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Sala Electoral
  • Fecha: 01 de noviembre de 2007





CUENTA Nº 141

 

CUENTA Nº 141

 

 

Despacho del jueves primero (1°) de noviembre de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000085: FRANCO MANUEL CASELLA LOVATON, PEDRO ALBERTO MONTOYA GAVIDIA, OSMAN JOSÉ HUTSON ROSAS, NELSÓN RAMÍREZ ZABALA y VÍCTOR MANUEL ROCHA LAPORTA, titulares de las cédulas de identidad números 10.483.798, 3.935.113, 10.187.542, 15.150.505 y 13.892.878, respectivamente, asistidos por la abogada María Josefina Mendoza Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.631, interponen recurso contencioso electoral por abstención o carencia contra el Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta a la solicitud que requería que fuesen proporcionados  “’(…) los lineamientos y el procedimiento respectivo a seguir para, por iniciativa popular, ACTIVAR una ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE de conformidad con lo establecido en la vigente constitución y las leyes que rigen la materia’”. (Recibido en fecha 26-10-2007).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-464.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000044: REGULO ANTONIO VÁSQUEZ ZORRILLA, MANUEL ANTONIO MONGUA, MERCEDEZ ELENA RUIZ RAMÍREZ y DELIA AGUSTINA PÉREZ BAZAN, titulares de las cédulas de identidad números 3.568.871, 1.196.675, 4.217.975 y 3.412.383, respectivamente, asistidos por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Caja de Ahorros de los Obreros Jubilados y Pensionados del INAVI (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 22-05-2007.

 

Visto que, en fecha 25-10-2007, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2007-000084: EDGAR CONDE, titular de la cédula de identidad N° 6.033.277, asistido por el abogado Antonio Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.241, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra la Resolución N° 070810-2480, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-08-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 395, de fecha 10-10-2007, mediante la cual se declaró sin lugar la impugnación realizada por los ciudadanos Edgar Conde y Delfín Pin, contra la convocatoria para la designación de la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Colegios y Sindicatos de Trabajadores Profesionales de la Educación de Venezuela (FENATEV).

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-463.

 

 

4.- Expediente N° 2007-000044: REGULO ANTONIO VÁSQUEZ ZORRILLA, MANUEL ANTONIO MONGUA, MERCEDEZ ELENA RUIZ RAMÍREZ y DELIA AGUSTINA PÉREZ BAZAN, titulares de las cédulas de identidad números 3.568.871, 1.196.675, 4.217.975 y 3.412.383, respectivamente, asistidos por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Caja de Ahorros de los Obreros Jubilados y Pensionados del INAVI (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 22-05-2007.

 

Por recibido, en fecha 30-10-2007, Oficio N° 2237, de fecha 26-10-2007, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por el Juzgado de Sustanciación de la Sala en fecha 11-10-2007, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

5.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolás James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Vista la Sentencia N° 174 dictada en fecha 18-10-2007, la Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del referido fallo a la Comisión Electoral del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS), así como a la ciudadana Nora Godoy. Se libraron Oficios números 07-460, 07-461, boleta y despacho. Asimismo, se libró Oficio N° 07-462, mediante el cual se notifica  al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 18-10-2007.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 23-10-2007, por el abogado Lex Hernández Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.754, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita dos (02) copias certificadas de la Sentencia N° 170 de fecha 16-140-2007, la cual corre inserta a los folios 647 al 662 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

7.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

Por recibida, en fecha 25-10-2007, comunicación N° 2007-01340, suscrita por el ciudadano José Gregorio Villaroel Director General de Relaciones Laborales y por la ciudadana Débora Espinoza Directora de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos del Trabajo del Sector Privado, mediante la cual dan respuesta a la solicitud formulada por la Sala mediante Oficio N° 07-430.

 

 

8.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolás James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido en fecha 30-10-2007, Oficio N° 2007/631, de fecha 23-10-2007, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remitió escrito de aclaratoria y ampliación presentado ante el referido Juzgado por los ciudadanos ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ respecto al fallo dictado por la Sala Electoral en fecha 18-10-2007 así como recaudo con acompañó al mencionado escrito.

 

 

9.- Expediente N° X-2007-000020 (CUADERNO SEPARADO): WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso de nulidad contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000028).

 

Por recibido Oficio SCA-OAL-3803, de fecha 30-10-2007, emanada de la  Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, mediante la cual señala aspectos relacionados con la Sentencia N° 125 dictada en la causa en la cual se ordenó a las autoridades electas en CATMECA para el periodo 2004-2006, continuar en su funciones hasta que se dicte la decisión de fondo. En tal sentido la referida  Superintendencia, informa a la Sala que las referidas autoridades fueron objeto de una sanción que los excluyó para continuar en la administración de la Caja.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

10.- Expediente N° 2006-000100: Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN, PEDRO PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO, ADRIÁN RAFAEL HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE, titulares de las cédulas de identidad números 5.552.474, 5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455, 6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y 10.887.990, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por el ciudadano Rafael Serven, a la cual se adhirieron los ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y declaró la inelegibilidad de los mismos, en el proceso electoral celebrado el 17-03-2005, en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE MIRANDA (SINTRAELEM).

 

El abogado Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se da por notificado de la Sentencia dictada en fecha 18-10-2007.

 

 

11.- Expediente N° X-2007-000017 (CUADERNO SEPARADO): RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000022).

 

El abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rómulo Sánchez, Jorge Yedra y Jadec Medina, consigno diligencia mediante solicita se notifique al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia de la Sentencia N° 96.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Papua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,  consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con el recaudo restante que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

13.- Expediente N° 2007-000078: MIGUEL ANTONIO PRIETO NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.354.837, asistido por los abogados Julio Antonio Segovia y Juan José Rosillo, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 53.488 y 39.676, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-841 emanada del Consejo Nacional Electoral de fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 391, de fecha 30-08-2007, que declaró: 1.- Sin efecto la solicitud de referendo revocatorio de mandato de cargo de elección popular presentado por la organización MOVIMIENTO PRO DEFENSA DE LA COMUNIDAD (PROCOMUNIDAD), en el Estado Aragua.  2.- Levantó la sanción de la solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular efectuado en contra del ciudadano Emilio Ruiz, Alcalde del Municipio Páez del Estado Aragua.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar cuatro (04) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000073: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuso por los abogados PAUL VALERI ALBORNOZ, ARNALDO GONZÁLEZ PONCE, RAFAEL ALVARO RAMÍREZ PULIDO y DANIELA VALERI SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.909.910, 4.352.962, 5.199.970 y 10.564.751, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.744, 71.784, 38.267 y 49.699, respectivamente, actuando en su propio nombre y en su condición de militantes del partido político UNIÓN REPUBLICANA DEMOCRÁTICA (URD) contra la Resolución N° 070131-031, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, contentiva de las Normas para la Renovación de Nóminas de Adherentes de las Organizaciones con fines Políticos Nacionales y Regionales.  Oficio Nº 07-1616, de fecha 14-08-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2007-000761 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,  consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con el recaudo restante que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

15.- Expediente N° 2007-000081: LUISA TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 6.082.859, asistida por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.264, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y demás organismos del Sindicato Obrero Venezolano de la Industria de la Construcción y Afines del Distrito Capital, Estado Miranda y Vargas (SOVICA), celebrado en fecha 29-08-2007.

 

La abogada Justina Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.264, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó dos (2) copias certificadas del escrito recursivo.

 

 

16.- Expediente N° X-2007-000041 (CUADERNO SEPARADO): Aníbal Perales Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.038, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, se opone a la medida cautelar acordada mediante Sentencia N° 142  de fecha 13-08-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano  CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000058).

 

El abogado FRANCISCO PERALES WILLS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.765, actuando como apoderado judicial de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", consignó escrito mediante el cual solicita se desestime los alegatos sostenidos por la parte recurrente en escrito consignado en fecha 24-10-2007.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

17.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión solicitud de medida cautelar. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000044.

 

 

18.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

Se abrió  la  causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

19.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana.

 

El abogado Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, consignó escrito mediante el cual ratifica la solicitud de medida cautelar. (Acompaña anexo).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

20.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007, publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

El ciudadano José Vicente González Camejo, asistido por el abogado Plinio Angulo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.645, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 12 del diario “El Nacional” de fecha 29-10-2007, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.  

 

 

21.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007, publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

El ciudadano José Vicente González Camejo, asistido por el abogado Plinio Angulo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.645, presentó diligencia mediante la cual otorgó Poder al referido abogado.

 

 

22.- Expediente N° 2007-000068: LUIS ALBERTO APONTE LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.036, asistido por la abogada Josefina Camacaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.307, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-0768, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 382, de fecha 16-07-2007, en la cual se declaró sin lugar los recursos jerárquicos interpuestos contra la elección y postulación del ciudadano José Luis Rodríguez, como Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, en el proceso electoral celebrado el 21-05-2006, así como contra el proceso electoral en  general celebrado.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al ciudadano José Luis Rodríguez, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda mediante la cual se le notificó de la admisión del recurso.

 

 

 

23.- Expediente N° 2007-000068: LUIS ALBERTO APONTE LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.036, asistido por la abogada Josefina Camacaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.307, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-0768, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 382, de fecha 16-07-2007, en la cual se declaró sin lugar los recursos jerárquicos interpuestos contra la elección y postulación del ciudadano José Luis Rodríguez, como Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, en el proceso electoral celebrado el 21-05-2006, así como contra el proceso electoral en  general celebrado.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al ciudadano Luis Alberto Aponte León (parte recurrente),  mediante la cual se le notificó de la admisión del recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO:

 

24.- Expediente N° X-2007-000044(CUADERNO SEPARADO): Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000077).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar interpuesta.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

25.- Expediente N° 2007-000072:   Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,  remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.088.724, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.752, contra las actuaciones materiales y vías de hecho efectuadas por la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroni del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Cámara.  Oficio Nº 07-1.418, de fecha 15-08-2007, remitiendo el expediente Nº 39746-07 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 30-10-2007,  por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.752, mediante el cual se da por notificado del fallo dictado en fecha 18-10-2007 y procede a dar respuesta a la solicitud formulada por el referido fallo, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 


 

 

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