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Sala Electoral
  • Fecha: 10 de junio de 2008





CUENTA Nº 82

CUENTA Nº 82

 

 

Despacho del martes diez (10) de junio de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Por recibido, en fecha 10 de junio de 2008, Oficio N° 08-836, de fecha 28 de mayo de 2008, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 16 de abril de 2008, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° 2006-000002: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la región Centro Occidental, remite expediente contentivo del conflicto negativo de competencia planteado entre el referido Tribunal y el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, respecto a la acción amparo constitucional conjuntamente con  medida cautelar  interpuesto por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 7.464.346, asistido por la abogada Carmen Aguilar, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 27.370, contra el Consejo Nacional Electoral, Seccional Lara y la Comisión Electoral Interna del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara, en relación al proceso electoral celebrado en el mencionado Sindicato. Oficio Nº 2840-05, de fecha 06-12-2005, remitiendo el expediente
Nº KP02-O-2005-000321 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

Por recibido, en fecha 10 de junio de 2008, Oficio N° 1012-08, de fecha 19 de mayo de 2008, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 06 de febrero de 2006, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

3.- Expediente N° 2008-000014: Bernardo Mario Bedoya López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.864, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WOLFANG HERNÁNDEZ, PEDRO FIGUEREDO Y JULIAN MENDOZA, titulares de las cédulas de identidad números 8.880.628, 12.186.837 y 8.869.434, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 070704-1637, de fecha 04-07-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la elecciones de fecha 16-01-2007, en la cual se eligió la Junta Directiva del Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria de la Construcción y Conservación de Parques y Jardines y sus Similares del Distrito Heres, del Estado Bolívar.

 

El Alguacil de la Sala Consigna copia del oficio Nº 08.183, dirigido a la ciudadana Tibisay Lucena, Presidenta del Consejo Nacional Electoral.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000016: ELAM PACHECO y HERMITA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.192.054 y 4.069.852, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.893 y 62.252, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acta de totalización y proclamación de fecha 29-02-2008, emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva del referido gremio profesional.

 

El Alguacil de la Sala Consigna copia del oficio Nº 08.187, dirigido a la ciudadana  Luisa Ortega Díaz, Fiscala General de la Republica.

 

 

5.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El Alguacil de la Sala Consigna copia del oficio Nº 08.202, dirigido a la ciudadana Tibisay Lucena, Presidenta del Consejo Nacional Electoral.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El Alguacil de la Sala Consigna copia del oficio Nº 08.203, dirigido a la ciudadana Tibisay Lucena, Presidenta del Consejo Nacional Electoral.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El Alguacil de la Sala consigna copia de la boleta dirigida al ciudadano Víctor Manuel Machuca.

 

 

8.- Expediente N° 2007-000082: Ricardo Enrique Guzmán Ortiz y Airam Verónica Escalona Ibarra, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 14.578 y 80.338, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano VÍCTOR MANUEL MACHUCA, titular de la cédula de identidad N° 14.640.427, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070510-505, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la postulación y posterior elección de la ciudadana Beatriz Padua Correa, como concejala en el Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

El Secretario dejó constancia de la actuación del Alguacil.

 

9.- Expediente N° 2008-000022: NIJAD HAMDAM GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.933.472, interpone acción de amparo constitucionales conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en fecha 05-05-2008, mediante la cual revoca el acto dictado por el Consejo de Apelaciones de fecha 25-04-2008, que ordenó a la Comisión Electoral de la referida Casa de Estudios que implemente todas las medidas necesarias para incorporar a los profesores jubilados al registro electoral para la elección de los representantes de los profesores al Consejo Universitario, como consecuencia de declarar con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el Profesor Igor Colina, contra el acto proferido por la Comisión Electoral de la referida Universidad, que excluyó al personal docente jubilado del Registro Electoral según Boletín N° 17/2008, de fecha 14-04-2008 y el oficio de fecha 15-04-2008, distinguido como CE1585-2008.

 

La abogada ANA CECILIA GERSON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.332, en su carácter de apoderada judicial del Consejo de Apelaciones de la Universidad Central de Venezuela, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada  de la Sentencia N° 84, de fecha 04 de junio de 2008.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN:

 

 

10.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha tres (03) de junio de 2008, por el ciudadano Francisco Javier Suárez Schanely, asistido por el abogado Francisco Jiménez Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.526.

11.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

Se abrió un lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

12.- Expediente N° 2008-000025: HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESÚS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA, titulares de las cédulas de identidad números 9.486.907, 6.922.460 y 4.164.226, respectivamente,  asistidos por el abogado Guillermo Miguel Reina Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.894, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la  decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15-05-2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; y en razón de esa declaratoria  revocó el acto administrativo recurrido y ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.

 

La ciudadana Herminia Hernández, actuando con el carácter de recurrente, asistida por el abogado Giovanni Mascitti, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.376, presentó diligencia mediante la cual retira el cartel de emplazamiento.

 

 

13.- Expediente N° 2008-000025: HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESÚS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA, titulares de las cédulas de identidad números 9.486.907, 6.922.460 y 4.164.226, respectivamente,  asistidos por el abogado Guillermo Miguel Reina Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.894, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la  decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15-05-2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; y en razón de esa declaratoria  revocó el acto administrativo recurrido y ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.

 

La ciudadana Herminia Hernández, actuando con el carácter de recurrente, asistida por el abogado Giovanni Mascitti, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.376, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder apud-acta al prenombrado abogado y al abogado Guillermo Reina Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.894.

 

 

14.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),  del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008.

 

Se admitió el recurso interpuesto. Se ordenó notificar a la Fiscala General de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Universal”. Se libraron oficios números 08-230 y 08-231, a los fines de notificar del referido auto a la Fiscalía General de la República y al Consejo Nacional Electoral, y boleta de notificación a la parte actora.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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