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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de noviembre de 2008





CUENTA Nº 150

 

CUENTA Nº 150

 

 

Despacho del martes once (11) de noviembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000077: Carlos Manuel Reyes Kinsler, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.175, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, interpone acción mero declarativa conjuntamente con medida cautelar, referida a la “ILEGITIMIDAD E ILEGALIDAD DEL SINDICATO SUNEP-SUREPMEA, SECCIÓN SUCRE, (…) SINDICATO UNITARIO RGIONAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS MUNICIPALES DEL ESTADO ARAGUA (SUNEP-SUREPMEA). (Recibido el 07-11-2008).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política. 

 

La abogada Miriam Pineda, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.962, actuando con el carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público con competencia ante la Sala Plena, Sala Constitucional, Sala Político Administrativa y Sala Electoral, presentó diligencia anexa a la cual consignó copia simple de la misiva dirigida al Ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores.

 

 

3.- Expediente N° 2008-000075: JAIME DE LA TRINIDAD VARGAS GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 13.027.564, asistido por el abogado Jhonny Ramón Tovar Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Inpreabogado bajo el N° 87.658, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “LA CANDIDATURA A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO FALCON DE LA CIUDADANA STELLA LUGO DE MONTILLA …”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-483 mediante el cual se  solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

4.- Expediente N° 2008-000041: GERARDO BLYDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.434, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la resolución dictada, en fecha 21 de julio de 2008, por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las “Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 08-453, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 20-10-2008.

 

 

5.- Expediente N° 2008-000041: GERARDO BLYDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.434, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la resolución dictada, en fecha 21 de julio de 2008, por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las “Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-452, mediante el  cual se notificó al Ministerio Público del fallo dictado en fecha 20-10-2008.

 

 

6.- Expediente N° X-2007-000041 (CUADERNO SEPARADO): Aníbal Perales Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.038, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, se opone a la medida cautelar acordada mediante Sentencia N° 142 de fecha 13-08-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano  CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000058).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Fernando Sosa, mediante la cual se le notificó el fallo dictado en fecha 11-06-2008.  Boleta que fue dejada en el domicilio procesal del referido ciudadano, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente N° X-2007-000041 (CUADERNO SEPARADO): Aníbal Perales Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.038, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, se opone a la medida cautelar acordada mediante Sentencia N° 142 de fecha 13-08-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano  CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000058).

 

La ciudadana Secretaria Accidental de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 03-10-2008, se había trasladado al domicilio procesal del ciudadano Fernando Sosa  y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

8.- Expediente N° 2008-000045: REINALDO FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 10.350.286, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.021, actuando con el carácter de Presidente y representante legal del MOVIMIENTO HUMANISTA (M.H.) y en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 080402-326, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró improcedente la oposición al procedimiento de cancelación iniciado contra la Organización con fines políticos MOVIMIENTO HUMANISTA (MH) y canceló la inscripción de la referida Organización con fines político regionales en los estados Aragua, Miranda y Distrito Capital.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 07-10-2008. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida parte, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000045: REINALDO FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 10.350.286, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.021, actuando con el carácter de Presidente y representante legal del MOVIMIENTO HUMANISTA (M.H.) y en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 080402-326, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró improcedente la oposición al procedimiento de cancelación iniciado contra la Organización con fines políticos MOVIMIENTO HUMANISTA (MH) y canceló la inscripción de la referida Organización con fines político regionales en los estados Aragua, Miranda y Distrito Capital.

 

La ciudadana Secretaria Accidental de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 24-10-2008, se había trasladado al domicilio procesal del ciudadano Reinaldo Fuentes y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° 2008-000072: Omar José González Lameda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.075, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano YSRRAEL ANTONIO CUBERO, titular de la cédula de identidad N° 4.914.888, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 080916-928, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 459 de fecha 08-10-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la Resolución dictada por la Junta Municipal Electoral del municipio Guanipa del estado Anzoátegui, en la cual se admitió la postulación del ciudadano Jesús Rafael Paraqueima Aricaguán como candidato a Alcalde del referido Municipio.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado Órgano Electoral y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

11.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los  días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.

 

Vista la Sentencia N° 185 de fecha 11-11-2008, se acordó librar Oficio al Ministerio Público a los fines de notificarle el mencionado fallo. Igualmente, se acordó librar Oficio al Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, a los fines de notificarle el referido fallo. Asimismo, dando cumplimiento con el fallo se acordó librar Oficio al Consejo Universitario de la mencionada Casa de Estudios a los fines de notificarlo del fallo dictado en fecha 11-11-2008. Del mismo modo, se acordó librar boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 11-11-2008. Igualmente, se acordó librar boleta al ciudadano Ramón Antonio Arrieta Piñeiro, a los fines de notificarlo del referido fallo. Se libraron Oficios números 08-488, 08-487, 08-486 y boletas. Se comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines de notificar a la Comisión Electoral y al Consejo Universitario, ambos de la Universidad del Zulia, así como a la parte recurrente y al ciudadano Ramón Arrieta Piñeiro. Se libró Oficio N° 08-485 y despacho. Finalmente, se dejó constancia que una vez que conste en autos la notificación de la parte recurrente, se procedería a librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “El Universal”.

 

 

12.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.

 

Visto que consta en autos la notificación de la parte recurrente del fallo dictado en fecha 28-10-2008, en el cual se admitió el recurso interpuesto, el Juzgado de Sustanciación, acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el auto dictado en fecha 29-10-2008, a los fines de su publicación en el diario “Ultimas Noticias”. Se libró cartel de emplazamiento.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE  PONENTE EN:

 

 

13.- Expediente N° 2008-000078: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano CIRO CHIRINO, titular de la cédula de identidad N° 7.676.831, asistido por el abogado Osbaldo José Brito Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.453, contra la Comisión Electoral de la Federación de Trabajadores del Zulia (FETRAZULIA), respecto al proceso electoral “a celebrarse el día 13 de noviembre de 2001”. Oficio Nº 2010-08, de fecha 09-10-2008, remitiendo el expediente Nº 7211 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

14.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.

 

Por recibida comunicación C.I. N° 223, de fecha 11-11-2008, suscrita por el ciudadano Cruz Francisco Ramos, Asesor Legal de la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, anexa a la cual consignó cronograma del Proceso Electoral, reprogramado, vista la Sentencia N° 180 de fecha 06-11-2008, así como copia de la convocatoria a asamblea extraordinaria de asociados.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

15.- Expediente N° 2008-000060: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DE LOURDES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.415.635, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal Ad-Hoc de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja.

 

El abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó escrito mediante el cual formaliza la tacha de las planillas de postulación.

 

 

16.- Expediente N° 2007-000095: Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos YUSMERY DEL CARMEN ESCOBAR PACHECO y JULIO JOSÉ MARCHAN YEPEZ, titulares de las cédulas de identidad números 13.774.122 y 16.234.038, estudiantes del Instituto Pedagógico de Barquisimeto “Luis Beltrán Prieto Figueroa”, Universidad Pedagógica Experimental Libertador, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la convocatoria a elecciones de los Directores, Subdirectores y Secretarios del referido Instituto Pedagógico, cuyo acto de votación y escrutinio fue fijado en primera vuelta para los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2007 y en segunda vuelta para los días 22, 23 y 24 de noviembre de 2007.

 

El abogado Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual promueve pruebas (acompañó anexos).

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

17.- Expediente N° 2008-000057: LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ LEDEZMA y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PINTO, titulares de las cédulas de identidad números 15.995.353 y 15.455.049, respectivamente, asistido por el abogado Antonio Canova González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.088, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-934, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-09-2008, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra el acto de admisión de la postulación del ciudadano Tulio Tomas Salvatierra Ortega, como candidato a Alcalde del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, por la organización con fines políticos (POR MI PUEBLO).

 

La abogada Karina Anzola Spadaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.707, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Luis Fernando Rodríguez Ledesma y Luis Alberto Rodríguez Pinto, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

18.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008  dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en  el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los  días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la causa. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta. CUARTO: ORDENÓ la desincorporación inmediata del ciudadano Ramón Arrieta del cargo de Secretario de La Universidad del Zulia. QUINTO: ORDENÓ al Consejo Universitario de esa Casa de Estudios que, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 numeral 15 de la Ley de Universidades, designe a quien habrá de cubrir la falta temporal del Secretario, con la advertencia de que el escogido deberá reunir los requisitos exigidos por la ley para ocupar ese cargo. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 185.

 

 

19.- Expediente N° 2008-000062: WILMAN ZABALETA OROZCO, titular de la cédula de identidad N° 4.201.977, asistido por el abogado José Joel Gómez Cordero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.049, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 081003-970, emanado del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-10-2008, que declaró sin lugar el recurso jerárquico  intentado contra la candidatura del ciudadano Michele Cocchiola Pugliese, a la Alcaldía del Municipio Valencia del estado Carabobo. La Sala HOMOLOGÓ EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el ciudadano WILMAN ZABALETA OROZCO. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 186.  

 

20.- Expediente N° 2008-000048: MARCOS POLESEL, titular de la cédula de identidad N° 6.867.397, asistido por el abogado Antonio Marcoccio Meza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.427, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-826, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 03-09-2008, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación intentado por el referido ciudadano contra la postulación de todos los Partidos Políticos, para el proceso de postulaciones de las elecciones regionales a celebrarse en noviembre de 2008. La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 187. 

 

21.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política.  La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por el ciudadano ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, de reducir los lapsos procesales en la causa. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 188. 

 

22.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008. La Sala ORDENÓ librar oficio solicitando a la Comisión Electoral Principal de CAHORMINSA que, dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a su notificación, remita a este órgano jurisdiccional el acta de escrutinio del centro de votación ubicado en la Dirección de Malariología/Maracaibo, los cuadernos de votación del Hospital Victorino Santaella del estado Miranda, así como los cuadernos y boletas electorales de Malariología, Dirección de Salud y  Hospital J.M.B. del estado Lara. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 189. 

 

23.- Expediente N° 2008-000044: LISANDRO CABELLO,  asistido por la abogada Rebeca del Gallego del Machado, interpone recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008". La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral. En consecuencia, se declaró la nulidad de la norma impugnada, con efectos ex tunc. Asimismo, se ordenó al Consejo Nacional Electoral revisar las postulaciones que se hayan hecho con base en la norma declarada nula, rechazándolas de inmediato, para evitar cualquier inconsistencia en la oferta electoral y salvaguardar con ello los derechos que tienen los electores.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 190.

 

 

.- OTROS:

 

La Sala deja constancia que en la Cuenta Nº 148, del día 06-11-2008,  por error en el punto número 9 se reflejó actuación en el expediente N° 2008-000044, cuando en cambio la misma correspondía al expediente N° 2007-000044, en tal sentido su contenido correcto es el siguiente:

 

 

9.- Expediente N° 2007-000044: REGULO ANTONIO VÁSQUEZ ZORRILLA, MANUEL ANTONIO MONGUA, MERCEDEZ ELENA RUIZ RAMÍREZ y DELIA AGUSTINA PÉREZ BAZAN, titulares de las cédulas de identidad números 3.568.871, 1.196.675, 4.217.975 y 3.412.383, respectivamente, asistidos por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Caja de Ahorros de los Obreros Jubilados y Pensionados del INAVI (C.A.P.O.J.I.N.A.V.I.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 22-05-2007.

 

La abogada NORKY RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.288, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Felipe Moya, presentó escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con las elecciones.

 

 

 

El Presidente,

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

                                                                                  La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

 

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