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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de enero de 2007





CUENTA Nº 13

 

CUENTA Nº 13

 

 

Despacho del lunes veintinueve (29) de enero de 2007. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2006-000088:  DOUGLAS RAFAEL LEÓN NATERA, titular de la cédula de identidad N° 3.437.989, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Médica Venezolana, asistido por el abogado Alberto José Rivas Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.753, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actuación material o vía de hecho realizada por el Consejo Nacional Electoral al haber nombrado una Comisión Electoral Transitoria Ad-Hoc de la Federación Médica Venezolana. (Recibido en fecha 06-09-2006).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 23-01-2007, por la abogada Elia Rodríguez Requena, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.067, en su carácter de apoderada judicial de los Colegios de Médicos de los Estados Aragua, Anzoátegui y Carabobo, mediante el cual solicita copia certificada de los folios 187 al 196 pieza principal; cuaderno separado X-2006-000024 folios 26 al 39; Expediente Administrativo pieza 2  folios 131 al 156, 173 al 179;   pieza 3 folios 231 al 239, 245 al 248, 265 al 286 y 289 al 311,  la Sala acordó y negó las copias certificadas según el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2006-000083: Corte Primera de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, titular de la cédula de identidad 1.121.539, asistido por el abogado Antonio Ortiz Landaeta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.235, contra la Resolución N° 050629-448, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-06-2005, que declaró sin lugar el recurso de impugnación de postulación interpuesto por los ciudadanos Luis Manuel Zambrano Volcán y Emanuel Blumhagen Schill, contra la Resolución emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Obispos del Estado Barinas, la cual admitió la postulación del ciudadano Alexis Álvarez y de la ciudadano Yasmín Susana Díaz, como candidatos a Concejales Lista en el Municipio Obispos del Estado Barinas, por parte de la Organización Política Movimiento Quinta República (MVR). Oficio Nº 2006-4231, de fecha 02-08-2006, remitiendo el expediente Nº AP42-N-2005-001354 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).

 

El abogado Miguel Ángel Méndez Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó diligencia anexa a la cual consignó recaudos que fueron requeridos por la Sala mediante auto de fecha 11-12-2006.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000060:  Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLAUDIO BENICIO CASTILLO Y BAUDILIO SANTIAGO, titulares de las cédulas de identidad números 4.256.566 y 3.917.041, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0078, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-05-2006, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos contra la elección de la Comisión Electoral de la Federación Unificada de Trabajadores del Estado Barinas, Seccional Regional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, C.T.V. (FETRA BARINAS) y contra los actos emanados de la mencionada Comisión.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-035, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 19-12-2006, al ciudadano Juan Dios Melero Terán. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000060:  Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLAUDIO BENICIO CASTILLO Y BAUDILIO SANTIAGO, titulares de las cédulas de identidad números 4.256.566 y 3.917.041, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0078, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-05-2006, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos contra la elección de la Comisión Electoral de la Federación Unificada de Trabajadores del Estado Barinas, Seccional Regional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, C.T.V. (FETRA BARINAS) y contra los actos emanados de la mencionada Comisión.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-036, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 19-12-2006.

 

 

5.- Expediente N° 2006-000060:  Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLAUDIO BENICIO CASTILLO Y BAUDILIO SANTIAGO, titulares de las cédulas de identidad números 4.256.566 y 3.917.041, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0078, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-05-2006, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos contra la elección de la Comisión Electoral de la Federación Unificada de Trabajadores del Estado Barinas, Seccional Regional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, C.T.V. (FETRA BARINAS) y contra los actos emanados de la mencionada Comisión.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-041, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza de expediente administrativo contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO):  FRANCISCO DE ASÍS LORETO MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y Coordinador de la Comisión Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358,  se oponen  a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2 de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000002).

 

Los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velasquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.296 y 16.664, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, consignaron escrito mediante el cual rechazan la oposición formulada por los ciudadanos Francisco de Asís Loreto Mejías y Oscar Enrique Bonilla Peñaloza, respecto a la medida cautelar acordada. (Acompañan anexos).

 

 

7.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO):  FRANCISCO DE ASÍS LORETO MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y Coordinador de la Comisión Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.358,  se oponen  a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2 de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional (IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000002).

 

Los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velasquez Marcano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.296 y 16.664, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación Civil “Grupo Pichincha”, consignaron escrito de pruebas (Acompañaron anexos).

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2006-000115:  Betzaida García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás miembros de la Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-045, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

 

9.- Expediente N° 2006-000115:  Betzaida García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás miembros de la Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-046, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la admisión del recurso.

 

 

 

10.- Expediente N° 2006-000115:  Betzaida García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.663, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO MIRANDA (SUMA-MIRANDA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 061004-0863, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-10-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 347, de fecha 24-11-2006, en la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Deide Moreno, Rubén Conde, Nelly Bolívar y otros; Inelegibles a los ciudadanos Carlos Augusto Pérez, José Ángel Monterota, Diego Algarín, Mirna Santana y Raúl Rivas; Vacantes los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario General, Secretario de Finanzas y Secretario de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva del referido Sindicato; ratificó a los demás miembros de la Junta Directiva del Sindicato y, ordenó a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato realizar una nueva convocatoria a elecciones para la escogencia de los cargos vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte recurrente mediante la cual se le notificó de la admisión del recurso.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

11.- Expediente N° 2006-000117: JOSE FRANCISCO RANGEL VILLEGAS, titular de la cédula de identidad N° 2.960.955, asistido por el abogado Pedro Vicente Pérez Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.504, interpone acción de amparo constitucional contra el Sindicato Único de Trabajadores del Transporte del Distrito Capital, Estado Miranda y Vargas (SUTT). La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional, y en tal sentido ordenó a la Junta Directiva del referido Sindicato que dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del fallo, hagan formal entrega al ciudadano JOSÉ FRANCISCO RANGEL VILLEGAS del cargo de Secretario de Recursos Humanos y Seguridad Industrial en el mencionado sindicato, para el cual fue electo en fecha 10 de febrero de 2006, entregándole las correspondientes credenciales que acrediten tal condición, y en caso de que no sean entregadas estas credenciales, téngase el fallo como título que acreditativo de la condición de Secretario de Recursos Humanos y Seguridad Industrial. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.  Sentencia N° 03.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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