CUENTA
Nº 19
Despacho del martes doce (12) de febrero de
2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Magistrado
Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y
Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta
de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° X-2008-000001 (CUADERNO
SEPARADO):
Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS
ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ
LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad
números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889,
respectivamente, miembros de la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional
Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, solicitan
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la
Resolución N° 070704-1656, emanada del
Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral
N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las
comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la
autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado
Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados,
para elegir la Comisión
Electoral que organizará el proceso electoral en el referido
Sindicato. (Recurso Principal Expediente N°
2007-000104).
Vista la Sentencia Nº 13 de
fecha 29-01-2008, la Sala comisionó al Juzgado Segundo del Municipio
Miranda del Estado Falcón, a los fines de notificar a la parte recurrente. Se
libró Oficio N° 08-054, boleta y despacho. Asimismo, se libró Oficio N° 08-055,
al Consejo Nacional Electoral mediante el cual se notifica el fallo dictado en
fecha 29-01-2008.
2.- Expediente N° 2005-000064: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, declinó la competencia para
conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada interpuesto por los ciudadanos Luis González y Elpidio Lárez,
titulares de las cédulas de identidad números 4.498.469 y 4.296.023,
respectivamente, asistidos por el abogado Octavio Rafael Castellanos Zacarías,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.658, contra las actuaciones
realizadas por los ciudadanos Miguel Rojas y Williams Villarroel Mata, referidas al proceso electoral del Sindicato
Unificado de Trabajadores del Petróleo y sus Derivados de los Distritos
Sotillo, Bolívar, Peñalver, Bruzual, Cajigal y Libertad del Estado Anzoátegui.
Oficio Nº 2005-441, de fecha 27-06-2005, remitiendo el expediente Nº
BP02-R-2005-000751 (nomenclatura de ese Juzgado).
Visto que en fecha 05-03-2007, fueron
recibidas las resultas de la comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región Nor-Oriental, y visto que el ciudadano Alguacil
del mencionado Juzgado de Municipio indica la imposibilidad de practicar la
comunicación a la parte recurrente; en consecuencia, la Sala, de conformidad con lo
previsto en los artículos 233 y 174 de la Código de
Procedimiento Civil, acordó librar
boleta a la parte recurrente, ciudadanos Luis González y Elpidio Larez. Se
libró boleta.
3.-
Expediente N° 2007-000068: LUIS ALBERTO APONTE
LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.036, asistido por la abogada
Josefina Camacaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.307, interpone
recurso contencioso electoral contra la
Resolución N° 070607-0768, emanada del
Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral
N° 382, de fecha 16-07-2007, en la cual se declaró sin lugar los recursos
jerárquicos interpuestos contra la elección y postulación del ciudadano José
Luis Rodríguez, como Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, en el
proceso electoral celebrado el 21-05-2006, así como contra el proceso electoral
en general celebrado.
Se difirió el
lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de
despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.
4.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos
del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N°
070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007, que ordenó al Colegio de Médicos del Estado
Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión
Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el
Reglamento Interno de la
Federación Médica Venezolana.
Se difirió el
lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de
despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS
AUTOS:
5.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la
Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
Los
ciudadanos Ángelo Bianchini Topetta y Pasquale José Gregorio Giacobre Ciuffreda, actuando con el carácter de
Presidente y Secretario del Centro Italiano Venezolano, respectivamente,
asistidos por el abogado Walter Lechón Allup, inscrito en el Inpreabogado bajo
el N° 15.829, consignaron escrito mediante el cual señalan dar cumplimiento con
lo dispuesto en la decisión dictada en fecha 29-01-2008 (Acompañan anexos).
DILIGENCIA EN:
6.-
Expediente Nº 2004-000099: Juzgado Tercero Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la Región Occidental,
declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional
interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
17.583, contra la
Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio
Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura
de ese Juzgado) (1 pieza principal).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-040, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental,
a los fines de comunicarle el fallo dictado en fecha 14-11-2006, a la parte
accionante, ciudadano ALAN JESÚS ÁLVAREZ. Oficio que fue enviado a través del
Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
7.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la
Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
El ciudadano Alguacil consignó copia de
la boleta librada al ciudadano ANGELO
BIANCHINI TOPPETTA mediante la cual se le notificó del fallo dictado en
fecha 29-01-2008.
8.- Expediente N° 2007-000027: María López Cid, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.245,
actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos NICOLA CICENIA
BELINA y PASCUALE JOSÉ GREGORIO GIACOBRE CIUFFREDA, titulares de las cédulas de
identidad números 4.585.250 y 6.555.250, respectivamente, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los
ciudadanos Franciscantonio Pellegrino y Ercole Pilade, en su condición de
Miembros de la
Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., respecto a la elección de la Junta Directiva,
del Tribunal Disciplinario y de los Comisarios del Centro Italiano
Venezolano, A.C., período 2007-2009.
El ciudadano Alguacil consignó copia de
la boleta librada al ciudadano PASQUALE
JOSÉ GREGORIO GIACOBBE CIUFFREDA mediante la cual se le notificó del
fallo dictado en fecha 29-01-2008.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
9.- Expediente N° 2007-000102: Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito y con Competencia Transitoria de Protección del Niño y
del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa declina la competencia en el
expediente contentivo de la apelación interpuesta por la abogada Aura Mercedes
Pieruzzini Rivero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.278, actuando con
el carácter de apoderada judicial del ciudadano DESIDORO MARIN GUANDA, titular
de la cédula de identidad N° 1.394.791, contra la sentencia dictada en fecha
10-04-2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil
y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, en la cual se declaró la
nulidad de todo lo actuado en la demanda
intentada por el referido ciudadano contra la Asociación
Civil Unión de Choferes Línea Payara, respecto a la nulidad
de la Asamblea General
Ordinario celebrada el 18-11-2002, así como a los fines de que se le restituyan
sus derechos como Asociado de la referido Asociación Civil. Oficio N° 301/2007, de fecha 20-11-2007,
remitiendo el expediente Nº 2459 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-038, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado
Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo
Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado
Portuguesa, a los fines de notificar a la Asociación Civil
Unión de Chóferes Línea Payara, así como a la parte recurrente. Oficio que fue
enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2007-000089: MARCOS ROJAS, titular de la
cédula de identidad N° 4.043.974, asistido por la abogada Felicia Katiusha
Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interpone amparo
constitucional contra el Acto N° 230/09/07 emanado de la Inspectoría del
Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el cual se declaró
con lugar el recurso de reconsideración ejercido en fecha 03-08-2007 y se
ordenó a la Junta Directiva
del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) determinada mediante Auto
N° 399-07-96 del 31-07-2006, “que consigne nuevamente la documentación
requerida para proceder a emitir los autos dirigidos a cada una de las empresas
involucradas, informándole sobre las afiliaciones de los trabajadores y
designaciones de los distintos Delegados Sindicales y de Higiene y Seguridad
Industrial (…)”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la
cual se le comunicó del fallo dictado en fecha 13-12-2007.
SENTENCIA
11.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM
SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números
3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354,
respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral
celebrado en la Caja
de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS,
INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB
(CASEP). La Sala
declaró: 1.- IMPROCEDENTE la
solicitud interpuesta por los ciudadanos Saúl Castellano y William Sandoval,
asistidos por la abogada María Lourdes Hernández. 2.- ACORDÓ la juramentación de las ciudadanas Ana Mercedes Flores Díaz,
como miembros principal y Romely Rivero, como miembro suplente, titulares de
las cédulas de identidad números 6.964.860 y 16.292.398, respectivamente, como
representantes de la
Superintendencia de Cajas de Ahorro ante la Comisión
Electoral de la
Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos (CASEP), para el
tercer (3°) día de despacho siguiente a la notificación de la decisión. Ponente:
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
Sentencia N° 14.
12.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N°
4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007,
publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que
indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren
del Estado Lara. La Sala
ordenó al Consejo Nacional Electoral
que en un lapso perentorio de tres (3) días de despacho, contados a partir de
su notificación, remita a la
Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, las actas
originales de escrutinio identificadas en la decisión y sus respectivos
cuadernos de votación, así como el acta de totalización original levantada en
el proceso electoral de los miembros del Concejo Municipal del Municipio
Iribarren del Estado Lara, cuyo acto de votación se celebró el día 7 de agosto
de 2005, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 21, aparte 13
de la Ley Orgánica
del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: FERNANDO
RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 15.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ