CUENTA
Nº 16
Despacho del miércoles seis (06) de febrero de
2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez
Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y
Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad
números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo
el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
amparo cautelar y medida cautelar
innominada contra la
Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional
Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha
09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el
Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.
Visto el escrito presentado, en fecha 31-01-2008,
por el ciudadano Marcos Rojas, asistido por la abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, mediante el
cual solicita le ejecución forzosa de la Sentencia N° 120 de fecha 04-07-2006, se designó
ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de la
decisión correspondiente.
SECRETARÍA
EN:
2.- Expediente N°
2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso
Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación
interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas,
titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y
12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia
Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº
05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de
ese Juzgado). (1 pieza).
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Carlos Filosa, de conformidad con lo previsto en el artículo
174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 13-12-2007.
3.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino
y Ercole Pilade, en su
condición de Miembros de la Comisión Electoral del Centro Italiano
Venezolano, A.C., respecto a la elección
de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
Se libraron boletas a los ciudadanos ANGELO BIANCHINI TOPPETTA y PASQUALE JOSÉ
GREGORIO GIACOBBE CIUFFREDA, mediante las cuales se le notifica del
fallo dictado en fecha 29-01-2008.
4.- Expediente N° 2008-000001: Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui remite expediente contentivo
de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta conjuntamente con
medida cautelar innominada por los ciudadanos ANYOLE RICO, CARLOS MENDOZA,
HENRY AMATIMA, OMAR RODRÍGUEZ, LUIS VICENT, ORLANDO PÉREZ, OGLYS FANEITTE,
ARMANDO ACOSTA, CRISTÓBAL FERRER, FRANCISCO MATA, JUAN SALAZAR, DANIEL AZOCAR,
VÍCTOR MÁRQUEZ, LUIS CARRIÓN, GIOVANNIS TORRES, RICHARD BARRIOS, HÉCTOR PUESME,
JOSÉ TAYUPO, LUIS ANDRADE, CASTO SALAZAR, PEDRO YEGUEZ, MIGUEL FIGUERA,
HUMBERTO LABASTIDAS, YASMIR MATA, RAMÓN EGAÑEZ, RICHARD BARRETO, JESÚS GÓMEZ,
EDGAR VELAZCO, LUIS TIAMO Y JULIO RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de
identidad números 8.272.574, 8.251.465, 3.669.508, 8.291.835, 8.285.346,
8.347.614, 5.187.605, 12.913.985, 10.290.645, 10.293.388, 8.643.473, 8.280.085,
8.204.923, 12.577.105, 8.347.951, 14.478.545, 4.008.874, 10.286.555, 6.370.231,
4.500.232, 8.334.427, 10.292.604, 10.292.642, 11.902.076, 8.300.765,
13.784.159, 8.265.917, 8.707.946, 10.298.490 y 11.422.969, respectivamente,
asistidos por la abogada Dasmary Espinoza,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.100, en el Sindicato Único de
Trabajadores del Cemento y sus Similares (SINTRACEA). Oficio Nº 2007-733, de
fecha 29-11-2007, remitiendo el expediente Nº BP02-L-2007-001072 (nomenclatura
de ese Juzgado) (1 Pieza principal). (Recibido en fecha 17-12-2007).
Vista la decisión dictada por la Sala, en fecha 29-01-2008, mediante la cual se
admitió la solicitud a convocatoria a elecciones, se comisionó al Tribunal
Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Anzoátegui, a los fines de notificar de la referida decisión a la
parte accionante, así como a la parte presuntamente
agraviante, Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de Cemento y
sus Similares (SINTRACEA). Se libraron Oficio N° 08-049, boletas y despacho.
Asimismo, se libró Oficio N° 08-048, mediante el cual se notifica al Ministerio Público del fallo dictado en
fecha 29-01-2008.
5.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad
números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con amparo cautelar y medida cautelar
innominada contra la
Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional
Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha
09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el
Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.
Vista la diligencia presentada, en fecha
29-01-2008, por la abogada Felicia Katiusha
Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.172, actuando con el
carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, mediante la cual
solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 921 Vto.,
930, 931, 1441 y 1444 del expediente, la Sala acordó expedir la certificación
solicitada.
6.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad
números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con amparo cautelar y medida cautelar
innominada contra la
Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional
Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha
09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el
Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.
Vista la diligencia presentada, en fecha
29-01-2008, por la abogada Felicia Katiusha
Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.172, actuando con el
carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicita
tres (03) copia certificada de la Sentencia
N° 120 de fecha 04-07-2006, que cursa a los folios 850 al 872
del expediente, la Sala
acordó expedir las certificaciones solicitadas.
7.- Expediente N°
2007-000088: PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N°
3.099.742, asistido por el abogado Julio César Sánchez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 7.212, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar, contra los actos dictados por el Consejo
Nacional Electoral referidos al referendo revocatorio del Alcalde del Municipio
Sucre del estado Falcón.
Visto
que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 144 del
mismo, se ordenó testar dicha foliatura
a partir de éste (exclusive). Asimismo,
se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante.
8.- Expediente N° 2007-000050: JOSÉ GREGORIO TORO MESONES,
titular de la cédula de identidad N° 8.910.550, asistido por la abogada Noemí
Elizabeth Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.219, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada
contra la
Resolución N° 070321-0198, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 21-03-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 377, de fecha
13-06-2007, en la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico
mediante el cual se impugnó actas de
escrutinio correspondientes a la elección de Legislador Nominal por la
Circunscripción N° 1 del Consejo Legislativo del Estado Delta
Amacuro; nulas las actas de escrutinio que se indican
en la Resolución;
sin efectos el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de
Legisladores del Consejo Legislativo Regional del estado Delta Amacuro; en vigor la proclamación hecha por el Consejo
Nacional Electoral, de los Legisladores del Consejo Legislativa del referido
Estado; y ordenó la convocatoria a nuevas votaciones en los Centros de Votación
que se indica en la
Resolución.
Se libró Oficio
N° 08-045, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral cuatro (04) piezas
contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano
Electoral.
DILIGENCIA
EN:
9.- Expediente N° 2007-000034: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estadio Aragua, declina la competencia en el expediente
contentivo del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana BELKIS AMADA
FIGUEROA DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 3.845.165, asistida
por el abogado César Eduardo Chacón inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
39.180, contra la convocatoria y asambleas celebradas en fechas 18 y 19 de
diciembre de 2006, en la Asociación Civil “CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL LA HORMIGA CENTER”,
referido a la elección de la nueva Junta Directiva de la mencionada Asociación
Civil. Oficio Nº 7592-05, de fecha 26-04-2007, remitiendo el expediente Nº
38.856 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza) (Recibido el 11-05-2007).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-030, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero
de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción
Judicial del Estado Aragua, a los fines de notificar del
fallo dictado en fecha 15-01-2008
a la Junta Directiva
de la asociación civil Condominio Centro Comercial La Hormiga Center,
electa el 19-12-2006, a
la Oficina de
Registro Público Principal de la ciudad de Maracay, estado Aragua, a la oficina
de la entidad financiera Banco Canarias, y a la parte recurrente, ciudadana Belkis Amada Figueroa de Romero. Oficio que fue enviado a
través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
10.- Expediente N° 2007-000097: JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ,
titular de la cédula de identidad N° 4.480.082, asistido por el abogado Julio
César Narváez Safontt, inscrito en el Inpreabogado
bajo el N° 44.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
suspensión de efectos contra la
Resolución N° 070827-2495, emanada del
Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 397, de fecha
19-10-2007, en la cual se declaró inadmisible el recurso interpuesto contra la
elección de la Junta Directiva
del Sindicato Revolucionario de Trabajadores del Ministerio de Finanzas del
Distrito Capital y Estado Miranda (SIRTRA-MF).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-025, anexo al cual se remitió al
Consejo Nacional Electoral una (01) pieza contentiva de los antecedentes
administrativos consignados por ese Órgano Electoral.
11.- Expediente N°
2007-000105: Corte de Apelaciones en lo
Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo
Contencioso Administrativo de la Región
Amazonas de la Circunscripción
Judicial del Estado Amazonas remite expediente contentivo de
la solicitud interpuesta por la abogada ISVETT ACOSTA, inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 71.787, actuando con el carácter de Sindica Procuradora
Municipal de la
Alcaldía del Municipio Atures del Estado Amazonas, mediante
la cual requiere la remisión a la Sala
Electoral del expediente contentivo de la solicitud de
juramentación del ciudadano Luis Urbina Puerta, como Alcalde del referido
Municipio, a los fines de que se verifique el cumplimiento de lo ordenado por la Sala Electoral en Sentencia N°
190 de fecha 08-11-2007. Oficio Nº 1338-07, de fecha 27-11-2007, remitiendo el
expediente Nº 000788 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).
(Recibido en fecha 06-12-2007).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-034, anexo al cual se remitió comisión conferida a la Corte de Apelaciones en lo
Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo
Contencioso Administrativo de la Región
Amazonas de la Circunscripción
Judicial del Estado Amazonas,
a los fines de comunicar del fallo dictado en fecha 15-01-2008 a la ciudadana Isvett Acosta, Síndica
Procuradora Municipal de la
Alcaldía del Municipio Atures del Estado Amazonas. Oficio que
fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
12.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO,
DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS
CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865,
6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral
Permanente de la Caja
de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE),
mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio
Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael
Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y
Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de
Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para
el día 28-11-2007.
El abogado Hadiee Ronald Valero Camargo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
N° 57.934, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
José Malpica, Rafael Pino, Norma García, Héctor Marabay,
Eduardo Núñez y Néstor Pacheco, consignó escrito de conclusiones.
13.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ,
titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424,
respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y
Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral
(SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007.
El ciudadano Fidel Bloedoorn,
asistido por el abogado Juan Félix Mesones Molina, inscrito en el Inpreabogado
bajo el N° 69.901, presentó diligencia mediante la cual expone alegatos
(Acompañó anexos).
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
14.- Expediente N° 2007-000091: Vicente Romero Giménez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial
del ciudadano JOSÉ FRANCÍSCO COLMENAREZ CASTILLO, titular de la cédula de
identidad 7.464.346, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070827-2492, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27-08-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 397, de fecha 19-10-2007, en la cual entre
otros declaró inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico interpuesto
por el referido ciudadano respecto a la validez de la elección de los
integrantes de la Comisión
Electoral del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo
del Estado Lara (SEPEEL); e inadmisible el recurso jerárquico interpuesto en lo
que respecta a la causal de inelegibilidad y otros
presuntos vicios alegados, con ocasión al proceso electoral celebrado en fecha
20-10-2005, para la renovación de las autoridades del referido Sindicato,
período 2005-2008.
Visto el escrito de promoción de pruebas
presentado en fecha 30-01-2008, por el abogado Vicente Romero Giménez, inscrito
en el Inpreabogado bajo el N° 76.422, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano José Francisco Colmenárez Castillo y de la ciudadana
Carmen Rojas, titular de la cédula de identidad N° 5.259.779, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse
sobre su admisión, admitiéndolas. Asimismo
se comisionó Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental,
a los fines de la evacuación de la prueba de testigo. Se libraron Oficios
números 08-046 y despacho. Asimismo, se libró Oficio N° 08-046, mediante el
cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto de fecha 06-01-2008.
15.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial
de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA,
MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las
cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184,
13.902.681 y 9.516.889, respectivamente,
miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores
y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional
Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la
Resolución N° 070704-1656, emanada del
Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral
N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las
comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la
autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado
Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados,
para elegir la Comisión
Electoral que organizará el proceso electoral en el referido
Sindicato.
Visto que, en fecha 31-01-2008, fueron
recibidas las resultas de la comisión
conferida al Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción
Judicial del Estado Falcón,
a los fines de notificar a la parte recurrente del auto dictado en fecha
16-01-2008, mediante el cual se admitió el recurso interpuesto, se acordó
librar el cartel de emplazamiento a los interesados, ordenado en el mencionado
auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Nacional”.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
16.- Expediente
N° 2007-000088: PEDRO ARGENIS MORILLO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N°
3.099.742, asistido por el abogado Julio César Sánchez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 7.212, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar, contra los actos dictados por el Consejo
Nacional Electoral referidos al referendo revocatorio del Alcalde del Municipio
Sucre del estado Falcón.
El
ciudadano ANGEL RAMÓN VILLEGAS RAMOS, titular de la cédula de identidad N°
3.239.084, asistido por la abogada Claudia Colmenares, inscrita en el Inpreabogado
bajo el N° 95.997, consignó escrito mediante el cual invoca el carácter de
tercero interesado, expone alegatos y solicita se declare providencia cautelar
y solicita se declare la nulidad de los actos impugnados (Acompaña anexo).
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DILIGENCIA EN:
17.- Expediente N° 2007-000106: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con
competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur
Oriental, declina la competencia en el
expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con
medida cautelar interpuesta por el ciudadano ÁLVARO CENTENO, titular de la
cédula de identidad N° 11.013.665, asistido por el abogado Ángel Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.037,
contra la Comisión
Electoral del Sindicato Único Profesional de Trabajadores
Profesionales, Técnicos, Empleados y Obreros Eléctricos del Estado Monagas
(SUPTRAP-TEMOELEM), por “no efectuar los procedimientos respectivos para poder
llevar legalmente la elección de las autoridades sindicales”. Oficio Nº 145, de
fecha 29-11-2007, remitiendo el expediente Nº 3285 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-029, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado
Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción
Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso
Administrativo de lo Región Sur Oriental,
a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 15-01-2008 a la parte accionante, ciudadano ÁLVARO CENTENO. Oficio que fue
enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ