CUENTA
Nº 2
Despacho del martes nueve (09) de enero de 2007.
Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José
Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez
Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se
leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2007-000001: Marboris Coromoto
Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkovic,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715,
respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN
BRITO YEPEZ, DOUGLAS JOSÉ FERNANDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA
MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAN MORONTA FERNANDEZ, ARMANDO DE JESÚS
BELIZARIO PÉREZ y JULIAN JESÚS ANTUARE MARCANO, titulares de las
cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924, 8.973.347,
5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160 y
5.993.145, respectivamente, miembros de la Junta Directiva del Sindicato
de Trabajadores Organizados Petroleros y sus Similares (STOPS), interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la Resolución N° 061004-0865,
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, en la cual se
declaró la inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva del referido
Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros y sus Similares (STOPS) de los
Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez, Guanipa,
Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a
FETRAHIDROCARBUROS Y FETRAANZOATEGUI.
Se acordó
solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo,
así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho relacionados con el
recurso. Se libró Oficio N° 07-012.
2.- Expediente N° 2007-000002: Marcos Porras Andrade
y Julián Velásquez Marcano, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664,
respectivamente, actuando con el
carácter de apoderados judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de
efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto
de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada
Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.
Se
acordó solicitar a la Comisión Electoral
Permanente del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional
(IORFAN), el expediente administrativo, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N°
07-008. Asimismo, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,
a los fines de la decisión correspondiente.
3.- Expediente N° 2005-000074:
DIANORAH MILANO, titular de la cédula de identidad N° 8.456.710,
asistida por el abogado Rafael Antonio Osio Tovar,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada contra las vías de hechos producidas por la Alcaldía
del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui,
relacionado con el proceso electoral celebrado en la Asociación
de Vecinos “Las Villas” (ASOVILLAS), de la ciudad de El Tigre, del
Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.
Por recibido, en fecha 08-01-2007, Oficio N° 0525-2006,
de fecha 10-07-2006, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo
Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, anexo al cual remite
las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha
29-03-2006, se acordó
agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
4.- Expediente N° 2005-000072: Sala Político Administrativa declina competencia en el expediente contentivo del conflicto
de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas,
interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula
de identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de Alcalde
Interino del Municipio Alto Orinoco
del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín.
Oficio Nº 5617, de fecha 29-06-2005, remitiendo el expediente Nº
2005-2012 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).
Por recibido, en esta misma fecha, Oficio N° 1196-06, de
fecha 13-12-2006, emanado de la
Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil,
Tránsito, Bancario, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso
Administrativo de la Región
Amazonas de la Circunscripción
Judicial del Estado Amazonas, anexo al cual remite las
resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha
08-05-2006, se acordó
agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.- Expediente N° 2006-000089: Olinto Antonio
Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.353,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Miguel Liz, titular de la cédula de identidad N°
10.791.187, interpone recurso contencioso electoral contra la elección
de la Junta Directiva
del Sindicato Único de Obreros y Empleados Petroleros, Químicos y
sus Similares de los Municipios Autónomos Bruzual,
Peñalver, Bolívar, Libertad y Sotillo del Estado
Anzoátegui (SUOEPQ), período 2006-2009, celebrado en fecha 03-08-2006.
Se
difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete
(07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se
procederá a dictar sentencia.
6.- Expediente N°
2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el
abogado Omar Jesús Pedrón
Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución
N° 060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006,
en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto
por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal Electoral
Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al
ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo
Municipal del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.
Se libró
Oficio N° 07-009, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral dos (02)
piezas de expediente administrativo y una (01) pieza identificada como Anexo 1
contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese
Órgano Electoral.
7.- Expediente N° 2006-000110: Tribunal
primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo declina competencia en el expediente contentivo del recurso
contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos ASUNCIÓN TALAVERA,
JULIO CÉSAR SALAZAR, CARLOS NATERA y PEDRO TIBERIO, titulares de las
cédulas de identidad números 10.709.861, 7.111.871, 9.448.124 y
10.733.233, respectivamente, asistidos por el abogado Brígido
González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.839, contra el
proceso electoral realizado en fecha 07-07-2006, en el Sindicato de
Trabajadores de la Empresa Plásticos
de Empaque, C.A. del Estado Carabobo (SINTRAEMPLAST),
para elegir a la Junta Directiva
y Tribunal Disciplinario del referido Sindicato. Oficio Nº 7691/2006, de
fecha 06-11-2006, remitiendo el expediente Nº GP02-R-2006-000366
(nomenclatura de ese Tribunal) (1 pieza principal).
Se acordó solicitar a la
Comisión Electoral del Sindicato de
Trabajadores de la Empresa Plásticos
de Empaque, C.A. del Estado Carabobo (SINTRAEMPLAST),
los antecedentes administrativos del caso, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente
recurso. Se libró Oficio
N° 07-011. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Región Centro Norte, a los
fines de notificar a la referida Comisión Electoral, así como a la parte recurrente,
del fallo dictado en fecha 19-12-2006 y del auto librada en fecha 09-01-2007.
Se libró Oficio N° 07-010, boleta y despacho.
8.- Expediente N° 2006-000075: JESÚS EDILBERTO SUEZ
CALDERÓN, titular de la cédula de identidad N° 8.871.480,
asistido por el abogado Gonzalo José Celta Rojas, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 13.718, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada,
contra la Resolución
N° 060623-0390, emanada del Consejo Nacional Electora en
fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320 de fecha 14-07-2006,
en la cual se declaró con lugar
el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadano Luisa Mireya Navas, anuló el acto de Totalización,
Adjudicación y Proclamación de la elección de Concejal
Nominal, Circunscripción N° 2 del Municipio Cedeño
del Estado Bolívar, desproclamó al ciudadano
Jesús Edilberto Suez Calderón, y
proclamó a la ciudadano Luisa Mireya Navas.
Se libró
Oficio N° 07-015, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional
Electoral del fallo dictado en fecha 19-12-2006. Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos
en una (01) pieza de expediente administrativo
y una (01) pieza de anexo. Finalmente, se libró boleta a la parte
recurrente, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233
del Código de Procedimiento Civil,
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 19-12-2006.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
9.- Expediente N° 2006-000087: José Enrique Pernia
Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando con
el carácter de apoderado judicial del ciudadano Richard Walter Barrera
Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 5.685.921,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar,
contra la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró sin
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra
las Actas de Escrutinio y Acta de Totalización, Adjudicación y
Proclamación, respecto a la elección de la ciudadana Virginia
Vivas Moreno, como Alcaldesa del Municipio Córdoba del estado
Táchira. (Recibido en fecha 14-08-2006).
Visto que en
fecha 08-01-2007, venció el lapso para que las partes presenten sus
conclusiones, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA,
a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro
del plazo de quince (15) días de despacho.
DILIGENCIA
EN:
10.- Expediente N° 2006-000088: DOUGLAS RAFAEL
LEÓN NATERA, titular de la cédula de identidad N° 3.437.989,
actuando con el carácter de Presidente de la Federación
Médica Venezolana, asistido por el abogado Alberto
José Rivas Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 50.753, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra la actuación material o vía
de hecho realizada por el Consejo Nacional Electoral al haber nombrado una
Comisión Electoral Transitoria Ad-Hoc de la Federación
Médica Venezolana. (Recibido en fecha 06-09-2006).
El abogado
Alberto José Rivas Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 50.753, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación
Médica Venezolana (FMV), consignó diligencia
mediante la cual se da por notificado de la Sentencia N° 196, de fecha
19-12-2006. Asimismo, solicita dos
(2) juegos de copias certificadas de la referida sentencia y del informe del
Consejo Nacional Electoral, que cursa a los folios 118 al 131 del expediente.
JUZGADO DE
SUSTANCIACIÓN
ESCRITO
PRESENTADO EN:
11.- Expediente N° 2006-000100: Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN, PEDRO
PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN
BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO,
ADRIÁN RAFAEL HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE,
titulares de las cédulas de identidad números 5.552.474,
5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455, 6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y
10.887.990, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución
N° 060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral,
en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006,
en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por el
ciudadano Rafael Serven, a la cual se adhirieron los
ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank
Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y
declaró la inelegibilidad de los mismos, en el
proceso electoral celebrado el 17-03-2005, en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE
MIRANDA (SINTRAELEM).
La abogada Alejandra Arcas Lazo, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 72.861, actuando con el carácter de apoderada
judicial de la parte recurrente, consignó escrito de promoción de
pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido
escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que
venza el lapso de promoción.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
12.- Expediente
N° X-2006-000033 (CUADERNO SEPARADO): OSCAR MIRANDA,
titular de la cédula de
identidad N° 3.566.618, asistido por el abogado Jorge Enrique
Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 8.188.496,
interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la Resolución
N° 060314-0101, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la
impugnación formulada por lo ciudadanos Rafael Amado Trejo Gómez
y Alirio Ramón Moreno, contra la
reelección de los ciudadanos Oscar Miranda y Freddy Rábago,
como Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Único de
Trabajadores de la Industria
Eléctrica y sus Similares del Estado Barinas
(SUTIESEBA). (Recurso Principal Expediente N° 2006-000093).
Vista la Sentencia Nº 211,
de fecha 19-12-2006, la Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la
Circunscripción Judicial de la Región Los
Andes, a los fines de notificar del
referido fallo a la parte recurrente, ciudadano Oscar Miranda. Se libró
Oficio N° 07-013, boleta y despacho. Asimismo, se libró Oficio
N° 07-014, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral fallo
dictado en fecha 19-12-2006.
13.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA
GARCÍA ITURBE, inscritas en
el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR
MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA,
CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES,
titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen
acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada
contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y
Expulsiones de la
Asociación Civil El Dorado Country
Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y
expulsión de los referidos ciudadanos.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a la Junta Directiva de la
Asociación Civil sin fines de lucro “EL DORADO
COUNTRY CLUB”, de
conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código
de Procedimiento Civil, mediante la
cual se le notifica del fallo dictado en fecha 08-08-2006.
14.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA
CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA
GARCÍA ITURBE, inscritas en
el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas
judiciales de los ciudadanos JOSÉ ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR
MÁRQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA,
CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES,
titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas, actuando en nombre propio, interponen
acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar
innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y
Expulsiones de la
Asociación Civil El Dorado Country
Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y
expulsión de los referidos ciudadanos.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil
sin fines de lucro “EL DORADO COUNTRY CLUB”, de conformidad con lo previsto en los
artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del
fallo dictado en fecha 08-08-2006.
El Presidente,
JUAN JOSÉ NÚÑEZ
CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
PÉREZ