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CUENTA Nº 149
Despacho del lunes diez (10) de noviembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2008-000077: Carlos Manuel Reyes Kinsler, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.175, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, interpone acción mero declarativa conjuntamente con medida cautelar, referida a la “ILEGITIMIDAD E ILEGALIDAD DEL SINDICATO SUNEP-SUREPMEA, SECCIÓN SUCRE, (…) SINDICATO UNITARIO REGIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS MUNICIPALES DEL ESTADO ARAGUA (SUNEP-SUREPMEA). (Recibido el 07-11-2008).
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° 2008-000063: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO RODRÍGUEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.828.429, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080910-895, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Electoral del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se admitió la postulación hecha por la organización con fines políticos Acción Democrática del ciudadano Ramón Bracho Fonseca al cargo de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
Visto el escrito presentado en fecha 06-11-2008, por el abogado Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ramón Antonio Rodríguez Peña (parte recurrente), mediante el cual solicita medida cautelar a los fines de que se ordene a la “Junta Electoral Municipal del Municipio Baralt del Estado Zulia, y Consejo Nacional Electoral, la no totalización o sume de los votos obtenidos por la Organización con Fines Políticos Acción Democrática (AD) en la tarjeta destinadas a la elección del Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia, ni a favor del ciudadano RAMON BRACHO FONSECA (…) ni a favor de mi Patrocinado RAMON ANTONIO RODRIGUEZ PEÑA (…) hasta tanto sea dictada la Sentencia Definitiva (…)”, así como la reducción de los lapsos, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.
3.- Expediente N° 2007-000072: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.088.724, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.752, contra las actuaciones materiales y vías de hecho efectuadas por la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Cámara. Oficio Nº 07-1.418, de fecha 15-08-2007, remitiendo el expediente Nº 39746-07 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).
Vista la diligencia presentada, en fecha 06-11-2008, por el ciudadano Gerardo Hoogesteyn, titular de la cédula de identidad N° 428.653, asistido por el abogado Luis Antonio Anaya Duarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.437, mediante la cual señala que consigna informe requerido a la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar en Sentencia de fecha 08-10-2008, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
SECRETARÍA EN:
4.- Expediente N° 2008-000001: Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos ANYOLE RICO, CARLOS MENDOZA, HENRY AMATIMA, OMAR RODRÍGUEZ, LUIS VICENT, ORLANDO PÉREZ, OGLYS FANEITTE, ARMANDO ACOSTA, CRISTÓBAL FERRER, FRANCISCO MATA, JUAN SALAZAR, DANIEL AZOCAR, VÍCTOR MÁRQUEZ, LUIS CARRIÓN, GIOVANNIS TORRES, RICHARD BARRIOS, HÉCTOR PUESME, JOSÉ TAYUPO, LUIS ANDRADE, CASTO SALAZAR, PEDRO YEGUEZ, MIGUEL FIGUERA, HUMBERTO LABASTIDAS, YASMIR MATA, RAMÓN EGAÑEZ, RICHARD BARRETO, JESÚS GÓMEZ, EDGAR VELAZCO, LUIS TIAMO Y JULIO RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.272.574, 8.251.465, 3.669.508, 8.291.835, 8.285.346, 8.347.614, 5.187.605, 12.913.985, 10.290.645, 10.293.388, 8.643.473, 8.280.085, 8.204.923, 12.577.105, 8.347.951, 14.478.545, 4.008.874, 10.286.555, 6.370.231, 4.500.232, 8.334.427, 10.292.604, 10.292.642, 11.902.076, 8.300.765, 13.784.159, 8.265.917, 8.707.946, 10.298.490 y 11.422.969, respectivamente, asistidos por la abogada Dasmary Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.100, en el Sindicato Único de Trabajadores del Cemento y sus Similares (SINTRACEA). Oficio Nº 2007-733, de fecha 29-11-2007, remitiendo el expediente Nº BP02-L-2007-001072 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). (Recibido en fecha 17-12-2007).
Visto el escrito presentado en fecha 30-10-2008, por la abogada AMALIA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el 88.039, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos, Anyole Rico, Carlos Mendoza, Henry Amatima, Omar Rodríguez, Luis Vicent, Orlando Pérez, Oglys Faneitte, Armando Acosta, Cristóbal Ferrer, Francisco Mata, Juan Salazar, Daniel Azócar, Víctor Márquez, Luis Carrión, Giovannis Torres, Richard Barrios, Héctor Puesme, José Tayupo, Luis Andrade, Casto Salazar, Pedro Yequez, Miguel Figuera, Humberto Labastidas, Yazmir Mata, Ramón Egañez, Rochard Barreto, Jesús Gómez, Edgar Velazco, Luis Tiamo y Julio Rodríguez, mediante el cual solicita la devolución de los documentos que cursan a los folios 07 al 175, ambos inclusive, del expediente, la Sala ACORDÓ la devolución de los mismos por cursar en original ó en copia certificada, previa su certificación en autos.
5.- Expediente N° 2008-000065: Antonio Morales Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.907, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BERNABÉ ARANA ARANA, ALBERTINA CUICHE, MELICIA VELÁSQUEZ DE GUEVARA, GUILLERMO ARANA ARANA, LUIS ALBERTO NIEVES y ANA ROSALIA CHIRINOS GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 10.024.124, 10.606.569, 8.414.273, 10.024.126, 1.567.507 y 6.722.142, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-930, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró inadmisible las impugnaciones presentadas por los referidos ciudadanos y el ciudadano Jorge Otero contra la Resolución emanada de la Junta Regional Electoral del estado Amazonas, que rechazó sus postulaciones al cargo de Legisladora o Legislador Lista al Consejo Legislativo Estadal, por parte de la organización política PUEBLO UNIDO MULTIETNICO DE AMAZONAS (PUAMA).
Se libró Oficio N° 08-484, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral tres (03) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.
6.- Expediente N° 2008-000058: JOSE GREGORIO MUÑOZ PARRA, titular de la cédula de identidad N° 14.998.467, asistido por el abogado Jorge Luis Pérez Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.707, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080917-952 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 17-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto contra las Resoluciones 080813-005 a la 080813-014, emanadas de la Junta Regional Electoral del estado Yaracuy que admitieron la postulación del ciudadano Eduardo Cateno Lapi García, como candidato al cargo de Gobernador del estado Yaracuy por las organizaciones políticas Convergencia, L.A.P.Y., La Causa R, Un Nuevo Tiempo (UNTC), Un Solo Pueblo (USP), Nuevo Fuerza Popular (NFP), Solidaridad Independiente (S.I.), Fuerza de la Gente (F.G.), Visión Venezuela (VIVZLA) y COPEI.
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos Biagio Pilieri, Néstor Alejandro Arbola Olmos, Filippo Lapi García, Torcuato Peña, William Giraud, Carlos Javier Vera, Enrique Alberto Martínez Tamayo, y Eduardo Lapi, de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 174 de la Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notificó del auto de admisión dictado en fecha 20-10-2008.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° 2008-000072: Omar José González Lameda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.075, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano YSRRAEL ANTONIO CUBERO, titular de la cédula de identidad N° 4.914.888, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080916-928, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459 de fecha 08-10-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la Resolución dictada por la Junta Municipal Electoral del municipio Guanipa del estado Anzoátegui, en la cual se admitió la postulación del ciudadano Jesús Rafael Paraqueima Aricaguán como candidato a Alcalde del referido Municipio.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-472, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
8.- Expediente N° 2007-000095: Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos YUSMERY DEL CARMEN ESCOBAR PACHECO y JULIO JOSÉ MARCHAN YEPEZ, titulares de las cédulas de identidad números 13.774.122 y 16.234.038, estudiantes del Instituto Pedagógico de Barquisimeto “Luis Beltrán Prieto Figueroa”, Universidad Pedagógica Experimental Libertador, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a elecciones de los Directores, Subdirectores y Secretarios del referido Instituto Pedagógico, cuyo acto de votación y escrutinio fue fijado en primera vuelta para los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2007 y en segunda vuelta para los días 22, 23 y 24 de noviembre de 2007.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-466, mediante el cual se notificó al Consejo Universitario de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador el fallo dictado en fecha 30-10-2008.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
9.- Expediente N° 2008-000067: JENNYS BASALO, titular de la cédula de identidad N° 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.698, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-858, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró improcedente el recurso interpuesto por los ciudadanos Luisa Sánchez, César Cordero, Luis Clemente y otros contra el proceso electoral celebrado en fecha 25-06-2008 para la renovación de las autoridades del SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE FONDO COMÚN C.A. BANCO UNIVERSAL (SINTRAFOCO), período 2007-2010.
La ciudadana Jennys Basalo, titular de la cédula de identidad Nº 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.698, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 15 del cuerpo ciudadanos, del diario “El Nacional” de fecha 07-11-2008, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
10.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.
La abogada Urimare Capote Díaz, titular de la cédula de identidad Nº 7.285.075, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.448, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consigna instrumento poder y solicita se le libre cartel de emplazamiento a los interesados.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
11.- Expediente N° 2008-000057: LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ LEDEZMA y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PINTO, titulares de las cédulas de identidad números 15.995.353 y 15.455.049, respectivamente, asistido por el abogado Antonio Canova González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.088, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-934, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-09-2008, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra el acto de admisión de la postulación del ciudadano Tulio Tomas Salvatierra Ortega, como candidato a Alcalde del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, por la organización con fines políticos (POR MI PUEBLO).
El abogado Antonio Canova, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.088, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicita medida cautelar de suspensión de efectos (acompañó anexos).
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
12.- Expediente N° 2008-000078: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declino competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano CIRO CHIRINO, titular de la cédula de identidad N° 7.676.831, asistido por el abogado Osbaldo José Brito Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.453, contra la Comisión Electoral de la Federación de Trabajadores del Zulia (FETRAZULIA), respecto al proceso electoral “a celebrarse el día 13 de noviembre de 2001”. Oficio Nº 2010-08, de fecha 09-10-2008, remitiendo el expediente Nº 7211. (Nomenclatura de ese Juzgado).
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
13.- Expediente N° 2008-000076: MADALIT DOLORES RIERA ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 3.882.232, asistida por el abogado Rafael Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.112, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los actos electoral realizados por la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.).
Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° 2008-000074: JOSÉ ANTONIO CASANOVA, LUIS MANUEL BAENA CASTRO, ADRUSKIN RANGEL, LENIN SOSA, LEIDY MONTANEZ, CARLOS MIGUEL PACHECO y ESLUVE SOSA, titulares de las cédulas de identidad números 19.066.405, 17.754.867, 17.429.782, 17.760.123, 15.201.027, 17.530.307 y 13.657.373, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Luis Sosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.912, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, respecto a la exclusión del registro electoral de los estudiantes profesionales que estudian una segunda carrera en la referida Universidad, específicamente en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, en el proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles al gobierno y co-gobierno universitario de la referida Casa de Estudios, para el período 2008-2009, cuyo acto de votación esta fijado para el día 07-11-2008.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-476, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela el fallo dictado en fecha 05-11-2008.
15.- Expediente N° 2008-000074: JOSÉ ANTONIO CASANOVA, LUIS MANUEL BAENA CASTRO, ADRUSKIN RANGEL, LENIN SOSA, LEIDY MONTANEZ, CARLOS MIGUEL PACHECO y ESLUVE SOSA, titulares de las cédulas de identidad números 19.066.405, 17.754.867, 17.429.782, 17.760.123, 15.201.027, 17.530.307 y 13.657.373, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Luis Sosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.912, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, respecto a la exclusión del registro electoral de los estudiantes profesionales que estudian una segunda carrera en la referida Universidad, específicamente en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, en el proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles al gobierno y co-gobierno universitario de la referida Casa de Estudios, para el período 2008-2009, cuyo acto de votación esta fijado para el día 07-11-2008.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-478, mediante el cual se notificó a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela el fallo dictado en fecha 06-11-2008.
16.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.
La abogada Nancy Isabel Rivas Acosta, inscrita en el Inpreabogado bajo el 78.328, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Zoraida Coromoto Bastidas, consignó diligencia mediante la cual solicitó se inste a la Comisión Interventora a que presente el cronograma electoral a los fines de dar cumplimiento a la Sentencia proferida por la Sala. Asimismo, solicitó dos copias certificadas de la Sentencia Nº 180 de fecha 06-11-2008.
SENTENCIA
17.- Expediente N° 2008-000061: JOSÉ GREGORIO RUIZ, titular de la cédula de identidad N° 5.153.464, asistido por el abogado Pablo Eduardo Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.466, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N° 080916-942, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459, de fecha 08-10-2008, en la cual se revocaron las Resoluciones números 2327, 2328, 2334, 2337, 2342, 2347, 2349, 2352, 2356, 2359, 2361, 6549, 6551 y 6970 dictadas por la Junta Electoral Municipal del Municipio San Diego del Estado Carabobo, mediante las cuales se admitió postulación del referido ciudadano como candidato a Alcalde del mencionado municipio, propuestas por las organizaciones con fines políticos SEGUIMOS, MEP, CONSENSO, UDEMO, ACTIVE, URD, JUAN BIMBA, OPINA, NFP, DR, LA PLATAFORMA, MCP, VIVZLA y DP. (Recibido en fecha 10-10-2008). La Sala declaró: PRIMERO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 183.
18.- Expediente N° 2008-000066: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos TIBISAY DELGADO, YOADIMAR SANTA MARÍA, MOSQUERA GUARUTO MARCILIO, MONTAÑES MARISBEL, MARTÍNES LUIS, LUGO MARÍA ANTONHIA, CORONADO MAYRIS y ELSA RITO, titulares de las cédulas de identidad números 14.469.315, 16.206.126, 22.956.028, 4.702.080, 14.061.746, 4.565.237, 16.536.907 y 9.494.822, respectivamente, contra los ciudadanos Marlen Díaz y José Julián Cortez, respecto a la revocatoria de la ciudadana Marlen Díaz, del cargo de Vocera Principal del Consejo Comunal Agrícola “Hugo Chávez Frías”. Oficio Nº 08-1874, de fecha 14-10-2008, remitiendo el expediente Nº 08-15205 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ la declinatoria de competencia que le formulara el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, y COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: ANULÓ el proceso desarrollado por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua y REPUSÓ la causa al estado de admitir el amparo constitucional solicitado. TERCERO: ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR dicha acción conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 184.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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