Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 18 de septiembre de 2008





CUENTA Nº 120

CUENTA Nº 120

 

 

Despacho del jueves dieciocho (18) de septiembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000048: MARCOS POLESEL, titular de la cédula de identidad N° 6.867.397, asistido por el abogado Antonio Marcoccio Meza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.427, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080903-826, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 03-09-2008, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación intentado por el referido ciudadano contra la postulación de todos los Partidos Políticos, para el proceso de postulaciones de las elecciones regionales a celebrarse en noviembre de 2008.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

Se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso Administrativo y Mercantil de la Región Occidental, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del fallo dictado en fecha 30-07-2008 a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 08-375, boleta y despacho.  Asimismo, se libró Oficio N° 08-376 al Consejo Nacional Electoral a los fines de notificarlo del fallo dictado en fecha 30-07-2008. Finalmente, se libraron boletas de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante las cuales se notifica al Sindicato a Nivel Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), así como del ciudadano Carlos Alberto Lenin del fallo dictado en fecha 30-07-2008.

 

 

3.- Expediente N° 2007-000004: Alirio José García Chirino, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 68.661, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FERNANDO JOSÉ HEVIA ARAUJO, RUBEN DARIO NAVARRO REYES, ALBERTO ENRIQUE MOLERO VALBUENA, JÓSE ANTONIO MEDINA VILLAMIZAR, MOISES DE JESUS SERPA YANEZ, CARLOS BETANCOURT y GIPSON ISAIAS OLIVEROS SAAVEDRA, titulares de las células de identidad números 4.520.170, 5.064.909, 3.371.582, 4.161.666, 3.989.979, 1.564.056 y 8.932.826, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Resolución N° 061107-0966, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-11-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 351, mediante la cual se reconoció la validez del proceso electoral para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato a nivel nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), celebrado el 10-08-2006.

 

Se libró Oficio N° 08-377, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.   

 

 

4.- Expediente N° 2008-000020: JOSÉ PLANCHART CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 4.283.317, asistido por la abogada Judith Autenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.309, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080228-234, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 418, de fecha 24-03-2008, que declaró sin lugar la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos José Luis Romero Farrera, José Rafael Nieto Lafe, Irwin Depablos Díaz y Rommel Hernández Calderón, a los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos y Secretario de Acta y Correspondencia, respectivamente, del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE). 

 

Vista la Sentencia Nº 135, de fecha 14-08-2008, se libraron Oficios números 08-380 y 08-379 al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, respectivamente, a los fines de notificarlos del referido fallo. Asimismo,  se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-08-2008. Finalmente, se libró boleta a los ciudadanos JOSÉ NIETO LAFE, ROMMEL HERNÁNDEZ e IRWIN DEPABLOS DÍAZ (terceros verdadera parte), conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  a los fines de notificarles del fallo dictado en fecha 14-08-2008.

 

 

5.- Expediente N° 2008-000020: JOSÉ PLANCHART CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 4.283.317, asistido por la abogada Judith Autenty Font, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.309, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 080228-234, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 418, de fecha 24-03-2008, que declaró sin lugar la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos José Luis Romero Farrera, José Rafael Nieto Lafe, Irwin Depablos Díaz y Rommel Hernández Calderón, a los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos y Secretario de Acta y Correspondencia, respectivamente, del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral (SUTCNE). 

 

Se libró Oficio N° 08-378, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral tres (03) piezas contentivas de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.   

 

 

6.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Rafael Villalobos Jamart,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 01-07-2008.

 

 

7.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano José Andrés Rodríguez Galán, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 01-07-2008.

 

 

8.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Francisco Martín Abrante,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 01-07-2008.

 

 

9.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Wilman Zambrano,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 01-07-2008.

 

 

10.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Rafael Villalobos Jamart,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

11.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano José Andrés Rodríguez Galán, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

12.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en  la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Francisco Martín Abrante,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

13.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Wilman Zambrano,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

14.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Juan Pedro Valpuesta,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la  elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.

 

Por recibida comunicación 1738-646, de fecha 07-08-2008, suscrita por los ciudadanos Rahim Faramarzi y Claudia Di Gesualdo Imparato, Presidente Ejecutivo y Oficial de Cumplimiento del Banco Internacional de Desarrollo, C.A., respectivamente, mediante la cual informan que en atención al Oficio 08-323, emanado de esta Sala, la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa no mantiene ningún tipo de instrumento financiero con esa institución.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

16.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito mediante el cual solicita copia certificada de todo el expediente.

 

 

17.- Expediente N° 2008-000030: MAGALIS MACHADO ARMELI interpone recurso contencioso electoral de anulación contra la Resolución
N° 080402-446, de fecha 2 de abril de 2007, dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 425, del 16 de mayo de 2008, mediante la cual se declaró la inelegibilidad de los ciudadanos Magalis Machado, Raquel Bermúdez, Dulce Bermúdez y Armando Fernández y se ordenó su desincorporación de los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Unitario del Magisterio del Distrito Capital (SUMA-DC), así como la convocatoria a elecciones a los efectos de cubrir las mencionadas vacantes.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito de conclusiones.

 

 

18.- Expediente N° X-2008-000018 (CUADERNO SEPARADO): MANUEL ALFREDO DAGERT BOYER, titular de la cédula de identidad Nº 2.997.215, asistido por el abogado Genis Arbey Navarro Serna, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.58, y HUMBERTO RUIZ CALDERÓN, titular de la cédula de identidad Nº 3.038.246, actuando con el carácter de Vice-Rector Académico de la Universidad de Los Andes, asistido por el abogado Marcos Trejo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.453, se oponen a la decisión dictada en fecha 11-08-2008, en la cual se admitió y declaró procedente la medida cautelar acordada en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, contra la resolución dictada, en fecha 16-07-2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000040).

 

El abogado Mario Bonucci Rossini, titular de la cédula de identidad Nº 4.595.963 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.526, actuando con el carácter de Rector de la Universidad de Los Andes, presentó escrito de oposición a la medida.

 

 

19.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.

 

El abogado Lex Hernández Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.754, actuando con el carácter de apoderado de la Asociación Civil "Carenero Yacht Club", consignó escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con la causa  (acompañó anexos).

 

 

20.- Expediente N° 2008-000004: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada ORANNEG OLIVA VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.569, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN DE LOS ANDES (CORPOANDES), contra el Auto N° 2007-11, dictado por la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de fecha 20-03-2007, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.667, de fecha 20-04-2007, mediante el cual se reconoce los resultados del proceso electoral celebrado en fecha 18-07-2005 para elegir al Director Laboral y su respectivo suplente en la referida Corporación. Oficio Nº CSCA-2008-0133, de fecha 15-01-2008, remitiendo el expediente Nº Ap42-n-2007-000506 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito mediante el cual consigna información solicitada por la Sala, mediante Oficio N° 08-301.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

21.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio N° 08-362, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 14-08-2008, en el cual se ordenó a ese Órgano Electoral,  que  en un lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, informe la situación actual sobre el deber de cumplir con lo estipulado en el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Electoral.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

22.- Expediente N° 2008-000028: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT,  titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con  medida cautelar contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el  proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275, de fecha 22-05-2008,  Expediente N° KP02-V-2008-001724 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto que consta en autos la notificación de la parte recurrente, del auto de admisión del recurso dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 13-08-2008, se acuerda librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “Ultimas Noticias”.

 

 

23.- Expediente N° 2008-000028: ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT,  titulares de las cédulas de identidad números 7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con  medida cautelar contra los actos de fechas 08 y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo del Departamento de Control de Estadísticas e informática del mencionado Sindicato, que resultaron electos en el  proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275, de fecha 22-05-2008,  Expediente N° KP02-V-2008-001724 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el auto dictado en fecha 13-08-2008, mediante el cual se admitió el recurso interpuesto, se acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del referido auto a la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA). Se libró Oficio N° 08-374 y despacho.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

24.- Expediente N° 2008-000016: ELAM PACHECO y HERMITA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.192.054 y 4.069.852, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.893 y 62.252, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acta de totalización y proclamación de fecha 29-02-2008, emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva del referido gremio profesional.

 

El abogado Amalio Ávila Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.136, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Hermita González y Elam Pacheco (parte recurrente), consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

25.- Expediente N° 2008-000044: LISANDRO CABELLO,  asistido por la abogada Rebeca del Gallego del Machado, interpone recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008".

 

El abogado Pedro Francisco Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito anexo al cual consignó la página 11 del cuerpo Ciudadanos, del diario “El Nacional”, de fecha 17-09-2008, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

26.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El abogado Mario Bonucci Rossini, titular de la cédula de identidad Nº 4.595.963 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.526, actuando con el carácter de Rector de la Universidad de los Andes, presentó diligencia anexa a  la cual consigna Acta de Juramentación Nº 56 de fecha 10-09-2008.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

27.- Expediente N° 2008-000040: Hugolino Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la resolución dictada, en fecha 16 de julio de 2008, por la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración formulado contra las actas de instalación, votación, escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación del candidato a Vicerrector Académico de la Universidad de Los Andes (período 2008-2012), de fechas 11 y 16 de junio de 2008.

 

El abogado Mario Bonucci Rossini, titular de la cédula de identidad Nº 4.595.963 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.526, actuando con el carácter de Rector de la Universidad de Los Andes, presentó escrito de alegatos.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

28.- Expediente N° 2008-000047: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Occidental, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medidas cautelar interpuesto por el abogado MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° 4.522.116 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.159, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, respecto a la elección de los Decanos, Representantes a los Consejos de Facultad, Escuela, Consejo de Apelaciones y Representantes al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación estaba fijado en primera vuelta para el día 10-07-2008 y en segunda vuelta para el día 17-07-2008. Oficio Nº 1.720-08, de fecha 09-09-2008, remitiendo el expediente Nº 12364 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

SECRETARÍA EN

 

 

29.- Expediente N° X-2008-000015: Alenis Guerrero, titular de la cédula de identidad Nº 7.732.575, asistido por el abogado Alexy Palmar, se opone al amparo cautelar acordado en Sentencia N° 119, de fecha 07-08-2008, en el expediente contentivo del  recurso contencioso electoral con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano LISANDRO CABELLO contra el artículo 10 de la Resolución N° 080721-685, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 21 de julio de 2008, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las "Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008". (Recurso Principal Expediente N° 2008-000044).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Julio Castillo Sagarzazu,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-08-2008.

 

 

SENTENCIA

 

 

30.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la  elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007. La Sala declaró: PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud formulada por los miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. SEGUNDO: Revocó la medida de suspensión de movilización de las cuentas bancarias o instrumentos financieros de cualquier banco o institución financiera nacional, cuyo titular o beneficiario sea la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), dictada en el fallo número 106 de fecha 16 de julio de 2008. en consecuencia, se ordenó notificar de la presente decisión al CONSEJO BANCARIO NACIONAL a efecto de que provea lo conducente a los fines de dejar sin efecto la inmovilización de las referidas cuentas. PONENTE: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 143.

 

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                                  La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados