![]() | ||
|
CUENTA Nº 170
Despacho del martes dieciséis (16) de diciembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° 2008-000059: ATILIO RAFAEL MALDONADO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.860.888, actuando con el carácter de Presidente de la organización con fines políticos Unidos para Venezuela (UNPARVE), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080916-940, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-09-2008, que declaró con lugar el recurso de impugnación interpuesto contra la admisión de la postulación de Nixon Moreno Merchán, al cargo de Diputado al Consejo Legislativo del estado Mérida por parte de la referida organización política.
Visto que, en fecha 15-12-2008, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.
2.- Expediente N° 2008-000067: JENNYS BASALO, titular de la cédula de identidad N° 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.698, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-858, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró improcedente el recurso interpuesto por los ciudadanos Luisa Sánchez, César Cordero, Luis Clemente y otros contra el proceso electoral celebrado en fecha 25-06-2008 para la renovación de las autoridades del SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE FONDO COMÚN C.A. BANCO UNIVERSAL (SINTRAFOCO), período 2007-2010.
Visto que, en fecha 15-12-2008, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
3.- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
El abogado Jesús Rangel, inscrito en el Inpreabogado 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano César Pérez Vivas, consignó escrito mediante el cual solicita se declare inadmisible el recurso interpuesto.
4.- Expediente N° 2008-000067: JENNYS BASALO, titular de la cédula de identidad N° 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.698, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-858, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-09-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 456 de fecha 24-09-2008, que declaró improcedente el recurso interpuesto por los ciudadanos Luisa Sánchez, César Cordero, Luis Clemente y otros contra el proceso electoral celebrado en fecha 25-06-2008 para la renovación de las autoridades del SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE FONDO COMÚN C.A. BANCO UNIVERSAL (SINTRAFOCO), período 2007-2010.
La ciudadana Jennys Basalo, titular de la cédula de identidad Nº 9.413.542, asistida por el abogado Tito Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.698, presentó escrito de conclusiones.
DILIGENCIA EN:
5- Expediente N° 2008-000089: José Euclides Quevedo Abril, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.079, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LEONARDO ALÍ SALCEDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.091.569, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral mediante el cual se declaró al ciudadano “César Pérez Vivas, ganador del acto de votación y en consecuencia, PROCLAMADO para el ejercicio del cargo de GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA, todas estas, actuaciones de los órganos del Poder Electoral, del Acta de Totalización y Proclamación del gobernador y de la elecciones realizadas el domingo 23 de noviembre de 2008”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-546, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
6.- Expediente N° 2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad números 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-541, mediante el cual se notificó a la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico el fallo dictado en fecha 04-12-2008.
7.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.
La abogada ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia Nº 220 que cursa a los folios 846 al 919 del expediente.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente N° 2008-000068: Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto identificado como CE.469-2008 dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008.
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 10-12-2008 por el abogado Rafael Jaime Bemergui Holcblat, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad del Zulia e igualmente, el escrito de oposición a las pruebas consignado en fecha 15-12-2008 por la abogada Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.732, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso.
SENTENCIA
9.- Expediente N° 2008-000087: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con ocasión de la acción de amparo constitucional con solicitud cautelar interpuesta por el ciudadano NELSON JOSÉ PINEDA COLMENÁRES, titular de la cédula de identidad N° 3.746.593, asistido por el abogado Carlos Ildemaro Hernández Arévalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.429, contra la Junta Electoral Municipal del Municipio Jiménez del Estado Lara, por negarse a inscribir su candidatura como Alcalde del referido Municipio. Oficio Nº 08-1629, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001197 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró 1.- COMPETENTE para conocer y tramitar la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, aceptó la competencia dispuesta por la Sala Constitucional en sentencia N° 1751 de fecha 18 de noviembre de 2008. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional propuesta. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 221.
10.- Expediente N° 2008-000088: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remite expediente contentivo del conflicto de competencia surgido entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas y la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, del Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano BERNABE ARANA ARANA, titular de la cédula de identidad N° 10.024.124, asistido por los abogados Antonio Morales y Edita Frontado Jiménez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 68.907 y 93.784, respectivamente, contra la Junta Electoral Regional del Estado Amazonas, por haber rechazado su postulación para optar al cargo de Legislador Lista al Consejo Legislativo Estadal del Estado Amazonas. . Oficio Nº 08-1631, de fecha 08-12-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2008-001392 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza). La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y tramitar la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, aceptó la competencia dispuesta por la Sala Constitucional en sentencia N° 1811 de fecha 21 de noviembre de 2008. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional propuesta. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 222.
11.- Expediente N° 2008-000055: José Clemente Bolívar Torrealba y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.819 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ZORAIDA COROMOTO BASTIDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.526.124, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra la Comisión Interventora de la Caja de Ahorro de Empleados y Jubilados de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (C.A.E.J.C.M.M.B.L.D.C.), actuando como Comisión Electoral, respecto al rechazo de la postulación de la referida ciudadana al cargo de Presidente Principal de la mencionada Caja de Ahorro. La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la abogada Nancy Isabel Rivas Acosta. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 223.
12.- Expediente N° 2008-000083: Julián Velásquez Marcano y José Stalin Martínez Gago, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.664 y 17.342, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JUAN DE DIOS VIERMA FUENTES, EMILIO DE ROGATIS PORRECA, ATILIO D’ELÍA OBREGON, JOSÉ MARTÍNEZ FRANCO, MARCOS PORRAS ANDRADE, HUGO EMIRO PERNÍA ZAMBRANO, EFRAÍN LANDAETA ROBLES Y PEDRO GIL HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.079.908, 4.353.869, 927.939, 3.171.293, 2.743.934, 1.557.373, 970.057 y 1.894.192, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “LOS ACTOS Y DILIGENCIAS SUSTANTIVAMENTE ELECTORALES EMANADAS DEL CIUDADANO CAPITAN DE NAVIO NORMAN RAFAEL RODRIGUEZ ARIAS (…), actualmente ejerciendo las funciones de Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Oficiales de la Fuerza Armada Nacional en Retiro (IORFAN)”, respecto al proceso electoral para elegir la Junta Directiva cuyo acto de votación está fijado para el día 30 de noviembre de 2008. La Sala NEGÓ LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento planteado en fecha 8 de diciembre de 2008, por el abogado Julián Velásquez Marcano, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JUAN DE DIOS VIERMA FUENTES, EMILIO DE ROGATIS PORRECA, ATILIO D’ELÍA OBREGON, JOSÉ L. MARTÍNEZ FRANCO, MARCOS PORRAS ANDRADE, HUGO EMIRO PERNÍA ZAMBRANO, EFRAÍN LANDAETA ROBLES y PEDRO GIL HERNÁNDEZ. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 224.
13.- Expediente N° X-2008-000020 (CUADERNO SEPARADO): Esteban Sánchez Barboza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.848, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad del Zulia, se opone a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 185 dictada en fecha 11-11-2008, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por la abogada Silvia Cecilia Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARLENE COROMOTO PRIMERA GALUÉ, titular de la cédula de identidad N° 4.537.656, contra el acto identificado como CE.469-2008 dictado en fecha 08-10-2008, por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el acto de totalización y adjudicación de votos del candidato a Secretario, en el proceso de elecciones celebrado en la referida Casa de Estudios los días 10 y 17 de julio de 2008, así como del acto de proclamación del Secretario, llevado a cabo el día 22-07-2008. (Expediente Principal N° 2008-000068). La Sala declaró HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación interpuesta por el abogado Esteban Sánchez Barboza, actuando con el carácter de apoderado judicial de La Universidad del Zulia, contra el auto del Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral, dictado en fecha 27-11-2008, mediante el cual se declaró inadmisible la prueba de experticia promovida en su escrito de promoción de pruebas de fecha 26-11-2008. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 225.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
La Secretaria Accidental,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |