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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de septiembre de 2008





CUENTA Nº 118

CUENTA Nº 118

 

 

Despacho del martes dieciséis (16) de septiembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2008-000016 (CUADERNO SEPARADO): ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT,  titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, solicitan medida cautelar conjuntamente con  recurso contencioso electoral contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e Informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el  proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006.  (Recurso Principal Expediente N° 2008-000028).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERON, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar  interpuesta.

 

 

2.- Expediente X-2008-000017 (CUADERNO SEPARADO):CARLOS MOREL GÓMEZ LA ROQUE, titular de la cédula de identidad N° 17.146.667, asistido por el abogado Raúl Zenón Vásquez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.807, solicita medida cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el acto de fecha 26-05-2008, emanado de la  Comisión Electoral de la Universidad Simón Bolívar,  por medio el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra el acto de fecha 08-04-2008, en el cual no se reconoció a los bachilleres Carlos Morel Gómez La Roque y Marielsy Carolina Villanueva Daniel la cualidad de representantes estudiantiles ante la  referida Comisión Electoral. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000033).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar  interpuesta.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2006-000057: Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 14-08-2008, por los ciudadanos Alberto Ávila y Alexis Mujica, actuando con el carácter de miembros de SUMEP-ALCAMET, asistidos por el abogado Gabriel Espinoza García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.645, mediante el cual expresan el incumplimiento de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET) respecto a la Sentencia N° 183 publicada en fecha 20-11-2006 y a la Sentencia N° 98 de fecha 30-06-2008, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

4.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

Se libró Oficio N° 08-362, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 14-08-2008, en el cual se ordenó a ese Órgano Electoral,  que  en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, informe la situación actual sobre el deber de cumplir con lo estipulado en el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Electoral.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

5.- Expediente N° 2007-000099: Sala Constitucional del  Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por la ciudadana MILKA OLIVEROS BICHARA, titular de la cédula de identidad N° 649.356, asistida por los abogados José Antonio Ocando y Eleana Alcalá Murillo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.269 y 19.927, respectivamente, contra la Resolución N° 050126-002, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-01-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 241, de fecha 13-04-2005, en la cual se declaró  sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida ciudadana contra la elección del ciudadano Eligio del Valle Hernández como Alcalde del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. Oficio Nº 07-1873, de fecha 16-11-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2005-000919 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Por recibido, en fecha 18-08-2008,  Oficio N° 305/08, de fecha 07-08-2008, emanado del Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por este Juzgado en fecha 07-05-2008,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la  elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.

 

Por recibida comunicación identificada como Control N° 46655, de fecha 15-08-2008, suscrita por el Gerente Legal de Asesoría del Mercantil, Banco Universal, mediante el cual da respuesta al Oficio N° 08-323, emanado de esta Sala, en la cual informa que la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa no figura como cliente de esa Institución Financiera. Sin embargo, añaden la posibilidad de informar el número de Registro de Información Fiscal de dicha persona jurídica, a los fines de efectuar una nueva búsqueda más precisa

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° 2008-000031: TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008.

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), presentó diligencia mediante la cual solicita que se declare sin lugar el recurso interpuesto.

 

 

8.- Expediente N° X-2008-000010 (CUADERNO SEPARADO): TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, solicita medida cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000031).

 

La abogada OLYMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado la copia certificada de la Sentencia Nº 110 de fecha 30-07-2008, acordada por auto de  fecha 13-08-2008.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000058: CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-308, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar de la decisión dictada en fecha 22-05-2008 a la Comisión Electoral para las elecciones del Decano de la Facultad de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental "Lisandro Alvarado", así como al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

10.- Expediente N° X-2007-000041 (CUADERNO SEPARADO): Aníbal Perales Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.038, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, se opone a la medida cautelar acordada mediante Sentencia N° 142 de fecha 13-08-2007, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano  CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000058).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-314, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar de la decisión dictada en fecha 11-06-2008 a la Universidad Centro Occidental "Lisandro Alvarado", a la Comisión Electoral para las elecciones del Decano de la Facultad de Administración y Contaduría de la referida Universidad, y al Consejo Universitario de dicha Casa de Estudios. Oficio que fue enviado a través de Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal

 

 

11.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-296, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los fines de notificar del fallo publicado en fecha 03-07-2008 a los ciudadanos Reinaldo Dorante, Luis Prieto, Alberto Aguilera y Laura Rodríguez. Oficio que fue enviado a través de Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal

 

 

12.- Expediente N° 2008-000046: NICOLÁS MOZES, titular de la cédula de identidad N° 6.184.593, asistido por la abogada Lucero Vera de Ferreira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.281,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 080721-628 dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de Candidatas o Candidatos a Gobernadora y Gobernador, Legisladora o legislador al Consejo Legislativo, Alcaldesa o Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, Concejala o Concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, Alcaldesa o Alcalde del Distrito del Alto Apure, Concejala o Concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y Alcaldesa o Alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-350, mediante el cual se le solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

13.- Expediente N° 2008-000045: REINALDO FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 10.350.286, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.021, actuando con el carácter de Presidente y representante legal del MOVIMIENTO HUMANISTA (M.H.) y en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 080402-326, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró improcedente la oposición al procedimiento de cancelación iniciado contra la Organización con fines políticos MOVIMIENTO HUMANISTA (MH) y canceló la inscripción de la referida Organización con fines político regionales en los estados Aragua, Miranda y Distrito Capital.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-349, mediante el cual se le solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N° 2008-000045: REINALDO FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 10.350.286, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.021, actuando con el carácter de Presidente y representante legal del MOVIMIENTO HUMANISTA (M.H.) y en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 080402-326, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró improcedente la oposición al procedimiento de cancelación iniciado contra la Organización con fines políticos MOVIMIENTO HUMANISTA (MH) y canceló la inscripción de la referida Organización con fines político regionales en los estados Aragua, Miranda y Distrito Capital.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito mediante el cual solicita se declare inadmisible el recurso interpuesto por haber operado la caducidad de la acción (acompañó anexos).

 

 

15.- Expediente N° 2008-000046: NICOLÁS MOZES, titular de la cédula de identidad N° 6.184.593, asistido por la abogada Lucero Vera de Ferreira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.281,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 080721-628 dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de Candidatas o Candidatos a Gobernadora y Gobernador, Legisladora o legislador al Consejo Legislativo, Alcaldesa o Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, Concejala o Concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, Alcaldesa o Alcalde del Distrito del Alto Apure, Concejala o Concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y Alcaldesa o Alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008".

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

16.- Expediente N° 2006-000111:  Vicente Romero Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO COLMENARES CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.464.346, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 061025-0899 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-10-2006, respecto al reconocimiento o certificación del proceso electoral celebrado, en fecha 20-10-2005, para escoger a las autoridades del Sindicato de Empleados Públicos del Ejecutivo del Estado Lara (SEPEEL).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentó escrito anexo al cual consigna Gaceta Electoral Nº 415 de fecha 14-03-2008, contentiva de la Resolución N° 071219-3005, de fecha 19-12-2007, con la cual se dio cumplimiento a la Sentencia N° 100 de fecha 19-06-2007.

 

 

17.- Expediente N° 2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentó escrito anexo al cual consigna Gaceta Electoral Nº 439, de fecha 10-07-2008, contentiva de la Resolución N° 080514-543, de fecha 14-05-2008, con la cual se dio cumplimiento a la Sentencia N° 201 de fecha 08-10-2007.

 

 

18.- Expediente N° 2008-000028: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT,  titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con  medida cautelar contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el  proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275, de fecha 22-05-2008,  Expediente N° KP02-V-2008-001724 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano José Gregorio Peroza, titular de la cédula de identidad número 5.241.279, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Interna del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (S.U.T.I.V.S.S. LARA), asistido por la abogada Sarais Piña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14426, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral,  se acuerda agregar al expediente judicial el referido escrito, y formar una (01) pieza separada con el recaudo que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso. 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

19.- Expediente N° 2008-000028: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT,  titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con  medida cautelar contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el  proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275, de fecha 22-05-2008,  Expediente N° KP02-V-2008-001724 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud de medida cautelar. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2008-000016.

 

 

 

20.- Expediente 2008-000033:CARLOS MOREL GÓMEZ LA ROQUE, titular de la cédula de identidad N° 17.146.667, asistido por el abogado Raúl Zenón Vásquez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.807, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto de fecha 26-05-2008, emanado de la  Comisión Electoral de la Universidad Simón Bolívar,  por medio el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra el acto de fecha 08-04-2008, en el cual no se reconoció a los bachilleres Carlos Morel Gómez La Roque y Marielsy Carolina Villanueva Daniel la cualidad de representantes estudiantiles ante la  referida Comisión Electoral.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la decisión la solicitud de medida cautelar. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2008-000017.

 

 

 

21.- Expediente N° 2008-000016: ELAM PACHECO y HERMITA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.192.054 y 4.069.852, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.893 y 62.252, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acta de totalización y proclamación de fecha 29-02-2008, emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva del referido gremio profesional.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

22.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El abogado Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado el cartel de emplazamiento.

 

 

23.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El abogado Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó en cinco (05) folios útiles los recaudos relativos a la notificación de la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, practicada mediante el Notario Público Tercero del Estado Mérida.

 

 

24.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El abogado Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicita la notificación del Rector de la Universidad de Los Andes.

 

 

25.- Expediente N° 2008-000035: Luis Castro Lezama, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS VALDEMAR MÉNDEZ SOLÓRZANO, MAGALYS JOSEFINA MÁRQUEZ SÁNCHEZ, RICARDO CELESTINO CENTENO CASINO, PEDRO RAMÓN HEREDIA MARÍN, RAFAEL TOBÍAS JASPE Y ASDRÚBAL ANSELMO ESPINOZA FIGUEROA, titulares de las cédulas de identidad números 5.490.432, 4.909.553, 3.894.518, 3.656.928, 4.800.482 y 5.911.426, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080416-492, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 16-04-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 429 de fecha 29-05-2008, mediante la cual se declaró inelegible a los ciudadanos Luis Valdemar Méndez Solórzano, Magalys Josefina Márquez Sánchez, Pedro Ramón Heredia Marín, Rafael Tobías Jaspe Y Asdrúbal Anselmo Espinoza Figueroa.

 

El abogado Luis Castro Lezama, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 33 del diario “Últimas Noticias” de fecha 14-08-2008, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

26.- Expediente N° 2008-000044: LISANDRO CABELLO,  asistido por la abogada Rebeca del Gallego del Machado, interpone recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008".

 

El abogado PEDRO FRANCISCO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.788, presentó escrito mediante el cual consigna instrumento poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del ciudadano Lisandro Cabello, parte recurrente. Asimismo, solicitó la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad. (Acompañó anexo).

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

27.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El ciudadano Humberto Ruiz Calderón, titular de la cédula de identidad Nº 3.038.246, asistido por el abogado Marcos Trejo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.453, presentó escrito mediante el cual se opone al contenido del numeral tercero de la decisión de fecha 11 de agosto de 2008 y solicita "…se modifique el numeral Tercero de la decisión del 11 de agosto de 2008…", (acompañó anexos).

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

28.- Expediente N° 2008-000042: JUAN ISMAEL HERRERA y YUNIA ROSA LAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.717.479 y 5.148.560, respectivamente,  asistidos por el abogado Wilmer Partidas Rangel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 39.279, ejercen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorro de los trabajadores del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN), en razón de no haber convocado a la Asamblea General de Asociados para designar a la Comisión Electoral que deberá organizar el proceso de elección de las máximas autoridades de la referida Caja de Ahorro.

 

Se libró Oficio N° 08-363, anexo al cual se remite a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia copia certificada de la Sentencia N° 138 dictada por la Sala Electoral en fecha 14-08-2008.

 

 

OTROS:

 

 

La Sala deja constancia que en la Cuenta Nº 108, del día 30-07-2008,  por error en el punto número 19 se reflejó actuación en el expediente N° 2008-000019, cuando en cambio la misma correspondía al expediente N° X-2008-000006, en tal sentido su contenido correcto es el siguiente:

 

 

19.- Expediente N° X-2008-000006 (CUADERNO SEPARADO): LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,  interponen solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General  del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000019). La Sala declaró: 1) IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar consistente en la suspensión de efectos de la Resolución del Consejo Nacional Electoral número 080228-235 del 28 de febrero de 2008, y 2) IMPROCEDENTE la suspensión de efectos de la Resolución impugnada solicitada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 113.

 

 

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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