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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de julio de 2007





CUENTA Nº 102

 

 

CUENTA Nº 102

 

 

Despacho del miércoles dieciocho (18) de julio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2007-000055: Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 3.099.742, Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón y de los ciudadanos ALEXANDER GREGORIO YSEA CHIRINOS, LORENZO EUSTOQUIO REYES, ALESSANDRÍ GREGORIO BELLO LUGO y ASTRIH YOLANDA GARCÍA PALACIO,  titulares de las cédulas de identidad números 12.180.487, 4.102.920, 6.723.342 y 7.489.655, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón a celebrarse el 07-10-2007.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-311.

 

 

2.- Expediente N° 2007-000056: MIREYA LABRADOR, titular de la cédula de identidad N° 4.819.273, Alcaldesa del Municipio Atures del Estado Amazonas, asistida por el abogado Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Ature del Estado Amazonas a celebrarse el 07-10-2007.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-308.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000057: LIDIA TERESA PULGAR, titular de la cédula de identidad N° 8.945.498, Diputada del Consejo Legislativo del Estado Amazonas, asistida por el abogado Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio de la Diputada del Consejo Legislativo del Estado Amazonas, ciudadana Lidia Teresa Pulgar a celebrarse el 07-10-2007.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-310.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000029: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VICENTE ROMERO, DANIEL CASTILLO, RONALD GOLDING, EVELYN RUSSIAN, NUMA PINTO, MAIGUALIDA SÁNCHEZ, OLIVIA SIMOZA, NORMA LUCENA, PEDRO MORANTES, MANUEL GALÍNDEZ, LIGIA CONSUELO RIVAS, NERIO TORRES, JOSE GERARDO RAMÍREZ, NIXO ACURERO, MAIGUALIDA MARTÍNEZ. JOSÉ TEIXEIRA, ÁNGEL RODRÍGUEZ y VICENTE CASTAÑEDA, ELSY MAYELA ROSALES DE TOCHÓN Y LUIS JOSÉ LÓPEZ, titulares de las cédulas de identidad números 5.478.671, 4.073.530, 2.140.014, 4.570.428, 5.211.497, 4.172.422, 8.365.688, 3.610.073, 2.512.336, 4.603.145, 3.920.561, 9.382.463, 9.210.355, 4.540.588, 8.929.667, 15.112050, 4.782.516, 4.392.722, 5.448.396 y 4.136.319, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 051124-1226, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-11-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 292, de fecha 01-02-2006, en la que se declaró con lugar el recurso de Impugnación interpuesto por los ciudadanos Adrián Conquista, Jesús Olivier, Edgar Conde, Delfín Pin, Wilfredo Hernández, Guillermo Chaparro, Margot Rojas, Sigley Quiñónez, Olga Salazar y Héctor Salazar, contra el proceso electoral realizado el 02-03-2005 para elegir a la Junta Directiva de la Federación Nacional de Colegios y Sindicatos de Trabajadores Profesionales de la Educación de Venezuela (FENATEV).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 12-07-2007, por la abogada Nelly Araujo de Márquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.970, actuando en su propio nombre,  mediante la cual solicita copia certificada de los folios 473 al 517 del expediente, la Sala acordó expedir la certificación solicitada.

 

 

5.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).

 

Se libró Oficio N° 07-312, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral ocho  (08) piezas de expediente administrativo consignadas por ese Órgano Electoral.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2007-000035: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil  y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estadio Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar interpuesto por los ciudadanos LILIAN COROMOTO NOROÑO LORIA y SOSIMO ELISEO RODRIGUEZ VILLALBA, titulares de las cédulas de identidad números 4.551.286 y 4.229.482, respectivamente, asistidos por el abogado Arnaldo Avendaño Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.733, contra la Asamblea celebrada en fecha 12-03-2006, en el Edificio Abitare 2003, en la cual se eligió a la nueva Junta de Condominio del referido inmuebles. Oficio Nº 7632-07, de fecha 04-05-2007, remitiendo el expediente Nº 38.869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza) (Recibido el 11-05-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-291, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de notificar el fallo dictado en fecha 19-06-2007 a la parte recurrente. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000050:  JOSÉ GREGORIO TORO MESONES, titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070321-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 21-03-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha 13-06-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico mediante el cual se impugnó  actas de escrutinio correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican en la Resolución; sin efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral, de los Legisladores del Consejo Legislativa del referido Estado; y ordenó la convocatoria a nuevas votaciones en los Centros de Votación que se indica en la Resolución.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-294, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

8.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano JAIME LÓPEZ ASTUDILLO, mediante la cual se le notificó del fallo 07-06-2007.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolás James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 12-07-2007, por el por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente; y, en fecha 16-07-2007, por el ciudadano Wilfredo Faudito, asistido por el abogado José Alejandro Gil Luque, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.104, tercero opositor al recurso, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de las pruebas, admitiéndolas. Se libró Oficio N° 07-309, a la Federación Nacional de Sindicatos Regionales de Trabajadores de la Salud.

 

 

10.- Expediente N° 2006-000114:  CARLOS MIGUEL RODRÍGUEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMÓN RÍOS LUGO, titulares de las cédulas de identidad números 5.913.129 y 8.232.558, respectivamente, asistidos por los abogados William Pérez Fernández y Maribel Fernández González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 58.565 y 81.203, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en fecha 24-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria de las Bebidas y sus Similares del Estado Anzoátegui (SINTRAIBEAN), para elegir la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

Se abrió la segunda (2da) pieza.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

Visto el escrito presentado, en fecha 17-07-2007, por el abogado Marino Faria Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.401, actuando en su propio nombre, mediante el cual formula consideraciones relacionadas con la causa y solicita se ordene a la Comisión Electoral Ad Hoc de la Federación  de Colegios de Abogados de Venezuela, reformule los términos del artículo 21 del Reglamento que Regula el Proceso Electoral de las Autoridades de la referida Federación, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000107: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitución conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado LUIS REYES, titular de la cédula de identidad N° 5.292.054, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 53.201, actuando con el carácter de Candidato a la Presidencia de la República y Presidente de la organización con fines políticos Juventud Organizada de Venezuela (JOVEN),  contra los medios de comunicación social públicos y privados prestadores de servicios de radio, televisión y prensa escrita. Oficio Nº 06-3127, de fecha 08-11-2006, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2006-001494 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 24-11-2006.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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