CUENTA Nº 53
Despacho del miércoles dieciocho (18) de abril
de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón,
Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N°
6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral
celebrado en la Federación
Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en el cual se eligió a la Junta Directiva y el Consejo de
Honor de la referida Federación.
Se acordó
solicitar a la Comisión
Electoral de la Federación
Venezolana de Patinaje el expediente administrativo, así como
también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con
el recurso. Se libró Oficio N° 07-152.
2.- Expediente N° 2005-000074:
DIANORAH MILANO, titular de la cédula de identidad N° 8.456.710, asistida por
el abogado Rafael Antonio Osio Tovar, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra las vías de hechos
producidas por la
Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui,
relacionado con el proceso electoral celebrado en la Asociación de
Vecinos “Las Villas” (ASOVILLAS), de la ciudad de El Tigre, del Municipio Simón
Rodríguez del Estado Anzoátegui.
Vista la Sentencia N° 29 de fecha 13-03-2007,
la Sala acordó
comisionar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,
Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a
los fines de notificar a la parte recurrente, ciudadana Dianorah Milano, a la
Oficina de Asuntos Comunitarios de la Alcaldía del
Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui; a la Alcaldía del Municipio
Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y a la Junta Directiva de
la Asociación
de Vecinos “Las Villas” (ASOVILLAS). Se libraron Oficios números 07-147, 07-150,
07-148, 07-149, boleta y despacho.
3.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO): FRANCISCO DE ASÍS LORETO
MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad
números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y
Coordinador de la Comisión
Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el
abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
25.358, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2
de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos
interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para
escoger a los miembros de la Junta Directiva
del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional
(IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000002).
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la ASOCIACIÓN CIVIL
GRUPO “PICHINCHA”, de conformidad con lo
previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 21-03-2007.
4.- Expediente N°
2006-000111: Vicente Romero Giménez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial
del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, titular de la cédula de
identidad N° 7.464.346, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
061025-0899 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-10-2006,
respecto al reconocimiento o certificación del proceso electoral celebrado, en
fecha 20-10-2005, para escoger a las autoridades del Sindicato de Empleados
Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL).
Se
difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07)
días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar
sentencia.
5.- Expediente N° 2006-000115: Betzaida García, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada
judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA
(SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada, contra la
Resolución N° 061004-0863, emanada del
Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación
interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y
otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota,
Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente,
Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de
Actas y Correspondencia de la Junta
Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás
miembros de la Junta
Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión
Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva
convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes.
Se
difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07)
días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar
sentencia.
6.- Expediente N° 2007-000028: Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente
contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada
interpuesto por el ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la
cédula de identidad N° 8.867.104, contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de la C.A.
Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y
19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006,
referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. Oficio
Nº 178-2007, de fecha 27-03-2007, remitiendo el expediente Nº 073813
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 Cuaderno Separado).
(Recibido en fecha 30-03-2007).
Los ciudadanos Gerardo
Quintero Meneses, Cataldo Miliccia Asaro y Gobanni Delgado, asistidos por la
abogada María Fátima Da Costa, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 64.504,
quien a su vez actúa como apoderada judicial del Consejo de Administración y
Asociados, presentó diligencia anexa a la cual consignó recaudo relacionado con
la causa.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
7.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO
RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números
3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando
con el carácter de Miembros de la Junta
Directiva de la
Asociación Civil Micro Tours Don Augusto
Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo
Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916,
respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la
referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva,
período 2006-2008.
La ciudadana
Diana Díaz Salinas, actuando con el carácter de miembro de la Comisión
Electoral de la Asociación Civil
Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistida por los abogados Alejandra
Urdaneta Arocha y Rafael Alberto Díaz Rojas, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números 42.026 y 23.128, respectivamente, consignaron escrito mediante el
cual exponen aspectos relacionados con la causa.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente N° 2007-000017: HUGO MANUEL DÍAZ MILANO,
LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL DE BARRIOS, titulares de las cédulas
de identidad números 1.563.818, 2.808.963 y 3.662.775, respectivamente,
asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud suspensión de efectos, contra la Resolución N°
070131-011, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Desirée Santos Amaral,
contra la designación de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital, de fecha 06-06-2006; nulas todas las actuaciones efectuadas
por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del referido gremio;
nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del mencionado Colegio celebrada el
06-06-2006, y válida la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital celebrada el 06-02-2006.
Visto que consta en autos la notificación
de la parte recurrente del auto de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación
en fecha 11-04-2007, se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión,
a los fines de su publicación en el diario “El Nacional”.
9.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Mérida
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el
ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado
Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613,
contra la
Resolución N° 060623-0394 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso
jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio
correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del
Estado Mérida. Oficio Nº 058-2.007, de fecha 18-01-2007, remitiendo el
expediente Nº 08950 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos).
(Recibido en fecha 09-02-2007).
Se dejó constancia que se abrió cuaderno
separado a los fines de la decisión solicitud de suspensión de efectos.
Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000015.
10.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la Comisión
Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin
de designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el
03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el
16 de enero de 2006”.
Se libró Oficio
N° 07-146, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República de la
admisión del recurso de fecha 16-04-2007. Asimismo, se libró boleta a la parte
recurrente, mediante la cual se le notifica del auto de admisión del recurso de
fecha 16-04-2007.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente
N° 2007-000013: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite
expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con
amparo cautelar interpuesto por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, titular
de la cédula de identidad N° 3.403033, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 14.778, actuando con el carácter de Fundador, Promotor y Presidente
Vitalicio del Partido Político Movimiento Nacional Independiente (M.N.I.),
contra la Resolución N° 061011-0874,
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 11-10-2006, publicada en
Gaceta Electoral N° 349, de fecha 30-11-2006, que declaró sin lugar la
impugnación interpuesta por el referido abogado contra la Resolución N° 060818-24,
emanada de la Junta Nacional
Electoral el 18-08-2006, que admitió la postulación del ciudadano Hugo Rafael
Chávez Frías como candidato a la
Presidencia de la República por el referido partido político.
Oficio Nº 07-0382, de fecha 23-02-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001817
(nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal y 1 Pieza de anexo).
El abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante
la cual solicitó la entrega del cartel de emplazamiento, el cual fue entregado
en esta misma oportunidad.
12.- Expediente N° 2007-000017: HUGO MANUEL DÍAZ MILANO,
LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL DE BARRIOS, titulares de las cédulas
de identidad números 1.563.818, 2.808.963 y 3.662.775, respectivamente,
asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud suspensión de efectos, contra la Resolución N°
070131-011, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Desirée Santos Amaral,
contra la designación de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital, de fecha 06-06-2006; nulas todas las actuaciones efectuadas
por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del referido gremio;
nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del mencionado Colegio celebrada el
06-06-2006, y válida la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital celebrada el 06-02-2006.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 07-129, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la
admisión del recurso.
13.- Expediente N° 2007-000017: HUGO MANUEL DÍAZ MILANO,
LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL DE BARRIOS, titulares de las cédulas
de identidad números 1.563.818, 2.808.963 y 3.662.775, respectivamente,
asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud suspensión de efectos, contra la Resolución N°
070131-011, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada
en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el
recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Desirée Santos Amaral, contra
la designación de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital, de fecha 06-06-2006; nulas todas las actuaciones efectuadas
por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del referido gremio;
nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del mencionado Colegio celebrada el
06-06-2006, y válida la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital celebrada el 06-02-2006.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N°
07-130, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la
admisión del recurso.
14.- Expediente N° 2007-000017: HUGO MANUEL DÍAZ MILANO,
LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL DE BARRIOS, titulares de las cédulas
de identidad números 1.563.818, 2.808.963 y 3.662.775, respectivamente,
asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud suspensión de efectos, contra la Resolución N°
070131-011, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Desirée Santos Amaral,
contra la designación de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del
Distrito Capital, de fecha 06-06-2006; nulas todas las actuaciones efectuadas
por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del referido gremio;
nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del mencionado Colegio celebrada el
06-06-2006, y válida la elección de la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del Distrito Capital celebrada el
06-02-2006.
El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a
la parte recurrente, mediante la cual se le notificó de la admisión del
recurso.
15.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra
la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 07-123, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la
admisión del recurso.
16.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la Comisión Electoral
del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto
a la elección de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
La abogada María
López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245, actuando con el
carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA BELINA y
PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, presentó diligencia mediante la cual
solicitó la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le
fue entregado en esta misma oportunidad. Asimismo, dejó constancia de haber
recibido copias certificadas acordadas en auto de fecha 17-04-2007.
17.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.
La abogada
Marboris Coromoto Vergara Vásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
90.714, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente,
consignó diligencia mediante la cual se da por notificada de la admisión del
recurso y solicita se libre cartel de emplazamiento.
18.- Expediente N° 2007-000009: MARTÍN RAMÓN CAMPOS MEDINA,
titular de la cédula de identidad N° 1.778.488, asistido por el abogado Carlos
Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la Resolución N°
061214-2546, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta
Electoral N° 355 de fecha 30-01-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso
jerárquico interpuesto por el ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco; anuló el
Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de Concejal
Nominal, Circunscripción N° 2, del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes;
desproclamó al ciudadano Martín Ramón Campos como “Concejal Nominal de la Circunscripción
N° 4 del mencionado Municipio”, y proclamó al ciudadano Ramón
Eduardo Díaz Polanco como Concejal Nominal de la Circunscripción
N° 2 del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes.
El abogado
Carlos Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Martín Ramón
Campos Medina, consignó diligencia mediante la cual apela del auto de pruebas
de fecha 16-04-2007, en el cual se declaró inadmisible la prueba de inspección
judicial promovida.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO
ASUNTO:
19.- Expediente N° X-2007-0000015 (CUADERNO SEPARADO): PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado
Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613,
solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la
Resolución N° 060623-0394 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso
jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes
a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida.
(Recurso Principal Expediente N° 2007-000008).
Se dio cuenta a la
Sala. Se designó ponente al Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de
decidir la solicitud de amparo cautelar interpuesta.
SECRETARÍA
EN:
20.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo
Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina
la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente
con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina,
titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys
García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral
del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al
proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº
3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).
Vista la diligencia
presentada en fecha 12-04-2007, por el abogado Gustavo Adolfo Martínez Morales,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.089, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos Acisclo Segundo Martínez Lugo, Carlos José
Salazar Aracay, Gustavo Jesús Castro Rodríguez, Jaime Javier Castro Rodríguez y
Javier Regino Partídas García, miembros del Sindicato Único de Marinos de PDV
MARINA S.A. (SUMA PDV MARINA), mediante la cual solicita la devolución del
Instrumento Poder que le fue conferido por los ciudadanos referidos, el cual
cursa a los folios 894 al 895 vto. del expediente, la Sala ACORDÓ la
devolución del mismo, previa su certificación.
21.-
Expediente N° 2007-000006:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,
remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano LUIS ANTONIO
VELIZ GRANADO, titular de la cédula de
identidad N° 11.547.442, asistido por el abogado Nicolás Humberto Varela, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 32.422, contra la Comisión
Electoral, que llevó a cabo el proceso de elección de los
miembros de la Unidad
de Gestión Financiera y los miembros de la Contraloría
Social del Barrio San Pablo del Municipio Araure del Estado
Portuguesa. Oficio Nº 0850-50, de fecha 26-01-2007, remitiendo el expediente Nº
2007-0013 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Vista la
Sentencia Nº 26 de fecha 13-03-2007, la Sala acordó comisionar al Juzgado Primero de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de
la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de notificar de
la referida decisión a la parte accionante, ciudadano Luis Antonio Veliz
Granado. Se libró Oficio N° 07-151, boleta y despacho.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ