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CUENTA Nº 136
Despacho del jueves dieciséis (16) de octubre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° 2008-000065: Antonio Morales Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.907, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BERNABÉ ARANA ARANA, ALBERTINA CUICHE, MELICIA VELÁSQUEZ DE GUEVARA, GUILLERMO ARANA ARANA, LUIS ALBERTO NIEVES y ANA ROSALIA CHIRINOS GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 10.024.124, 10.606.569, 8.414.273, 10.024.126, 1.567.507 y 6.722.142, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-930, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró inadmisible las impugnaciones presentadas por los referidos ciudadanos y el ciudadano Jorge Otero contra la Resolución emanada de la Junta Regional Electoral del estado Amazonas, que rechazó sus postulaciones al cargo de Legisladora o Legislador Lista al Consejo Legislativo Estadal, por parte de la organización política PUEBLO UNIDO MULTIETNICO DE AMAZONAS (PUAMA).
Se dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ, asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16, en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV- Caracas).
Vista la diligencia presentada, en fecha 13-10-2008, por el abogado OSLAN PETIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.463, mediante la cual solicita dos (2) copias certificadas de la Sentencia Nº 44 de fecha 7-03-2002, que corre inserta a los folios 166 al 192 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
RECEPCIÓN DE COMUNICACIÓN EN:
3.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Por recibida comunicación BE-AP-3335-2008, de fecha 09-10-2008, suscrita por los ciudadanos Richard Bogado y Edwin Rivas, Gerente de División de Auditoría y Gerente Auditoría Permanente, respectivamente, del Banco Exterior, mediante el cual informa que en atención al Oficio 08-384, emanado de esta Sala, la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa no mantiene ningún tipo de instrumento financiero con esa institución.
4.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.
Por recibida comunicación ADO/2008-0679, de fecha 06-10-2008, suscrita por el ciudadano José González, Vicepresidente Área de Operaciones, del Banco Industrial de Venezuela, mediante el cual informa que en atención al Oficio 08-384, emanado de esta Sala, con el cual se notificó que se revocó la medida de suspensión de movilización de las cuentas bancarias o instrumentos financiero de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, ese institución procedió a cumplir con el requerimiento formulado.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° 2008-000036: Oleary Elías Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos AROLDO ENRIQUE CALDERA, HUGO ENRIQUE GONZÁLEZ, IRASEMA GREGORIA ROMERO NAVA, INGRID DEL CARMEN TORREALBA ALVARADO, PASTOR VICENTE MARTÍNEZ D’SANTIAGO, MERVIN JOSÉ CABRERA RINCÓN, MIGUEL JOSÉ MARCANO SUÁREZ, LORENA GREGORIA PLAZA REVEROL, LORENA DEL ROSARIO PIÑERO, DIONELIS ZENAIDA RODRÍGUEZ BONÍA, ALFONSO ANTONIO AVENDAÑO CEPEDA Y MARBELIS COROMOTO NÚÑEZ FEREIRA, titulares de las cédulas de identidad números 2.871.237, 3.468.522, 5.058.922, 5.246.487, 5.430.173, 5.796.510, 6.378.699, 6.886.081, 6.886.176, 7.840.059, 8.501.161 y 11.886.247, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080528-555 emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 28-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 435, de fecha 13-06-2008, en la cual de dejó sin efecto la Convocatoria a las Elecciones Regionales, previstas para el 23-11-2008, para los cargos de Gobernador del estado Amazonas y Alcaldes de los municipios Miranda del estado Carabobo, Carrizal del estado Miranda, Nirgua del estado Yaracuy, Catatumbo del estado Zulia, Miranda del estado Zulia, Manuel Monge del estado Yaracuy, Achaguas del estado Apure, Miranda del estado Trujillo y Alto Orinoco del estado Amazonas.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-428, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia N° 151 de fecha 07-10-2008, mediante la cual se declaró procedente la solicitud de declaratoria de mero derecho.
6.- Expediente N° 2008-000036: Oleary Elías Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos AROLDO ENRIQUE CALDERA, HUGO ENRIQUE GONZÁLEZ, IRASEMA GREGORIA ROMERO NAVA, INGRID DEL CARMEN TORREALBA ALVARADO, PASTOR VICENTE MARTÍNEZ D’SANTIAGO, MERVIN JOSÉ CABRERA RINCÓN, MIGUEL JOSÉ MARCANO SUÁREZ, LORENA GREGORIA PLAZA REVEROL, LORENA DEL ROSARIO PIÑERO, DIONELIS ZENAIDA RODRÍGUEZ BONÍA, ALFONSO ANTONIO AVENDAÑO CEPEDA Y MARBELIS COROMOTO NÚÑEZ FEREIRA, titulares de las cédulas de identidad números 2.871.237, 3.468.522, 5.058.922, 5.246.487, 5.430.173, 5.796.510, 6.378.699, 6.886.081, 6.886.176, 7.840.059, 8.501.161 y 11.886.247, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080528-555 emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 28-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 435, de fecha 13-06-2008, en la cual de dejó sin efecto la Convocatoria a las Elecciones Regionales, previstas para el 23-11-2008, para los cargos de Gobernador del estado Amazonas y Alcaldes de los municipios Miranda del estado Carabobo, Carrizal del estado Miranda, Nirgua del estado Yaracuy, Catatumbo del estado Zulia, Miranda del estado Zulia, Manuel Monge del estado Yaracuy, Achaguas del estado Apure, Miranda del estado Trujillo y Alto Orinoco del estado Amazonas.
El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó de la Sentencia N° 151 de fecha 07-10-2008, mediante la cual se declaró procedente la solicitud de declaratoria de mero derecho.
7.- Expediente N° 2008-000039: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el abogado Gerardo Mora Franco contra el acuerdo del Consejo Nacional Electoral “que ordena y autoriza a revisar mediante escrutinio electoral únicamente una (01) mesa de votación entre todas las que pudieran funcionar en un centro de votación, después del cierre por culminación de la jornada electoral” del día 31-10-04. Oficio Nº 08-1020, de fecha 10-07-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2004-002937 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 14-08-2008.
8.- Expediente N° 2008-000056: EDGAR EDUARDO SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 3.533.456, actuando con el carácter de representante de la organización política UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS, asistido por la abogada Urimare Graciela Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.448, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080903-863, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral de fecha 24-09-2008, que declaró inadmisible por extemporáneo la impugnación contra la postulación que hiciese dicha organización política de los candidatos a Alcaldes de los municipios San Diego, Montalbán, Diego Ibarra, Guacara, San Joaquín y Libertador, todos del estado Carabobo.
El ciudadano EDGAR SILVA HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº 3.533.456, actuando con el carácter de recurrente, asistido por la abogada Urimare Capote Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.448, presentó diligencia mediante la cual solicita pronunciamiento.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
9.- Expediente N° 2008-000028: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT, titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275, de fecha 22-05-2008, Expediente N° KP02-V-2008-001724 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Visto los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 14-10-2008, por los terceros opositores, ciudadanos Wilfredo Ramón Faudito y Maryoli Auxiliadora Torrealba Gutiérrez, actuando con el carácter de Secretario-Tesorero y Secretario de Cultura, Deporte y Turismo, respectivamente, del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, Sección Lara (SUTIVSS-Lara), asistidos por el abogado Braulio Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.413, y por el ciudadano Ulises Antonio Suárez (parte recurrente), asistido por el abogado Rafael Padrino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.660, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstos, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2008-000050: CARLOS ENRIQUE CARRILLO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.366.070, asistido por el abogado Jorge Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.707, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080917-952, emanada del Directorio de Consejo Nacional Electoral, en fecha 17-09-2008, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de impugnación presentado contra la Resolución N° 080819-005, dictada por la Junta Regional Electoral del estado Yaracuy, que resolvió admitir la postulación del ciudadano Eduardo Cateno Lapi García al cargo de Gobernador del estado Yaracuy, por parte de la organización con fines políticos CONVERGENCIA, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008.
La abogada Alexameri Franceschi Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.804, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, asistida a su vez por la abogada Margarita Navarro, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.452, presentó diligencia mediante la cual solicita se le entregue el cartel de emplazamiento. Cartel que le fue entregado en esta misma oportunidad.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
11.- Expediente N° 2008-000060: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DE LOURDES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.415.635, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal Ad-Hoc de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja.
Vista la reincorporación en fecha 15-10-2008, del Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, la Sala Electoral quedó integrada de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba, Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba; Secretaria Accidental, Abogada Patricia Cornet García y el ciudadano Ricardo Garrido como Alguacil de la misma.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° X-2008-000009 (CUADERNO SEPARADO): HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA interponen Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15 de mayo de 2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; se revocó el acto administrativo recurrido y se ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-396, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 14-08-2008 a la parte recurrente, ciudadanas HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA y al Consejo Universitario de la Universidad del Zulia. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
13.- Expediente N° X-2008-000006 (CUADERNO SEPARADO): LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, interponen solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000019).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-381, mediante el cual se comunicó al Consejo Nacional Electoral el fallo dictado en fecha 30-07-2008.
14.- Expediente N° X-2008-000006 (CUADERNO SEPARADO): LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m 5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, interponen solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson; 2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007; 3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz, Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión Electoral presentar un cronograma electoral para la elección de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000019).
El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se le comunicó el fallo dictado en fecha 30-07-2008.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
15.- Expediente N° 2008-000054: ZAIDA ORTIZ, NELLY CONTRERAS, DORIS PÉREZ, BETTY ARIAS, MARIO LIRA Y EDGAR JÁUREGUI, titulares de las cédulas de identidad números 7.020.383, 5.542.805, 10.253.215, 3.387.974, 3.415.532 y 9.223.581, respectivamente, asistidos por los abogados Nelson Lucena y Mauricio Pinto, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.332 y 69.177, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Ad-Hoc del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud de Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO), referido a la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato.
El abogado Mauricio Pinto, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.177, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó escrito mediante el cual consignó varios anexos y realizó varias solicitudes.
16.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro.
El ciudadano RAUL ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 2.091.260, actuando con el carácter de interventor de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), asistido por el abogado Sergio Vargas, inscrito en el Inpreabogado Nº 15.755, presentó escrito mediante el cual se opone a la medida cautelar acordada.
SENTENCIA
17.- Expediente N° 2008-000060: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA DE LOURDES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.415.635, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal Ad-Hoc de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja. La Sala ADMITIÓ el amparo interpuesto y ACORDÓ su tramitación en los términos expuestos en el fallo. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 156.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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