CUENTA
Nº 52
Despacho del miércoles dieciséis (16) de abril
de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez
Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2005-000085: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo
de la Circunscripción
Judicial de la Región
Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declinó la
competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo
cautelar interpuesto por los ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES
GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO RODRÍGUEZ y ALEXANDER PERDOMO, titulares de las cédulas de identidad números
10.757.689, 13.063.991, 9.432.702 y 11.978.606, respectivamente, asistidos por
los abogados José Rosalino Medina Bravo y Manuel Antonio Arana Sánchez,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.987 y 94.492, respectivamente,
contra los actos de fechas 06 y 13-05-2005, emanados de la Sala de Organizaciones
Sindicales de la
Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, relacionados con
la elección de la Junta Directiva
del Sindicato de Trabajadores del Vidrio de la Sociedad Mercantil,
Empresa Productos de Vidrio, S.A. (SINTRAVISOMEPRO).
Se fijó en la cartelera de esta Sala la boleta librada a los
ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO
RODRÍGUEZ y ALEXANDER PERDOMO, mediante la cual se le notifica del auto dictado
en fecha 09-02-2006.
2.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en
lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y
Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación
interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas,
titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y
12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones
efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco
Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el
expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Visto el fallo dictado en fecha 01-04-2008, se comisionó al
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección
del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de
la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de
notificar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadanos Rubén Palomo,
Arquímedes Pino y Jaime Armas, a los ciudadanos Alexander Saavedra, Epifanio
Acosta y José Fermín, miembros de la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI) y a la Junta Directiva
del referido Sindicato. Se libraron Oficios números 08-128, boletas y despacho.
Asimismo, se libró Oficio N° 08-129, mediante el cual se notifica al Consejo
Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 01-04-2008. Finalmente, se libró
boleta al ciudadano Carlos Filosa, de conformidad con el artículo 174 del
Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 01-04-2008.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO
A LOS AUTOS:
3.- Expediente N° 2006-000098: Jesús Antonio Mejías Umaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 44.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN UNITARIA
DEL MAGISTERIO DE VENEZUELA (FETRAMAGISTERIO) interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N°
060405-0197, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 05-04-2006,
publicada en Gaceta Electoral N° 337, de fecha 21-09-2006, mediante la cual se
resolvió tener como no realizado el proceso electoral celebrado en la referida
Federación en fechas 11 y 16-11-2004.
El abogado Miguel
Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.909, actuando como apoderado
judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito contentivo de información
solicitada mediante Sentencia N° 41 de fecha 01-04-2008. (Acompañó anexo).
4.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES,
ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ
y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números
6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223,
5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del
Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha
04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva
del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía
Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción
(SUMEP-ALCAMET).
Los ciudadanos CELESTINO CASTRO, ALBERTO
ÁVILA y ALEXIS MUJICA, actuando con el carácter de miembros de SUMEP-ALCAMET,
asistidos por el abogado Gabriel Espinoza García, inscrito en el Inpreabogado bajo
el N° 36.645, presentaron escrito mediante el cual solicitan se declare el desacato
y se ordene la ejecución forzosa de la Sentencia N° 183 del 20 de noviembre de 2006.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
5.- Expediente N° 2007-000102: Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito y con Competencia Transitoria de Protección del Niño y
del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa declina la competencia en el
expediente contentivo de la apelación interpuesta por la abogada Aura Mercedes
Pieruzzini Rivero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.278, actuando con
el carácter de apoderada judicial del ciudadano DESIDORO MARIN GUANDA, titular
de la cédula de identidad N° 1.394.791, contra la sentencia dictada en fecha
10-04-2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil
y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, en la cual se declaró la
nulidad de todo lo actuado en la demanda
intentada por el referido ciudadano contra la Asociación
Civil Unión de Choferes Línea Payara, respecto a la nulidad
de la Asamblea General
Ordinario celebrada el 18-11-2002, así como a los fines de que se le restituyan
sus derechos como Asociado de la referido Asociación Civil. Oficio N° 301/2007, de fecha 20-11-2007,
remitiendo el expediente Nº 2459 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Visto el auto dictado en fecha
10-04-2008, mediante el cual se inadmitió el recurso interpuesto, se comisionó al Juzgado Primero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de notificar del referido auto a
la parte recurrente, ciudadano Desidoro Marín Guanda, y la Asociación Civil
Unión de Chóferes Línea Payara. Se libraron Oficios números 08-130, 08-131,
boleta y despacho.
ESCRITO
PRESETADO Y AGREGADO A LOS AUTOS
6.- Expediente N°
2008-000009:
VÍCTOR NOVO Y LEONARDO VALDERRAMA, titulares de las cédulas de identidad
números 6.903.756 y 13.509.366, respectivamente, asistidos por el abogado Raúl
Zenón Vásquez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.807, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos contra el proceso electoral para elegir a los representantes
estudiantiles ante los Consejos Superior, Directivos (Sartenejas y Litoral),
Académico y Asamblea Universitaria de la Universidad Simón
Bolívar y ante los Consejos de Coordinación
y Decanatos de Sartenejas y del Litoral, cuyo acto de votación tuvo
lugar el día 29-01-2008.
El abogado HÉCTOR GALARRAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el
N° 28.519, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Simón
Bolívar, consignó escrito mediante ante el cual expone sus alegatos y solicita
se declare sin lugar el recurso interpuesto.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° 2008-000011: ELIO DE JESÚS SANTIAGO RANGEL y JUAN DE LA
CRUZ FLORES, titulares de las cédulas de
identidad números 4.262.170 y 3.022.547, respectivamente, el primero inscrito
en el Inpreabogado bajo el N° 32.393, actuando con el carácter de miembros de la Organización
Política del Estado Miranda “Los Ciudadanos del Movimiento
Patriótico Cívico” (CIMOPACI), interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral
“por la apertura de un Expediente administrativo de inicio de cancelación de
(su) inscripción ante ese Poder Electoral como Organización Política del Estado
Miranda”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-121, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado del
Municipio Independencia de la Circunscripción
Judicial del Estado Miranda, a los fines de notificar del
auto de inadmisión dictado en fecha 01-04-2008 a la parte recurrente.
Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este
Alto Tribunal.
8.- Expediente N° 2008-000014: Bernardo Mario Bedoya López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
85.864, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
WOLFANG HERNÁNDEZ, PEDRO FIGUEREDO Y JULIAN MENDOZA, titulares de las cédulas
de identidad números 8.880.628, 12.186.837 y 8.869.434, respectivamente,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
contra la Resolución N°
070704-1637, de fecha 04-07-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral,
mediante la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la
elecciones de fecha 16-01-2007, en la cual se eligió la Junta Directiva del Sindicato
de Obreros y Empleados de la
Industria de la Construcción y Conservación de Parques y Jardines
y sus Similares del Distrito Heres, del Estado Bolívar.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-115, mediante el cual se notificó al
Consejo Nacional Electoral de la
admisión del recurso.
9.- Expediente N° 2008-000014: Bernardo Mario Bedoya López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
85.864, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
WOLFANG HERNÁNDEZ, PEDRO FIGUEREDO Y JULIAN MENDOZA, titulares de las cédulas
de identidad números 8.880.628, 12.186.837 y 8.869.434, respectivamente,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
contra la Resolución N°
070704-1637, de fecha 04-07-2007, emanada del Consejo Nacional Electoral,
mediante la cual se declaró con lugar la impugnación interpuesta contra la
elecciones de fecha 16-01-2007, en la cual se eligió la Junta Directiva del Sindicato
de Obreros y Empleados de la
Industria de la Construcción y Conservación de Parques y Jardines
y sus Similares del Distrito Heres, del Estado Bolívar.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-116, mediante el cual se notificó a la Fiscala General de la República de la admisión
del recurso.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DILIGENCIA EN:
10.-
Expediente N° 2008-000010: Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el
expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el
ciudadano RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, titular de la cédula de identidad N°
8.049.90, asistido por el abogado Gustavo Alonso Vallejo Dugarte, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 84.539, contra los ciudadanos Alexi Coromoto Torres
Eulalio, Antonio Gutiérrez, José Adalberto Barrientos, Jorge Luis Adames
Sánchez, Freddy Orlando Prieto Rojas, Luis Alberto Fuentes Méndez, miembros de la Junta Directiva del Colegio de
Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0116-2008,
de fecha 08-02-2008, remitiendo el expediente Nº 9364 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-118, mediante el cual se solicita al Juzgado Segundo de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida la remisión de las resultas de la
comisión conferida por la Sala
en fecha 13-03-2008. Oficio que fue enviado a través del Departamento de
Correspondencia de este Alto Tribunal.
SENTENCIA
11.- Expediente N° 2007-000065: LUIS SÁNCHEZ NAVARRO y NESTOR RAFAEL MARTÍNEZ GÓMEZ, titulares de
las cédulas de identidad números 4.693.601 y 6.953.955, el último de los
mencionados inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.482 y asistiendo al
primero, interponen solicitud de convocatoria a elecciones de conformidad con
lo previsto en el artículo 435 de la Ley
Orgánica del Trabajo, en el Sindicato Único de Trabajadores
de la Industria Eléctrica
y sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC). La Sala declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la
solicitud de convocatoria a elecciones presentada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia
N° 55.
12.- Expediente N° X-2008-000002 (CUADERNO SEPARADO): José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
63.576, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO
MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las
cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076,
2.119.564 y 918.894, respectivamente, solicita amparo cautelar conjuntamente
con recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral
de la Asociación
Civil de Extrabajadores Jubilados y Pensionados Obreros del
Instituto Nacional de la
Vivienda (INAVI). (Recurso Principal Expediente N°
2008-000008). La Sala
declaró IMPROCEDENTE la solicitud de
amparo cautelar formulada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia
N° 56.
13.- Expediente N° 2008-000008: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
63.576, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE MOYA, WILLIAM BELLO, MARGARITO
MENDOZA, ISIDRO AGUILERA, AURELIANO MARCANO y ADELSO BALSA, titulares de las
cédulas de identidad números 1.169.731, 3.885.837, 2.994.176, 1.305.076,
2.119.564 y 918.894, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión
Electoral de la
Asociación Civil de Extrabajadores
Jubilados y Pensionados Obreros del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI). La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria
o ampliación del fallo N° 39 de fecha 1° de abril de 2008, interpuesto en fecha
03 de abril de 2008 por la ciudadana Mercedes Ruiz. Ponente: RAFAEL
ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 57.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ