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Sala Electoral
  • Fecha: 01 de febrero de 2007





CUENTA Nº 16

 

 

CUENTA Nº 16

 

 

Despacho del jueves primero (1°) de febrero de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente 2006-000092: MIGUEL ÁNGEL MUNDARAIN, titular de la cédula de identidad N° 5.420.895, asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la decisión de la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Personal del Instituto Nacional de la Vivienda (CAPINAVI) de fecha 14-09-2006, en la cual no resolvió favorablemente la impugnación presentada contra las postulaciones de los ciudadanos Manuel Ortiz Guaiaquirian, Carmen Elisa Guevara, Gheovanni González, a los cargos de Presidente, Secretario del Consejo de Administración y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia de la referida  Caja  de Ahorro, período 2006-2009,  a celebrarse el 04-10-2006. 

 

Se libró Boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le comunica el fallo dictado en fecha 30-01-2007. Asimismo, se libró boleta al ciudadano JOSÉ GERÓNIMO ZAMBRANO JUSTO, mediante la cual se le comunica el fallo dictado en fecha 30-01-2007. Finalmente se libró Oficio N° 07-051, mediante el cual se comunica a la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Personal del Instituto Nacional de la Vivienda (CAPINAVI) el fallo dictado en fecha 30-01-2007.

 

 

2.- Expediente N° 2006-000087: José Enrique Pernia Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Richard Walter Barrera Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 5.685.921, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra las Actas de Escrutinio y Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación, respecto a la elección de la ciudadana Virginia Vivas Moreno, como Alcaldesa del Municipio Córdoba del estado Táchira. (Recibido en fecha 14-08-2006).

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente N° 2006-000116: CRUZ ALEJANDRO AVILA, titular de la cédula de identidad N° 9.893.297, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Estado Monagas (SUTICEM), asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 061004-864, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 348, de fecha 28-11-2006, que declaró con lugar las impugnaciones interpuestas por los ciudadanos Jorge Navarro, Sirio González y Luis Rodríguez, mediante las cuales  solicitaron de inelegibilidad de los ciudadanos Cruz Alejandro Ávila, Luis Gil, Jesús Rafael Ordaz, Johnny Salazar, Víctor Acuña, Alberto Veliz y José Pacheco, para los cargos de Presidente, Secretario General, Tesorero y Secretarios Ejecutivos de la Junta Directiva del referido Sindicato; declaró vacantes los mencionados cargos; e insta a la Comisión Electoral de la Organización Sindical a que realice una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes declaradas.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar siete (07) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000005:  Felicia Katiusha Hernández y Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 32.172 y 54.241, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALBERTO ESCALONA y NAILE OLIVERA, titulares de las cédulas de identidad números 12.012.593 y 4.240.865, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061107-0964 de fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, de fecha 15-12-2006, que revocó la proclamación de los referidos ciudadanos como miembros de la Junta Parroquial de la Parroquia Antolin Tovar Aquino del Municipio Genaro de Boconocito del Estado Portuguesa, nominal y proporcional, respectivamente.

 

El abofado Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó recaudos relacionados con la causa.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente N° 2006-000105: Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Yaneira Luna y María de Colmenares, titulares de las cédulas de identidad números 6.252.254 y 6.060.104, respectivamente, contra la Providencia Administrativa N° 146/2005 emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deportes, en fecha 27-10-2005, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Magali de Castillo, dejó sin efectos las Providencias Administrativas números IRDEM-CJ-033-2005 y IRDEM-CJ-040-2005, que declararon, la primera con lugar la solicitud de reconocimiento de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Asociación de Karate del Estado Miranda para el período 2005-2009, y la segunda ratificó el acto administrativo mediante el cual se le dio reconocimiento y registro a las nuevas autoridades de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Asociación de Karate del Estado Miranda, contenida en la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-033-2005, del 29-03-2005. Oficio Nº 1425/06, de fecha 22-09-2006, remitiendo el expediente Nº 1302-05 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El Juzgado de Sustanciación declaró INADMISIBLE el recurso interpuesto,  de conformidad con el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.  

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2006-000111:  Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.464.346, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 061025-0899 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-10-2006, respecto al reconocimiento o certificación del proceso electoral celebrado, en fecha 20-10-2005, para escoger a las autoridades del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL).

 

El abogado Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el cartel de emplazamiento original.

 

 

7.- Expediente N° 2006-000093: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  ciudadano OSCAR MIRANDA, titular de la cédula de  identidad N° 3.566.618, asistido por el abogado Jorge Enrique Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 8.188.496, contra la Resolución N° 060314-0101, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por lo ciudadanos Rafael Amado Trejo Gómez y Alirio Ramón Moreno, contra la reelección de los ciudadanos Oscar Miranda y Freddy Rábago, como Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Barinas (SUTIESEBA). Oficio Nº 06-2911, de fecha 29-09-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-000799 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-043, anexo al cual se remitió la comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes,  a los fines de notificar del auto de inadmisión dictado en fecha 17-01-2007, a la parte recurrente, ciudadano Oscar Miranda. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

8.- Expediente N° 2006-000093: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  ciudadano OSCAR MIRANDA, titular de la cédula de  identidad N° 3.566.618, asistido por el abogado Jorge Enrique Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 8.188.496, contra la Resolución N° 060314-0101, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por lo ciudadanos Rafael Amado Trejo Gómez y Alirio Ramón Moreno, contra la reelección de los ciudadanos Oscar Miranda y Freddy Rábago, como Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Barinas (SUTIESEBA). Oficio Nº 06-2911, de fecha 29-09-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-000799 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-044, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 17-01-2007.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2006-000109: Judith Antonieta Aurenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 69.309, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ENRIQUE JOSÉ CEDEÑO ABREU y CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.926.841 y 7.176.568, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el ciudadano Pedro José María Valladares Guevara, Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), a los fines de convocar a una Asamblea para elegir a la Comisión Electoral que asumirá la tarea de organizar el proceso electoral en el referido Sindicato, y así dar cumplimiento con lo aprobado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 05-10-2006.

 

El abogado Cesar Augusto Arias Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 56.479, actuando en su propio nombre, presentó diligencia anexa  a la cual consignó recaudos relacionados con la causa.

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano LUIS RAMÓN OBREGÓN MARTÍNEZ, en su carácter de miembro de  la COMISIÓN ELECTORAL AD- HOC DE LA FEDERACIÓN DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE VENEZUEL, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 19-12-2006.

 

 

11.- Expediente N° 2007-000003:  Carolina León González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.895, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RAMÓN PETIT y ROSA ANGELINA CASTELLANO, titulares de las cédulas de identidad números 1.936.100 y 4.254.526, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra las vías de hecho que los ciudadanos Orlando Contreras Pulido y Luis Ignacio Planas, en su condición de Presidente y Secretario General, respectivamente, de la Dirección Política Nacional de la Organización Política PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO COPEI DE VENEZUELA, mediante las cuales “se destituyeron sin procedimiento previo alguno de sus cargos a (sus) representados, quienes ejercían el cargo de Secretario Sindical Nacional y  Subsecretario para Asuntos Políticos de la Dirección Nacional del Frente de Trabajadores Copeyanos,…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada  a la parte accionante, mediante la cual se notificó del fallo dictado en fecha 03-01-2007.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación

 

Los abogado Estelio Mario Pedreáñez y Roberto Ballesteros, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.823 y 83.144, respectivamente, actuando en su condición de Miembros de la Comisión Electoral AD-HOC de la Federación de Colegio de Abogados de Venezuela, consignaron informe respecto a las actividades desplegadas por esa Comisión a los fines de dar cumplimiento con las Sentencias dictadas por la Sala  números 135 de fecha 28-09-2004 y 203 de fecha 203 de fecha 19-12-2006. (Acompañan anexos)

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

                                                                      

 

                                                                                   El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ


 

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