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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de octubre de 2007





CUENTA Nº 134

CUENTA Nº 134

 

 

Despacho del martes dieciséis (16) de octubre de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). (Recibido el 03-09-2007).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 11-10-2007,  por el  abogado Eduardo Mejías, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.075, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), mediante el cual solicita se  declare desistido el recurso de conformidad con el párrafo 12 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en caso negado que se deseche la solicitud anterior  solicita “’se decrete la invalidez de los actos y actas que tengan como  fin dar a  conocer la  acción de  nulidad  que  fue  presentada  en  fecha 3 de  Septiembre  de  2007 y se  notifique de  la  reforma  de fecha 8 de Octubre de 2007, anulando  todo los actos realizados en el proceso que antecedan a la misma…’”, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000069: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano MANUEL JOSÉ ÁLVAREZ GUARIGUATA, titular de la cédula de identidad N° 5.228.218, Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, medida cautelar y suspensión de efectos, contra la abstención o carencia de pronunciamiento por parte del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico incoado contra la recepción de firmas para la manifestación de voluntad para solicitar referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda a celebrarse el 07-10-2007.

 

Se libró Oficio N° 07-439, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral dos  (02) piezas de expediente administrativo consignadas por ese Órgano Electoral.

 

 

3.- Expediente N° X-2007-000039 (CUADERNO SEPARADO): David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano MANUEL JOSÉ ÁLVAREZ GUARIGUATA, titular de la cédula de identidad N° 5.228.218, Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda,  solicitan amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la abstención o carencia de pronunciamiento por parte del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico incoado contra la recepción de firmas para la manifestación de voluntad para solicitar referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda a celebrarse el 07-10-2007. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000069).

 

Se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 09-10-2007. Asimismo, se libró Oficio N° 07-438, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 09-10-2007.

 

 

4.- Expediente N° 2007-000046: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial de ciudadano ALEXI TORRES ULACIO, titular de la cédula de identidad N° 3.676.187, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida, juramentada en fecha 31-10-2003, respecto al proceso eleccionario para elegir los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y Suplente, Delegados del Consejo Nacional de la Federación Médica Venezolana, Junta Directiva de las Seccionales del Colegio de Médicos del Estado Mérida, para el período estatutario 2007-2009. 

 

Vista la Sentencia Nº 169, de fecha 10-10-2007, la Sala  comisionó al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina  de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar del referido fallo a la  parte recurrente, así como a la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida. Se libró Oficios números 07-434, 07-435, boleta y despacho.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

5.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007, publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar tres (03) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007.

 

El ciudadano Reynaldo Morales, actuando con el carácter de Secretario General de SINTRAPEL, asistido por el abogado Germán Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.226, presentó escrito mediante el cual informa del cumplimiento de la Sentencia N° 108 de fecha 03-07-2007. (Acompañó anexos).

 

 

7.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).

 

Los ciudadanos Santos Caruzi,  Celestino Castro, Alberto Ávila, Hernán Martínez, Alexis Mújica y Félix Rodríguez,  actuando con el carácter de miembros de SUMEP-ALCAMET, asistidos por el abogado Gabriel Espinoza García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.645, presentaron escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados con la causa y con la solicitud formulada por la Sala en decisión de fecha 02-10-2007. (Acompañan anexos).

 

 

8.- Expediente N° 2007-000059: JOSÉ RAFAEL PALERMO y VÍCTOR MENDOZA, titulares de las cédulas de identidad números 3.024.960 y 1.533.524, respectivamente, asistidos por el abogado Cleren Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el 65.595, interponen  recurso de interpretación respecto al numeral 3 del artículo 30 del Reglamento General de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y el artículo 10 de la Ley de Universidades.  

 

Los ciudadanos Ernesto Gerónimo Izaguirre Ballestero y Pedro Gordón, titulares de las cédulas de identidad números 14.390.949 y 13.518.674, respectivamente, actuando con el carácter de estudiantes de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, asistidos por el abogado José Eduardo Guarapo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.897, consignaron escrito mediante el cual se adhieren al recurso interpuesto (Acompañan anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2007-000048:  VÍCTOR RAMÓN MOLINA GIL, titular de la cédula de identidad N° 4.089.184, actuando con el carácter de Promotor de la Agrupación “El Pueblo Revoca”, y como elector de la Circunscripción Electoral del Estado Bolívar, asistido por el abogado Juan Bernardo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.408, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra los actos administrativos, resultados y efectos de la actividad realizada por el Consejo Nacional Electoral de Recolección de Manifestaciones de Voluntad, llevado a cabo los días 16, 17 y 18 de junio de 2007, para poder realizar la convocatoria para la realización de los Referendos Revocatorios del Gobernador, Alcaldes y Diputados Suplentes del  Consejo Legislativo Regional del Estado Bolívar.

 

El ciudadano Víctor Molina, asistido por el abogado Juan Bernardo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.408, consignó diligencia mediante la cual expone alegatos tendentes a rechazar la configuración del supuesto de hecho contemplado en el artículo 244 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

10.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El abogado  Enmanuel Soto Wirkes,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.985, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Alexander Saavedra y José Fermín, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 26-09-2007.

 

 

11.- Expediente N° 2007-000043: TOMAS FRANCISCO AGUILERA HURTADO,  titular de la cédula de identidad N° 13.177.900, asistido por la abogada Jaidis Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.395, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el acto de escrutinio de elecciones internas del Movimiento UDO-70 para seleccionar el candidato a Decano o Decana de la Universidad de Oriente, Núcleo Anzoátegui, período 2007-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-421, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a los fines de notificar de la decisión dictada en fecha 08-08-2007, a la Sub Comisión Electoral del Movimiento Institucional UDO-70. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000042: CAMILLE AOUEISS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-03-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 242 de fecha 27-04-2005, en la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas.

 

El ciudadano Alguacil  consignó copia del  Oficio N° 06-299, anexo se remitió al Consejo Nacional Electoral cinco (05) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

13.- Expediente N° 2005-000013: OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-297, anexo se remitió al Consejo Nacional Electoral once (11) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

14.- Expediente N° 2007-000076: José Ramón Panza Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.449, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS ADALBERTO DÁVILA OBREGÓN,  ARTURO LUGO, JOSÉ ARAMIS BAYONA, WILLIAMS JARA, PILAR RAMÍREZ, BERNARDO BASTIDAS Y THILSEA HERNÁNDEZ, 9.266.975, 9.266.974, 3.917.895, 8.143.495, 8.133.165, 9.986.639 y 6.582.923, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 070704-1635, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 04-07-2007,  en la cual se declaró la nulidad de la elección de los referidos ciudadanos como miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos del Estado Barinas (SUEP-BARINAS) y ordenó la repetición parcial de las referidas elecciones.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1571, de fecha 13-08-2007) (1 pieza principal) (Recibido en fecha 27-09-2007).

 

Se admitió el recurso interpuesto.  Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente  y  emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de amparo cautelar. Se libraron Oficios números 07-436,  07-437 y boleta.



 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2007-000046: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial de ciudadano ALEXI TORRES ULACIO, titular de la cédula de identidad N° 3.676.187, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida, juramentada en fecha 31-10-2003, respecto al proceso eleccionario para elegir los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y Suplente, Delegados del Consejo Nacional de la Federación Médica Venezolana, Junta Directiva de las Seccionales del Colegio de Médicos del Estado Mérida, para el período estatutario 2007-2009. 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-400, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina  de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar del auto de admisión dictado en fecha 25-09-2007 a la  Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

16.- Expediente N° 2006-000104: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental,  declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos María Rosa Sánchez González, Carmen Westalia Velásquez Ortiz, María Angélica Martínez de Gómez y Miriam Elena Salazar Calzadilla, titulares de las cédulas de identidad números 8.369.904, 6.720.555, 4.615.899 y 6.400.010, respectivamente, contra el proceso electoral para elegir a los Consejeros de Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente  del Municipio Caripe del Estado Monagas. Oficio Nº 114, de fecha 05-10-2006, remitiendo el expediente Nº 2869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-394, anexo al cual se remitió comisión Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de notificar del  auto dictado en fecha 19-09-2007, a las ciudadanas María Rosa Sánchez, Carmen Velásquez, María Angélica Martínez De Gómez y Miriam Elena Salazar (parte recurrente),  a los ciudadanos Silangel Rodríguez, Celin Vásquez, Griselda Pérez, Leída Ramírez, Jaiveth Carrera, Carmen Massa, Blanca Ávila y Eligio Mayz, miembros Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Caripe del Estado Monagas, así como al  Concejo Municipal del Municipio Caripe del Estado Monagas. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

 

17.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009. La Sala declaró:  PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de la Sentencia N° 124 del 31 de julio de 2004. SEGUNDO: ORDENÓ a los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, anterior a las elecciones cuyo acto de votación se efectuó el día 27 de enero de 2007, asumir la Dirección de la referida Asociación, limitándose a efectuar actos de simple administración, en los términos indicados en este fallo. TERCERO: Téngase la decisión como parte integrante de la Sentencia N° 124, dictada el 31 de julio de 2007.  Ponente:  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 170.

 

 

18.- Expediente N° X-2007-000037 (CUADERNO SEPARADO): Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial de ciudadano ALEXI TORRES ULACIO, titular de la cédula de identidad N° 3.676.187, solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra las actuaciones emanadas de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida, juramentada en fecha 31-10-2003, respecto al proceso eleccionario para elegir los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y Suplente, Delegados del Consejo Nacional de la Federación Médica Venezolana, Junta Directiva de las Seccionales del Colegio de Médicos del Estado Mérida, para el período estatutario 2007-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000046).  La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de amparo cautelar. Ponente:  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 171.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                   El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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