

16.- Expediente N° 2006-000037: DIONELA MARTÍNEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.927.732, asistida por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.696, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0007, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la reelección de la referida ciudadana para el cargo de Secretaria General de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Petróleo, Químicos y sus Similares del Estado Delta Amacuro, afiliados a FEDEPETROL y C.T.V. (SITRAPESIDA), en el proceso eleccionario celebrado el 06-03-2005.

 

El ciudadano Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.696, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Dionela Martínez, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el cartel de emplazamiento. 

 

 

 

 

 

17.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado Edgar Alberto Conde Meza, asistido por Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401, consignó diligencia mediante la cual señala aspectos relacionados con el estado material del expediente administrativo.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

18.- Expediente N° 2006-000055: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por la abogada Elinei Silva Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 112.014, actuando  con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROSA EDILIA MONCADA DE VELAZCO, titular de la cédula de identidad N° 4.093.898, contra la Junta Regional Electoral del Consejo Nacional Electoral del Estado Táchira, respecto a solicitudes formuladas por la referida ciudadana ante la Junta Regional Electoral, relacionadas con la elección de Diputadas y Diputados a la Asamblea Nacional por el Estado Táchira celebrada en diciembre del año 2005. Oficio Nº 06-2116, de fecha 19-05-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2005-000071 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

19.- Expediente N° 2006-000005:  JOSÉ LUIS MEZA, actuando con el carácter de militante y miembro del Comité Ejecutivo Nacional de la Organización con fines políticos MOVIMIENTO AL SOCIALISMO (MAS), asistido por el abogado Nelson Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.431, interpone acción de amparo constitucional contra los ciudadanos Felipe Elías Mújica Hernández y Leopoldo Emiro Puchi Delgado, por la negativa a realizar el proceso electoral primario para la renovación de las autoridades del Partido.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito mediante el cual da cumplimiento con lo ordenado en la Sentencia N° 84, de fecha 16-05-2006 (Acompañó anexos).

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

20.- Expediente N° 2005-000062: Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con  sede en Cabimas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ HUMBERTO RONDÓN, asistido por el abogado José Gregorio Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, contra las elecciones celebradas en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas (STPL). Oficio Nº T1J-05-247, de fecha 15-06-2004, remitiendo el expediente Nº VP21-O-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio N° 122, de fecha 12 de mayo de 2006, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en atención al Oficio N° 06-169, de fecha 03-05-2006 librado por la Sala.

 

 

21.- Expediente N° 2005-000062: Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con  sede en Cabimas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ HUMBERTO RONDÓN, asistido por el abogado José Gregorio Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, contra las elecciones celebradas en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas (STPL). Oficio Nº T1J-05-247, de fecha 15-06-2004, remitiendo el expediente Nº VP21-O-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio N° 119, de fecha 03 de mayo de 2006, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 20 de julio de 2005,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

SENTENCIA

 

 

22.- Expediente N° 2006-000050: Eduardo Noguera Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.334, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JEHYSON JOSÉ GUZMÁN ARAQUE, LEONARDO RODRÍGUEZ ZÚÑIGA, NELSON JOSÉ GARCÍA y MIGUEL ÁNGEL MARÍN GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad números 14.268.823, 12.970.062, 14.676.093 y 15.173.892, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el artículo 5 del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes y contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la referida Universidad en reunión de fecha 05-04-2006, en la cual se acordó realizar llamado a elecciones de representantes estudiantiles ante los Organismos de Gobierno Estudiantil, contenida en el Acta N° 6. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer, tramitar y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto, sin perjuicio del análisis posterior que esta Sala pueda efectuar a la luz de los recaudos administrativos solicitados. 3.- ACORDÓ PARCIALMENTE la medida cautelar innominada solicitada, en consecuencia, se suspende el acto de votación pautado según Cronograma Electoral para el día 31 de mayo de 2006, así como el proceso electoral acordado por la Comisión Electoral de la Universidad de los Andes en fecha 05 de abril de 2006, Acta número 06 (caso 10), y de los efectos que éste hubiere generado.   Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN.  Sentencia N° 87.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

           

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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