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CUENTA Nº 129
Despacho del lunes (06) de octubre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARIA EN:
2.- Expediente N° 2008-000053: RAMÓN ÁVILA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.165.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.768, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 080820-804, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la decisión de la Junta Municipal Electoral del Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, que admitió la postulación del ciudadano Alberto José Chapín Corona, al cargo de Alcalde del referido Municipio y que fuera postulado por iniciativa propia, por las organizaciones Un Nuevo Tiempo (UNTC), Acción Democrática (AD) y otras, contenidas en las Resoluciones números 080814-12147 a la 080814-12170, todas de fecha 14-08-2008.
Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 08-418. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se solicitó suspensión de efectos, en tal sentido, en aras de garantizar al máximo el derecho a la tutela judicial efectiva, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.
3.- Expediente N° 2008-000041: GERARDO BLYDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.434, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la resolución dictada, en fecha 21 de julio de 2008, por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las “Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008”.
Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
SECRETARÍA EN:
4.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al Sindicato a Nivel Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 30-07-2008.
5.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Carlos Alberto Lenin, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 30-07-2008.
6.- Expediente N° 2008-000020: JOSÉ PLANCHART CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 4.283.317, asistido por la abogada Judith Autenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.309, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080228-234, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 418, de fecha 24-03-2008, que declaró sin lugar la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos José Luis Romero Farrera, José Rafael Nieto Lafe, Irwin Depablos Díaz y Rommel Hernández Calderón, a los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos y Secretario de Acta y Correspondencia, respectivamente, del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE).
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos JOSÉ NIETO LAFE, ROMMEL HERNÁNDEZ e IRWIN DEPABLOS DÍAZ (terceros verdadera parte), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 14-08-2008.
7.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos José Malpica, Rafael Pino, Norma García, Héctor Marabay, Eduardo Núñez y Néstor Pacheco (terceros opositores), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 18-09-2008.
8.- Expediente N° 2008-000041: GERARDO BLYDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.434, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la resolución dictada, en fecha 21 de julio de 2008, por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las “Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008”.
Se agregó al expediente el original del cartel de emplazamiento.
9.- Expediente N° 2005-000069: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Nuevo y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos RAFAEL RONDÓN, REGULO GONZÁLEZ, GREGORIO RONDÓN, FREDDY ACEVEDO, HENDRIK VELÁSQUEZ, NEOMAR GUDIÑO, LUIS EVANS, JOSÉ TORRES, LUIS RUIZ, WILMER REYES, WILLIAMS MILA, WILFREDO GARCÍA, CARLOS ROJAS, HENRY JIMÉNEZ, FRANCISCO LOZARDY, LUIS LISBOA, JOSÉ FUENMAYOR, EMILIO MILANO, RAVELO JIMÉNEZ, RAFAEL BOLÍVAR, ORLANDO BRITO, LUIS ALBINO, JONH VELÁSQUEZ, CLAUDIO APONTE, ELIO MÁRQUEZ, LEIVA HERINSON, JOHN RONDÓN, ARGENIS SANTIL, JESÚS BARRETO, HÉCTOR SIFONTES, ABRAHAM LÓPEZ, LUIS SALAS, DANNY LÓPEZ, NIXON MORILLO, OMAR MARTÍNEZ, RHUBITS ESPARRAGOZA, JONNY RODRÍGUEZ, CÉSAR GUZMÁN, JUAN SÁNCHEZ, JOSÉ PATIÑO, LUIS BLANCO, JOSÉ SÁNCHEZ, OMAR HERNÁNDEZ, RICHAR LÓPEZ, HÉCTOR BRITO, RUBÉN FUENTES, MIGUEL PINEDA, FREDY FEBRES, JOSÉ MILLÁN, ALEXIS VALVERDE, SAÚL BRITO, MANUEL FEBRES, JONNY JIMÉNEZ, DIDI DE NOBREGA, JAVIER ÁLVAREZ, JOSÉ BOLÍVAR, ASDRÚBAL EVANS, MARVIN CALVO, JESÚS CABEZA Y ELIARIS GONZÁLEZ, asistidos por el abogado Jesús Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.889, referida al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros y Petroquímicos y sus Similares de los Municipios Autónomos Maturín, Piar, Cedeño, Acosta, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora (SUTPPES). Oficio Nº 309-2005, de fecha 04-07-2005, remitiendo el expediente Nº NP11-S-2005-000154 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 28-07-2005.
10.- Expediente N° 2005-000069: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Nuevo y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos RAFAEL RONDÓN, REGULO GONZÁLEZ, GREGORIO RONDÓN, FREDDY ACEVEDO, HENDRIK VELÁSQUEZ, NEOMAR GUDIÑO, LUIS EVANS, JOSÉ TORRES, LUIS RUIZ, WILMER REYES, WILLIAMS MILA, WILFREDO GARCÍA, CARLOS ROJAS, HENRY JIMÉNEZ, FRANCISCO LOZARDY, LUIS LISBOA, JOSÉ FUENMAYOR, EMILIO MILANO, RAVELO JIMÉNEZ, RAFAEL BOLÍVAR, ORLANDO BRITO, LUIS ALBINO, JONH VELÁSQUEZ, CLAUDIO APONTE, ELIO MÁRQUEZ, LEIVA HERINSON, JOHN RONDÓN, ARGENIS SANTIL, JESÚS BARRETO, HÉCTOR SIFONTES, ABRAHAM LÓPEZ, LUIS SALAS, DANNY LÓPEZ, NIXON MORILLO, OMAR MARTÍNEZ, RHUBITS ESPARRAGOZA, JONNY RODRÍGUEZ, CÉSAR GUZMÁN, JUAN SÁNCHEZ, JOSÉ PATIÑO, LUIS BLANCO, JOSÉ SÁNCHEZ, OMAR HERNÁNDEZ, RICHAR LÓPEZ, HÉCTOR BRITO, RUBÉN FUENTES, MIGUEL PINEDA, FREDY FEBRES, JOSÉ MILLÁN, ALEXIS VALVERDE, SAÚL BRITO, MANUEL FEBRES, JONNY JIMÉNEZ, DIDI DE NOBREGA, JAVIER ÁLVAREZ, JOSÉ BOLÍVAR, ASDRÚBAL EVANS, MARVIN CALVO, JESÚS CABEZA Y ELIARIS GONZÁLEZ, asistidos por el abogado Jesús Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.889, referida al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros y Petroquímicos y sus Similares de los Municipios Autónomos Maturín, Piar, Cedeño, Acosta, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora (SUTPPES). Oficio Nº 309-2005, de fecha 04-07-2005, remitiendo el expediente Nº NP11-S-2005-000154 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros y Petroquímicos y Similares de los Municipios Autónomos: Maturín, Piar, Cedeño, Acosta, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora (SUTPPRES), de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 28-07-2005.
RECEPCIÓN DE COMUNICACIÓN EN:
11.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Por recibida en fecha 02-10-2008, comunicación DAANL-1.795/2008, de fecha 30-09-2008, suscrita por la ciudadana Sonio Tobar Devia, Director Asociado de Aseguramiento Normativo Legal, de Bancaribe, mediante la cual informa que en atención al Oficio N° 08-384, emanado de la Sala, la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE) no mantiene ni ha mantenido vínculo con esa Institución.
12.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Por recibida en fecha 03-10-2008, comunicación N° 736/2008, de fecha 23-09-2008, suscrita por el ciudadano Héctor Mantellini, Directo Ejecutivo del Consejo Bancario Nacional, en atención al Oficio N° 08-384, emanado de la Sala Electoral, mediante la cual informa haber enviado a todos los miembros de ese Consejo copia de dicho Oficio.
DILIGENCIA EN:
13.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-376, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 30-07-2008.
14.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-375, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso Administrativo y Mercantil de la Región Occidental, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 30-07-2008 a la parte recurrente. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
15.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.
El ciudadano TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, actuando con el carácter de recurrente, asistido por la abogada MERYGREG NOGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.926, presentó escrito de conclusiones.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
16.- Expediente N° 2008-000049: LYLI LÓPEZ VÁSQUEZ Y FRANCISCO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.809.573 y 7.110.498 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 55.546 y 54.639, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080820-806, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, en la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación de postulación intentado contra la Resolución N° 080814-24, dictada por la Junta Regional Electoral del Estado Carabobo, en fecha 14-08-2008, que admitió la postulación del ciudadano Enrique Fernando Salas Feo, como candidato al cargo de Gobernador del Estado Carabobo, por el partido político Proyecto Venezuela (PRVZL), para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008. (Recibido el 19-09-2008).
Se admitió el recurso interpuesto. Se ordenó notificar a la Fiscala General de la República, a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron Oficios números 08-416, 08-417 y cartel de emplazamiento.
17.- Expediente N° 2008-000035: Luis Castro Lezama, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS VALDEMAR MÉNDEZ SOLÓRZANO, MAGALYS JOSEFINA MÁRQUEZ SÁNCHEZ, RICARDO CELESTINO CENTENO CASINO, PEDRO RAMÓN HEREDIA MARÍN, RAFAEL TOBÍAS JASPE Y ASDRÚBAL ANSELMO ESPINOZA FIGUEROA, titulares de las cédulas de identidad números 5.490.432, 4.909.553, 3.894.518, 3.656.928, 4.800.482 y 5.911.426, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080416-492, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 16-04-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 429 de fecha 29-05-2008, mediante la cual se declaró inelegible a los ciudadanos Luis Valdemar Méndez Solórzano, Magalys Josefina Márquez Sánchez, Pedro Ramón Heredia Marín, Rafael Tobías Jaspe Y Asdrúbal Anselmo Espinoza Figueroa.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 02-10-2008, por la abogada Dahiana García, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.644, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral.
18.- Expediente N° 2008-000035: Luis Castro Lezama, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS VALDEMAR MÉNDEZ SOLÓRZANO, MAGALYS JOSEFINA MÁRQUEZ SÁNCHEZ, RICARDO CELESTINO CENTENO CASINO, PEDRO RAMÓN HEREDIA MARÍN, RAFAEL TOBÍAS JASPE Y ASDRÚBAL ANSELMO ESPINOZA FIGUEROA, titulares de las cédulas de identidad números 5.490.432, 4.909.553, 3.894.518, 3.656.928, 4.800.482 y 5.911.426, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080416-492, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 16-04-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 429 de fecha 29-05-2008, mediante la cual se declaró inelegible a los ciudadanos Luis Valdemar Méndez Solórzano, Magalys Josefina Márquez Sánchez, Pedro Ramón Heredia Marín, Rafael Tobías Jaspe Y Asdrúbal Anselmo Espinoza Figueroa.
Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
DILIGENCIA EN:
19.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.
El abogado Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual impugna poder otorgado por el Dr. Mario Bonucci, actuando con el carácter de Rector de la Universidad de Los Andes a la abogada Ana Azarak Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, que cursa a los folios 395 y 396 del expediente.
20.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.
El abogado Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consigna escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar la referida diligencia así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
ESCRITO PRESENTADO EN:
21.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.
El abogado Mauricio Subero Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.667, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Erasmo Ramírez Álvarez y Luis Alfonso González Márquez, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
22.- Expediente N° 2008-000054: ZAIDA ORTIZ, NELLY CONTRERAS, DORIS PÉREZ, BETTY ARIAS, MARIO LIRA Y EDGAR JÁUREGUI, titulares de las cédulas de identidad números 7.020.383, 5.542.805, 10.253.215, 3.387.974, 3.415.532 y 9.223.581, respectivamente, asistidos por los abogados Nelson Lucena y Mauricio Pinto, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.332 y 69.177, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Ad-Hoc del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud de Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO), referido a la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato.
Se dio cuenta a la Sala.
23.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARIA EN:
24.- Expediente N° X-2008-000009 (CUADERNO SEPARADO): HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA interponen Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15 de mayo de 2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; se revocó el acto administrativo recurrido y se ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos Víctor Ruz Medina y Eduardo Fernández Polanco, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó del fallo dictado en fecha 14-08-2008.
25.- Expediente N° X-2008-000015: Alenis Guerrero, titular de la cédula de identidad Nº 7.732.575, asistido por el abogado Alexy Palmar, se opone al amparo cautelar acordado en Sentencia N° 119, de fecha 07-08-2008, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano LISANDRO CABELLO contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008". (Recurso Principal Expediente N° 2008-000044).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-351, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 12-08-2008.
26.- Expediente N° X-2008-000015: Alenis Guerrero, titular de la cédula de identidad Nº 7.732.575, asistido por el abogado Alexy Palmar, se opone al amparo cautelar acordado en Sentencia N° 119, de fecha 07-08-2008, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano LISANDRO CABELLO contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008". (Recurso Principal Expediente N° 2008-000044).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-367, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar del Estado Zulia, a los fines de notificar a la parte recurrente, ciudadano Lisandro Cabello, y al ciudadano Alenis José Guerrero Urrutia (tercero verdadera parte) de la Sentencia Nº 132, de fecha 12-08-2008. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
27.- Expediente N° X-2008-000015: Alenis Guerrero, titular de la cédula de identidad Nº 7.732.575, asistido por el abogado Alexy Palmar, se opone al amparo cautelar acordado en Sentencia N° 119, de fecha 07-08-2008, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano LISANDRO CABELLO contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008". (Recurso Principal Expediente N° 2008-000044).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 08-368, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 12-08-2008.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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