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Sala Electoral
  • Fecha: 08 de marzo de 2007





CUENTA Nº 34

 

CUENTA Nº 34

 

 

Despacho del jueves ocho  (08) de marzo de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2005-000127: Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005  y cuya el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 1-03-2007, por la abogada MINNORI MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.770, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 15, de fecha 06-02-2007, que cursa en los folios 158 al 177 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

2.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).

 

Por recibido, en fecha 07-03-2007, vía empresa de encomienda MRW, las resultas del correo especial otorgado, en fecha 13-02-2007, al ciudadano Victoriano Castillo,  titular de la cédula de identidad 4.007.432, a los fines de notificar a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), de la Sentencia N° 11 de fecha 05-02-2007,  se acordó agregar al expediente judicial el referido correo.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2007-000016: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar,  interpuesto por los abogados GUILLERMO MORENA ALCALÁ y OCTAVIO JOSÉ TOVAR CHACÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.107 y 6.549.997 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, contra la Resolución N° 419, emanada del Ministerio del Interior y Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 38.568, de fecha 21-11-2006, donde se prohíbe en todo el territorio y demás espacios geográficos de la República, desde las once horas y cincuenta y nueve minutos de la noche (11:59 p.m.) del día sábado 02 de diciembre de 2006 hasta las once horas y cincuenta y nueve minutos de la noche (11:59 p.m.) del día domingo 3 de diciembre del mismo año, la realización de reuniones, manifestaciones publicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar que pueda afectar el normal desarrollo de las votaciones. Oficio Nº 1019, de fecha 28-01-2007, remitiendo el expediente Nº 2006-1801 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000002:  Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.

 

El abogado Luis Felipe Mejía Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358, actuando con el carácter de consultor jurídico del Instituto de Oficiales de la Fuerza Armada Nacional en Situación de Retiro (IORFAN), consignó diligencia mediante la cual solicita un pronunciamiento sobre la caducidad de la acción.

 

 

5.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente,  consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido la copia certificada acordada en auto de fecha 07-03-2007.

 

 

6.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente,  consignó diligencia en la cual solicita la notificación del ciudadano Wilmer Nolasco.

 

 

7.- Expediente N° 2006-000079: PEDRO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.439.271, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.137, actuando en su nombre, interpone recurso de interpretación respecto al alcance y vigencia del artículo 227 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 124 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada al ciudadano Pedro Hernández, así como su anexo, en razón de haber resultado infructuosas  las diligencia practicadas para notificar al referido ciudadano, toda vez que el domicilio procesal señalado en autos resulto inexacto.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° 2006-000114:  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de amparo cautelar. Se libraron Oficios números 07-093,  07-092, 07-094 y boleta.

                                                                                                                                             

 

9.- Expediente N° 2006-000010: OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N° 3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008.

 

Visto el auto dictado en fecha 06-03-2007, mediante el cual se admitió el recurso interpuesto, el Juzgado de Sustanciación comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, a los fines de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua. Se libró Oficio N° 07-091 y despacho. Se remitió Oficio N° 07-086 librado en fecha 06-03-2007, así como su anexo.

 

 

 

10.- Expediente N° 2006-000010: OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N° 3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión solicitud de amparo cautelar. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000008.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

El abogado Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000096: Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano Manuel Eleazar Pirela Plaza, titular de la cédula de identidad N° 3.006.550, asistido por el abogado Alberto Núñez Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.449, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Norte del Estado Táchira, respecto a las elecciones celebradas el 28-07-2006 para elegir la nueva Junta Directiva en la referida Asociación. Oficio Nº 2031, de fecha 14-08-2006, remitiendo el expediente Nº 6307-2006 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

El abogado Alberto Núñez Rincón inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.449, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Manuel Eleazar Pirela Plaza, presentó diligencia anexa a la cual consignó instrumento poder que acredita su representación. (Acompañó anexo).

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

13.- Expediente N° X-2007-000008 (CUADERNO SEPARADO): OVELLEIRO GONZÁLEZ USECHE, titular de la cédula de identidad N° 3.793.605, asistido por el abogado Rosalino Medina Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.987, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de las Telecomunicaciones de Venezuela Sector Aragua Filiales y Conexos del Estado Aragua, respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25-07-2005, para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000010).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar interpuesta.  

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N° 2006-000074: Elia Rodríguez Requena, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.067, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ BENILDE TRUJILLO VERA y FERNANDO IVÁN FELIPE HENRIQUEZ HOSTOS,  titulares de las cédulas de identidad números 4.088.975 y 3.982.306, respectivamente, Presidentes del Colegio de Médicos del Estado Aragua y Carabobo, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra la omisión –a su decir- del Consejo Nacional Electoral de convocar a elecciones en la Federación Médica Venezolana y en los Colegios de Médicos de los Estados.

 

El abogado Elia Rodríguez Requena, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.067, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ BENILDE TRUJILLO VERA y FERNANDO IVÁN FELIPE HENRIQUEZ HOSTOS, consignó escrito mediante el cual solicita se requiere la al Juzgado Superior Civil en lo Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte el envió de la comisión que le fue dada por la Sala, toda vez que ya fue cumplido el objetivo de dicho despacho.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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