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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de octubre de 2007





CUENTA Nº 136

CUENTA Nº 136

 

 

Despacho del jueves dieciocho (18) de octubre de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000041:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSUE GILBERTO CAMPOS BLANCO, LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN y JOSÉ CANDELARIO RAMÍREZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad 3.079.439, 5.027.029 y 5.343.107, respectivamente, Alcaldes de los Municipios Fernández Feo, Independencia y Uribante del  estado Táchira, respectivamente, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (sus) representados con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

Vencido como se encuentra el  lapso  para  retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento  a los  interesados, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000041:  Julio César Hernández Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.446, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSUE GILBERTO CAMPOS BLANCO, LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN y JOSÉ CANDELARIO RAMÍREZ DUQUE, titulares de las cédulas de identidad 3.079.439, 5.027.029 y 5.343.107, respectivamente, Alcaldes de los Municipios Fernández Feo, Independencia y Uribante del  estado Táchira, respectivamente, interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070207-036, de fecha 07-02-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, que contiene las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular; “la Resolución de procedencia de participación de apertura del Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios dictada contra (sus) representados con base en el artículo 11” de la referida normativa, y  cualquier otro acto administrativo conexo o inherente a dicho acto que pueda existir.

 

Se agregó al expediente el original del cartel de emplazamiento.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000031: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros.

 

El abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual informa sobre el cumplimiento de la Sentencia N° 143 de fecha 14-08-2007 (Acompañó anexos).

 

 

4.- Expediente N° 2005-000079: TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.

 

El abogado Carlos Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.388, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias acordadas en auto de fecha 10-10-2007.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2007-000051: EFREN ANTONIO PÉREZ URQUIOLA,  titular de la cédula de identidad N° 4.925.838, asistido por el abogado César Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.639, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070418-0353, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18-04-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, en la cual se declaró extemporáneo el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra las Actas de Escrutinio que se señalan y el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación correspondientes a la Elección de Diputados Nominales a la Asamblea Nacional por el estado Portuguesa (Circuito N° 3), celebrada el 04-12-2005. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 215-2007, de fecha 09-07-2007,  Expediente N° 759-2007 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio N° 320-2007, de fecha 17-10-207, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida en fecha 02-10-2007.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar cuatro (04) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000074: José Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.165, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DORIS YAMILE TAMI BLANCO, FRANCISCO DEL VALLE GRATEROL, TEOFILO RAMÓN ARDILES, JULIO MANUEL PÉREZ COLMENARES, MARIO JOSÉ ROJAS ZAMBRANO, HUMBERTO ENRIQUE CANQUIZ MOLINA y BLAS PASTOR VILLEGAS, titular de las cédulas de identidad números 7.108.334, 7.054.501, 4.325.833, 7.063.473, 5.217.439, 4.526.465 y 3.573.310, respectivamente, interpone recurso contencioso de electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 070607-0785, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 385, de fecha 01-08-2007, que declaró: 1.- Con lugar el recurso interpuesto contra la postulación y elección de los referidos ciudadanos, como miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Expendedores al Aire Libre, Estado Carabobo, (SEMAL); 2.- Inelegible los mencionados ciudadanos; 3.- Vacantes los cargos de Presidente, Secretario General, Secretario de Administración y Finanzas, Secretario de Organización, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura, Deporte y Propaganda, Secretario de Supervisión de Áreas de Trabajo y Secretario de Relaciones Institucionales, todos del Comité Ejecutivo y el de Vicepresidente del Tribunal Disciplinario; 4.- Instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir los cargos vacantes.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar trece (13) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° X-2007-000033 (CUADERNO SEPARADO): MIREYA LABRADOR, titular de la cédula de identidad N° 4.819.273, Alcaldesa del Municipio Atures del Estado Amazonas, asistida por el abogado Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, solicita medida cautelar  conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Ature del Estado Amazonas a celebrarse el 07-10-2007. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000056).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-388, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 26-09-2007.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos  José Ibáñez, José Echeverri, Filadelfo González, Julio Rojas, Armando Valero, Jesús Tarazona, Pedro Sánchez, Norman Becerra, José Terán, José Carrero, Félix Useche, Nevis Duque, Weyman Pérez, Elio Labrador, Alicson Ramírez, Rigoberto González y Jesús González, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 02-10-2007.

 

10.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 02-10-2007.  Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de referida parte, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

11.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

El ciudadano Secretario de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 15-10--2007, se había traslado al domicilio procesal de la parte recurrente, y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 07-420, mediante el cual se notificó a  la Comisión Electoral de la  Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, del fallo dictado en fecha 02-10-2007.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

13.- Expediente N° 2007-000054: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo lo números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano FRANCISCO GAMALLO, titular de la cédula de identidad N° 6.010.333, interponen recurso contencioso electoral contra la designación de la Autoridad Provisional, Comisión Electoral, Proceso Electoral y Elección de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Surfing para el período 2007-2009, que se efectuó el 22-06-2007.

 

Visto que consta en autos la notificación de la parte recurrente del auto de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 11-10-2007, se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Nacional”. Se libró cartel de emplazamiento.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007, publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

Se admitió el recurso interpuesto.  Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente  y  emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron Oficios números 07-441,  07-442 y boleta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-430, mediante el cual se notificó a la Dirección de Inspectoría Nacional y otros Asuntos Colectivos del Sector Privado del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, del auto de admisión de pruebas dictado en fecha 15-10-2007.

 

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente N° 2006-000091: Williams Enrique Palencia Piñero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.255, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Enrique Gómez, titular de la cédula de identidad N° 1.872.481, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N° 060711-448, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 11-07-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 325, de fecha 28-07-2006, que declaró Inadmisible el recurso interpuesto por el referido ciudadano contra la convocatoria y proceso de elección de las autoridades del Sindicato de Trabajadores del Calzado, Pieles, Curtiembres, Tenerías, Tiendas, Comercios, Detallistas, Mayoristas de Materiales de Calzado, Carteras, Correas, Marroquinería, Talabartería, Sintéticos, Anexos y sus Similares del Estado Táchira (SINTRACALPT). La Sala ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral, que en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes, consigne los antecedentes administrativos relacionados con el recurso, de conformidad con el artículo 21.13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.  Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 173.

 

 

17.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolás James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró:  PRIMERO: ADMITIÓ la intervención del ciudadano WILFREDO RAMÓN FAUDITO como tercero adhesivo coadyuvante. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. TERCERO: NULA la referida Resolución No. 070207-035 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 7 de febrero de 2007. CUARTO: ORDENÓ sustanciar y decidir la impugnación interpuesta en sede administrativa por la ciudadana NORA GODOY en fecha 08-05-2006, en los términos y condiciones establecidos en la motiva de la decisión. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 174.

 

 

18.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de revocatoria formulada por los ciudadanos ALEXANDER SAAVEDRA y JOSÉ FERMÍN, actuando con el carácter de Presidente y Secretario de la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ORINOCO IRON, C.A. (SINTRAORI), respectivamente, contra la sentencia dictada por esta Sala en fecha 03 de julio de 2007, publicada bajo el Nº 115. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 175.

 

 

19.- Expediente N° 2006-000100: Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN, PEDRO PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO, ADRIÁN RAFAEL HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE, titulares de las cédulas de identidad números 5.552.474, 5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455, 6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y 10.887.990, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por el ciudadano Rafael Serven, a la cual se adhirieron los ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y declaró la inelegibilidad de los mismos, en el proceso electoral celebrado el 17-03-2005, en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE MIRANDA (SINTRAELEM). La Sala declaró: PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria de la Sentencia Nº 72 de fecha 07-06-2007, formulada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en el sentido de que se declare si la nulidad del acto decretada en la indicada sentencia es absoluta o relativa.  SEGUNDO: ADMISIBLE y PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de Sentencia Nº 72 de fecha 07-06-2007, en relación con la oportunidad para impugnar con fundamento en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo, en los términos expuestos en la motiva. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 176.

 

 

20.- Expediente N° X-2007-000017 (CUADERNO SEPARADO): RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000022). La Sala declaró SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar de suspensión de efectos acordada en sentencia número 96 dictada en fecha 19-06-2007. En consecuencia, se CONFIRMA la medida de suspensión de los efectos de la Resolución del Consejo Nacional Electoral número 070214-0103, de fecha 14-02-2007, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela número 360, de fecha 27-02-2007. Ponente:  FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 177.

 

21.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP). La Sala ordenó al Consejo Nacional Electoral acatar el mandato proferido en la decisión Nº 129, dictada por la Sala en fecha 2-08-2007, en un lapso perentorio de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de su notificación. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 178.

 

 

22.- Expediente N° 2007-000072:   Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,  remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.088.724, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime,  inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.752, contra las actuaciones materiales y vías de hecho efectuadas por la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroni del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Cámara.  Oficio Nº 07-1.418, de fecha 15-08-2007, remitiendo el expediente Nº 39746-07 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: ORDENÓ corregir las omisiones advertidas dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la constancia en autos de la correspondiente notificación, advirtiéndose que la falta de cumplimiento a la orden contenida en este fallo dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: SOLICITÓ informe sobre el estado del proceso electoral en la actualidad. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 179.

 

 

23.- Expediente N° 2007-000079: WILMAN JOSÉ ZAMBRANO MORA y JUAN PEDRO VALPUESTA, titulares de las cédulas de identidad números 9.145.531 y 4.170.721, respectivamente, asistidos por el abogado Héctor Blanco-Fombona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.120, interponen acción de amparo constitucional contra el procedimiento disciplinario abierto contra los referidos ciudadanos por “la Junta Directiva de facto de la Asociación Civil Carenero Yacht Club”, conformada por los ciudadanos Leopoldo Francisco Laya,  Jesús Rodríguez Losada, Antelmo Decairés y Jesús Losada Rodríguez. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo; la cual ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000; SEGUNDO: PROCEDENTE la medida cautelar innominada, en consecuencia de la cual, se suspenden los procesos disciplinarios y sus efectos contra los ciudadanos Wilman José Zambrano Mora y Juan Pedro Valpuesta, en su condición de miembros de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, hasta tanto se resuelva el amparo solicitado. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 180.

 

24.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005. La Sala declaró IMPROCEDENTES las solicitudes contenidas en el escrito presentado9 de febrero de 2006, bajo el No. el 17-09-2007 por el ciudadano MARCOS ROJAS, en relación con la ejecución de la Sentencia No. 120 del 4-07-2006. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 181.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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