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Sala Electoral
  • Fecha: 31 de mayo de 2006





CUENTA Nº 69

 

CUENTA Nº 69

 

 

Despacho del miércoles treinta y uno (31) de mayo de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro   y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2006-000062: JESÚS VELÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 98.711, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL FUNES ARIZA, titular de la cédula de identidad N° 5.557.372, solicita “…recavar el expediente N° 6389-06,  que cursa por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná, contentivo de la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado José Antonio González, … contra las actuaciones de los ciudadanos Pedro Mago Herminson y Manuel Funes Ariza, Rector y Vicerrector de la Universidad de Oriente…”.  

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2006-000061: RAFAEL ANTONIO MORALES ZAMORA, titular de la cédula de identidad N° 5.624.256, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.765, asistido por el abogado Rafael Celestino Torrealba Infante, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.888, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0065, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 305, de fecha 09-05-2006, en la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación de los ciudadanos Hernández Rojas José Antonio, Cheremo Mania Euclides Ramón, Barroso Ramos Zaira del Valle, Fernández Josefa Antonia, Balza Santaella Mariueska del Valle y Pinto Díaz Rafael de Jesús, en la lista de Concejales y Concejalas en la tarjeta de PODEMOS para la elección celebrada el día 07-08-2005 en el Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral  el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 06-213.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2005-000072: Sala Político Administrativa declina competencia en  el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula de identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de Alcalde Interino del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín. Oficio Nº 5617, de fecha 29-06-2005, remitiendo el expediente Nº 2005-2012 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).

 

Visto que en fecha 30-05-2006, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

4.- Expediente N° 2006-000014: JOSÉ ALEXIS GÓMEZ,  titular de la cédula de identidad N° 10-015.118, asistido por la abogada Karla Josefina Velásquez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 62.303, interpone recurso contencioso electoral contra las actuaciones del Consejo Nacional Electoral ocurridas el día 15-12-2005, mediante las cuales se procedió a realizar escrutinio en la Mesa N° 1, Centro de Votación N° 22070501, Acta de Escrutinio N° 200-220302002-01-1-5, del Municipio Maroa, Parroquia Victorino, Escuela Simón Rodríguez, así como del acta de totalización, adjudicación y proclamación de candidatos correspondientes a la Circunscripción N° 2 del Estado Amazonas emanada de la Junta Nacional Electoral, en la cual acredita al ciudadano Edgildo Palau como Diputado Principal de la referida Circunscripción.

 

La abogada Karla Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 62.303, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido la copia certificada acordada mediante auto de fecha 25-05-2006.

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

5.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).

 

Por recibida comunicación SAC-0AL-1766, de fecha 31-05-2006, suscrita por el Superintendente de la Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, a los fines de informar sobre aspectos relacionados con la ejecución de la Sentencia N° 73 dictada por la Sala Electoral en  fecha 30-03-2006. (Acompaña anexos).

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N°  2006-000054: VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, respecto a la  impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), en la cual se declaró la inelegibilidad del ciudadano Victoriano Castillo Quijada. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. (Remitido mediante Oficio N° 00-961, de fecha 08-05-2006,  Expediente N° BP02-N-2006-000197 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza principal).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 30-05-2006, por los ciudadanos Edgar Conde y Delfín Pín, asistidos por la abogada Rosa Amarilis Armas Yumare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.401 y por los abogados Ronald Golding y Ángel Manuitt, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 89.056, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, así como los anexos que acompañaron al primero de los mencionados.

 

8.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se abrió la segunda (2da) pieza.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

10.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).

 

Visto el escrito, de fecha 23-05-2006, presentado por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, mediante el cual reforma el escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto, el Juzgado apreció que ésta resulta admisible. Asimismo, ordenó agregar una copia certificada del auto y del escrito en el cuaderno separado Nº X-2006-000013. Finalmente, ordenó notificar al Fiscal General de la República y a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral. Se libraron Oficios números 06-211 y 06-212.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

11.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó diligencia mediante la cual se opone las pruebas promovidas por la parte recurrente en los Capítulos II y III del escrito presentado por la referida parte.

 

12.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se opone a las pruebas promovidas por los ciudadanos Edgar Conde y Delfín Pín.

 

13.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratifica las pruebas por él promovidas.

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

14- Expediente N° 2006-000042: ÁNGEL DANIEL RUBIO, titular de la cédula de identidad N° 4.160.588, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia, asistido por el abogado Ricardo Enrique Moreno Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0106, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 302, de fecha 10-04-2006, mediante la cual se declaró cumplido el período de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa en el año 2001 y ratificada en el 2004, y aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones para todos los cargos, período 2006-2009.

 

El ciudadano José Gregorio Cañizales, asistido por el abogado Enrique José Chacón Breto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, y este último actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Julio Mosquera, Gustavo Marriaga, Deyamira Lobelo, Elio Carrasqueño y Nelson Hernández, consignaron escrito mediante el cual se oponen al recurso  y solicitan se declare desistido o en su defecto sin lugar. (Acompañan anexos).

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DILIGENCIA EN:

 

15.- Expediente N° 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005.

 

La abogada Sandra Álvarez de Escalona, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 7.594, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido copia de la grabación de la audiencia celebrada en fecha 07-06-2005,

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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