CUENTA Nº 21
Despacho del lunes doce (12) de febrero de 2007.
Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Juan José Núñez Calderón y
Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Mérida
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el
ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado
Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613,
contra la
Resolución N° 060623-0394 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso
jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes
a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. Oficio
Nº 058-2.007, de fecha 18-01-2007, remitiendo el expediente Nº 08950
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos). (Recibido en
fecha 09-02-2007).
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° 2007-000002: Marcos Porras Andrade y
Julián Velásquez Marcano, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el
acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto
de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada
Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.
Visto
el escrito presentado, en fecha 05-02-2007, por los abogados Marcos Porras
Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, en el cual cuestionan la
participación del abogado Luis Felipe Mejía Blanco, como apoderado judicial de
los ciudadanos Francisco de Asís Loreto Mejía y Oscar Enrique Bonilla Peñaloza, y solicitan la reposición de causa desde el
momento en que el referido abogado comenzó a actuar como apoderado judicial de
los mencionados ciudadanos, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
3.- Expediente N° 2006-000104: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción
Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo
Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, declina la competencia en el expediente
contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos
María Rosa Sánchez González, Carmen Westalia
Velásquez Ortiz, María Angélica Martínez de Gómez y Miriam Elena Salazar
Calzadilla, titulares de las cédulas de identidad números 8.369.904, 6.720.555,
4.615.899 y 6.400.010, respectivamente, contra el proceso electoral para elegir
a los Consejeros de Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de
Derechos del Niño y del Adolescente del
Municipio Caripe del Estado Monagas. Oficio Nº 114, de fecha 05-10-2006,
remitiendo el expediente Nº 2869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
La
abogada Miriam Celina Morales Silva, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
73.903, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Municipal de
Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Caripe del Estado Monagas,
presentó diligencia anexa a la cual consignó escrito contentivo del informe
sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes
administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó
agregar al expediente judicial la referida diligencia, así como el mencionado
escrito de informe, y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron a la
diligencia, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el
caso.
4- Expediente N° 2006-000091: Williams Enrique Palencia Piñero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.255,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Enrique
Gómez, titular de la cédula de identidad N° 1.872.481, interpone recurso
contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
060711-448, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 11-07-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 325, de fecha 28-07-2006, que declaró
Inadmisible el recurso interpuesto por el referido ciudadano contra la convocatoria
y proceso de elección de las autoridades del Sindicato de Trabajadores del
Calzado, Pieles, Curtiembres, Tenerías, Tiendas, Comercios, Detallistas,
Mayoristas de Materiales de Calzado, Carteras, Correas, Marroquinería,
Talabartería, Sintéticos, Anexos y sus Similares del Estado Táchira (SINTRACALPT).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio 07-060, mediante el cual se da respuesta a la solicitud formulada por la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, mediante Oficio N° 07-180.
SECRETARÍA EN:
5.- Expediente N° 2005-000127: Ricardo Baroni
Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA
TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de
Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal
Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue
realizado en fecha 29-11-2005 y cuya el Acta
de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión
Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en
fecha 07-12-2005.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al
ciudadano Pablo Quintero, de conformidad
con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 06-02-2007.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
6.- Expediente N° 2006-000116: CRUZ ALEJANDRO AVILA, titular de la cédula de identidad N° 9.893.297,
actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Estado Monagas (SUTICEM), asistido por la abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 061004-864,
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en
Gaceta Electoral N° 348, de fecha 28-11-2006, que declaró con lugar las impugnaciones
interpuestas por los ciudadanos Jorge Navarro, Sirio González y Luis Rodríguez,
mediante las cuales solicitaron de inelegibilidad de los ciudadanos Cruz Alejandro Ávila, Luis
Gil, Jesús Rafael Ordaz, Johnny Salazar, Víctor
Acuña, Alberto Veliz y José Pacheco, para los cargos
de Presidente, Secretario General, Tesorero y Secretarios Ejecutivos de la Junta Directiva del referido
Sindicato; declaró vacantes los mencionados cargos; e insta a la Comisión
Electoral de la Organización
Sindical a que realice una nueva convocatoria a elecciones
para cubrir las vacantes declaradas.
Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al
Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente y emplazar a los
interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”.
Asimismo, se
acordó abrir cuaderno separado para decidir
la solicitud de amparo cautelar. Se libraron Oficios números 07-066, 07-067 y boleta.
7.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676,
asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N°
060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin
lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler,
Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el
21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCIÓN
DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.),
correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.
Vista la Sentencia N° 13, en fecha 06-02-2007,
el Juzgado a los fines de la continuación de la causa, ordenó notificar del
auto dictado 12-02-2007, a
la parte recurrente, al Consejo Nacional Electoral, a los ciudadanos Erasmo Barrientos y Juan Carlos Hernández (terceros opositores) y
a los ciudadanos Alfonso Morillo y Nelson Rivas (terceros opositores), de
conformidad con lo previsto en los artículos 14 y 202, Parágrafo Primero, del
Código de Procedimiento Civil. Asimismo, comisionar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Región Centro Norte, a los fines de
notificar a los ciudadanos Erasmo Barrientos y Juan
Carlos Hernández (terceros opositores) y la parte recurrente. Se libraron
Oficio N° 07-064, boletas y despacho. Igualmente,
se libró boleta a los ciudadanos Alfonso Morillo y Nelson Rivas (terceros
opositores), de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento
Civil, y Oficio N° 07-065 al Consejo Nacional Electoral, a los fines de
notificarlos del auto dictado en fecha 12-02-2007, y de la Sentencia dictada en
fecha 06-02-2007. Finalmente, se advierte que una vez transcurrido un término
de diez (10) días continuos, contados a partir de que conste en autos las
notificaciones ordenadas, se reanudará el curso de la causa en el estado en que
se encontraba.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
8.-
Expediente N° 2006-000109: Judith Antonieta Aurenty Font, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 69.309, actuando con el carácter de apoderada
judicial de los ciudadanos ENRIQUE JOSÉ CEDEÑO ABREU y CÉSAR AUGUSTO ARIAS
FERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.926.841 y 7.176.568,
respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el ciudadano
Pedro José María Valladares Guevara, Secretario General del Sindicato Único de
Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), a los fines de convocar a
una Asamblea para elegir a la Comisión
Electoral que asumirá la tarea de organizar el proceso
electoral en el referido Sindicato, y así dar cumplimiento con lo aprobado por
el Consejo Nacional Electoral en fecha 05-10-2006.
La abogada
Judith Antonieta Aurenty Font,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 69.309, actuando con el carácter de
apoderada judicial de los ciudadanos ENRIQUE JOSÉ CEDEÑO ABREU y CÉSAR AUGUSTO
ARIAS FERNÁNDEZ, consignó escrito donde expone aspectos relacionados con la
causa. Asimismo, solicita dos (02) juegos de copias certificadas de los
documentos que cursan a los folios 1 al 9, 10 al 11, 118, 119 al 127 y 132 al
150 del expediente.
9.- Expediente N° 2007-000007: Ramón Alfredo Aguilar y
Carlos Machado Manrique, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 38.383 y
17.201, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos OKSANA PÉREZ, EDGAR MOREY, GIOVANY CERDEÑO, CHRISTIAN DÍAZ y
NIOKA VOLCÁN, titulares de las cédulas de identidad números 5.971.599,
9.955.405, 10.797.366, 9.994.653 y 10.892.269, respectivamente, miembros de la Comisión Electoral
de la Caja de
Ahorros de los Trabajadores de la C.A.
Metro de Caracas (CATMECA) y de los ciudadanos GERARDO ANDRÉS
QUINTERO MENESES, YOBANNY DE JESÚS DELGADO TERÁN, KASBEK SCHEDIR OMAÑA MEDINA,
ANTONIO RAMÓN VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO, ANDRÉS
SEGUNDO GONZÁLEZ FERMÍN, CATALDO MILICCIA ASARO, ADRIÁN JOSÉ GÓMEZ REYES,
LIVORIA HERNÁNDEZ, EVELIN BARRIO, GUSTAVO ENRIQUE VILLARREAL FUNES, JOEL
ENRIQUE MORENO, JOSÉ LUIS MARTÍN FERMÍN, JACKSON BERNARDO VIVAS JURADO, MARÍA
SUSANA DEL CARMEN REYES NÚÑEZ, FERNANDO LEÓN, ALEXIS JOSÉ CASTILLO, YOVANNY
ORTIZ, OCTAVIO LUIS TERÁN MENDOZA, HÉCTOR JOSÉ MARCANO BRAZON, DANIEL ALEJANDRO
HERNÁNDEZ ORTIZ, JOSÉ FRANCISCO RIVAS HERRERA, LUIS ALFREDO SAUCE NAVARRO y
FRANK REINALDO MÁRQUEZ ARENAS, titulares de las cédulas de identidad números
5.568.327, 5.784.975, 6.865.371, 6.847.994, 2.764.768, 6.132.746, 7.953.132,
5.899.463, 6.727.773, 6.166.016, 6.365.892, 5.541.263, 6.132.346, 6.869.250,
2.766.566, 6.096.804, 9.211.670, 4.361.281, 6.160.673, 10.788.938, 6.248.430,
6.550.515 y 7.828.790, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la decisión dictada en fecha 26-01-2007 por el Juzgado
Noveno de Municipio de la
Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, en la cual se suspendió el proceso electoral
convocado por la
Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de C.A. Metro de Caracas, previsto para el día 26-01-2007.
El ciudadano Walfredo Rafael Torres Pacheco, titular de la cédula de
identidad N° 8.867.104, asistido por el Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 27.311, consignó escrito mediante el cual
solicita se le tenga como tercero interesados en el juicio y que se declare
inadmisible el amparo interpuesto. (Acompañó anexos).
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ