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El viernes diez (10) de octubre de 2008, no hubo despacho en esta Sala.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
1.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.
Se libró Oficio N° 08-427, mediante el cual se notifica al Ministerio Público del fallo dictado en fecha 10-10-2008. Asimismo, se libró Oficio N° 08-426 a la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, mediante el cual se le notifica del fallo dictado en fecha 10-10-2008.
SENTENCIA
2.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro. La Sala declaró: 1) ADMITIÓ el amparo interpuesto y ACUERDÓ su tramitación en los términos expuestos en el cuerpo del fallo; 2) PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar, y en consecuencia, SUSPENDIÓ el proceso electoral de los Consejos de Administración y de Vigilancia para el período 2008-2011, de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), hasta tanto se decida la acción. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, Sentencia N° 154.
El Presidente (E),
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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