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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de agosto de 2007





CUENTA Nº 115

 

CUENTA Nº 115

 

 

Despacho del lunes trece (13) de agosto de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000068: LUIS ALBERTO APONTE LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.036, asistido por la abogada Josefina Camacaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.307, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-0768, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 382, de fecha 16-07-2007, en la cual se declaró sin lugar los recursos jerárquicos interpuestos contra la elección y postulación del ciudadano José Luis Rodríguez, como Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, en el proceso electoral celebrado el 21-05-2006, así como contra el proceso electoral en  general celebrado.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

Visto el escrito presentado en fecha 09-08-2007, por el ciudadano Auvenis Luján, asistido por la abogada Gladys Teresa León, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 51.444, mediante el cual expone que ejerce acción de amparo sobrevenida contra la Resolución N° 070704-1643, emanada del Consejo Nacional Electoral de fecha 04 de julio de 2007, la Sala acordó abrir cuaderno separado a los fines de su tramitación y correspondiente decisión.

 

 

3.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión la acción de amparo sobrevenida interpuesta. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000031.

 

 

4.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”.

 

Se libró Oficio N° 07-355, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 31-07-2007. Asimismo, se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 31-07-2007.

 

 

 

5.- Expediente N° 2007-000026: Corte Primera de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo de la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 13-11-1996,  en la cual se declaró inadmisible el recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Edecia Mercedes Botomo Torcatt y José Pilar Botomo Luces, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 41.233 y 16.329, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS JESÚS TORO MORALES, titular de la cédula de identidad N° 8.778.894, contra el silencio administrativo originado por la Junta Electoral Principal del Estado Miranda, referido al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano respecto a la elección de Concejales en el Municipio Acevedo del Circuito N° 6 del Estado Miranda, celebrada el 03-12-1995. Oficio Nº 2007-2386, de fecha 07-03-20007, remitiendo el expediente Nº AB41-R-1996-00003 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal) (Recibido el 22-03-2007).

 

Se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 31-07-2007.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El abogado JESÚS GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.000, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró las copias certificadas acordadas en auto de fecha 07-08-2007.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-331, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

8.- Expediente N° X-2007-000020 (CUADERNO SEPARADO): WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso de nulidad contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000028)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-336, mediante el cual se notificó a la Superintendencia de Cajas de  Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas del fallo dictado en fecha 31-07-2007.

 

 

9.- Expediente N° X-2007-000020 (CUADERNO SEPARADO): WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso de nulidad contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000028)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-335, mediante el cual se notificó a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) del fallo dictado en fecha 31-07-2007.

 

 

10.- Expediente N° X-2007-000020 (CUADERNO SEPARADO): WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 8.867.104, asistido por el abogado Rosendo Antonio Ruiz Vega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.311, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso de nulidad contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de  la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006, referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000028)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los terceros opositores, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 31-07-2007.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El abogado JESÚS GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.000, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con la ejecución de la Sentencia N° 124 de fecha 31-07-2007, y solicita un pronunciamiento respecto al desacato de la referida sentencia. (Acompaña anexos).

 

 

12.- Expediente N° 2007-000055: Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 3.099.742, Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón y de los ciudadanos ALEXANDER GREGORIO YSEA CHIRINOS, LORENZO EUSTOQUIO REYES, ALESSANDRÍ GREGORIO BELLO LUGO y ASTRIH YOLANDA GARCÍA PALACIO,  titulares de las cédulas de identidad números 12.180.487, 4.102.920, 6.723.342 y 7.489.655, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón a celebrarse el 07-10-2007.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

13.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El ciudadano Filman José Zambrano Mora, asistido por el abogado Héctor Blanco Bombona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.120, consignó escrito, mediante el cual expone aspectos relacionados con la ejecución de la Sentencia dictada en fecha 31-07-2007. (Acompaña anexos).

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

14.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N° 6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en el  cual se eligió a la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

15.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

 

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fechas 26 y 27 de marzo de 2007, por la abogada Rosa María Márquez Abreu, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.275, actuando con el carácter de apoderada judicial del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), y por el abogado Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, así como los escritos presentados, en fechas 09 y 10 de abril de 2007, por la profesional del derecho antes identificada, mediante los cuales se opone a la admisión de las pruebas; el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso. 

 

 

16.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 06-08-2007, por el abogado Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.661, mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 136 al 380 de las piezas principales del expediente, así como de los folios 01 al 11 y 44 al 54 del expediente administrativos, la Sala acordó y negó la certificación según el caso.

 

 

17.- Expediente N° 2007-000013: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.), contra la Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como candidato a la Presidencia de la República por el referido partido político. Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 08-08-2007, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de Sala  Electoral de la boleta, se le tendrá por notificado.

 

 

18.- Expediente N° 2007-000013: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.), contra la Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como candidato a la Presidencia de la República por el referido partido político. Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 07-08-2007, por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.778, actuando en su propio nombre, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 127, de fecha 31-07-2007, la cual corre inserta a los folios 268 al 297 del expediente, la Sala acordó expedir la certificación solicitada.

 

 

19.- Expediente N° 2006-000096: Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano Manuel Eleazar Pirela Plaza, titular de la cédula de identidad N° 3.006.550, asistido por el abogado Alberto Núñez Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.449, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Norte del Estado Táchira, respecto a las elecciones celebradas el 28-07-2006 para elegir la nueva Junta Directiva en la referida Asociación. Oficio Nº 2031, de fecha 14-08-2006, remitiendo el expediente Nº 6307-2006 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Por recibido, en fecha 10-08-2007, Oficio N° 1286-1115, de fecha 16-07-2007, emanado del Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 14-06-2007,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

20.- Expediente N° 2006-000093: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  ciudadano OSCAR MIRANDA, titular de la cédula de  identidad N° 3.566.618, asistido por el abogado Jorge Enrique Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 8.188.496, contra la Resolución N° 060314-0101, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por lo ciudadanos Rafael Amado Trejo Gómez y Alirio Ramón Moreno, contra la reelección de los ciudadanos Oscar Miranda y Freddy Rábago, como Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Barinas (SUTIESEBA). Oficio Nº 06-2911, de fecha 29-09-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-000799 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El abogado Jorge Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.971,  actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita se libre cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

21.- Expediente N° X-2007-000031 (CUADERNO SEPARADO): AUVENIS LUJÁN, titular de la cédula de identidad N° 7.783.495, asistido por la abogada Gladys Teresa León, inscrita en el Inpreabogado  bajo el N° 51.444, interpone acción de  amparo sobrevenida contra la Resolución N° 070704-1643, emanada del Consejo Nacional Electoral de fecha 04 de julio de 2007, referida al expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada interpuesto por los ciudadanos MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000119).

 

 Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente acción de amparo.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

22.- Expediente N° 2006-000107: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitución conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado LUIS REYES, titular de la cédula de identidad N° 5.292.054, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 53.201, actuando con el carácter de Candidato a la Presidencia de la República y Presidente de la organización con fines políticos Juventud Organizada de Venezuela (JOVEN),  contra los medios de comunicación social públicos y privados prestadores de servicios de radio, televisión y prensa escrita. Oficio Nº 06-3127, de fecha 08-11-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001494 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 03-08-2007, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de Sala  Electoral de la boleta, se le tendrá por notificado.

 

 

 

RECEPCIÓN DE OFICIO EN:

 

 

23.- Expediente N° 2005-000062: Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con  sede en Cabimas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ HUMBERTO RONDÓN, asistido por el abogado José Gregorio Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, contra las elecciones celebradas en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas (STPL). Oficio Nº T1J-05-247, de fecha 15-06-2004, remitiendo el expediente Nº VP21-O-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido, Oficio N° 6130-1264-C-5867-2007, de fecha 02-07-2007, emanado del Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 27-09-2006,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

SENTENCIA

 

 

24.- Expediente N° X-2007-000029 (CUADERNO SEPARADO):  VÍCTOR RAMÓN MOLINA GIL, titular de la cédula de identidad N° 4.089.184, actuando con el carácter de Promotor de la Agrupación “El Pueblo Revoca”, y como elector de la Circunscripción Electoral del Estado Bolívar, asistido por el abogado Juan Bernardo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.408, solicita medida cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra los actos administrativos, resultados y efectos de la actividad realizada por el Consejo Nacional Electoral de Recolección de Manifestaciones de Voluntad, llevado a cabo los días 16, 17 y 18 de junio de 2007, para poder realizar la convocatoria para la realización de los Referendos Revocatorios del Gobernador, Alcaldes y Diputados Suplentes del  Consejo Legislativo Regional del Estado Bolívar. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000048).  La Sala declaró: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la reducción de lapsos procesales solicitada en el marco del referido recurso contencioso electoral. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 135.

 

 

25.- Expediente N° X-2007-000027 (CUADERNO SEPARADO):  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSUÉ GILBERTO CAMPOS BLANCO, LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN y JOSÉ CANDELARIO RAMÍREZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad 3.079.439, 5.027.029 y 5.343.107, respectivamente, Alcaldes de los Municipios Fernández Feo, Independencia y Uribante del  estado Táchira, respectivamente, interpone subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos con recurso contencioso electoral y amparo cautelar contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (sus) representados con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000041). La Sala declaró el DECAIMIENTO de la solicitud de suspensión de efectos planteada. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 136.

 

 

26.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007. La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la Sentencia N° 108, dictada por la Sala en fecha 03-07-2007. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 137.

 

 

 

27.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007). La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, en consecuencia: PRIMERO: NULA la elección de las autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS DOCENTES “ESTATALES” DE BARINAS (CADEBA) para el período 2006-2009, por lo que respecta a la escogencia de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luís Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela, Victoria Hernández y Eugenio Rodríguez, en el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia, y se ordena su desincorporación. SEGUNDO: Se mantiene el Consejo de Administración y Vigilancia ad hoc cuya conformación ordenó la Sala mediante sentencia número 47 del 26 de abril de 2007, hasta tanto las vacantes producidas por la presente declaratoria de nulidad sean cubiertas conforme a los procedimientos que a tal efecto prevea la normativa legal y estatutaria que rige para este tipo de entidades. TERCERO: Se ordenó la convocatoria para la realización de un nuevo proceso electoral, a fin de cubrir los cargos que quedaron vacantes como consecuencia de la decisión por lo que resta del período 2006-2009.  Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 138.

 

 

28.- Expediente N° 2007-000034: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil  y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estadio Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana BELKIS AMADA FIGUEROA DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 3.845.165, asistida por el abogado César Eduardo Chacón inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.180, contra la convocatoria y asambleas celebradas en fechas 18 y 19 de diciembre de 2006, en la Asociación Civil “CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL LA HORMIGA CENTER”, referido a la elección de la nueva Junta Directiva de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 7592-05, de fecha 26-04-2007, remitiendo el expediente Nº 38.856 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza) (Recibido el 11-05-2007). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada, en fecha 17-04-2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; en consecuencia, COMPETENTE para conocer y decidir la impugnación. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto, en consecuencia, se ordenó el emplazamiento de todos los interesados mediante cartel que deberá publicarse en el Diario “El Nacional”. Asimismo, se ordenó la notificación de la nueva Junta Directiva del Centro Comercial La Hormiga Center en la persona de su Presidenta la ciudadana Mireya Segovia. TERCERO: CON LUGAR la medida cautelar innominada solicitada, en consecuencia, se le prohíbe a los miembros que ocupan los cargos de Presidente, Vicepresidente y Tesorero de la Junta Directiva de la asociación civil Condominio Centro Comercial La Hormiga Center, electa el 19 de diciembre de 2006, que realicen actos que excedan de la simple administración de los bienes de la referida asociación. Asimismo, se ordenó abrir cuaderno separado, a los fines de que se tramite de forma autónoma todo lo concerniente a la medida cautelar innominada.  Ponente. FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.  Sentencia N° 139.

 

 

29.- Expediente N° X-2007-000030 (CUADERNO SEPARADO):  JOSÉ GREGORIO TORO MESONES, titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070321-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 21-03-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha 13-06-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico mediante el cual se impugnó  actas de escrutinio correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican en la Resolución; sin efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral, de los Legisladores del Consejo Legislativa del referido Estado; y ordenó la convocatoria a nuevas votaciones en los Centros de Votación que se indica en la Resolución. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000050). La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada.  Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 140.

 

 

30.- Expediente N° 2007-000019: José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,  titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470, 8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 070131-013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral de fecha 22-02-2007, que declaró: PRIMERO: con lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Henry Toro, Frank Walter, Neptalí Silva, Celestino Hernández, Enrique Pérez y Ezequiel Perdomo, contra la elección de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de la Industria de la Caña de Azúcar y sus Derivados del Municipio Guanare del Estado Portuguesa (S.P.T.I.C.A.D.G.); SEGUNDO: nula la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato llevada a cabo en fecha 09-11-2005, y TERCERO: Ordenó convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión, a los afiliados del mencionado Sindicato, para la celebración de una nueva elección  para los cargos de Secretario de Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y Propaganda, Secretario de Finanzas y Primer Vocal. La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 141.

 

 

31.- Expediente N° 2007-000058: CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010.  La Sala declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada y, en consecuencia, ORDENÓ  la suspensión provisional de la juramentación y toma de posesión que se tiene pautada para el 22 de septiembre de 2007, quedando en su cargo como Decano el profesor Calogeno Francisco Guzzetta, quien hasta ahora detentaba dicha autoridad en el Decanato de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, limitándose a la realización de actos administrativos y académicos ordinarios de su competencia. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 142.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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