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Sala Electoral
  • Fecha: 05 de junio de 2007





CUENTA Nº 78

 

CUENTA Nº 78

 

 

Despacho del martes cinco (05) de junio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2007-000024 (CUADERNO SEPARADO): Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.986, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luis Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela y Victoria Hernández, titulares de las cédulas de identidad números 2.504.677, 11.243.560, 6.803.246, 9.389.042, 12.199.822 y 9.983.557,  respectivamente, se opone al amparo cautelar dictado por esta Sala en Sentencia N° 47, de  fecha 26-04-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000023).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000002:  Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.

 

Visto que, en fecha 04-06-2007, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3.- Expediente N° X-2007-000024 (CUADERNO SEPARADO): Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.986, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luis Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela, y Victoria Hernández, titulares de las cédulas de identidad números 2.504.677, 11.243.560, 6.803.246, 9.389.042, 12.199.822 y 9.983.557,  respectivamente, se opone al amparo cautelar dictado por esta Sala en Sentencia N° 47, de  fecha 26-04-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000023)

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, se abrió una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 30-05-2007, por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Erasmo Barrientos y Juan Carlos Hernández, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 64 de fecha 17-05-2007, que corre inserta a los folios 520 al 548 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

5.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 30-05-2007, por el abogado Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Alfonso Morillo y Nelson Rivas, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 64 de fecha 17-05-2007, que corre inserta a los folios 520 al 548 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 29-05-2007, por el  abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.986, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luis Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela, y Victoria Hernández, titulares de las cédulas de identidad números 2.504.677, 11.243.560, 6.803.246, 9.389.042, 12.199.822 y 9.983.557,  respectivamente, mediante el cual solicita se les tenga a sus representados como terceros verdadera parte y se opone al amparo cautelar dictado por la Sala en Sentencia N° 47, de  fecha 26-04-2007. En tal sentido,  la Sala siguiendo los lineamientos establecidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 1795, de fecha 19-07-2005, acordó abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la referida oposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 602 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la tramitar la oposición al amparo cautelar acordado por la Sala mediante Sentencia N° 47 de  fecha 26-04-2007. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000024.

 

 

8.- Expediente N° X-2007-000009 (CUADERNO SEPARADO):  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, solicitan amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000114). 

 

Vista la Sentencia N° 58 de fecha 15-05-2007, la Sala acordó comisionar Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de notificar a los ciudadanos CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO (parte recurrente), del referido fallo. Se libró Oficio N° 07-221, boleta y despacho. Finalmente, se libró Oficio N° 07-222, al Consejo Nacional Electoral mediante el cual se le notifica del fallo dictado en fecha 15-05-2007.

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

9.- Expediente N° 2007-000021: PABLO MEDINA, IVÁN BALLESTEROS, JOSÉ GREGORIO GARCÍA URQUIOLA, JESÚS ISRAEL FERNANDEZ, JAVIER NIETO QUINTERO, CARLOS GUYON CELIS y DOMINGO MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 3.535.200, 4.824.529, 5.221.040, 3.626.576, 10.155.129, 4.309.389 y 7.786.771, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.409, interponen recurso contencioso electoral contra las actuaciones u omisiones del Consejo Nacional Electoral, referidas a las elecciones presidenciales del 03-12-2006, “donde se proclamó a Hugo Chávez como presidente  constitucional para el período 2007-2013”. (Recibido el 16-03-2007).

 

Se libró Oficio N° 07-223, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza de expediente administrativo consignada por ese Órgano Electoral.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-206, anexo al cual se remitió al Consejo Nacional Electoral once (11) piezas de expediente administrativo consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

11.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis García y Pedro Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron diligencia mediante la cual se  dan por notificados de la Sentencia N° 59 de fecha 15-05-2007.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis García y Pedro Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito mediante el cual solicitan aclaratoria de la Sentencia N° 59 dictada en fecha 15-05-2007

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N° 6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en el  cual se eligió a la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-189, mediante el cual se notifico al  Instituto Nacional de Deportes de la admisión del recurso.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-213, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para la evacuación de la inspección judicial admitida.

 

 

15.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

El abogado Carlos Marquina,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 24.574 actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Manuel Jesús Muñoz, Luis Bello, Asdrúbal López y José Sánchez, consignó diligencia mediante la cual impugna el poder que riela a los folios 200 al 204.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

16.- Expediente N° 2006-000104: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental,  declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos María Rosa Sánchez González, Carmen Westalia Velásquez Ortiz, María Angélica Martínez de Gómez y Miriam Elena Salazar Calzadilla, titulares de las cédulas de identidad números 8.369.904, 6.720.555, 4.615.899 y 6.400.010, respectivamente, contra el proceso electoral para elegir a los Consejeros de Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente  del Municipio Caripe del Estado Monagas. Oficio Nº 114, de fecha 05-10-2006, remitiendo el expediente Nº 2869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El abogado José Emilio Giménez Mendía, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.126, actuando con el carácter de apoderado judicial del Municipio Caripe del Estado Monagas, consignó escrito mediante el cual solicita se le tenga como tercero en el proceso, se opone a la solicitud de amparo cautelar, y se opone a la admisión del recurso. Asimismo, solicita la reposición de la causa al estado de notificar la reforma del recurso presentada en fecha 22-05-2007. 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

17.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

Los abogados Carlos Marquina y Karla Sofía Marquina,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.574 y 123.099, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Manuel Jesús Muñoz, Luis Bello, Asdrúbal López y José Sánchez, consignaron escrito de promoción de pruebas (Acompañan anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

18.- Expediente N° X-2007-000022 (CUADERNO SEPARADO): Miriam Celina Morales Silva, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 73.903, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARÍA ROSA SÁNCHEZ GONZÁLEZ, CARMEN WESTALIA VELÁSQUEZ ORTIZ, MARÍA ANGÉLICA MARTÍNEZ DE GÓMEZ Y MIRIAM ELENA SALAZAR CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad números 8.369.904, 6.720.555, 4.615.899 y 6.400.010, respectivamente, solicita amparo cautelar conjuntamente con  recurso contencioso electoral contra el proceso electoral para elegir a los Consejeros de Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente  del Municipio Caripe del Estado Monagas. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000104)

 

El abogado José Emilio Giménez Mendía, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.126, actuando con el carácter de apoderado judicial del Municipio Caripe del Estado Monagas, consignó escrito mediante el cual se opone a la solicitud de amparo cautelar.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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