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CUENTA Nº 168
Despacho del jueves once (11) de diciembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2008-000090: JOSÉ ENRIQUE PERNÍA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.099.306 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada “para DECLARAR LA NULIDAD de las Actas de Escrutinio y como consecuencia IMPUGNACION Y NULIDAD del Acta ELECCIONES REGIONALES 23 DE NOVIEMBRE 2008 ACTA TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN Alcaldesa o Alcalde del Municipio MICHLENA del Estado TACHIRA”.
Se dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente N° 2008-000091: RICHARD MIGUEL MARDO MARDO, titular de la cédula de identidad N° 9.649.681, asistido por el abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, interpone recurso contencioso electoral contra los actos de totalización y proclamación dictados por la Junta Municipal Electoral del Municipio Girardot del Estado Aragua, en las elecciones celebrada 23-11-2008 para elegir al Alcalde del mencionado Municipio, así como contra las Actas de Escrutinio que se especifican.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARIA EN:
3- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 08-546. Finalmente, la Sala observó que conjuntamente con el recurso contencioso electoral se solicitó medida cautelar innominada, en tal sentido, en aras de garantizar al máximo el derecho a la tutela judicial efectiva, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
4.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.
Vista la diligencia presentada, en fecha 08-12-2008, por la abogada Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 3.790, mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia Nº 124 de fecha 31-07-2007 que corre inserta a los folios 476 al 492 y de la sentencia Nº 170 del 16-10-2007 que cursa a los folios 647 al 662 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
5.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente, miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato.
Vista la Sentencia N° 212 de fecha 09-12-2008, se comisionó al Juzgado Primero del Municipio Miranda del Estado Falcón, a los fines de notificar de la referida decisión a la parte recurrente y al ciudadano Aly Ramón Sánchez García. Se libró Oficio N° 08-543, boletas y despacho. Finalmente, se libró Oficio N° 08-544 al Consejo Nacional Electoral, a los fines de notificar el fallo dictado en fecha 09-12-2008.
6.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.
Habiéndose anunciado voto concurrente por parte de los Magistrados LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ y JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, en relación a la sentencia firmada en esta misma fecha en la causa, se difirió la publicación de dicho fallo, hasta la presentación de los escritos razonados contentivos de los votos concurrentes anunciados por los referidos Magistrados, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (3) días de despacho siguientes al día de hoy.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
7.- Expediente N° 2008-000063: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO RODRÍGUEZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.828.429, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080910-895, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 10-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró sin lugar el recurso de impugnación interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Electoral del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se admitió la postulación hecha por la organización con fines políticos Acción Democrática del ciudadano Ramón Bracho Fonseca al cargo de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
Visto que, en fecha 10-12-2008, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.
COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:
8.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Por recibida comunicación de fecha 18-11-2008, suscrita por la ciudadana Betzaida Romero, Directora Principal de la Junta Directiva de MI CASA, Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A., mediante la cual informa que en atención al Oficio N° 08-384, las personas indicadas no poseen cuentas bancarias ni otros Instrumentos Financieros en esa Institución.
9.- Expediente N° X-2008-000014 (CUADERNO SEPARADO): CAMILLE AOEISS MAROUN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HIROMIDES TANCREDO PIERLUISSI ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° 2.775.867, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-0771, emanado del Consejo Nacional Electoral, de fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 379, de fecha 21-06-2007, que ordenó la convocatoria a nuevas votaciones para la elección del Alcalde del Municipio Aguasay del Estado Monagas, en la Mesa N° 1 del Centro de Votación N° 40.290.
Por recibido, Oficio N° 296, de fecha 14-11-2008, emanado del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Aguasay, Ezequiel Zamora, Cedeño, Acosta y Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 15-10-2008, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-538, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 02-12-2008.
11.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-540, mediante el cual se notificó a la Alcaldía Mayor del Distrito Metropolitano de Caracas del fallo dictado en fecha 02-12-2008.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° 2008-000053: RAMÓN ÁVILA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.165.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.768, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Resolución N° 080820-804, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-08-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 452, de fecha 08-09-2008, que declaró improcedente el recurso de impugnación interpuesto contra la decisión de la Junta Municipal Electoral del Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, que admitió la postulación del ciudadano Alberto José Chapín Corona, al cargo de Alcalde del referido Municipio y que fuera postulado por iniciativa propia, por las organizaciones Un Nuevo Tiempo (UNTC), Acción Democrática (AD) y otras, contenidas en las Resoluciones números 080814-12147 a la 080814-12170, todas de fecha 14-08-2008.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-542, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto de pruebas dictado en fecha 09-12-2008.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
13.- Expediente N° 2007-000079: WILMAN JOSÉ ZAMBRANO MORA y JUAN PEDRO VALPUESTA, titulares de las cédulas de identidad números 9.145.531 y 4.170.721, respectivamente, asistidos por el abogado Héctor Blanco-Fombona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.120, interponen acción de amparo constitucional contra el procedimiento disciplinario abierto contra los referidos ciudadanos por “la Junta Directiva de facto de la Asociación Civil Carenero Yacht Club”, conformada por los ciudadanos Leopoldo Francisco Laya, Jesús Rodríguez Losada, Antelmo Decairés y Jesús Losada Rodríguez.
Vista la diligencia presentada, en fecha 08-12-2008, por la abogada Mélida Gallardo Mier y Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 3.790, mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia Nº 180 de fecha 18-10-2007 que cursa a los folios 35 al 44, del Acta de Audiencia Constitucional de fecha 13-11-2007 que riela a los folios 74 al 80 y de la sentencia Nº 207 de fecha 22-11-2007 que corre inserta a los folios 82 al 90 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
OFICIO LIBRADO EN:
14.- Expediente N° 2008-000085: CARMEN CEDEÑO DE CHANCELLOR, titular de la cédula de identidad N° 10.020.217, actuando en representación de su esposo, ciudadano CARLOS MARCELINO CHANCELLOR FERRER, titular de la cédula de identidad N° 5.342.718, asistida por los abogados Javier Montaño Suárez y Emilio Arévalo Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 81.763 y 129.865, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el ciudadano Ellys Augusto Rendón Núñez, Juez del Juzgado Segundo Itinerante de Control del Circuito Judicial del estado Bolívar Extensión Territorio Puerto Ordaz, respecto a “la Medida Cautelar Privativa de Libertad que pesa sobre el Alcalde electo (…) del Municipio Sifontes del Estado Bolívar (…)”.
Dando cumplimiento a la Sentencia dictada en fecha 10-12-2008, se libró Oficio N° 08-545, anexo al cual se remite expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, constante de sesenta y tres (63) folios útiles, en una (01) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente.
SENTENCIA
15.- Expediente N° 2008-000057: LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ LEDEZMA y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ PINTO, titulares de las cédulas de identidad números 15.995.353 y 15.455.049, respectivamente, asistido por el abogado Antonio Canova González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.088, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-934, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-09-2008, que declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra el acto de admisión de la postulación del ciudadano Tulio Tomas Salvatierra Ortega, como candidato a Alcalde del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, por la organización con fines políticos (POR MI PUEBLO). La Sala declaró IMPROCEDENTE la acumulación de los recursos contencioso electoral contenidos en el expediente número AA70-E-2008-000052 y el que refiere el recurso identificado número AA70-E-2008-000057, solicitada por el ciudadano DAVID MATHEUS BRITO, en su condición de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 214.
16.- Expediente N° X-2008-000022 (CUADERNO SEPARADO): JOSÉ LUIS ZAPATA y FRED MILLÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.459.981 y 4.076.197, respectivamente, asistidos por el abogado Argenis Asunción Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, solicitan amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el proceso electoral llevado a cabo en la Asociación Civil La Hacienda Country Club, en fecha 04-05-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000038). La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 215.
17.- Expediente N° 2007-000072: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano HÉCTOR LUIS CARDOZO SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.088.724, asistido por el abogado Wilmer Gil Jaime, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.752, contra las actuaciones materiales y vías de hecho efectuadas por la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroni del Estado Bolívar, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Cámara. Oficio Nº 07-1.418, de fecha 15-08-2007, remitiendo el expediente Nº 39746-07 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de desacato de la sentencia de esta Sala, número 30 del 27 de febrero de 2008. SEGUNDO: ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la publicación del fallo, designe una Comisión Electoral ad-hoc, a los fines de sustituir a la actual Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, que culmine el proceso electoral llevado a acabo en el referido Gremio en los términos del fallo de esta Sala, número 30 del 27 de febrero de 2008. TERCERO: ORDENÓ remitir al Ministerio Público, copia de las decisiones adoptadas por la Sala, a los fines de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 y 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, investigue sobre las responsabilidades de los miembros de la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del Estado Bolívar en el desacato de la decisión de la Sala, número 30 del 27 de febrero de 2008 y, en consecuencia, haga uso de las potestades que le confiere el ordenamiento jurídico venezolano para iniciar el correspondiente proceso penal. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 216.
18.- Expediente N° 2008-000078: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declino competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano CIRO CHIRINO, titular de la cédula de identidad N° 7.676.831, asistido por el abogado Osbaldo José Brito Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.453, contra la Comisión Electoral de la Federación de Trabajadores del Zulia (FETRAZULIA), respecto al proceso electoral “a celebrarse el día 13 de noviembre de 2001”. Oficio Nº 2010-08, de fecha 09-10-2008, remitiendo el expediente Nº 7211. (Nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró: PRIMERO: Aceptó la declinatoria de competencia que hiciera en su favor el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con sede en Maracaibo. En consecuencia, COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 217.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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