Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 17 de abril de 2007





CUENTA Nº 52

CUENTA Nº 52

 

 

Despacho del martes diecisiete (17) de abril de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N° 6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en el  cual se eligió a la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la referida Federación.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° X-2007-000014 (CUADERNO SEPARADO): EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000018).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de decidir la solicitud de suspensión de efectos interpuesta.  

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2006-000035: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos SOFÍA VALLES, MARTHA ORTUÑO, ALEJANDRO BLANCO, LINDA MARTINI, NANETTE TORE, ADELAIDA RODRÍGUEZ, FRANCISCO MARÍN, JOSÉ MARÍN, JEANNETTE GONZÁLEZ, NATALIE D’ONOFRIO Y CARMEN LUCIANA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 12.924.035, 14.344.983, 12.108.862, 5.720.673, 12.110.180, 4.114.387, 12.431.588, 14.914.698, 7.090.938, 12.524.957 y 13.045.953, respectivamente, asistidos por el abogado Josblan Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 106.912, en el Sindicato Único De Empleados Públicos De La Alcaldía Del Municipio  San Diego del Estado Carabobo (SINUEPSAND). Oficio N° 957/2006, de fecha 23-02-2006, remitiendo el expediente Nº GP02-L-2004-001280 (nomenclatura de ese Juzgado). (Recibido el 06-03-2006).

 

Visto que en fecha 12-04-2007, fue recibida en la Sala las resultas de la comisión conferida al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y visto igualmente, que en la referida comisión el ciudadano Alguacil dejó constancia de haber practicado la notificación a la parte recurrente, así como la imposibilidad de practicar la notificación  a la parte presuntamente agraviante Sindicato Único de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio San Diego del Estado Carabobo (SINUEPSAN), la Sala, designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Vista la diligencia presentada, por el ciudadano Alguacil, en fecha 12-04-2007, en la cual dejó constancia de haber practicado la notificación a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malavé Villalba, de  la Sentencia N° 19 de fecha 13-03-2007, en la cual se ordenó a la referida Comisión Electoral que informe a la Sala, al día siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, sobre el estado actual del proceso electoral de la referida Asociación Civil, y vencido como se encuentra el referido lapso,  la Sala designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN

 

 

5.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de Miembros de la Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C.,  respecto a la elección de la Junta Directiva, del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios  del Centro Italiano Venezolano, A.C.,  período 2007-2009.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 12-04-2007, por la abogada María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245, mediante la cual solicita tres (3) juegos de copia certificada de la Sentencia N° 45 de fecha 12-04-2007, que corre inserta a los folios 157 al 171 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000003:  Carolina León González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.895, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RAMÓN PETIT y ROSA ANGELINA CASTELLANO, titulares de las cédulas de identidad números 1.936.100 y 4.254.526, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra las vías de hecho que los ciudadanos Orlando Contreras Pulido y Luis Ignacio Planas, en su condición de Presidente y Secretario General, respectivamente, de la Dirección Política Nacional de la Organización Política PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO COPEI DE VENEZUELA, mediante las cuales “se destituyeron sin procedimiento previo alguno de sus cargos a (sus) representados, quienes ejercían el cargo de Secretario Sindical Nacional y  Subsecretario para Asuntos Políticos de la Dirección Nacional del Frente de Trabajadores Copeyanos,…”.

 

Se libro boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 29-03-2007.

 

 

7.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO):  FRANCISCO DE ASÍS LORETO MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y Coordinador de la Comisión Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358,  se oponen  a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2 de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000002).

 

Se libró boleta a los ciudadanos FRANCISCO DE ASIS LORETO MEJÍA y OSCAR ENRIQUE BONILLO PEÑALOZA, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 21-03-2007. Asimismo, se libró boleta a la ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO “PICHINCHA”, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 21-03-2007.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis García y Pedro Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito mediante el cual formulan consideraciones y solicita la ejecución forzosa de la Sentencia.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis García y Pedro Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito mediante el cual formulan consideraciones, solicita la ejecución forzosa de la Sentencia, así como la participación del Consejo Nacional Electoral a fin de que organice el proceso electoral (Acompañan anexos). 

 

 

10.- Expediente N° 2007-000020: BELKIS JOSEFINA MEDINA SIFONTES y JOSÉ GREGORIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 8.870.038 y 10.045.455, respectivamente, asistidos por el abogado Santiago José Castro Toise, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.333, interponen  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070207-033, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró con lugar la impugnación presentada por la ciudadana Orfelina de Rodríguez, contra la designación de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud (SUTRASALUD BOLIVAR) efectuada el 25-04-2006; ordenó a la Junta Directiva del referido Sindicato realizar una nueva convocatoria para la escogencia de la Comisión Electoral del Sindicato; y nula las elecciones realizadas el 18-07-2006.

 

El abogado Carlos Eduardo Castro Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar quince (15) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° X-2007-000003 (CUADERNO SEPARADO):  Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, solicita medida cautelar innominada a los fines de suspender las discusiones del proyecto de convención colectiva del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL), en el expediente contentivo recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.464.346,  contra la Resolución N° 061025-0899 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-10-2006, respecto al reconocimiento o certificación del proceso electoral celebrado, en fecha 20-10-2005, para escoger a las autoridades del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL).  (Recurso Principal Expediente N° 2006-000111)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-124, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 13-03-2007 a la parte recurrente, ciudadano José Francisco Colmenares Castillo. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

12.- Expediente N° X-2007-000003 (CUADERNO SEPARADO):  Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, solicita medida cautelar innominada a los fines de suspender las discusiones del proyecto de convención colectiva del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL), en el expediente contentivo recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.464.346,  contra la Resolución N° 061025-0899 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-10-2006, respecto al reconocimiento o certificación del proceso electoral celebrado, en fecha 20-10-2005, para escoger a las autoridades del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL).  (Recurso Principal Expediente N° 2006-000111)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-125, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 13-03-2007.

 

 

13.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolas James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-120, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 t 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-106, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

15.- Expediente N° 2007-000013: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.), contra la Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como candidato a la Presidencia de la República por el referido partido político. Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).

 

Vista la Sentencia N° 41 dictada por la Sala Electoral, en fecha 29-03-2007, mediante la cual se asumió la competencia para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto, y admitió la causa y se ordenó notificar al Fiscal General de la República y a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral. Asimismo, el Juzgador acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios números 07-145 y 07-144. Igualmente, el Juzgado acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “El Nacional”. Se libró cartel de emplazamiento.

 

 

16.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión solicitud de suspensión de efectos. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000014.

 

 

17.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,  titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613, contra la Resolución N° 060623-0394 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. Oficio Nº 058-2.007, de fecha 18-01-2007, remitiendo el expediente Nº 08950 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos). (Recibido en fecha 09-02-2007).

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral,  a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de amparo cautelar. Se libraron Oficios números 07-142,  07-143 y boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

18.- Expediente N° 2007-000013: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto  por el  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.), contra la Resolución N° 061011-0874, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24, emanada de la Junta Nacional Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como candidato a la Presidencia de la República por el referido partido político. Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).

 

El  abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 41 de fecha 29-03-2007, que corre inserta a los folios 48 al 59 del expediente.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

19.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 840 del mismo, se ordenó testar dicha  foliatura a partir  de éste (exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados