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Sala Electoral
  • Fecha: 02 de julio de 2007





CUENTA Nº 93

 

 

 

CUENTA Nº 93

 

 

Despacho del lunes dos (02) de julio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2007-000047: EDUARDO VALERA, titular de la cédula de identidad N° 7.024.613, asistido por el abogado José Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.644, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070321-0196 emanada del Consejo Nacional Electoral, en la cual se declaró: 1.- Sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Eduardo Valera, Miriam Narváez y Odalis Godoy contra los ciudadanos Carlos López Núñez, Jesús López Núñez, Argenis Alvarado y Luis Vergara, en su condición de miembros de la Junta Directiva electos el 22 de abril de 2005 en el Sindicato Único de Empleados y Obreros Electricistas y Conexos del Estado Cojedes (SUDEOECEC), y 2.- Certificó la realización del proceso electoral celebrado el 22 de abril de 2005, en el referido Sindicato.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-280.

 

 

 

2.- Expediente N° 2007-000048:  VÍCTOR RAMÓN MOLINA GIL, titular de la cédula de identidad N° 4.089.184, actuando con el carácter de Promotor de la Agrupación “El Pueblo Revoca”, y como elector de la Circunscripción Electoral del Estado Bolívar, asistido por el abogado Juan Bernardo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.408, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra los actos administrativos, resultados y efectos de la actividad realizada por el Consejo Nacional Electoral de Recolección de Manifestaciones de Voluntad, llevado a cabo los días 16, 17 y 18 de junio de 2007, para poder realizar la convocatoria para la realización de los Referendos Revocatorios del Gobernador, Alcaldes y Diputados Suplentes del  Consejo Legislativo Regional del Estado Bolívar.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-281.

 

 

 

3.- Expediente N° X-2007-000017 (CUADERNO SEPARADO): RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000022).

 

Visto en escrito presentado, en fecha 28-06-2007, por el abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Manuel Jesús Muñoz, Luis Bello, Asdrúbal López y José Sánchez, mediante el cual se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 96, de fecha 19-06-2007, la Sala acordó abrir una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000010: OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N° 3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008.

 

Vista la sentencia dictada en fecha 07-06-2007, la Sala comisionó  Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, a fin de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua del referido fallo. Se libraron oficios 07-278 y 07-279. Asimismo, se libra boleta de conformidad con los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil al ciudadano OVELLEIRO GONZALEZ USECHE (parte recurrente), mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-06-2007.

 

 

 

5.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA, JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ, DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924, 8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160 y 5.993.145, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió: Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez, Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos y Fetraanzoátegui, y Segundo:  Ordenó a la Oficina Regional Electoral del Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

6.- Expediente N° X-2007-000020 (CUADERNO SEPARADO): WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso de nulidad contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000028)

 

Por recibida comunicación SCA-OAL-2593, de fecha 28-06-2007, suscrita por el Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, en atención al Oficio N° 07-259, de fecha 21-06-2007, emanado de la Sala Electoral mediante el cual se le notificó de la Sentencia N° 101 de fecha 19-06-2007. En tal sentido, informa sobre los aspectos que se señalan en referido fallo (Acompaña anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Comisión Electoral del  Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET), mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 19-06-2007.  Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida Comisión, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

8.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).

 

La ciudadana Secretaria Accidental de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 28-06-2007, se había traslado al domicilio procesal de la Comisión Electoral del  Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET), y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

9.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida Federación en fechas 11 y 16-11-2004.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 07-06-2007.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

10.- Expediente N° 2007-000029: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por  el ciudadano JOSÉ LOZADA, titular de la cédula de identidad N° 6.143.086, asistido por la abogada Lourdes Celeste Barrios, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 34.649, contra las actuaciones contenidas en el Expediente signado con el N° 307 (nomenclatura de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara), referidas a la relegitimación de las autoridades del  Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser Venezolana S.A., del Estado Lara (SINTRAURBASER). Oficio Nº J1-2007-175, de fecha 08-03-2007, remitiendo el expediente Nº KP02-R-2003-000394 (nomenclatura de ese Juzgado) (3 Piezas principales). (Recibido en fecha 09-04-2007).

 

Vista la Sentencia N° 97, dictada por la Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2007, se acordó notificar, al ciudadano José Lozada Martínez (parte recurrente), a los ciudadanos José González, Fernando Vizcaya, Eberto Guerra, Eber Rodríguez, Alcides Rodríguez, Ali Perozo, Edwar Mendoza, Manuel Martínez, José Rodríguez y Carlos Guarache y   a la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara. Se libraron boletas y Oficio N° 07-283, Asimismo, se acordó  solicitar al Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser Venezolana S.A., del Estado Lara (SINTRAURBASER),  los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso,  así como notificar al Fiscal General de la República. Se libraron Oficios números 07-284 y 07-285. Asimismo, se comisionó al  Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se libró Oficio N° 07-282 y despacho. Finalmente, una vez que conste en autos la notificación de la parte recurrente, el Juzgado,  procederá a librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”.

 

 

 

11.- Expediente N° 2007-000036:  JOSÉ LUIS ROMERO FARRERA, JOSÉ RAFAEL NIETO, MARLENI PÁEZ, IRWIN DEPABLOS, ROMMEL HERNÁNDEZ Y  FRANCISCO HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 4.179.350, 3.985.443, 10.540.167, 8.029.658 y 8.651.766,  asistidos por el abogado Pedro José María Valladares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.247, interponen recurso contencioso electoral  contra el acto de elección de las autoridades sindicales del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), el cual se realizó el 25-04-2007 y contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación, de fecha 27-04-2007, emitida por la Comisión Nacional Electoral del  Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

La ciudadana Shirleen Patricia Mitchell, titular de la cédula d identidad N° 8.864.602, asistida por la abogada Eliana Solórzano de Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 8.774, consignó escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados con la causa y solicita se declare sin lugar el recurso interpuesto. (Acompaña anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

La ciudadana Shirleen Patricia Mitchell, titular de la cédula d identidad N° 8.864.602, asistida por la abogada Eliana Solórzano de Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 8.774, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de todo el expediente.

 

 

 

14.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

La ciudadana Shirleen Patricia Mitchell, titular de la cédula d identidad N° 8.864.602, asistida por la abogada Eliana Solórzano de Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 8.774, consignó diligencia  mediante la cual otorga poder Apud-Acta a la referida abogada.

 

 

 

15.- Expediente N° 2007-000039:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ EVARISTO ZAMBRANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.220.341, Alcalde del Municipio Guásimos del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representado con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-239, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República  de la admisión del recurso.

 

 

 

16.- Expediente N° 2007-000039:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ EVARISTO ZAMBRANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.220.341, Alcalde del Municipio Guásimos del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representado con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-238, anexo al cual se remitió comisión conferida al  Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de notificar a la parte recurrente, de la admisión del recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

17.- Expediente N° 2007-000040:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NORIS VIDALIA JAIMES MORA, titular de la cédula de identidad N° 10.154.484, Alcaldesa del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representada con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-246, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de notificar a la parte recurrente, de la admisión del recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

18.- Expediente N° 2007-000040:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NORIS VIDALIA JAIMES MORA, titular de la cédula de identidad N° 10.154.484, Alcaldesa del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representada con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-248, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República  de la admisión del recurso.

 

 

 

19.- Expediente N° 2007-000042: PEDRO VÍCTOR RÉQUIZ CISNEROS, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando en su propio nombre, pide “respetuosamente a esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia solite formalmente la declinatoria de conocimiento de la Sala Constitucional a la Sala Electoral del Tribunal Supremo y recabe las actuaciones originales…".

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notifico el auto dictado en fecha 25-06-2007.

 

 

 

20.- Expediente N° 2007-000042: PEDRO VÍCTOR RÉQUIZ CISNEROS, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando en su propio nombre, pide “respetuosamente a esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia solite formalmente la declinatoria de conocimiento de la Sala Constitucional a la Sala Electoral del Tribunal Supremo y recabe las actuaciones originales…".

 

El abogado PEDRO RÉQUIZ CISNEROS inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando en su propio nombre, presentó diligencia anexa a la cual consignó escrito de apelación interpuesta contra el auto dictado en fecha 25-06-2007, que “negó el Recurso Contencioso Electoral  interpuesto”.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

21.- Expediente N° 2006-000107: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitución conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado LUIS REYES, titular de la cédula de identidad N° 5.292.054, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 53.201, actuando con el carácter de Candidato a la Presidencia de la República y Presidente de la organización con fines políticos Juventud Organizada de Venezuela (JOVEN),  contra los medios de comunicación social públicos y privados prestadores de servicios de radio, televisión y prensa escrita. Oficio Nº 06-3127, de fecha 08-11-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001494 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 24-11-2006, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de Sala  Electoral de la boleta, se le tendrá por notificado.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                              La Secretaria Acc.,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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