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Sala Electoral
  • Fecha: 22 de enero de 2007





CUENTA Nº 9

 

CUENTA Nº 9

 

 

Despacho del lunes veintidós (22) de enero de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2006-000075: JESÚS EDILBERTO SUEZ CALDERÓN, titular de la cédula de identidad N° 8.871.480, asistido por el abogado Gonzalo José Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.718, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060623-0390, emanada del Consejo Nacional Electora en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 320 de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadano Luisa Mireya Navas, anuló el acto de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de Concejal Nominal, Circunscripción N° 2 del Municipio Cedeño del Estado Bolívar, desproclamó al ciudadano Jesús Edilberto Suez Calderón, y proclamó a la ciudadano Luisa Mireya Navas.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de  la cartelera de la Sala boleta librada a la parte recurrente,  de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 19-12-2006.

 

 

2.- Expediente N° 2006-000088:  DOUGLAS RAFAEL LEÓN NATERA, titular de la cédula de identidad N° 3.437.989, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Médica Venezolana, asistido por el abogado Alberto José Rivas Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.753, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actuación material o vía de hecho realizada por el Consejo Nacional Electoral al haber nombrado una Comisión Electoral Transitoria Ad-Hoc de la Federación Médica Venezolana. (Recibido en fecha 06-09-2006).

 

Se libró Oficio N° 07-040, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral tres (03) piezas de expediente administrativo contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000060:  Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLAUDIO BENICIO CASTILLO Y BAUDILIO SANTIAGO, titulares de las cédulas de identidad números 4.256.566 y 3.917.041, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0078, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-05-2006, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos contra la elección de la Comisión Electoral de la Federación Unificada de Trabajadores del Estado Barinas, Seccional Regional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, C.T.V. (FETRA BARINAS) y contra los actos emanados de la mencionada Comisión.

 

Se libró Oficio N° 07-041, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza de expediente administrativo contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006, emanadas de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club.

 

Se libraron boletas a la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, así como a la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club, mediante las cuales se le notifica del fallo dictado en fecha 19-12-2006.

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

5.- Expediente Nº 2004-000048: ANTONIO JOSÉ LEDEZMA DÍAZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone recurso de interpretación referido al artículo 31 de las Normas para Regular los Procesos de Referendos Revocatorias de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº 030925-465 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 25-09-2003.

 

Por recibido Oficio N° 07-103, de fecha 19-01-2007, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual se remitió el expediente constante de una (01) pieza, en razón de la Sentencia N° 2533 de fecha 20-12-2006 dictada por la referida Sala, conforme a la cual no aceptó la declinatoria de competencia realizada en fecha 31-05-2005, por la Sala Electoral.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

6.- Expediente N° 2006-000115:  Betzaida García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás miembros de la Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar cinco (05) piezas separadas con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

7.- Expediente N° 2007-000001:  Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkovic, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA, JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YEPEZ, DOUGLAS JOSÉ FERNANDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAN MORONTA FERNANDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELIZARIO PÉREZ y JULIAN JESÚS ANTUARE MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924, 8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160 y 5.993.145, respectivamente, miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros y sus Similares (STOPS), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución  N° 061004-0865, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, en la cual se declaró la inelegibilidad de  los miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros y sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez, Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a FETRAHIDROCARBUROS Y FETRAANZOATEGUI.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-012, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

8.- Expediente N° 2006-000084: LEON IZAGUIRRE VÁSQUEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización con fines políticos POR LA DEMOCRACIA SOCIAL “PODEMOS”, asistido por el abogado Pablo Mauro Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.533, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de dar respuesta a la solicitud formulada en fecha 19-06-2006 por la referida organización en el expediente DCA-200-02-056, respecto al procedimiento de Averiguación Administrativa que se sigue en el mismo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-021, mediante el cual se comunicó al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia N° 216 de fecha 19-12-2006.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000084: LEON IZAGUIRRE VÁSQUEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización con fines políticos POR LA DEMOCRACIA SOCIAL “PODEMOS”, asistido por el abogado Pablo Mauro Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.533, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de dar respuesta a la solicitud formulada en fecha 19-06-2006 por la referida organización en el expediente DCA-200-02-056, respecto al procedimiento de Averiguación Administrativa que se sigue en el mismo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le comunicó de la Sentencia N° 216 de fecha 19-12-2006.

 

 

10.- Expediente N° 2006-000084: LEON IZAGUIRRE VÁSQUEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización con fines políticos POR LA DEMOCRACIA SOCIAL “PODEMOS”, asistido por el abogado Pablo Mauro Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.533, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de dar respuesta a la solicitud formulada en fecha 19-06-2006 por la referida organización en el expediente DCA-200-02-056, respecto al procedimiento de Averiguación Administrativa que se sigue en el mismo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-033, anexo se remitió al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza de expediente administrativo contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

11.- Expediente N° 2006-000059: Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 81.183.896, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva de “La Hacienda Country Club, Asociación Civil”, referido al proceso electoral celebrado el 07-05-2006, para elegir a la nueva Junta Directiva, Comisarios y Comité de Disciplina de la referida Asociación Civil, período 2005-2008. (Recibido el 26-05-2006).

 

Se abrió la segunda (2da) pieza.

 

12.- Expediente N° 2006-000059: Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 81.183.896, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva de “La Hacienda Country Club, Asociación Civil”, referido al proceso electoral celebrado el 07-05-2006, para elegir a la nueva Junta Directiva, Comisarios y Comité de Disciplina de la referida Asociación Civil, período 2005-2008. (Recibido el 26-05-2006).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en fecha 17-01-2007, por el abogado Humberto José Meléndez colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, parte recurrente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiéndolas. Asimismo, comisionó  al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la evacuación de la prueba de testigos admitida. Se libró Oficio N° 07-042 y despacho.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

13.- Expediente N° 2007-000002:  Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.

 

El abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358, presentó diligencia anexa a la cual consignó copia del Poder especial que le fue otorgado  a los fines de representar al IORFAN, así como a la Comisión Electoral del referido Instituto.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000002:  Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.

 

El abogado Julián Velásquez Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.664, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 8 del diario “El Nacional” de fecha 18-01-2007, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados. 

 

 

15.- Expediente N° 2007-000002:  Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-028, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

16.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Los abogados Pedro Elías Morales Talavera y Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.457 y 72.089, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadanos Henry Francisco Cordero Medina, consignaron escrito mediante el cual solicitan un pronunciamiento respecto al reconocimiento de la nueva Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE MARINOS DE PDV MARINA S.A. (SUMA PDV MARINA), así como medida cautelar innominada.  (Acompañan anexos).

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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