CUENTA Nº 58
Despacho del lunes treinta (30) de abril de 2007.
Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón,
Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
1.-
Expediente N° 2007-000032: Juzgado Superior Primero
en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente
y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo del
recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar
innominada interpuesto por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BRITO y ELIZABETH
MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad números 10.926.741 y 856.893,
respectivamente, asistidos por el abogado Salim Alfredo Mourand Naime, inscrito
en el Inpreabogado bajo el N° 101.429,
contra la
Resolución N° 060426-0099 emanada del
Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 316 de fecha
10-07-2006, que declaró: 1.- con lugar el recurso jerárquico interpuesto por
los ciudadanos Asan Piñango, Antonio Blanco y Lilia González 2.- Nula la
votación efectuada en fecha 07-08-2005, para elegir a los Miembros de la Junta Parroquial de la Parroquia Once de Abril del
Municipio Caroní del Estado Bolívar. Oficio Nº 07-717, de fecha 12-04-2007,
remitiendo el expediente Nº 11662 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza
principal).
Se
designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los
fines del pronunciamiento correspondiente.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO): FRANCISCO DE ASÍS LORETO
MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad
números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y
Coordinador de la Comisión
Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el
abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
25.358, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2
de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos
interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664,
respectivamente, actuando con el
carácter de apoderados judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para
escoger a los miembros de la Junta Directiva
del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional
(IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000002).
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a la ASOCIACIÓN CIVIL
GRUPO “PICHINCHA”, de conformidad con lo
previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notificó del fallo
dictado en fecha 21-03-2007.
3.- Expediente N° X-2007-000011 (CUADERNO SEPARADO): Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, solicitan
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000011).
Se libró boleta
a la parte recurrente mediante la cual se le notifica del fallo dictado en
fecha 26-04-2007. Asimismo, se libró Oficio N° 07-168, mediante el cual se
notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 26-04-2007.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
4.- Expediente N° 2006-000104: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción
Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo
Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, declina la competencia en el expediente
contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos
María Rosa Sánchez González, Carmen Westalia Velásquez Ortiz, María Angélica
Martínez de Gómez y Miriam Elena Salazar Calzadilla, titulares de las cédulas
de identidad números 8.369.904, 6.720.555, 4.615.899 y 6.400.010,
respectivamente, contra el proceso electoral para elegir a los Consejeros de
Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y
del Adolescente del Municipio Caripe del
Estado Monagas. Oficio Nº 114, de fecha 05-10-2006, remitiendo el expediente Nº
2869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
El abogado José
Emilio Giménez Mendía, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.126, actuando
con el carácter de representante judicial del Municipio Caripe del Estado Monagas,
consignó escrito mediante el cual se opone a la admisión del recurso
interpuesto (Acompaña anexo).
5.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las
cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 t 3.635.503, respectivamente,
asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos,
contra la Resolución N°
070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin
lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la
convocatoria de la Asamblea
de Trabajadores para elegir la Comisión
Electoral de la Federación
Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos
y Obreros de la Industria
de la Construcción,
Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República
Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006,
y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida
Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007).
El
abogado Carlos Eduardo Castro Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO
NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos
de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados
con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial
el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar
como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar seis (06)
piezas separadas con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por
contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° X-2007-000011 (CUADERNO SEPARADO): Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, solicitan
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000011).
El abogado José
Ernesto Iukovic, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 90.715, actuando con el carácter de apoderado judicial
de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se dio por
notificado de la Sentencia N°
52, de fecha 26-04-2007.
7.- Expediente N° 2007-000028: Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente
contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada
interpuesto por el ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, titular de la
cédula de identidad N° 8.867.104, contra las Actas de Asambleas de la Caja de Ahorro de la C.A.
Metro de Caracas (CATMECA) de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y
19 de diciembre de 2006 y la asamblea de delegados de fecha 20-12-2006,
referido al proceso electoral celebrado en la referida Caja de Ahorro. Oficio
Nº 178-2007, de fecha 27-03-2007, remitiendo el expediente Nº 073813 (nomenclatura
de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 Cuaderno Separado). (Recibido en fecha
30-03-2007).
El abogado Ramón
Alfredo Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.383, consignó
diligencia mediante la cual solicita se deje sin efectos todas las actuaciones
realizadas por el Juzgado Noveno de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.
8.- Expediente N° 2006-000080: Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
15.234, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ
GRANADILLO y JESUS TELLO, titulares de las cédulas de identidad números
7.921.395 y 5.133.361, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
con solicitud de cautelar contra la
Resolución N° 060426-0277, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 26-04-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 316, de fecha 10-07-2006, en la cual de desestimó la solicitud de nulidad
interpuesta por los referidos ciudadanos contra el proceso electoral celebrado
en el Sindicato de los Trabajadores de Hospitales, Clínicas y Oficios Similares
del Distrito Capital; se declaró parcialmente con lugar el recurso ejercido por
el ciudadano Orlando Ruz; se estableció la constitución de la Junta Directiva del referido
Sindicato y se reconoció el proceso electoral
celebrado en el referido Sindicato en fecha 19-07-2005.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N°
07-140, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral el fallo
dictado en fecha 19-03-2007.
9.- Expediente N° 2006-000080: Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
15.234, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ
GRANADILLO y JESUS TELLO, titulares de las cédulas de identidad números
7.921.395 y 5.133.361, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
con solicitud de cautelar contra la
Resolución N° 060426-0277, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 26-04-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 316, de fecha 10-07-2006, en la cual de desestimó la solicitud de nulidad
interpuesta por los referidos ciudadanos contra el proceso electoral celebrado
en el Sindicato de los Trabajadores de Hospitales, Clínicas y Oficios Similares
del Distrito Capital; se declaró parcialmente con lugar el recurso ejercido por
el ciudadano Orlando Ruz; se estableció la constitución de la Junta Directiva del referido
Sindicato y se reconoció el proceso electoral
celebrado en el referido Sindicato en fecha 19-07-2005.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 07-141,
anexo se remite al Consejo Nacional Electoral seis (06) piezas contentivas de
los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.
10.- Expediente N° 2006-000080: Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
15.234, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ
GRANADILLO y JESUS TELLO, titulares de las cédulas de identidad números
7.921.395 y 5.133.361, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
con solicitud de cautelar contra la
Resolución N° 060426-0277, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 26-04-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 316, de fecha 10-07-2006, en la cual de desestimó la solicitud de nulidad
interpuesta por los referidos ciudadanos contra el proceso electoral celebrado
en el Sindicato de los Trabajadores de Hospitales, Clínicas y Oficios Similares
del Distrito Capital; se declaró parcialmente con lugar el recurso ejercido por
el ciudadano Orlando Ruz; se estableció la constitución de la Junta Directiva del referido Sindicato
y se reconoció el proceso electoral
celebrado en el referido Sindicato en fecha 19-07-2005.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos PABLO ZAMBRANO y
ABRAHAM MORONTA, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha
19-03-2007.
11.- Expediente N° 2006-000080: Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
15.234, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ
GRANADILLO y JESUS TELLO, titulares de las cédulas de identidad números
7.921.395 y 5.133.361, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
con solicitud de cautelar contra la
Resolución N° 060426-0277, emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 26-04-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 316, de fecha 10-07-2006, en la cual de desestimó la solicitud de nulidad
interpuesta por los referidos ciudadanos contra el proceso electoral celebrado
en el Sindicato de los Trabajadores de Hospitales, Clínicas y Oficios Similares
del Distrito Capital; se declaró parcialmente con lugar el recurso ejercido por
el ciudadano Orlando Ruz; se estableció la constitución de la Junta Directiva del referido
Sindicato y se reconoció el proceso electoral
celebrado en el referido Sindicato en fecha 19-07-2005.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano ORLANDO RUZ, mediante
la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 19-03-2007.
12.- Expediente N° X-2007-000001 (CUADERNO SEPARADO): FRANCISCO DE ASÍS LORETO
MEJÍAS y OSCAR ENRIQUE BONILLA PEÑALOZA, titulares de las cédulas de identidad
números 2.129.063 y 1.533.777, respectivamente, Presidente de la Junta Directiva del IORFAN y
Coordinador de la Comisión
Electoral Permanente, respectivamente, asistidos por el
abogado Luis Felipe Mejías Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
25.358, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 2
de fecha 11-01-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos
interpuesto por los abogados Marcos Porras Andrade y Julián Velásquez Marcano,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.296 y 16.664,
respectivamente, actuando con el
carácter de apoderados judiciales de la Asociación
Civil “Grupo Pichincha”, contra el acto electoral para
escoger a los miembros de la Junta Directiva
del Instituto de Oficiales en Retiro de la Fuerza Armada Nacional
(IORFAN), período 2007-2008, realizado el 26-11-2006. (Recurso Principal
Expediente N° 2007-000002).
El ciudadano
Alguacil consignó boleta original
librada a los ciudadanos FRANCISCO DE ASIS LORETO MEJÍA y OSCAR ENRIQUE BONILLO
PEÑALOZA, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha
21-03-2007.
13.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad
números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada
Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
y medida cautelar innominada contra la Resolución N°
050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005,
publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se
reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores
de la Industria
de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.
El ciudadano
Sergio García, asistido por el abogado José Aponte, inscrito en el Inpreabogado
bajo el N° 44.438, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado
de la Sentencia N°
46 de fecha 26-04-2007.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
14.- Expediente N° 2007-000020: BELKIS JOSEFINA MEDINA SIFONTES y JOSÉ GREGORIO FLORES, titulares de
las cédulas de identidad números 8.870.038 y 10.045.455, respectivamente,
asistidos por el abogado Santiago José Castro Toise, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 15.333, interponen
recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070207-033, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07-02-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró con
lugar la impugnación presentada por la ciudadana Orfelina de Rodríguez, contra
la designación de la Comisión
Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud (SUTRASALUD BOLIVAR)
efectuada el 25-04-2006; ordenó a la Junta
Directiva del referido Sindicato realizar una nueva
convocatoria para la escogencia de la Comisión
Electoral del Sindicato; y nula las elecciones realizadas el
18-07-2006.
Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al
Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente y emplazar a los
interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”.
Se libraron
Oficios números 07-166, 07-167 y boleta.
15.- Expediente N° 2007-000008: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Mérida
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el
ciudadano PULIO CÉSAR PAREDES GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 3.131.371, asistido por el abogado
Pedro Javier Pulido Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.613,
contra la
Resolución N° 060623-0394 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 23-06-2006, publicada en Gaceta Electoral
N° 320, de fecha 14-07-2006, en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso
jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra Actas de Escrutinio
correspondientes a la elección de Concejales del Municipio Pueblo Llano del
Estado Mérida. Oficio Nº 058-2.007, de fecha 18-01-2007, remitiendo el
expediente Nº 08950 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 3 anexos).
(Recibido en fecha 09-02-2007).
Visto que consta en autos la notificación
de la parte recurrente del auto de admisión dictado por este Juzgado de
Sustanciación en fecha 17-04- 2007, este órgano jurisdiccional acordó librar el
cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de
admisión, a los fines de su publicación en el diario “Últimas Noticias”.
16.- Expediente N° 2007-000023: Juzgado Superior Civil
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región de Los Andes, remite expediente contentivo del recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos
interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares
de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente,
asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano
y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de
Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja
de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha
08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado)
(1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el
20-03-2007).
Vista la Sentencia N° 47 dictada por la Sala Electoral, en fecha 26-04-2007,
se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión
Electoral Principal de la referida Caja de Ahorros y al
Ministerio Publico. Se libró boleta y Oficios números 07-162 y 07-165. De la
misma forma, se acordó solicitar a la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA) los antecedentes
administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el recurso. Igualmente, se ordenó notificar
a la Gobernación
del Estado Barinas, así como a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del fallo
dictado en fecha 26-04-2007. Se libraron Oficios números 07-163, 07-164.
Asimismo, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región de Los Andes, a
los fines de notificar a la Comisión Electoral Principal de la referida Caja
de Ahorros, a la parte recurrente, así como a la Gobernación de
Barinas. Se libró Oficio N° 07-161 y despacho.
Finalmente, una vez que conste en autos la notificación de la parte
recurrente, el Juzgado procederá a
librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado
en el diario “Últimas Noticias”.
17.- Expediente N° 2007-000018: EMIL LÓPEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.152.894,
asistido por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Esteves,
inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 23.455 y 23.454, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución N°
070131-012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, que declaró con
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Oscar Humberto Pérez
Sequera, contra las actuaciones efectuadas en fechas 21 de enero y 02 de marzo
de 2006 por la Comisión
Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, a fin
de designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nulas todas las actuaciones efectuadas por la Comisión
Electoral Nacional a los fines de convocar y celebrar una
Asamblea para designar la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia; nula la elección de la Comisión
Electoral Seccional del referido Colegio celebrada el
03-03-2006, y válida “la elección de la Comisión
Electoral Seccional del Colegio Nacional de Periodistas
Seccional Zulia celebrada el día 12 de diciembre de 2006 (sic) y ratificada el
16 de enero de 2006”.
Visto que consta en autos la notificación
de la parte recurrente del auto de admisión dictado por el Juzgado de
Sustanciación en fecha 16-04-2007, este órgano jurisdiccional acordó librar el
cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de
admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Nacional”.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
18.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la Comisión
Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva, del Tribunal
Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano Venezolano, A.C., período 2007-2009.
El abogado
Nicolino Taddeo Crocano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.251, actuando
en su propio nombre, consignó escrito
mediante el cual manifiesta su interés en el recurso.
19.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la Comisión
Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva, del Tribunal
Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano Venezolano, A.C., período 2007-2009.
El abogado Humberto
Hernández Caliman, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.084, actuando
con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ercole Lucio Pilade
Veneziano y Franciscantonio Pellegrino, consignó escrito mediante el cual
manifiesta su interés en el recurso rechazando el mismo.
20.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la Comisión
Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva, del Tribunal
Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano Venezolano, A.C., período 2007-2009.
La abogada Carmen
Ofelia Piñero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.536, actuando con el
carácter de apoderada judicial del ciudadano Mario Chiavaroli, consignó escrito
mediante el cual manifiesta su interés
en el recurso.
DILIGENCIA EN:
21.- Expediente N° 2007-000011: Marboris Coromoto Vergara Vásquez y José Ernesto Ivkokic, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 90.714 y 90.715, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos RAFAEL HERNÁNDEZ VILLALBA, MAURO RAFAEL GAMBOA,
JESÚS SALVADOR YRADY JARAMILLO, ELPIDIO CABRERA, VICENTE RAMÓN BRITO YÉPEZ,
DOUGLAS JOSÉ FERNÁNDEZ ARTEAGA, CÉSAR AUGUSTO ZAMORA MARTÍNEZ, JOSÉ ABRAHAM
MORONTA FERNÁNDEZ, ARMANDO DE JESÚS BELISARIO PÉREZ Y JULIÁN JESÚS ANTUARE
MARCANO, titulares de las cédulas de identidad números 2.440.924, 8.493.924,
8.973.347, 5.470.108, 4.907.985, 7.173.355, 10.001.206, 10.935.281, 10.063.160
y 5.993.145, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la Resolución N°
070131-008, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 358, de fecha 14-02-2007, en la cual resolvió:
Primero: no otorgar el reconocimiento sobre la validez del proceso electoral
celebrado el 17-11-2006, en el Sindicato de Trabajadores Organizados Petroleros
y Sus Similares (STOPS) de los Distritos Miranda, Monagas, Simón Rodríguez,
Guanipa, Aragua, Freites, Anaco e Independencia, afiliados a Fetrahidrocarburos
y Fetraanzoátegui, y Segundo: Ordenó a la Oficina Regional Electoral del
Estado Anzoátegui, designar una Comisión “Ad-Hoc”.
El abogado José Ernesto Iukovic, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 90.715, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó
la página 9 del cuerpo “A” del diario “El Nacional de fecha 28-04-2007, donde
apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ