CUENTA
Nº 121
Despacho del lunes veinticuatro (24) de septiembre
de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez
Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.-
Expediente N° 2007-000032: Juzgado Superior Primero
en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente
y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
remite expediente contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con amparo
cautelar y medida cautelar innominada interpuesto por los ciudadanos JOSÉ
GREGORIO BRITO y ELIZABETH MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad números
10.926.741 y 856.893, respectivamente, asistidos por el abogado Salim Alfredo
Mourand Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.429, contra la Resolución N°
060426-0099 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta
Electoral N° 316 de fecha 10-07-2006, que declaró: 1.- con lugar el recurso
jerárquico interpuesto por los ciudadanos Asan Piñango, Antonio Blanco y Lilia
González 2.- Nula la votación efectuada en fecha 07-08-2005, para elegir a los
Miembros de la Junta
Parroquial de la Parroquia Once de Abril del Municipio Caroní del
Estado Bolívar. Oficio Nº 07-717, de fecha 12-04-2007, remitiendo el expediente
Nº 11662 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al
ciudadano JOSÉ GREGORIO BRITO PACHECO, de conformidad con lo previsto en los
artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 07-06-2007, con la
advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios,
contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de
Sala Electoral de la boleta, se le
tendrá por notificado.
2.- Expediente N° 2007-000063: DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, titular de la cédula de identidad N°
6.004.760, Presidente del Consejo de Administración de Caja de Ahorros de los
Empleados, Obreros Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador
del Distrito Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F.), asistido por el
abogado Janio Best Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.216,
interpone recurso de interpretación respecto al artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos
de Ahorro y Asociaciones de Ahorro
Similares.
Se libró boleta al ciudadano DOMINGO
ALBERTO ROMERO CASTRO (parte recurrente), mediante la cual se le notifica del
fallo dictado en fecha 20-09-2007.
3.- Expediente N° 2007-000009: MARTÍN RAMÓN CAMPOS MEDINA,
titular de la cédula de identidad N° 1.778.488, asistido por el abogado Carlos
Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la
Resolución N° 061214-2546, emanada del Consejo Nacional
Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 355 de fecha 30-01-2007, en la
cual se declaró parcialmente con lugar
el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco;
anuló el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la elección de
Concejal Nominal, Circunscripción N° 2, del Municipio Anzoátegui del Estado
Cojedes; desproclamó al ciudadano Martín Ramón Campos como “Concejal Nominal de
la
Circunscripción N° 4 del mencionado Municipio”, y proclamó al
ciudadano Ramón Eduardo Díaz Polanco como Concejal Nominal de la Circunscripción N° 2 del Municipio Anzoátegui del
Estado Cojedes.
Se libró Oficio N° 07-379, mediante el
cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha
14-08-2007.
4.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ,
titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424,
respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y
Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral
(SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007.
Se libró Oficio N° 07-380, mediante el
cual se notifica a la
Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores del
Poder Electoral (SINTRAPEL), del fallo dictado en fecha 13-08-2007. Asimismo,
se libró Boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del
fallo dictado en fecha 13-08-2007. Igualmente se libró boleta a los ciudadanos
FIDEL BLOEDOORN, RAFAEL MEDINA PACHECO y ALEXANDER MÉNDEZ, mediante la cual se
les notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2007. Finalmente, se libró boleta
a los ciudadanos CÉSAR BLANCO, ISNELDA MENDIA Y JOSÉ MÁRQUEZ, mediante la cual
se les notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2007.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
5.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y
Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y
33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto
administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio
N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos
Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al
Instituto de Previsión Farmacéutica.
Por recibido, en
fecha 20-09-2007, Oficio N° 07-1656, de fecha 17-09-2007, emanado de la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual se remitió copia certificada de la Sentencia dictada en
fecha 10-08-2007, mediante la cual se declaró
HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la ciudadana Diana
Hernández Rondón, contra la decisión N° 113 de fecha 11-08-2005, dictada por la Sala Electoral, anulando la
mencionada decisión, y ordenando volver a sentenciar, en consecuencia, se
designó ponente al Magistrado Doctor FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a
los fines del pronunciamiento correspondiente.
OFICIO RECIBIDO EN:
6.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el
números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los
ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO
ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA
YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las
células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666,
3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada
de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351,
mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la
renovación de la Junta
Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados
Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el
10-08-2006.
Por recibido, Oficio N° 1.750-07, de fecha 14-08-2007,
emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental,
anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 22-05-2007, se acordó agregar al expediente judicial el
referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA, JESÚS
SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ, DOUGLAS
JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM MORONTA
FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE MARCANO,
titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924, 8.973.347,
5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160 y
5.993.145, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la
Resolución N° 070131-008, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha
14-02-2007, en la cual resolvió: Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la
validez del proceso electoral celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de
Trabajadores Organizados Petroleros y Sus Similares (STOPS) de los Distritos
Miranda, Monagas, Simón Rodríguez, Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e
Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos y Fetraanzoátegui, y
Segundo: Ordenó a la Oficina Regional
Electoral del Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 07-346, mediante el cual se
notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 31-07-2007.
8.- Expediente N°
2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula
de identidad N° 4.152.894, asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas
Vásquez y Aixa Sánchez Esteves, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos contra la
Resolución N° 070131-012, dictada por el Consejo Nacional
Electoral, en fecha 31-01-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha
14-02-2007, que declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
ciudadano Oscar Humberto Pérez Sequera, contra las actuaciones efectuadas en
fechas 21 de enero y 02 de marzo de 2006 por la Comisión Electoral
Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin de designar la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nulas todas las
actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral Nacional a los fines de
convocar y celebrar una Asamblea para designar la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia; nula la elección
de la
Comisión Electoral Seccional del referido Colegio celebrada
el 03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión Electoral
Seccional del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Zulia celebrada el día
12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el 16 de enero de 2006”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-355, mediante el cual se notificó al
Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 31-07-2007.
9.- Expediente N° 2006-000103: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974,
actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Capital y estados Miranda y Vargas (SUTIC), asistido por la
abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°
32.172, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar
innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto al acto
administrativo de fecha 26-09-2006, donde se ordenó a la Comisión Electoral
del referido Sindicato, que en un lapso de tres (3) días hábiles “consignar un
Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación que este suscrita por la
totalidad de los miembros de la Comisión Electoral”.
La abogada
Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando
con el carácter de apoderada judicial de SUTIC, consignó diligencia mediante la cual solicita
copia certificada de los documentos que cursan a los folios 502 al 553, 554 al 570
y 629 al 630 del expediente.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
10.- Expediente N° X-2007-000035 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ARGENIS MORILLO
GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 3.099.742, Alcalde del Municipio
Sucre del Estado Falcón y de los ciudadanos ALEXANDER GREGORIO YSEA CHIRINOS,
LORENZO EUSTOQUIO REYES, ALESSANDRÍ GREGORIO BELLO LUGO y ASTRIH YOLANDA GARCÍA
PALACIO, titulares de las cédulas de
identidad números 12.180.487, 4.102.920, 6.723.342 y 7.489.655,
respectivamente, solicita mediante cautelar conjuntamente con recurso
contencioso electoral contra la promoción y solicitud de referendo revocatorio
de mandato y la convocatoria a referendo revocatorio del Alcalde del Municipio
Sucre del Estado Falcón a celebrarse el 07-10-2007 (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000055).
El abogado Alirio
Naime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.288, actuando con el carácter
de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, consignó
escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con la solicitud de
medida cautelar (Acompaña anexos).
11.- Expediente N°
2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de
la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón
Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0084, emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de
fecha 30-05-2006, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal
Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al
ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal
del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.
El abogado David
Matheus Brito, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo
Nacional Electoral, consignó escrito mediante el cual da respuesta a la
solicitud formulada por la Sala
respecto a la ejecución de la Sentencia N°
201 de fecha 19-12-2006. (Acompaña anexo).
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
12.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N°
6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral
celebrado en la
Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en
el cual se eligió a la Junta Directiva y
el Consejo de Honor de la referida Federación.
Vistos los escritos de
promoción de pruebas presentados, en fecha 14-08-2007, por la abogada Betty
Aurora Socarra Loaiza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.391, actuando
en su propio nombre y, en fecha 17-09-2007, por la abogada Aida Eulalia Pineda
Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 8.648, actuando con el
carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Jesús Mauricio Velásquez,
Belkis Tybisay Castro Cáceres y Fabián Alejandro Arcila Alfonso, miembros de la Comisión Electoral
de la Federación
de Patinaje; así como el escrito presentado, en esta misma fecha, por la
abogada Anna Marrazzo Cammardella, apoderada judicial del referido órgano
electoral, mediante el cual se opone a la admisión de las pruebas; el Juzgado
de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e
inadmitiendo las pruebas según el caso. Se libró Oficio N° 07-378, mediante el
cual se notifica al Instituto Nacional del Deporte.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
13.- Expediente N° 2007-000030: BETTY AURORA SOCARRAS LOAIZA, titular de la cédula de identidad N°
6.159.866, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral
celebrado en la
Federación Venezolana de Patinaje en fecha 24-03-2007, en
el cual se eligió a la Junta Directiva y
el Consejo de Honor de la referida Federación.
Las abogadas
Anna Marrazzo Cammardella y Aída Eulalia Pineda Rodríguez, inscritas en el
Inpreabogado bajo los números 7.631 y 8.648, respectivamente, actuando con el
carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos Jesús Mauricio Velázquez,
Belkis Yibisay Castro Cáceres y Fabián Alejandro Arcila Alfonso (parte
recurrida), consignaron escrito mediante el cual impugnan las pruebas
promovidas por la parte recurrente.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° 2007-000050: JOSÉ GREGORIO TORO MESONES,
titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí
Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°
070321-0198, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 21-03-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha 13-06-2007, en la cual se
declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico mediante el cual se
impugnó actas de escrutinio
correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la
Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta
Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican en la Resolución; sin
efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de
Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en
vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral, de los Legisladores
del Consejo Legislativa del referido Estado; y ordenó la convocatoria a nuevas
votaciones en los Centros de Votación que se indica en la Resolución.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 07-340, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral
de la admisión del recurso.
15.- Expediente N° 2007-000050: JOSÉ GREGORIO TORO MESONES,
titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí
Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la
Resolución N° 070321-0198, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 21-03-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha
13-06-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico
mediante el cual se impugnó actas de
escrutinio correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la
Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta
Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican en la Resolución; sin
efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de
Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en
vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral, de los
Legisladores del Consejo Legislativa del referido Estado; y ordenó la
convocatoria a nuevas votaciones en los Centros de Votación que se indica en la Resolución.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio
N° 07-341, mediante el cual se notificó al Fiscal del Ministerio Público de la
admisión del recurso.
16.- Expediente N° 2007-000050: JOSÉ GREGORIO TORO MESONES,
titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí
Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la
Resolución N° 070321-0198, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 21-03-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha
13-06-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico
mediante el cual se impugnó actas de
escrutinio correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la
Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta
Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican en la Resolución; sin
efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de
Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en
vigor la proclamación hecha por el Consejo Nacional Electoral, de los
Legisladores del Consejo Legislativa del referido Estado; y ordenó la
convocatoria a nuevas votaciones en los Centros de Votación que se indica en la Resolución.
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 07-347, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado de los
Municipios Tucupita, Pedernales, Casacoima y Antonio Díaz, de la
Circunscripción Judicial del Estado Delta
Amacuro, a los fines de notificar a la parte recurrente, José Gregorio Toro
Mesones, de la admisión del recurso. Oficio que fue enviado a través del
Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
17.- Expediente N° 2007-000048: VÍCTOR RAMÓN MOLINA GIL,
titular de la cédula de identidad N° 4.089.184, actuando con el carácter de
Promotor de la
Agrupación “El Pueblo Revoca”, y como elector de la Circunscripción
Electoral del Estado Bolívar, asistido por el abogado Juan
Bernardo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.408, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra los
actos administrativos, resultados y efectos de la actividad realizada por el
Consejo Nacional Electoral de Recolección de Manifestaciones de Voluntad,
llevado a cabo los días 16, 17 y 18 de junio de 2007, para poder realizar la
convocatoria para la realización de los Referendos Revocatorios del Gobernador,
Alcaldes y Diputados Suplentes del
Consejo Legislativo Regional del Estado Bolívar.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la
boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó de la
admisión del recurso.
18.- Expediente N° 2007-000052: CAMILLE AOEISS MAROUN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HIROMIDES
TANCREDO PIERLUISSI ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° 2.775.867,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070607-0771, emanado del Consejo Nacional Electoral, de fecha 07-06-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que ordenó la
convocatoria a nuevas votaciones para la elección del Alcalde del Municipio
Aguasay del Estado Monagas, en la
Mesa N° 1 del Centro de Votación N° 40.290.
El
abogado David Matheus Brito, actuando con el carácter de apoderado judicial del
Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual apeló del auto
de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 14-08-2007.
SENTENCIA
19.-
Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio
nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de
Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el
proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de
dicha Federación. La Sala
declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ejecución de sentencia.
Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.
Sentencia N° 150.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ