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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de junio de 2007





CUENTA Nº 81

 

CUENTA Nº 81

 

 

Despacho del lunes once (11) de junio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000042: PEDRO VÍCTOR RÉQUIZ CISNEROS, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando en su propio nombre, pide “respetuosamente a esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia solite formalmente la declinatoria de conocimiento de la Sala Constitucional a la Sala Electoral del Tribunal Supremo y recabe las actuaciones originales…".

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”.

 

Por recibido, en fecha 08-06-2007, Oficio N° 11.514, de fecha 07-06-2007, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida en fecha 29-05-2007,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000114:  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

Por recibido, en fecha 08-06-2007, Oficio N° 00-1207, de fecha 28-05-2007, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida en fecha 14-03-2007,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

4.- Expediente N° X-2007-000010 (CUADERNO SEPARADO): ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000014).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 15-05-2007.

 

 

5.- Expediente N° 2007-000013: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.), contra la Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como candidato a la Presidencia de la República por el referido partido político. Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).

 

La Secretaria Accidental dejó constancia del cumplimiento del auto de fecha 07 de junio de 2007, en el cual se ordenó desglosar el escrito presentado en fecha 30-05-2007, así como el anexo que lo acompañó y la diligencia de fecha 31-05-2007, a los fines de formar un nuevo expediente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

El ciudadano Sergio García, asistido por el abogado José Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.438, consignó diligencia mediante la cual solicita se indique mediante auto expreso el lapso para el cumplimiento voluntario por parte del Consejo Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 524 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N° 6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en el  cual se eligió a la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación.

 

La abogada Anna Marrazzo Cammaradella, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 7.631, actuando con el carácter de apoderada judicial de los miembros de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, consignó diligencia anexa a la cual presentó recaudos relacionado con la causa y en base al contenido de estos solicita se declare no tener materia sobre la que decidir.

 

 

8.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

Los abogados Rosa María Márquez Abreu y Francisco Salvador Lugo Dorta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 25.275 y 25.892, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judicial del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), consignaron diligencia mediante la cual señalan dar cumplimiento con la Sentencia N° 60 del 15-05-2007, que ordenó subsanar los defectos u omisiones del poder conferido a esa representación, en tal sentido consigna nuevo poder en el cual se ratifica su representación.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000021: PABLO MEDINA, IVÁN BALLESTEROS, JOSÉ GREGORIO GARCÍA URQUIOLA, JESÚS ISRAEL FERNANDEZ, JAVIER NIETO QUINTERO, CARLOS GUYON CELIS y DOMINGO MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 3.535.200, 4.824.529, 5.221.040, 3.626.576, 10.155.129, 4.309.389 y 7.786.771, respectivamente, asistidos por el abogado Marcos Cardozo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.409, interponen recurso contencioso electoral contra las actuaciones u omisiones del Consejo Nacional Electoral, referidas a las elecciones presidenciales del 03-12-2006, “donde se proclamó a Hugo Chávez como presidente  constitucional para el período 2007-2013”. (Recibido el 16-03-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 07-223, anexo se remitió al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza de expediente administrativo consignada por ese Órgano Electoral.

 

 

10.- Expediente N° 2007-000040:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NORIS VIDALIA JAIMES MORA, titular de la cédula de identidad N° 10.154.484, Alcaldesa del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representada con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-217, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

El ciudadano Auvenis Lujan, asistido por la abogada Gladys Teresa León, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.444, consignó escrito mediante el cual solicita aclaratoria de la decisión dictada por la Sala en fecha 07-06-2007. (Acompañó anexo).

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

12.- Expediente N° 2007-000020: BELKIS JOSEFINA MEDINA SIFONTES y JOSÉ GREGORIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 8.870.038 y 10.045.455, respectivamente, asistidos por el abogado Santiago José Castro Toise, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.333, interponen  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070207-033, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró con lugar la impugnación presentada por la ciudadana Orfelina de Rodríguez, contra la designación de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud (SUTRASALUD BOLIVAR) efectuada el 25-04-2006; ordenó a la Junta Directiva del referido Sindicato realizar una nueva convocatoria para la escogencia de la Comisión Electoral del Sindicato; y nula las elecciones realizadas el 18-07-2006.

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en fecha  06-06-2007, por la abogada Justina Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.264, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Belkis Josefina Medina Sifontes y José Gregorio Flores (parte recurrente), el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo y difiere su pronunciamiento para la oportunidad de dictarse sentencia definitiva en la causa.

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2007-000028: Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. Oficio Nº 178-2007, de fecha 27-03-2007, remitiendo el expediente Nº 073813 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 Cuaderno Separado). (Recibido en fecha 30-03-2007).

 

El abogado Rosendo Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexo). Se ordenó reservar el referido escrito así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000028: Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. Oficio Nº 178-2007, de fecha 27-03-2007, remitiendo el expediente Nº 073813 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 Cuaderno Separado). (Recibido en fecha 30-03-2007).

 

La abogada María Fátima Da Costa, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 64.504, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos OKSANA PÉREZ, EDGAR MOREY, GIOVANY CERDEÑO, CHRISTIAN DÍAZ y NIOKA VOLCÁN y otros,  consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

15.- Expediente N° 2007-000031: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros.

 

Los abogados David Salomón Plaza Ramírez  y Olymar Deyanira Zurita Piñero, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judicial de la parte recurrente y de los terceros adhesivos coadyuvantes, consignaron escrito de promoción de pruebas (Acompañaron anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

16.- Expediente N° 2007-000031: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros.

 

El abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Juan Enrique Hernández Guzmán, José Alberto Bermúdez Rojas, Harry Gabriel Machado Rojas, Carlos Eduardo Moncayo Rangel y Jesús Gabriel Valero Puente, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

17.- Expediente N° 2006-000091: Williams Enrique Palencia Piñero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.255, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Enrique Gómez, titular de la cédula de identidad N° 1.872.481, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 060711-448, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 11-07-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 325, de fecha 28-07-2006, que declaró Inadmisible el recurso interpuesto por el referido ciudadano contra la convocatoria y proceso de elección de las autoridades del Sindicato de Trabajadores del Calzado, Pieles, Curtiembres, Tenerías, Tiendas, Comercios, Detallistas, Mayoristas de Materiales de Calzado, Carteras, Correas, Marroquinería, Talabartería, Sintéticos, Anexos y sus Similares del Estado Táchira (SINTRACALPT).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente  mediante la cual se le notificó de la admisión del recurso.

 

 

18.- Expediente N° 2007-000016: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar,  interpuesto por los abogados GUILLERMO MORENA ALCALÁ y OCTAVIO JOSÉ TOVAR CHACÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.107 y 6.549.997 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, contra la Resolución N° 419, emanada del Ministerio del Interior y Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 38.568, de fecha 21-11-2006, donde se prohíbe en todo el territorio y demás espacios geográficos de la República, desde las once horas y cincuenta y nueve minutos de la noche (11:59 p.m.) del día sábado 02 de diciembre de 2006 hasta las once horas y cincuenta y nueve minutos de la noche (11:59 p.m.) del día domingo 3 de diciembre del mismo año, la realización de reuniones, manifestaciones publicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar que pueda afectar el normal desarrollo de las votaciones. Oficio Nº 1019, de fecha 28-01-2007, remitiendo el expediente Nº 2006-1801 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 26-04-2007 en el cual se admitió del recurso, así como del auto dictado en fecha 16-05-2007.

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

19.- Expediente N° 2006-000116: CRUZ ALEJANDRO AVILA, titular de la cédula de identidad N° 9.893.297, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Estado Monagas (SUTICEM), asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 061004-864, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 348, de fecha 28-11-2006, que declaró con lugar las impugnaciones interpuestas por los ciudadanos Jorge Navarro, Sirio González y Luis Rodríguez, mediante las cuales  solicitaron de inelegibilidad de los ciudadanos Cruz Alejandro Ávila, Luis Gil, Jesús Rafael Ordaz, Johnny Salazar, Víctor Acuña, Alberto Veliz y José Pacheco, para los cargos de Presidente, Secretario General, Tesorero y Secretarios Ejecutivos de la Junta Directiva del referido Sindicato; declaró vacantes los mencionados cargos; e insta a la Comisión Electoral de la Organización Sindical a que realice una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes declaradas. La Sala declaró SIN LUGAR  el recurso contencioso electoral interpuesto.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Voto Concurrente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 84.

 

 

20.- Expediente N° X-2007-000016 (CUADERNO SEPARADO): José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,  titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470, 8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070131-013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral de fecha 22-02-2007, que declaró: 1.- con lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Henry Toro, Frank Walter, Neptalí Silva, Celestino Hernández, Enrique Pérez y Ezequiel Perdomo, contra la elección de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de la Industria de la Caña de Azúcar y sus Derivados del Municipio Guanare del Estado Portuguesa (S.P.T.I.C.A.D.G.); 2.- nula la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato llevada a cabo en fecha 09-11-2005, y 3.- Ordenó convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión, a los afiliados del mencionado Sindicato, para la celebración de una nueva elección  para los cargos de Secretario de Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y Propaganda, Secretario de Finanzas y Primer Vocal. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000019). La Sala declaró MPROCEDENTE la medida cautelar solicitada.  Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Voto Salvado:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 85.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  La Secretaria Acc.,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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