CUENTA Nº 55
Despacho del martes veinticuatro (24) de abril
de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón,
Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO:
1.- Expediente N° X-2007-000016 (CUADERNO SEPARADO): José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB
DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ
GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,
titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470,
8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, solicita
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la Resolución N°
070131-013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral de fecha 22-02-2007, que declaró: 1.- con lugar
el recurso interpuesto por los ciudadanos Henry Toro, Frank Walter, Neptalí
Silva, Celestino Hernández, Enrique Pérez y Ezequiel Perdomo, contra la
elección de los miembros de la Junta
Directiva del Sindicato Profesional de la Industria de la Caña de Azúcar y sus
Derivados del Municipio Guanare del Estado Portuguesa (S.P.T.I.C.A.D.G.); 2.- nula
la elección de la
Junta Directiva del referido Sindicato llevada a cabo en
fecha 09-11-2005, y 3.- Ordenó convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes a la notificación de la decisión, a los afiliados del mencionado
Sindicato, para la celebración de una nueva elección para los cargos de Secretario de
Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y Disciplina,
Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y Propaganda,
Secretario de Finanzas y Primer Vocal. (Recurso Principal Expediente N°
2007-000019).
Se dio cuenta a la
Sala. Se designó ponente al Magistrado FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los
fines de decidir la solicitud de medida
cautelar innominada interpuesta.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° 2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO
NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ, titulares de las cédulas de identidad números
9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente,
asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los
Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha
18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y
Vigilancia de la referida Caja.
Vista la diligencia presentada, en fecha
09-04-2007, por el abogado Alexis Enrique Aguirre Sánchez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando con el carácter de apoderado judicial
de la Caja de
Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder
Electoral (CAPSEOJ), mediante la cual solicita aclaratoria de la Sentencia N° 36 dictada por la Sala en fecha 29 de marzo de
2007, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a
los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
3.-
Expediente N° 2005-000061:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección
del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de
la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el
expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos
Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de
identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente,
asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de
Trabajadores de la
Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de
fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-132, anexo al cual se remitió comisión
al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección
del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de
la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, a los fines de notificar del
fallo dictado en fecha 29-03-2007
a la parte recurrente, a la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI) y a la Junta Directiva
del referido Sindicato. Oficio que fue enviado a través del Departamento de
Correspondencia de este Alto Tribunal.
4.-
Expediente N° 2005-000061:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección
del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de
la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el
expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos
Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de
identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente,
asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de
Trabajadores de la
Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de
fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-133, mediante la cual se le notificó
al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 29-03-2007.
5.- Expediente N° 2007-000009: MARTÍN RAMÓN CAMPOS MEDINA,
titular de la cédula de identidad N° 1.778.488, asistido por el abogado Carlos
Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la Resolución N°
061214-2546, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta
Electoral N° 355 de fecha 30-01-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso
jerárquico interpuesto por el ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco; anuló el
Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de Concejal
Nominal, Circunscripción N° 2, del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes;
desproclamó al ciudadano Martín Ramón Campos como “Concejal Nominal de la Circunscripción
N° 4 del mencionado Municipio”, y proclamó al ciudadano Ramón
Eduardo Díaz Polanco como Concejal Nominal de la Circunscripción
N° 2 del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes.
El abogado
Carlos Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Martín Ramón
Campos Medina, presentó diligencia anexa a la cual consignó escrito de la
formalización a la apelación de la inadmisión de la prueba de inspección judicial
promovida.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
6.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ,
titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424,
respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos
del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),
celebrada en fecha 15-02-2007.
Se
abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a
partir de la presente fecha, inclusive.
7.- Expediente N° 2007-000019: José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB
DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ
GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,
titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470,
8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos y medida
cautelar innominada, contra la
Resolución N° 070131-013, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral
de fecha 22-02-2007, que declaró: PRIMERO: con lugar el recurso interpuesto por
los ciudadanos Henry Toro, Frank Walter, Neptalí Silva, Celestino Hernández,
Enrique Pérez y Ezequiel Perdomo, contra la elección de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato
Profesional de la Industria
de la Caña
de Azúcar y sus Derivados del Municipio Guanare del Estado Portuguesa
(S.P.T.I.C.A.D.G.); SEGUNDO: nula la elección de la Junta Directiva
del referido Sindicato llevada a cabo en fecha 09-11-2005, y TERCERO: Ordenó
convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de
la decisión, a los afiliados del mencionado Sindicato, para la celebración de
una nueva elección para los cargos de
Secretario de Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y
Disciplina, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y
Propaganda, Secretario de Finanzas y Primer Vocal.
Se dejó constancia que se abrió cuaderno
separado a los fines de la decisión solicitud de medida cautelar. Cuaderno
separado que le fue asignado el Nº X-2007-000016.
8.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se retiró de la cartelera de
la Sala boleta
librada a la parte recurrente, de
conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de
Procedimiento Civil, mediante la cual se
le notificó del auto de admisión dictado en fecha 28-03-2007.
9.- Expediente N° 2007-000019: José Félix Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
46.728, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOB
DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO CAÑIZALEZ, JOSÉ
GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES,
titulares de las cédulas de identidad números 10.727.700, 10.728.470,
8.063.579, 12.647.355, 13.329.948 y 14.205.071, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos y medida
cautelar innominada, contra la
Resolución N° 070131-013, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral
de fecha 22-02-2007, que declaró: PRIMERO: con lugar el recurso interpuesto por
los ciudadanos Henry Toro, Frank Walter, Neptalí Silva, Celestino Hernández,
Enrique Pérez y Ezequiel Perdomo, contra la elección de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato
Profesional de la Industria
de la Caña
de Azúcar y sus Derivados del Municipio Guanare del Estado Portuguesa
(S.P.T.I.C.A.D.G.); SEGUNDO: nula la elección de la Junta Directiva
del referido Sindicato llevada a cabo en fecha 09-11-2005, y TERCERO: Ordenó
convocar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de
la decisión, a los afiliados del mencionado Sindicato, para la celebración de
una nueva elección para los cargos de
Secretario de Organización, Secretario de Reclamo, Secretario de Vigilancia y
Disciplina, Secretario de Actas y Correspondencia, Secretario de Cultura y
Propaganda, Secretario de Finanzas y Primer Vocal.
Visto el auto dictado en fecha 23-04-2007,
mediante el cual se admitió el recurso interpuesto, el Juzgado comisionó Juzgado
Primero del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los fines de notificar a
los ciudadanos JOB DAVID GODOY, YSRRAEL VIERA, CRESENCIO CARRIZALES, ROLANDO
CAÑIZALEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ y HENRY VALLADARES (parte recurrente), del referido
auto de admisión. Se libró Oficio N° 07-159 y despacho.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la Comisión
Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin
de designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral
Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el 03-03-2006,
y válida “la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el
16 de enero de 2006”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 07-138, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la
admisión del recurso.
11.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la Comisión
Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin
de designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral
Nacional a los fines de convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el
03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el
16 de enero de 2006”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-146, mediante el cual se notificó al
Fiscal General de la República
de la admisión del recurso.
12.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la Comisión
Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin
de designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el
03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el
16 de enero de 2006”.
El ciudadano
Alguacil consignó boleta original librada a la parte recurrente, mediante la
cual se le notificó del auto de admisión del recurso de fecha 16-04-2007.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
13.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de
identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el
abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral
celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los
Comisarios de la Asociación
Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.
El abogado José
Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando
en nombre propio, consignó escrito mediante el cual solicita se le tenga como
parte en el proceso, expone su alegatos.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
14.- Expediente N° 2007-000012: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del
Tránsito y Agrario de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva
Esparta declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano JOSÉ
EDUARDO PATIÑO SUAREZ, titulara de la cédula de identidad 4.647.461, asistido
por el abogado José Daniel Lorenzo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 50.833, referida a la elección de la nueva Junta Directiva de la Comunidad Indígena
Francisco Fajardo. Oficio Nº 16510-07, de fecha 21-02-2007, remitiendo el
expediente Nº 9601-07 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).
Se libró Boleta
a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del
Código de Procedimiento Civil, mediante
la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 29-03-2007.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo
Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina
la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente
con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina,
titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys
García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral
del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al
proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060,
de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de
ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).
El abogado
Gustavo Adolfo Martínez Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.089,
actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadanos Carlos Salazar
Aracay, Gustavo Jesús Castro Rodríguez, Acisclo Segundo Martínez Lugo, Jaime
Javier Castro Rodríguez y Javier Regino Partidas García, consignó diligencia
mediante la cual dejó constancia de haber recibido la devolución acordada en
auto de fecha 18-04-2007.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ