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Sala Electoral
  • Fecha: 21 de marzo de 2007





CUENTA Nº 41

CUENTA Nº 41

 

 

Despacho del miércoles veintiuno (21) de marzo de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° X-2007-000002 (CUADERNO SEPARADO):  Betzaida García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), solicita medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás miembros de la Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000115).

 

Se libró Boleta al SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), mediante la cual se le comunica el fallo dictado en fecha 13-03-2007. Asimismo, se libró Oficio N° 07-109, mediante el cual se comunica al Consejo Nacional Electoral el fallo dictado en fecha 13-03-2007.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2007-000017:  HUGO MANUEL DÍAZ MILANO, LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL DE BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad números 1.563.818, 2.808.963 y 3.662.775, respectivamente, asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el  Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interponen  recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070131-011, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Desirée Santos Amaral, contra la designación de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del Distrito Capital, de fecha 06-06-2006; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral Seccional del referido gremio; nula la elección de la Comisión Electoral Seccional del mencionado Colegio celebrada el 06-06-2006, y válida la elección de la Comisión Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas del Distrito Capital celebrada el 06-02-2006.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-097, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida Federación en fechas 11 y 16-11-2004.

 

La abogada Betzaida García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO), consignó diligencia mediante la cual solicita se dicte sentencia.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

5.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA, JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ, DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924, 8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160 y 5.993.145, respectivamente,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió: Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez, Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos y Fetraanzoátegui, y Segundo:  Ordenó a la Oficina Regional Electoral del Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar once (11) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007.

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Junta Directiva y a la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),  a la parte recurrente, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron Oficios números 07-113,  07-111 y 07-110.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,  titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613, contra la Resolución N° 060623-0394 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida. Oficio Nº 058-2.007, de fecha 18-01-2007, remitiendo el expediente Nº 08950 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos). (Recibido en fecha 09-02-2007).

 

Vista la Sentencia N° 27 dictada por la Sala Electoral, en fecha 13-03-2007, mediante la cual se asumió la competencia y conforme a la cual  se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de pronunciarse sobre la admisión del recurso, el Juzgador observó que no consta en autos los antecedentes administrativos ni el informe sobre los hechos y el derecho relacionados con el caso, en consecuencia, acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho. Se libró Oficio N° 07-112. Asimismo, se acuerda librar boleta al ciudadano Pulio César Paredes González (parte recurrente), a los fines de comunicarle la Sentencia N° 27 dictada en fecha 13-032007.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-099 mediante el cual se notificó al  Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-098, mediante el cual se notificó a la  Comisión Electoral de la Asociación Civil Carenero Yacht Club de la admisión del recurso.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

La abogada Rosa María Márquez Abreu, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.275, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), consignó escrito mediante el cual rechaza el recurso interpuesto y solicita se declare sin lugar e inadmisible. Asimismo, solicita se declare improcedente la medida cautelar innominada solicitada. (Acompaña anexos).

 

 

SENTENCIA

 

 

11.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO):  FRANCISCO DE ASÍS LORETO MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y Coordinador de la Comisión Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358,  se oponen  a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2 de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000002). La Sala declaró IMPROCEDENTE la oposición a la medida cautelar dictada por la Sala el 11 de enero de 2007. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 31.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                               El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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