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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de junio de 2007





CUENTA Nº 87

CUENTA Nº 87

 

 

Despacho del miércoles veinte (20) de junio de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2007-000025 (CUADERNO SEPARADO): José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadano Juan Enrique Hernández Guzmán, José Alberto Bermúdez Rojas, Harry Gabriel Machado Rojas, Carlos Eduardo Moncayo Rangel y Jesús Gabriel Valero Puente, interpuso tacha incidental contra el documento denominado “’ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA’, celebrada en fecha 19 de enero de 2007, autenticada por ante la Notaria Cuadragésima Tercera del Municipio Libertados, en fecha 28 de febrero de 2007, bajo el No. 65, Tomo 12 de los libros de autenticaciones”, en el marco del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros. (Expediente Principal N° 2007-000031).

 

Se dio cuenta a la sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000046: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial de ciudadano ALEXI TORRES ULACIO, titular de la cédula de identidad N° 3.676.187, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida, juramentada en fecha 31-10-2003, respecto al proceso eleccionario para elegir los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y Suplente, Delegados del Consejo Nacional de la Federación Médica Venezolana, Junta Directiva de las Seccionales del Colegio de Médicos del Estado Mérida, para el período estatutario 2007-2009. 

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 07-257. Asimismo, se libró comisión al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina  de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral. Se libró Oficio N° 07-256 y despacho. 

 

 

3.- Expediente N° 2006-000100: Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS RODRÍGUEZ LEÓN, PEDRO PABLO BLANCO VERDÚ, NARCISO BLADIMIR HERRERA, JOSÉ GREGORIO KOGEN BETANCOURT, LUIS JOSÉ SALAZAR, JUAN GUILLERMO REQUENA BLANCO, ADRIÁN RAFAEL HERRERA, TIBAYDE TOVAR y AUBERT JOSÉ INFANTE, titulares de las cédulas de identidad números 5.552.474, 5.226.443, 4.392.341, 6.892984, 3.012.455, 6.408.123, 6.218.710, 6.405.519 y 10.887.990, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 060405-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por el ciudadano Rafael Serven, a la cual se adhirieron los ciudadanos Yskander García, Odalis Castro y Frank Hernández, contra la reelección de los referidos ciudadanos y declaró la inelegibilidad de los mismos, en el proceso electoral celebrado el 17-03-2005, en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ELECTRICIDAD DE MIRANDA (SINTRAELEM).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 14-06-2007, por el abogado Oleary Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
N° 53.920, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita tres (03) juegos de copias certificadas de la Sentencia N° 72 de fecha 07-06-2007, que corre inserta a los folios 626 al 668 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada. Asimismo, se solicitó la notificación  la mencionada sentencia a la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), solicitud que fue negada.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000058: ARLINYS  DEL VALLE MEDRANO, titular de la cédula de identidad N° 8.928.057, asistida por el abogado Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0035 de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana, contra el proceso comicial para elegir al Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 14-06-2007, por la abogada Arlinys Medrano Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.102, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 82 de fecha 07-06-2007, que corre inserta a los folios 746 al 784 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

 

5.- Expediente N° 2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ,  titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 08-05-2007, por el abogado Alexis Aguirre, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 36 de fecha 29-03-2007, que corre inserta a los folios 238 al 253 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS). (Acumulado con Exp. Nº 2006-000054 interpuesto por el ciudadano VICTORIANO CASTILLO QUIJADA, titular de la cédula de identidad N° 4.007.432, asistido por la abogada Dasmarys Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.100).

 

Vista la sentencia dictada en fecha 07-06-2007, la Sala acordó notificar a los ciudadanos Miguel José Rojas, Pedro José Torres y Victoriano Castillo Quijada (parte recurrente), al tercero opositor Jaime López Astudillo, al Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), así como, a la Comisión Electoral del referido Sindicato. Se libraron boletas y oficios números 07-254, 07-255. Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental, a los fines de notificar del referido fallo, al ciudadano Victoriano Castillo Quijada, al Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS), así como a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato. Se libró Oficio N° 07-253 y despacho.

 

 

7.- Expediente N° X-2007-000017 (CUADERNO SEPARADO): RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000022).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 19-06-2007, por el abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado  bajo el N° 9.162, mediante la cual solicita tres (03) juegos de copias certificadas de la Sentencia N° 96 de fecha 19-06-2007, que corre inserta a los folios 44 al 60 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.

 

 

8.- Expediente N° X-2007-000017 (CUADERNO SEPARADO): RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000022).

 

Se libró Oficio N° 07-252, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 19-07-2007.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000031: David Salomón Plaza Ramírez y Olymar Zurita, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 72.774 y 89.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILMER RAFAEL LEDEZMA MENDOZA, WILFREDO RODRÍGUEZ ANDUEZA y JOSÉ MOISES RANGEL MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad números 6.220.846, 10.577.748 y 10.627.556, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (CAINSETRA), designada por la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, referido al proceso electoral que se adelanta en la mencionada Caja de Ahorros.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la tramitar la incidencia de la tacha formulada por el abogado José Ramón Sevilla Mata, respecto el documento denominado “’ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA’, celebrada en fecha 19 de enero de 2007, autenticada por ante la Notaria Cuadragésima Tercera del Municipio Libertados, en fecha 28 de febrero de 2007, bajo el No. 65, Tomo 12 de los libros de autenticaciones”. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2007-000025.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° X-2007-000018 (CUADERNO SEPARADO): ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolas James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, solicitan suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000025)

 

El abogado Juan Antonio Gil Bustillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.856, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicita “se decrete Medida Cautelar Innominada de Suspensión del acto electoral  previsto para el 25 del presente mes y año”.

 

 

11.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).

 

El abogado José Gregorio Montilla Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.862, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Epifania Camacho, José Brizuela, Mario Berrios, Yadimir Márquez, José Soto, Eugenio Rodríguez, Carmelo Betancourt y Kleiba Salas, consignó escrito de conclusiones.

 

 

12.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 t 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007). 

 

El abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito de conclusiones.

 

 

13.- Expediente N° 2006-000058: ARLINYS  DEL VALLE MEDRANO, titular de la cédula de identidad N° 8.928.057, asistida por el abogado Enrique José Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.762, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060314-0035 de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana, contra el proceso comicial para elegir al Alcalde del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.

 

El abogado Yoell Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.205, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual expresa que comparece con la finalidad de coadyuvar respecto a la solicitud de aclaratoria de la Sentencia N° 82 formulada por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

14.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 11-06-2007, por el ciudadano Sergio García, asistido por el abogado José Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.438, mediante la cual señala que en razón del fallo dictado en fecha 07-06-2007, solicita se indique en forma expresa el lapso para el cumplimiento voluntario por parte del Consejo Nacional Electoral de la Sentencia 120 y visto igualmente los escritos presentados en fecha 11 y 12 de junio de 2007 por el ciudadano Auvenis Lujan, asistido por la abogada Gladys Teresa León, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.444, mediante los cuales solicita aclaratoria de la decisión dictada por la Sala en fecha 07-06-2007, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

15.- Expediente N° X-2007-000024 (CUADERNO SEPARADO): Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.986, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ramón Montilla, Asdrúbal Delgado, Luis Ramírez, Maira Quintero, Pier Pirela y Victoria Hernández, titulares de las cédulas de identidad números 2.504.677, 11.243.560, 6.803.246, 9.389.042, 12.199.822 y 9.983.557,  respectivamente, se opone al amparo cautelar dictado por esta Sala en Sentencia N° 47, de  fecha 26-04-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000023).

 

Visto que en fecha 18-06-2007, venció el lapso correspondiente a la articulación probatoria prevista en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, se designó ponente al Magistrado  Doctor   LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa.

 

 

 

16.- Expediente N° X-2007-000018 (CUADERNO SEPARADO): ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolas James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, solicitan suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000025)

 

Visto el escrito presentado, por el  abogado Juan Antonio Gil Bustillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.856, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante el cual solicita “se decrete Medida Cautelar Innominada de Suspensión del acto electoral  previsto para el 25 del presente mes y año”,  se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

17.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

El  abogado Francisco Salvador Lugo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.289,  actuando con el carácter de apoderados judiciales del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), consignó diligencia mediante la cual expone aspecto relacionados con la causa y solicita se oficie al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de que se abstenga de ejecutar la sentencia proferida  por ese Juzgado en fecha 31-05-2007, contenida en el expediente 10.019 del año 2006.

 

 

18.- Expediente N° 2006-000099: ROSAURO SENCLER, titular de la cédula de identidad N° 3.014.676, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.316, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 060830-0822, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 30-08-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 338, de fecha 22-09-2006, que declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Rosauro Sencler, Alfonso Morillo y Nelson Rivas, contra el proceso electoral celebrado el 21-04-2005, para la renovación de las autoridades del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO CARABOBO (S.U.T.I.C.E.C.), correspondiente al período 2005-2008 y reconoció el referido proceso electoral.

 

El abogado Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.241, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 05-06-2007.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

19.- Expediente N° 2007-000025: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ALEXIS CANELÓN y ERLINDA GÓMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.352.452 y 7.316.115, respectivamente, asistidos por los abogados Moisés Agreda Fuchs, Juan Antonio Gil Bustillos y Wualterio Nicolas James, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.834, 39.856 y 90.010, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070207-035, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360 de fecha 27-02-2007, que declaró 1) CON LUGAR la impugnación interpuesta por la ciudadana Nora Godoy, contra la elección realizada en el Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Lara (SUTIVSS). 2) Nula la elección de los Cargos de Presidente y Secretario Tesorero realizada el 18-04-2006 en el referido Sindicato. 3) Se autoriza la convocatoria a elecciones parciales en el mencionado Sindicato, para los cargos de Presidente y Secretario Tesorero. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 2007/228, de fecha 20-03-2007,  Expediente N° KP02-V-2007-001075 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El abogado Juan Antonio Gil Bustillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.856, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó instrumento poder. Asimismo, dejó constancia de haber retirado el cartel de emplazamiento. 

 

 

20.- Expediente N° 2007-000036:  JOSÉ LUIS ROMERO FARRERA, JOSÉ RAFAEL NIETO, MARLENI PÁEZ, IRWIN DEPABLOS, ROMMEL HERNÁNDEZ Y  FRANCISCO HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 4.179.350, 3.985.443, 10.540.167, 8.029.658 y 8.651.766,  asistidos por el abogado Pedro José María Valladares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.247, interponen recurso contencioso electoral  contra el acto de elección de las autoridades sindicales del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE), el cual se realizó el 25-04-2007 y contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación, de fecha 27-04-2007, emitida por la Comisión Nacional Electoral del  Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral.

 

El ciudadano Francisco Hernández, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 13 del cuerpo ciudadanos del diario “El Nacional” de fecha 19-06-2007, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

21.- Expediente N° X-2007-000015 (CUADERNO SEPARADO): PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,  titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613, solicita amparo cautelar conjuntamente con  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060623-0394 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-224, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 15-05-2007.

 

 

22.- Expediente N° X-2007-000015 (CUADERNO SEPARADO): PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,  titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613, solicita amparo cautelar conjuntamente con  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060623-0394 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte accionante mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 15-05-2007.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  La Secretaria Acc.,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 


 

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