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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de marzo de 2008





CUENTA Nº 31

CUENTA Nº 31

 

 

Despacho del martes cuatro (04) de marzo de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000011: ELIO DE JESÚS SANTIAGO RANGEL y JUAN DE LA CRUZ FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 4.262.170 y 3.022.547, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.393, actuando con el carácter de miembros de la Organización Política del Estado Miranda “Los Ciudadanos del Movimiento Patriótico Cívico” (CIMOPACI), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral “por la apertura de un Expediente administrativo de inicio de cancelación de (su) inscripción ante ese Poder Electoral como Organización Política del Estado Miranda”.  

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

2.- Expediente N° 2007-000088:  PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 3.099.742, asistido por el abogado Julio César Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.212, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral referidos al referendo revocatorio del Alcalde del Municipio Sucre del estado Falcón.

 

Visto que, en fecha 03-03-2008, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000054: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo lo números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano FRANCISCO GAMALLO, titular de la cédula de identidad N° 6.010.333, interponen recurso contencioso electoral contra la designación de la Autoridad Provisional, Comisión Electoral, Proceso Electoral y Elección de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Surfing para el período 2007-2009, que se efectuó el 22-06-2007.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 03-03-2008,  por el abogado Juan Enrique Betancourt Tovar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.157, actuado con el carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de Deportes, mediante la cual señala dar cumplimiento a la solicitud formulada por la Sala en Sentencia N° 20, de fecha 19-02-2008, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la  elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

5.- Expediente N° 2007-000053: FERNANDO BARRIENTOS, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.579, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los actos y omisiones de la Comisión Electoral de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 25-07-2007.

 

Se libró Oficio N° 08-085, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos del fallo dictado en fecha 26-02-2008. Asimismo, se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 26-02-2008. 

 

 

6.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana.

 

Vista la Sentencia Nº 21, de fecha 26-02-2008, la Sala comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de notificar de la referida decisión a la parte recurrente, Colegio de Médicos del Estado Mérida. Se libró Oficio N° 08-082, boleta y despacho. Finalmente, se libraron Oficios números 08-084 y 08-083, mediante los cuales se le notifica  al Consejo Nacional Electoral y a la Comisión Electoral de la Federación Médica Venezolana,  respectivamente, del fallo dictado en fecha 26-02-2008.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

Los ciudadanos Pedro Rodríguez Jaimes y José Manuel Maldonado Maldonado, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.277 y 14.492, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc de la Federación de Colegios de Abogados, presentaron diligencia anexa a la cual consignó Resolución N° 030308-02,  de fecha 03-03-2008, relativa a la REPOSICIÓN del Proceso Electoral de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela (Acompañaron anexos).

 

 

8.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual retiró copia certificada de la Sentencia N° 120, acordada mediante auto de fecha 06-02-2008.

 

 

9.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

La abogada FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual retiró copia certificada acordada mediante auto de fecha 06-02-2008.

 

 

10.- Expediente N° 2006-000103: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Capital y estados Miranda y Vargas (SUTIC), asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, respecto al acto administrativo de fecha 26-09-2006, donde se ordenó a la Comisión Electoral del referido Sindicato, que en un lapso de tres (3) días hábiles “consignar un Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación que este suscrita por la totalidad de los miembros de la Comisión Electoral”. 

 

La abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,  consignó diligencia mediante la cual retiró copia certificada de los folios 502-553, 554-570 y 629-630, acordada mediante auto de fecha 27-09-2007.

 

 

11.- Expediente N° 2007-000089: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional contra el Acto N° 230/09/07 emanado de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el cual se declaró con lugar el recurso de reconsideración ejercido en fecha 03-08-2007 y se ordenó a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) determinada mediante Auto N° 399-07-96 del 31-07-2006, “que consigne nuevamente la documentación requerida para proceder a emitir los autos dirigidos a cada una de las empresas involucradas, informándole sobre las afiliaciones de los trabajadores y designaciones de los distintos Delegados Sindicales y de Higiene y Seguridad Industrial (…)”.

 

La abogada FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando en su propio nombre, retiró copia certificada acordada en auto de fecha 07-02-2008.

 

 

12.- Expediente N° 2007-000089: MARCOS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo constitucional contra el Acto N° 230/09/07 emanado de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el cual se declaró con lugar el recurso de reconsideración ejercido en fecha 03-08-2007 y se ordenó a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) determinada mediante Auto N° 399-07-96 del 31-07-2006, “que consigne nuevamente la documentación requerida para proceder a emitir los autos dirigidos a cada una de las empresas involucradas, informándole sobre las afiliaciones de los trabajadores y designaciones de los distintos Delegados Sindicales y de Higiene y Seguridad Industrial (…)”.

 

La abogada FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando en su propio nombre, retiró copia certificada acordada en auto de fecha 07-02-2008.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente,  miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El abogado Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente,  miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Aly Ramón Sánchez García, asistido por el abogado Elberto Sardi, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.884,  consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexo). Se ordenó reservar el referido escrito así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2007-000029: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por  el ciudadano JOSÉ LOZADA, titular de la cédula de identidad N° 6.143.086, asistido por la abogada Lourdes Celeste Barrios, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 34.649, contra las actuaciones contenidas en el Expediente signado con el N° 307 (nomenclatura de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara), referidas a la relegitimación de las autoridades del  Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser Venezolana S.A., del Estado Lara (SINTRAURBASER). Oficio Nº J1-2007-175, de fecha 08-03-2007, remitiendo el expediente Nº KP02-R-2003-000394 (nomenclatura de ese Juzgado) (3 Piezas principales). (Recibido en fecha 09-04-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-072, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar al ciudadano José Lozada Martínez (parte recurrente); al ciudadano Alcides Rodríguez; a la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara y el Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Urbaser Venezolana S.A. del Estado Lara (SINTRAURBASER) del auto dictado en fecha 27-02-2008. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente N° 2008-000006:  Francisco Salvador Lugo Dorta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.892, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ninoska Meléndez, Rannefer Valbuena, Julián Inciarte, Luis Roa, Joaquín Soto, Néstor Pirela, Marilyn Navas, Jesús Rojas, Favio Rivas y Francisco Jiménez, titulares de las cédulas de identidad números 11.803.794, 4.994.374, 7.828.293, 4.208.851, 4.154.652, 7.820.308, 7.869.426, 3.636.894, 8.754.879, y 4.531.513, respectivamente, miembros del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de fecha 31-05-2007, que ordenó la reincorporación de los ciudadanos Fernando José Hevia Araujo, Rubén Darío Navarro Reyes y Alberto Enrique Molero Valbuena al Instituto Nacional de Canalizaciones. 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se le comunicó del fallo dictado en fecha 26-02-2008. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida parte, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

17.- Expediente N° 2008-000006:  Francisco Salvador Lugo Dorta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.892, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ninoska Meléndez, Rannefer Valbuena, Julián Inciarte, Luis Roa, Joaquín Soto, Néstor Pirela, Marilyn Navas, Jesús Rojas, Favio Rivas y Francisco Jiménez, titulares de las cédulas de identidad números 11.803.794, 4.994.374, 7.828.293, 4.208.851, 4.154.652, 7.820.308, 7.869.426, 3.636.894, 8.754.879, y 4.531.513, respectivamente, miembros del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de fecha 31-05-2007, que ordenó la reincorporación de los ciudadanos Fernando José Hevia Araujo, Rubén Darío Navarro Reyes y Alberto Enrique Molero Valbuena al Instituto Nacional de Canalizaciones. 

 

El ciudadano Secretario de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 29-02-2008, se había traslado al domicilio procesal de la parte accionante  y dejado la boleta librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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