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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de mayo de 2008





CUENTA Nº 63

 

 

CUENTA Nº 63

 

 

Despacho del miércoles siete (07) de mayo de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2008-000005 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad números 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen solicitud de suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000012)

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar interpuesta.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000099: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por la ciudadana MILKA OLIVEROS BICHARA, titular de la cédula de identidad N° 649.356, asistida por los abogados José Antonio Ocando y Eleana Alcalá Murillo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.269 y 19.927, respectivamente, contra la Resolución N° 050126-002, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-01-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 241, de fecha 13-04-2005, en la cual se declaró  sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana contra la elección del ciudadano Eligio del Valle Hernández como Alcalde del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. Oficio Nº 07-1873, de fecha 16-11-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2005-000919 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Vista la Sentencia N° 60, dictada en fecha 29-04-2008, la Sala, comisionó al Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villegas y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de notificar del referido fallo a la ciudadana Milka Oliveros Bichara (parte recurrente). Se libró Oficio N° 08-162, boleta y despacho. Finalmente, se libró Oficio N° 08-163,  al Consejo Nacional Electoral, a los fines de notificarlo del fallo dictado en fecha 29-04-2008.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida Federación en fechas 11 y 16-11-2004.

 

Se libró Oficio N° 08-161, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 30-04-2008. Asimismo, se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 30-04-2008. Finalmente, se acordó librar boleta a las ciudadanas Marlenis Díaz Jiménez y Deide Moreno Herrera (terceras opositoras),  de conformidad con los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se les notificará del fallo dictado en fecha 30-04-2008.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El abogado Ricardo Enrique Guzmán Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.578, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicita  aclaratoria de la Sentencia N° 45 de fecha 15-4-2008.

 

 

DILIGENCIA EN

 

 

5.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 15-04-2008. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida parte, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

6.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El ciudadano Secretario de la Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 25-04-2008, se había trasladado al domicilio procesal de la parte recurrente,  y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente N° 2008-000012: JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad números 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud de suspensión de efectos. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2008-000005.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,  interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General  del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.

 

Se admitió el recurso interpuesto.  Se ordenó notificar a la Fiscala  General de la República, a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente y  emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para decidir  la solicitud de amparo cautelar. Se libraron Oficios números 08-160,  08-159 y boleta

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2008-000018: CELINA MARGARITA AÑEZ MÉNDEZ, EUDES VERA y BALDOMERO CONCEPCIÓN VÁSQUEZ SOTO, titulares de las cédulas de identidad números 4.523.543, 2.2231.724 y 3.640.970, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la “omisión por parte del Consejo Nacional Electoral, (…) al no publicar el resultado definitivo del referéndum sobre la reforma constitucional a instancia del Presidente de la República y

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó de la inadmisión del recurso.

 

 

10.- Expediente N° 2008-000009:  VÍCTOR NOVO Y LEONARDO VALDERRAMA, titulares de las cédulas de identidad números 6.903.756 y 13.509.366, respectivamente, asistidos por el abogado Raúl Zenón Vásquez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.807, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra el proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles ante los Consejos Superior, Directivos (Sartenejas y Litoral), Académico y Asamblea Universitaria de la Universidad Simón Bolívar y ante los Consejos de Coordinación  y Decanatos de Sartenejas y del Litoral, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-01-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-153, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la evacuación de testimoniales.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente N° X-2008-000002 (CUADERNO SEPARADO): José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el  carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076, 2.119.564 y 918.894, respectivamente, solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Extrabajadores Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI). (Recurso Principal Expediente N° 2008-000008).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 06-05-2008, por la ciudadana Mercedes Elena Ruiz Ramírez, asistida por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, mediante el cual solicita la condenatoria en costas de la parte recurrente,  se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° X-2008-000002 (CUADERNO SEPARADO): José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el  carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076, 2.119.564 y 918.894, respectivamente, solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Extrabajadores Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI). (Recurso Principal Expediente N° 2008-000008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó  de la Sentencia Nº 56, de fecha 16-04-2008.

 

 

 

13.- Expediente N° X-2008-000002 (CUADERNO SEPARADO): José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el  carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076, 2.119.564 y 918.894, respectivamente, solicita amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Extrabajadores Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI). (Recurso Principal Expediente N° 2008-000008).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-153, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Extrabajadores Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI) del fallo dictado en fecha 16-04-2008.

 

 

 

14.- Expediente N° 2008-000022: NIJAD HAMDAM GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.933.472, interpone acción de amparo constitucionales conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en fecha 05-05-2008, mediante la cual revoca el acto dictado por el Consejo de Apelaciones de fecha 25-04-2008, que ordenó a la Comisión Electoral de la referida Casa de Estudios que implemente todas las medidas necesarias para incorporar a los profesores jubilados al registro electoral para la elección de los representantes de los profesores al Consejo Universitario, como consecuencia de declarar con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el Profesor Igor Colina, contra el acto proferido por la Comisión Electoral de la referida Universidad, que excluyó al personal docente jubilado del Registro Electoral según Boletín N° 17/2008, de fecha 14-04-2008 y el oficio de fecha 15-04-2008, distinguido como CE1585-2008.

 

El ciudadano NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ (parte accionante), asistido por la abogada Mery Rodríguez Pinto, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.164, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos relacionados con la causa.

 

 

15.- Expediente N° 2008-000022: NIJAD HAMDAM GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.933.472, interpone acción de amparo constitucionales conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en fecha 05-05-2008, mediante la cual revoca el acto dictado por el Consejo de Apelaciones de fecha 25-04-2008, que ordenó a la Comisión Electoral de la referida Casa de Estudios que implemente todas las medidas necesarias para incorporar a los profesores jubilados al registro electoral para la elección de los representantes de los profesores al Consejo Universitario, como consecuencia de declarar con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el Profesor Igor Colina, contra el acto proferido por la Comisión Electoral de la referida Universidad, que excluyó al personal docente jubilado del Registro Electoral según Boletín N° 17/2008, de fecha 14-04-2008 y el oficio de fecha 15-04-2008, distinguido como CE1585-2008.

 

El ciudadano NIJAD HAMDAN GONZÁLEZ (parte accionante), asistido por la abogada Mery Rodríguez Pinto, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.164, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud-Acta a la referida abogada.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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