CUENTA
Nº 80
Despacho del jueves siete (07) de junio de 2007.
Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón,
Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las
cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 t 3.635.503, respectivamente,
asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de
efectos, contra la
Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional
Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha
27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los
referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores
para elegir la
Comisión Electoral de la Federación Nacional
de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción,
Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana
de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a
la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha
27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007).
Vista la
diligencia presenta, en fecha 05-06-2007, así como el escrito presentado en
fecha 06-06-2007, por el abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
24.574 actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Manuel
Jesús Muñoz, Luis Bello, Asdrúbal López y José Sánchez, mediante los cuales impugna
el instrumento poder que riela a los folios 200 al 204 del expediente, otorgado
a los abogados Virgilio Briceño, Aura Rosa Jiménez, Alejandro García Piñero,
Rossana Hernández, María Gabriela Briceño, María del Rosario Briceño y Emilia
Morales Urdaneta, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARISTIDES
RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.
REASIGNACIÓN DE PONENCIA:
2.- Expediente N° 2007-000015: Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito
Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas remite expediente
contentivo de la demanda interpuesta por el abogado Eliceo Reinaldo Olivier,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.815, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN EUFRASIO LUCES VILLANUEVA, JUAN
RAMÓN DAUTTAN, URBANO JOSÉ GEROME CALDEA, CAMPO ELÍAS MORALES, WILY VILORIA,
SEBÁSTIÁN LEIVA, CARMEN TERESA BLANCO, BERTIN MENDOZA y LEONARDO BRITO,
titulares de las cédulas de identidad números, 3.696.625, 2.152.168, 5.184.584,
1.643.154, 6.162.602, 5.895.748, 4.361.271, 5.567.929 y 5.520.358,
respectivamente, contra los ciudadanos José Muñoz León, Juan Carlos Laya y
Alicia Mendoza, referido a la conformación de la Junta Directiva de la Asociación Sindical
de Trabajadores Bancarios, Transporte de Valores, Corretaje, Vigilancia
Bancaria, Bolsa de Valores y Afines del Distrito Capital y Estado Miranda
(ASITRABANCA).Oficio Nº 938-07, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente
Nº AP21-L-2006-004814 (nomenclatura de ese Tribunal) (1 Pieza principal).
Por cuanto el proyecto de sentencia
presentado, en esta misma fecha, por el Magistrado JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN,
no alcanzó la mayoría requerida para su aprobación, se reasignó la ponencia del
expediente al Magistrado RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
SECRETARÍA EN:
3.- Expediente
N° 2007-000013: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite
expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con
amparo cautelar interpuesto por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular
de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente
Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.),
contra la
Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha
30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido
abogado contra la
Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional
Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael
Chávez Frías como candidato a la
Presidencia de la República por el referido partido político.
Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº
AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de
anexo).
Vista diligencia
presentada, en fecha 31-05-2007, por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando en su propio
nombre, mediante la cual solicita el desglose de “las actuaciones consignadas
del Expediente 1830 –Sala Constitucional- Tribunal Supremo de Justicia, cuya
presentación fue hecha por mi persona el día 30/05/07, para que fuera admitido
como un RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL autónomo e independiente del que
se sustancia bajo el N° 07-000013 y no debe ser agregado a la pieza del
expediente citado”. La Sala
acordó formar un nuevo expediente, para lo cual ordena desglosar el escrito
presentado en fecha 30-05-2007, así como el anexo que acompaño al mismo
constante de ciento tres (103) folios, y la
diligencia presentada en fecha 31-05-2007.
4.- Expediente N° 2006-000116: CRUZ ALEJANDRO AVILA, titular de la cédula de identidad N° 9.893.297,
actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Estado Monagas (SUTICEM), asistido por la abogada Felicia Katiusha
Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N°
061004-864, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 348, de fecha 28-11-2006, que declaró con
lugar las impugnaciones interpuestas por los ciudadanos Jorge Navarro, Sirio
González y Luis Rodríguez, mediante las cuales
solicitaron de inelegibilidad de los ciudadanos Cruz Alejandro Ávila,
Luis Gil, Jesús Rafael Ordaz, Johnny Salazar, Víctor Acuña, Alberto Veliz y
José Pacheco, para los cargos de Presidente, Secretario General, Tesorero y
Secretarios Ejecutivos de la
Junta Directiva del referido Sindicato; declaró vacantes los
mencionados cargos; e insta a la Comisión Electoral de la Organización Sindical
a que realice una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes
declaradas.
Habiéndose anunciado voto concurrente por
parte del Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, en relación a la sentencia
firmada en esta misma fecha en la causa, se difiere la publicación de dicho
fallo, hasta la presentación del escrito razonado contentivo del voto
concurrente anunciado por el referido Magistrado, para lo cual dispondrá de un
lapso de tres (3) días de despacho siguientes al día de hoy.
5.- Expediente N° X-2007-000016 (CUADERNO SEPARADO): José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB
DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ
GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,
titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470,
8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, solicita
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la Resolución
N° 070131-013, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral de fecha 22-02-2007, que
declaró: 1.- con lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Henry Toro,
Frank Walter, Neptalí Silva, Celestino Hernández, Enrique Pérez y Ezequiel
Perdomo, contra la elección de los miembros de la Junta Directiva
del Sindicato Profesional de la
Industria de la Caña de Azúcar y sus Derivados del Municipio
Guanare del Estado Portuguesa (S.P.T.I.C.A.D.G.); 2.- nula la elección de la Junta Directiva
del referido Sindicato llevada a cabo en fecha 09-11-2005, y 3.- Ordenó
convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de
la decisión, a los afiliados del mencionado Sindicato, para la celebración de una
nueva elección para los cargos de
Secretario de Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y
Disciplina, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y
Propaganda, Secretario de Finanzas y Primer Vocal. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000019).
Habiéndose anunciado voto salvado por
parte del Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, en relación a la sentencia
firmada en esta misma fecha en la causa, se difiere la publicación de dicho
fallo, hasta la presentación del escrito razonado contentivo del voto salvado
anunciado por el referido Magistrado, para lo cual dispondrá de un lapso de
tres (3) días de despacho siguientes al día de hoy.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° 2007-000021: PABLO MEDINA, IVÁN BALLESTEROS, JOSÉ GREGORIO GARCÍA URQUIOLA, JESÚS
ISRAEL FERNANDEZ, JAVIER NIETO QUINTERO, CARLOS GUYON CELIS y DOMINGO MARTÍNEZ,
titulares de las cédulas de identidad números 3.535.200, 4.824.529, 5.221.040,
3.626.576, 10.155.129, 4.309.389 y 7.786.771, respectivamente, asistidos por el
abogado Marcos Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.409,
interponen recurso contencioso electoral contra las actuaciones u omisiones del
Consejo Nacional Electoral, referidas a las elecciones presidenciales del
03-12-2006, “donde se proclamó a Hugo Chávez como presidente constitucional para el período 2007-2013”. (Recibido el
16-03-2007).
El abogado
Marcos Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.409, consignó
diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los anexo “A”, “B”,
“C”, “D” consignados por el Consejo Nacional Electoral. Asimismo, solicitó
copia certificada de los folios 45 al 65 del expediente.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente N° 2007-000020: BELKIS JOSEFINA MEDINA SIFONTES y JOSÉ GREGORIO FLORES, titulares de
las cédulas de identidad números 8.870.038 y 10.045.455, respectivamente,
asistidos por el abogado Santiago José Castro Toise, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 15.333, interponen
recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070207-033, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-02-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró con
lugar la impugnación presentada por la ciudadana Orfelina de Rodríguez, contra
la designación de la Comisión Electoral del Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud
(SUTRASALUD BOLIVAR) efectuada el 25-04-2006; ordenó a la Junta Directiva
del referido Sindicato realizar una nueva convocatoria para la escogencia de la Comisión Electoral
del Sindicato; y nula las elecciones realizadas el 18-07-2006.
Se agregó a los
autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 06-06-2007, por la
abogada Justina Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el
N° 78.264, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos
Belkis Josefina Medina Sifontes y José Gregorio Flores. Asimismo, visto el
volumen de recaudos consignados con el
referido escrito de promoción de pruebas se acuerda formar tres (3) pieza de
anexo con los recaudos que acompañaron a
este.
8.- Expediente N° 2007-000020: BELKIS JOSEFINA MEDINA SIFONTES y JOSÉ GREGORIO FLORES, titulares de
las cédulas de identidad números 8.870.038 y 10.045.455, respectivamente,
asistidos por el abogado Santiago José Castro Toise, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 15.333, interponen
recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070207-033, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-02-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró con
lugar la impugnación presentada por la ciudadana Orfelina de Rodríguez, contra
la designación de la Comisión Electoral del Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud
(SUTRASALUD BOLIVAR) efectuada el 25-04-2006; ordenó a la Junta Directiva
del referido Sindicato realizar una nueva convocatoria para la escogencia de la Comisión Electoral
del Sindicato; y nula las elecciones realizadas el 18-07-2006.
Se fijó el día
de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
ESCRITO PRESENTADO EN:
9.- Expediente N° 2007-000023: Juzgado Superior Civil
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,
remite expediente contentivo del recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos
interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares
de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente,
asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano
y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la
elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009,
celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el
expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1
pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).
El abogado Asdrúbal Rafael Piña Soles, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 39.296, actuando con el carácter de apoderado judicial
de los ciudadanos Arnoldo Mena y José Gregorio Albarrán, consignó escrito de
promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día
siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2007-000023: Juzgado Superior Civil
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,
remite expediente contentivo del recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos
interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares
de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente,
asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano
y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la
elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009,
celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el
expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1
pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).
El abogado JUAN
CARLOS VELÁSQUEZ ABREU, inscrito en el IPSA bajo el N° 46.986, actuando con el
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN MONTILLA, ASDRUBAL
DELGADO, LUIS RAMIRES, MAIRA QUINTERO, PIER PIRELA y VICTORIA HERNÁNDEZ,
consignó diligencia mediante la cual señala haber incurrido en un
"...error material...", en el escrito presentado en fecha 30-05-2007
y procede a subsanarlo.
11.-
Expediente N° 2007-000031: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de
apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO
RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de
identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte
(CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del
Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral
que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros.
Los abogados
David Plaza Ramírez y Olymar Zurita,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la parte recurrente y terceros adhesivos coadyuvantes, mediante la
cual hace valer el Instrumento publico identificado como la Asamblea Extraordinario
de Asociados del 19-01-2007. Asimismo, solicita que “En virtud a la tacha del
Instrumento Público, solicitamos a que se declare ‘sin lugar’ la tacha
propuesta, ya que no fundamenta dicha tacha…”.
12.- Expediente N° 2007-000036: JOSÉ LUIS ROMERO FARRERA,
JOSÉ RAFAEL NIETO, MARLENI PÁEZ, IRWIN DEPABLOS, ROMMEL HERNÁNDEZ Y FRANCISCO HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas
de identidad números 9.894.475, 4.179.350, 3.985.443, 10.540.167, 8.029.658 y
8.651.766, asistidos por el abogado Pedro
José María Valladares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.247, interponen
recurso contencioso electoral contra el
acto de elección de las autoridades sindicales del Sindicato Único de
Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), el cual se realizó el
25-04-2007 y contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación, de
fecha 27-04-2007, emitida por la Comisión Nacional Electoral del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo
Nacional Electoral.
El abogado
Carlos Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.763, actuando en
su propio nombre consignó diligencia mediante la cual solicita se le
identifique como parte en el recurso. Igualmente se da por notificado de la
admisión del recurso e igualmente solicita la expedición del cartel de
emplazamiento.
SENTENCIA
13.- Expediente N° X-2007-000013 (CUADERNO SEPARADO): María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, solicita medida
cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la
Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
(Recurso Principal Expediente N° 2007-000027). La Sala declaró CONCLUIDA LA INCIDENCIA. Ponente: LUIS
ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 66.
14.- Expediente N° 2006-000010: OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N°
3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral
del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de
Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al
proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación
tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva,
período 2005-2008. La Sala
declaró DESISTIDO el recurso
contencioso electoral interpuesto. Ponente:
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA.
Sentencia N° 67.
15.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad
números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada
Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
y medida cautelar innominada contra la Resolución N°
050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005,
publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se
reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores
de la Industria
de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005. La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ejecución
forzosa de la Sentencia N°
120 del 04-07-2006. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N°
68.
16.- Expediente N° 2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO
NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ, titulares de las cédulas de identidad números
9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente,
asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder
Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo
de Administración y Vigilancia de la referida Caja. La
Sala declaró INADMISIBLE
la solicitud de aclaratoria de la Sentencia dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de
marzo de 2007. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N°
69.
17.- Expediente N° 2006-000115: Betzaida García, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada
judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA
(SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347,
de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta
por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros;
Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego
Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente,
Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de
Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó
a los demás miembros de la
Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral
del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la
escogencia de los cargos vacantes. La
Sala declaro: 1.- PARCIALMENTE
CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- ORDENÓ
mantener al ciudadano RAÚL RIVAS, en el cargo de Secretario
de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Miranda (SUMA-MIRANDA). 3.- ORDENÓ
al Consejo Nacional Electoral que reconozca expresamente los resultados del
proceso electoral del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado
Miranda (SUMA-MIRANDA), cuyo acto de votación se llevó a cabo el 16 de
noviembre de 2004, en lo concerniente a la elección de los ciudadanos: Carlos Suárez,
Cirilo Enrique Duarte, Raúl Medina, Elina Mercedes Blanco, Orlando Padrón,
Antonio Martínez, Petra Fernández, Bogar Solórzano, Félix Sotillo, Eugenio
Moreno, Glen Higuera, Carmen Paredes, Rachelita Jaime, José Antonio Echenique,
José Bernal, Sandra Pimentel, Ambrosia Gallosa, Luis Omar Chávez, Edith Goyo y
Raúl Rivas. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N°
70.
18.-
Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio
nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de
Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el
proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de
dicha Federación. La Sala
declaró: 1.- IMPROCEDENTE la
solicitud de fijación de un nuevo lapso para la realización del proceso
electoral del la
Federación de Colegios de Abogados de Venezuela. 2.- ORDENÓ el acatamiento por parte de la Comisión Electoral Ad-hoc de la Federación de
Colegios de Abogados de Venezuela, del primer dispositivo de la sentencia número 48, dictada por esta Sala
el 26 de abril de 2007. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.
Sentencia N° 71.
19.- Expediente N° 2006-000100: Oleary
Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando
con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN,
PEDRO PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN
BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO, ADRIÁN RAFAEL
HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE, titulares de las cédulas de
identidad números 5.552.474, 5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455,
6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y 10.887.990, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos, contra la Resolución N°
060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, en la cual se
declaró con lugar la impugnación interpuesta por el ciudadano Rafael Serven, a
la cual se adhirieron los ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank
Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y declaró la
inelegibilidad de los mismos, en el proceso electoral celebrado el 17-03-2005,
en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE
MIRANDA (SINTRAELEM). La Sala
declaró: 1.-CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- NULA la Resolución Nº 060405-0198 de fecha 05 de abril de 2006,
dictada por el Consejo Nacional Electoral. 3.- Ordenó REPONER el proceso electoral celebrado
por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE
MIRANDA C.A. (SINTRAELEM), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 17 de marzo
de 2005, a
la fase de “Actualización del Registro de Afiliados y elaboración del Proyecto
Electoral”, en los términos que señala el artículo 29 de las Normas para la Elección de las
Autoridades de las Organizaciones Sindicales, previa reconstitución e
instalación de la
Comisión Electoral Sindical en el o los lapsos señalados en
la motiva de la decisión. Ponente:
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia
N° 72.
20.-
Expediente N° X-2007-000018 (CUADERNO SEPARADO): ULISES ANTONIO
SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad
números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los
abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolas
James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010,
respectivamente, solicitan suspensión de efectos conjuntamente con recurso
contencioso electoral contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360
de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la
ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de
Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara
(SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario
Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la
convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos
de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000025). La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar de
suspensión de efectos. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N°
73.
21.-
Expediente N° 2007-000032: Juzgado
Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y
del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo del
recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar
innominada interpuesto por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BRITO y ELIZABETH
MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad números 10.926.741 y 856.893,
respectivamente, asistidos por el abogado Salim Alfredo Mourand Naime, inscrito
en el Inpreabogado bajo el N° 101.429,
contra la
Resolución N° 060426-0099 emanada del Consejo Nacional
Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 316 de fecha 10-07-2006, que
declaró: 1.- con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos
Asan Piñango, Antonio Blanco y Lilia González 2.- Nula la votación efectuada en
fecha 07-08-2005, para elegir a los Miembros de la Junta Parroquial
de la Parroquia Once
de Abril del Municipio Caroní del Estado Bolívar. Oficio Nº 07-717, de fecha 12-04-2007,
remitiendo el expediente Nº 11662 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza
principal). La Sala
declaró: 1.- ACEPTÓ LA
DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada, en fecha 30-03-2007,
por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de
Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; en
consecuencia, la Sala
se declaró COMPETENTE para conocer y
decidir el recurso interpuesto. 2.- SIN
LUGAR la medida de amparo cautelar solicitado. 3.- INADMISIBLE el recurso contencioso electoral ejercido con
amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar innominada. Ponente: JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 74.
22.- Expediente N° 2006-000096: Juzgado Superior Civil y
Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región de Los Andes, remite expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano Manuel
Eleazar Pirela Plaza, titular de la cédula de identidad N° 3.006.550, asistido
por el abogado Alberto Núñez Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
30.449, contra la
Comisión Electoral de la Asociación de
Ganaderos del Norte del Estado Táchira, respecto a las elecciones celebradas el
28-07-2006 para elegir la nueva Junta Directiva en la referida Asociación. Oficio
Nº 2031, de fecha 14-08-2006, remitiendo el expediente Nº 6307-2006
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). La Sala declaró SIN LUGAR la solicitud de declaratoria
de desistimiento del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con
amparo cautelar. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N°
75.
23.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL
JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona
Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°
060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006,
mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano
Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato
de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo,
Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado
Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por
el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N°
4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 66.100). La
Sala declaró con ocasión de la sentencia N° 11 publicada el 5
de febrero de 2007, lo siguiente: 1.-
Proveída la solicitud formulada por la COMISIÓN
ELECTORAL de SINDICATO
DE TRABAJADORES DEL PETROLEO, PETROQUÍMICA Y GAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, BOLÍVAR,
URBANEJA, GUANTA, PEÑALVER, BRUZUAL, CAGIJAL Y LIBERTAD DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
(SUTRAPEQUIGAS). 2.- ADMISIBLE
y PROCEDENTE la solicitud de ampliación de sentencia formulada por el
abogado MIGUEL ÁNGEL MÉNDEZ CAMPOS, apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL. 3.- ADMISIBLE y PROCEDENTE la
solicitud de aclaratoria de sentencia planteada por la abogada JUDITH
LIENDO, apoderada judicial del ciudadano JAIME LÓPEZ ASTUDILLO, tercero
opositor admitido en juicio. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 76.
24.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el
ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado
Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613,
contra la
Resolución N° 060623-0394 emanada del Consejo Nacional
Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320, de fecha
14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto
por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes a la
elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. Oficio Nº 058-2.007,
de fecha 18-01-2007, remitiendo el expediente Nº 08950 (nomenclatura de ese
Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos). (Recibido en fecha 09-02-2007). La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso
electoral interpuesto. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
Sentencia N° 77
25.- Expediente N° X-2007-000014 (CUADERNO SEPARADO): EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone suspensión de efectos
conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la
Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de
Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional
de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral
Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección
de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el
03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día
12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000018). La
Sala declaró IMPROCEDENTE
la medida cautelar solicitada. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
Sentencia N° 78.
26.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA
DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N°
060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se
resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida
Federación en fechas 11 y 16-11-2004. La Sala declaró IMPROCEDENTE
la solicitud de ampliación formulada por la Federación
Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), de la Sentencia N° 43 del 29 de marzo
de 2007. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 79.
27.- Expediente N° X-2007-000006
(CUADERNO SEPARADO): Felicia Katiusha Hernández y
Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 32.172 y 54.241,
respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos
ALBERTO ESCALONA y NAILE OLIVERA, titulares de las cédulas de identidad números
12.012.593 y 4.240.865, solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso
contencioso electoral, contra la
Resolución N° 061107-0964 de fecha
07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, de fecha 15-12-2006, que
revocó la proclamación de los referidos ciudadanos como miembros de la Junta Parroquial de la Parroquia Antolin
Tovar Aquino del Municipio Genaro de Boconocito del Estado Portuguesa, nominal y
proporcional, respectivamente. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000005). La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE el amparo cautelar
solicitado. 2.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. 3.- ORDENÓ la
continuación de la causa. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 80.
28.- Expediente N° 2007-000009: MARTÍN RAMÓN CAMPOS MEDINA,
titular de la cédula de identidad N° 1.778.488, asistido por el abogado Carlos
Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la
Resolución N° 061214-2546, emanada del Consejo Nacional
Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 355 de fecha 30-01-2007, en la
cual se declaró parcialmente con lugar
el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco;
anuló el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de
Concejal Nominal, Circunscripción N° 2, del Municipio Anzoátegui del Estado
Cojedes; desproclamó al ciudadano Martín Ramón Campos como “Concejal Nominal de
la Circunscripción N° 4 del mencionado Municipio”, y
proclamó al ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco como Concejal Nominal de la Circunscripción N° 2 del Municipio Anzoátegui del
Estado Cojedes. La Sala declaró SIN
LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Guevara
Solano contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha
16-04-2007, que declaró inadmisible la prueba de inspección judicial, el cual
se CONFIRMÓ. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 81.
29.- Expediente N° 2006-000058: ARLINYS DEL VALLE MEDRANO,
titular de la cédula de identidad N° 8.928.057, asistida por el abogado Enrique
José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0035 de fecha 14-03-2006,
emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304,
de fecha 04-05-2006, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico
interpuesto por la referida ciudadana, contra el proceso comicial para elegir
al Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro. La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso
electoral interpuesto. En consecuencia: PRIMERO:
Declaró nula la
Resolución N° 060314-0035 del 14 de marzo de 2006, emanada
del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral
N° 304, de fecha 03 de mayo de ese mismo año, que declaró parcialmente con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana contra el
proceso comicial efectuado el día 31 de octubre de 2004 para elegir al Alcalde
del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro. SEGUNDO: Anulo en su totalidad el proceso comicial de elección del
Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro cuyo acto de votación
tuvo lugar el día 31 de octubre de 2004. TERCERO:
Ordenó al Consejo Nacional Electoral la celebración de un nuevo proceso
electoral para la elección del Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta
Amacuro. CUARTO: Desproclamó y ordenó la
inmediata desincorporación del ciudadano
PEDRO SANTAELLA HERNÁNDEZ, del cargo del Alcalde del Municipio Casacoima del
Estado Delta Amacuro. Asimismo, mientras se celebra el nuevo proceso electoral y toma posesión quien
resulte electo como Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta
Amacuro,
corresponderá ejercer el cargo de Alcalde al Presidente o Presidenta del
Concejo Municipal del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro. QUINTO: Declaró que la decisión no
afecta la validez y eficacia de los actos cumplidos por el ciudadano PEDRO
SANTAELLA HERNÁNDEZ durante el ejercicio del cargo de Alcalde del Municipio
Casacoima del Estado Delta Amacuro. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 82.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA