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Sala Electoral
  • Fecha: 14 de junio de 2007





CUENTA Nº 84

CUENTA Nº 84

 

 

Despacho del jueves catorce (14) de junio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° 2007-000044: REGULO ANTONIO VÁSQUEZ ZORRILLA, MANUEL ANTONIO MONGUA, MERCEDEZ ELENA RUIZ RAMÍREZ y DELIA AGUSTINA PÉREZ BAZAN, titulares de las cédulas de identidad números 3.568.871, 1.196.675, 4.217.975 y 3.412.383, respectivamente, asistidos por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Caja de Ahorros de los Obreros Jubilados y Pensionados del INAVI (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 22-05-2007.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

Visto que consta en auto la notificación de las partes recurrente y recurrida del fallo dictado en fecha 15-05-2007, y vista igualmente la diligencia presentada en fecha 11-06-2007, por los abogados Rosa María Márquez Abreu y Francisco Salvador Lugo Dorta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 25.275 y 25.892, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), mediante la cual señalan dar cumplimiento con la Sentencia N° 60, se designó ponente Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral del Movimiento UDO-70,  los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral. Se libraron oficios números 07-232, 07-233 y despacho. Finalmente,  se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

5.- Expediente N° 2006-000058: ARLINYS  DEL VALLE MEDRANO, titular de la cédula de identidad N° 8.928.057, asistida por el abogado Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0035 de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana, contra el proceso comicial para elegir al Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.

 

Se libró Oficio N° 07-234, anexo al cual se remite al Consejo Nacional Electoral tres (03) piezas de expediente administrativo consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

6.- Expediente N° X-2007-000013 (CUADERNO SEPARADO): María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra los ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de Miembros de la Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C.,  respecto a la elección de la Junta Directiva, del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios  del Centro Italiano Venezolano, A.C.,  período 2007-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000027).

 

Se libró Boleta a los ciudadanos NICOLA CICENIA BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-06-2007.

 

 

7.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida Federación en fechas 11 y 16-11-2004.

 

Se libró Oficio N° 07-237, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 07-06-2007. Asimismo, se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-06-2007.

 

 

 

8.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° 2007-000039:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ EVARISTO ZAMBRANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.220.341, Alcalde del Municipio Guásimos del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representado con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito  contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

10.- Expediente N° 2007-000040:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NORIS VIDALIA JAIMES MORA, titular de la cédula de identidad N° 10.154.484, Alcaldesa del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representada con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito  contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

11.- Expediente N° 2006-000067: CAMILLE AOUEISS MAROUN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HIROMIDES TANCREO PIERLUISSI ESPINOZA,  titular de la cédula de identidad N° 2.775.867, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0059, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha  14-03-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310, de fecha 30-05-2006, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico presentado por el ciudadano Hilario Umberto González contra el proceso de elección del Alcalde del Municipio Aguasay del Estado Monagas. 

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito  mediante la cual informa sobre el cumplimiento de lo ordenado en Sentencia N° 25 de fecha 13-03-2007 dictada por la Sala Electoral (Acompaña anexo).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

La abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Erasmo Barrientos, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 05-06-2007.

 

 

13.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

El ciudadano Tomas Francisco Aguilera Hurtado, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, consignó diligencia mediante la cual otorga poder apud-acta a la referida abogada.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

El ciudadano Tomas Francisco Aguilera Hurtado, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, consignó diligencia mediante la cual solicita que  en caso de ser dictadas y declaradas con lugar alguna de las solicitudes cautelares, se les nombre correo especial.

 

 

15.- Expediente N° 2006-000100: Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN, PEDRO PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO, ADRIÁN RAFAEL HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE, titulares de las cédulas de identidad números 5.552.474, 5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455, 6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y 10.887.990, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por el ciudadano Rafael Serven, a la cual se adhirieron los ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y declaró la inelegibilidad de los mismos, en el proceso electoral celebrado el 17-03-2005, en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE MIRANDA (SINTRAELEM).

 

El abogado Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se da por notificado de la Sentencia N° 72.

Asimismo, solicita la devolución de los documentos que cursan a los folios 207 al 469 del expediente principal y la devolución de los documentos que cursan a los folios 149 al 210, 211 al 288 del Cuaderno Separado. Igualmente, solicita se notifique a la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) la Sentencia N° 72. Finalmente, solicita tres (03) copias certificadas de la Referida Sentencia.

 

 

16.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual expone aspectos relacionados con la aclaratoria solicitada por la Comisión Electoral.

 

 

17.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual señala que  en razón de la Sentencia N° 120  de fecha 04-07-2006, “solicita se ordene la entrega de la sede del Sindicato SUTIC”.

 

 

18.- Expediente N° 2006-000058: ARLINYS  DEL VALLE MEDRANO, titular de la cédula de identidad N° 8.928.057, asistida por el abogado Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0035 de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana, contra el proceso comicial para elegir al Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.

 

La abogada ARLINYS  DEL VALLE MEDRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.102, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual se da por notificada de la Sentencia N° 82. Asimismo, solicitó copia certificada de la referida Sentencia N° 82.

 

 

19.- Expediente N° 2007-000041:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSUE GILBERTO CAMPOS BLANCO, LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN y JOSÉ CANDELARIO RAMÍREZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad 3.079.439, 5.027.029 y 5.343.107, respectivamente, Alcaldes de los Municipios Fernández Feo, Independencia y Uribante del  estado Táchira, respectivamente, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (sus) representados con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-216, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

20.- Expediente N° X-2007-000007 (CUADERNO SEPARADO):  MARTÍN RAMÓN CAMPOS MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 1.778.488, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 061214-2546, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 355 de fecha 30-01-2007, en la cual  se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco; anuló el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de Concejal Nominal, Circunscripción N° 2, del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes; desproclamó al ciudadano Martín Ramón Campos como “Concejal Nominal de la Circunscripción N° 4 del mencionado Municipio”, y proclamó al ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco como Concejal Nominal de la Circunscripción N° 2 del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000009).

 

El ciudadano Alguacil consignó  boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 26-04-2007.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

21.- Expediente N° 2006-000096: Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano Manuel Eleazar Pirela Plaza, titular de la cédula de identidad N° 3.006.550, asistido por el abogado Alberto Núñez Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.449, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Norte del Estado Táchira, respecto a las elecciones celebradas el 28-07-2006 para elegir la nueva Junta Directiva en la referida Asociación. Oficio Nº 2031, de fecha 14-08-2006, remitiendo el expediente Nº 6307-2006 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Vista la Sentencia N° 75 dictada por la Sala Electoral, en fecha 07-06-2007, mediante la cual se declara SIN LUGAR la solicitud de desistimiento interpuesta, el Juzgado ordenó notificar del auto dictado en fecha 14-06-2007 y del referido fallo a la parte recurrente, ciudadano Manuel Eleazar Pirela Plaza, así como a la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Norte del Estado Táchira (parte recurrida). Se libraron Oficio N° 07-236 y boleta. Asimismo, se comisionó al Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de notificar a la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Norte del Estado Táchira, así como de la parte recurrente. Se libró Oficio N° 07-235 y despacho. Finalmente, el juzgado adviertió que una vez transcurrido un término de diez (10) días continuos, contados a partir de que conste en autos las notificaciones ordenadas, se reanudará el curso de la causa en el estado en que se encontraba, y comenzarán a transcurrir los cuatro (04) días de despacho que restan de la fase de promoción de pruebas.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

22.- Expediente N° X-2007-000009 (CUADERNO SEPARADO):  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, solicitan amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000114). 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-221, anexo al cual remitió la comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de notificar a los ciudadanos CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO (parte recurrente), del  fallo dictado en fecha 15-05-2007. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

23.- Expediente N° X-2007-000009 (CUADERNO SEPARADO):  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, solicitan amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000114). 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-222, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 15-05-2007.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

24.- Expediente N° 2007-000039:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ EVARISTO ZAMBRANO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.220.341, Alcalde del Municipio Guásimos del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representado con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto, el cual  declaró ADMISIBLE. 2.-  IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. 3.-  IMPROCEDENTE la solicitud cautelar de suspensión de efectos de la Resolución impugnada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 87.

 

 

25.- Expediente N° 2007-000040:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NORIS VIDALIA JAIMES MORA, titular de la cédula de identidad N° 10.154.484, Alcaldesa del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (su) representada con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir. La Sala declaró:  1.- ADMITE el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- IMPROCEDENTE  la medida cautelar de amparo solicitada. 3.- IMPROCEDENTES las medidas cautelares innominadas y de suspensión de efectos interpuestas subsidiariamente al amparo cautelar.  Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 88

 

 

26.- Expediente N° 2007-000041:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSUE GILBERTO CAMPOS BLANCO, LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN y JOSÉ CANDELARIO RAMÍREZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad 3.079.439, 5.027.029 y 5.343.107, respectivamente, Alcaldes de los Municipios Fernández Feo, Independencia y Uribante del  estado Táchira, respectivamente, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (sus) representados con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso-electoral interpuesto. 3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por la parte recurrente.  Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 89.

 

 

27.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.  La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente con solicitud de medida cautelar innominada. 3.- IMPROCEDENTE la pretensión de amparo cautelar ejercida de manera conjunta con el recurso contencioso electoral.  Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA.  Sentencia N° 90.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  La Secretaria Acc.,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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