CUENTA Nº 88
Despacho del jueves diecinueve (19) de junio de
2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con
la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez
Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2008-000034:
JUAN ANTONIO
MADRIZ MADRIZ, KARYS ANTONIO ESCARBAIS VARELA, MAURICIO VEGAS y LUIS ROBERTO
BOSQUE, titulares de las cédulas de identidad números 1.739.717, 5.099.152,
5.565.080 y 10.013.886, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy
Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.727, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con amparo cautelar y subsidiariamente, suspensión de efectos y medida
cautelar, contra el proceso electoral realizado en el Sindicato de los
Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV), cuyo acto de
votación tuvo lugar el 14-12-2007.
Se acordó
solicitar a la Comisión
Electoral del Sindicato de los Trabajadores del Banco
Industrial de Venezuela (SINTRABIV), así como al Consejo Nacional Electoral el
expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el
recurso. Se libraron Oficios números 08-244 y 08-245.
2.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ,
titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m
5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo
cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N°
080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008,
publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con
lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del
Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin
lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson;
2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007;
3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz,
Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia,
Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de
Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General
del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra
Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión
Electoral presentar un cronograma electoral para la elección
de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados
inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
Se abrió la segunda (2da) pieza.
3.- Expediente N° 2008-000027: FERNANDO MARTÍNEZ RIVIELLO,
titular de la cédula de identidad N° 1.715.252, e inscrito en el Inpreabogado
bajo el N° 1.679, actuando en su propio nombre y con el carácter de candidato a
Representante Profesoral ante el Consejo de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas de la Universidad
Central de Venezuela, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medidas cautelares, contra
el acta de adjudicación de puestos de las elecciones de Representantes
Profesorales ante el Consejo de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas de la Universidad
Central de Venezuela, período 2008-2010, de fecha
09-05-2008, emanada de la Comisión
Electoral de la referida Casa de Estudios.
Habiéndose anunciado voto salvado por
parte del Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, en relación a la
sentencia firmada en esta misma fecha en la causa, se difiere la publicación de
dicho fallo, hasta la presentación del escrito razonado contentivo del voto
salvado anunciado por el referido Magistrado, para lo cual dispondrá de un
lapso de tres (3) días de despacho siguientes al día de hoy.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
4.- Expediente N° 2008-000012: JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL
PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares
de las cédulas de identidad números 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694,
4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra el proceso electoral
celebrado en la Asociación
Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida
Asociación Civil.
Visto el escrito presentado, en fecha 18-06-2008, por el abogado
Carlos Gonzalo Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.093, actuando
con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos José Omaña, Alexander Peña
y Wilfredo Yépez, miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil
"Unión Valencia A.C.", mediante el cual apeló del auto dictado en
fecha 17-06-2008, mediante el cual se declaró inadmisible el escrito de pruebas
por el presentado, se designó Ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ
CALDERON, a los fines de la decisión
correspondiente.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
5.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ,
titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m
5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N°
080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008,
publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con
lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del
Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin
lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson;
2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007;
3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz,
Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia, Secretaría
de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de Pensiones y/o Jubilaciones y
Secretaría General del referido
Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión
Electoral presentar un cronograma electoral para la elección
de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados
inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
Los ciudadanos LUIS CENTENO, DOMINGO
ALBERTO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ y LUISA ELENA RUÍZ, asistidos por la abogada
Maigualida Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588, presentaron
escrito de conclusiones (Acompañaron anexo).
6.-
Expediente N° 2008-000032: CARLOS
ESTUPIÑAN SIFONTES, LUIS CARLOS MATOS VELÁSQUEZ, NATHALIA DÍAZ PERNIA,
titulares de la cédula de identidad números 6.932.596, 19.064.733 y 18.738.530,
respectivamente, asistido por el abogado Américo Armando Gianni, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 7.201, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, suspensión
de efectos del acto y medida cautelar innominada contra “la decisión del
Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela dictada el
miércoles once de junio de 2008 que resolvió en sentido distinto el recurso
jerárquico que propusimos en fecha trece de mayo de 2008, por ante el mismo
Consejo Universitario y en el cual solicitamos la nulidad total de la elección
del Decano, celebrada el día nueve de mayo de 2008, así como también la nulidad
total de la elección celebrada el mismo día (…) de los Representantes
Profesorales ante el Consejo de Facultad, Consejos de las Escuelas de Derecho y
Estudios Políticos y Administrativos de la Facultad de Ciencia Jurídicas y Políticas de la Universidad Central
de Venezuela”.
El abogado Oscar
Alfredo León López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.884, actuando con
el carácter de apoderado judicial de la Universidad Central
de Venezuela, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y
de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el
recurso contencioso electoral (acompañó anexos).
DILIGENCIA
EN:
7.- Expediente N° 2008-000019: LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ,
titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m
5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo
cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, contra la Resolución N°
080228-235, emanado del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008,
publicada en Gaceta Electoral N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con
lugar el recurso jerárquico planteado contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del
Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin
lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson;
2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007;
3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz,
Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia,
Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de
Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General
del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra
Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión
Electoral presentar un cronograma electoral para la elección
de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados
inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos.
El ciudadano LUIS CENTENO, asistido por
la abogada Maigualida Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber retirado las copias
certificadas y simples acordadas en auto de fecha 16-06-2008.
8.- Expediente N° 2007-000074: José Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.165,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DORIS YAMILE
TAMI BLANCO, FRANCISCO DEL VALLE GRATEROL, TEOFILO RAMÓN ARDILES, JULIO MANUEL
PÉREZ COLMENARES, MARIO JOSÉ ROJAS ZAMBRANO, HUMBERTO ENRIQUE CANQUIZ MOLINA y BLAS
PASTOR VILLEGAS, titular de las cédulas de identidad números 7.108.334,
7.054.501, 4.325.833, 7.063.473, 5.217.439, 4.526.465 y 3.573.310,
respectivamente, interpone recurso contencioso de electoral conjuntamente con
suspensión de efectos contra la Resolución N°
070607-0785, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007,
publicada en Gaceta Electoral N° 385, de fecha 01-08-2007, que declaró: 1.- Con
lugar el recurso interpuesto contra la postulación y elección de los referidos
ciudadanos, como miembros de la Junta
Directiva del Sindicato de Expendedores al Aire Libre, Estado
Carabobo, (SEMAL); 2.- Inelegible los mencionados ciudadanos; 3.- Vacantes los
cargos de Presidente, Secretario General, Secretario de Administración y
Finanzas, Secretario de Organización, Secretario de Actas y Correspondencia,
Secretario de Cultura, Deporte y Propaganda, Secretario de Supervisión de Áreas
de Trabajo y Secretario de Relaciones Institucionales, todos del Comité
Ejecutivo y el de Vicepresidente del Tribunal Disciplinario; 4.- Instó a la Comisión
Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para
cubrir los cargos vacantes.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-218, anexo al cual se remitió la comisión
conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro
Norte, a los fines de notificar a la parte recurrente del fallo dictado por la Sala en fecha 21-05-2008.
Oficio que fuera enviado a través del Departamento de Correspondencia de este
Alto Tribunal.
9.- Expediente N° 2007-000064:
Corte Segunda
de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de
suspensión de efectos interpuesto por el abogado Abner Viloria, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 14.270, actuando con el carácter de apoderado judicial
de los ciudadanos MIGUEL LEYTON, FRANCISCO ROJAS, PEDRO ARREDONDO, SATURNO
SARMIENTO, ÁNGEL CUSTODIO, MARÍA TERESA GRANADOS ALDANA, RAFAEL GUEVARA, AGUEDO
ARTEAGA, LUIS GARCÍA, HUASCAR GUILARTE, ÁNGEL RAMÓN DUARTE PARRA, HÉCTOR
FERNÁNDEZ, LUIS GORDONES, titulares de las cédulas de identidad números 22.588.270,
8.434.319, 3.698.837, 6.616.055, 10.047.118, 3.007.636, 9.295.138, 5.513.231,
12.005.797, 4.080.757, 8.877.134, 9.278.384, 2.640.873, respectivamente,
profesores universitarios; del ciudadano DANI SUTTA, titular de la cédula de
identidad N° 24.796.036, empleado administrativo; de los ciudadanos CARLOS
JAVIER ZAMBRANO, ANA SOFÍA VILLANUEVA, FRANCO GILER, RONNY TREMARIA, EDIMIR
CASTELLANO, JUAN ALFONZO, titulares de
las cédulas de identidad números 17.304.144, 15.907.430, 17.040.316,
17.884.653, 16.394.854, 16.218.283, respectivamente, representantes
estudiantiles; y, PAVEL BETANCOURT y FABIÁN RONDÓN, titulares de las cédulas de
identidad números 10.048.053 y 10.940.572, respectivamente, obreros, contra el
Reglamento General y Electoral dictado
por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional
Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO). Oficio Nº CSCA-2007-3735,
de fecha 25-07-2007, remitiendo el expediente Nº AP42-N-2007-000246
(nomenclatura de esa Corte) (2 Pieza principal). (Recibido en fecha
01-08-2007).
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-216, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar de la Sentencia dictada por
esta Sala en fecha 29-05-2008 al Consejo Universitario de la Universidad Nacional
Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO). Oficio que fue enviado
a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
10.- Expediente N°
2008-000028:
ULISES ANTONIO SUÁREZ, ERLINDA GÓMEZ y GUILLERMO BRETT, titulares de las cédulas de identidad números
7.327.647, 7.316.115 y 11.264.259, respectivamente, asistidos por el abogado
Wualterio James Giménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.010,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los actos de fechas 08
y 17 d abril de 2008, emanados por la Comisión
Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de
Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara
(SUTIVSS-LARA), referido a la impugnación del Presidente y Secretario Ejecutivo
del Departamento de Control de Estadísticas e Informática del mencionado
Sindicato, que resultaron electos en el
proceso electoral celebrado en fecha 18-04-2006. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Tercero
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de
conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley Orgánica
del Sufragio y Participación Política). (Remitido mediante Oficio N° 1275,
de fecha 22-05-2008, Expediente N° KP02-V-2008-001724
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-207,
anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de solicitarle
a la Comisión Electoral Interna Temporal del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales en el Estado Lara (SUTIVSS-LARA), los
antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Oficio que fue
enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
11.- Expediente N° X-2008-000003 (CUADERNO SEPARADO): VÍCTOR NOVO Y LEONARDO
VALDERRAMA, titulares de las cédulas de identidad números 6.903.756 y
13.509.366, respectivamente, asistidos por el abogado Raúl Zenón Vásquez López,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.807, solicitan medida cautelar conjuntamente
con recurso contencioso electoral contra el proceso electoral para elegir a los
representantes estudiantiles ante los Consejos Superior, Directivos (Sartenejas
y Litoral), Académico y Asamblea Universitaria de la Universidad Simón
Bolívar y ante los Consejos de Coordinación
y Decanatos de Sartenejas y del Litoral, cuyo acto de votación tuvo
lugar el día 29-01-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000009)
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio N° 08-205, mediante el cual se comunicó a la Universidad Simón
Bolívar del fallo dictado en fecha 21-05-2008.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
12.- Expediente N° 2008-000029: LORENZO SANTANA, RAÚL FERMÍN, JOSÉ GÁMEZ, JOSÉ URBAEZ, ARIEL
RODRÍGUEZ Y LUIS MARTÍ interponen recurso contencioso electoral de anulación
contra el proceso de elección del Secretario General, Secretario de
Organización y un directivo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder
Electoral (SINTRAPEL), celebrado en fecha 29 de enero de 2008.
Se admitió el recurso interpuesto. Se ordenó notificar a la Fiscala General de la República, a la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral
(SINTRAPEL), a la Comisión Electoral
del referido Sindicato y emplazar
a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas
Noticias”. Se libraron Oficios números 08-249,
08-248 y 08-247.
DILIGENCIA
EN:
13.- Expediente N° 2008-000004: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa remite expediente
contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con
solicitud de suspensión de efectos por la abogada ORANNEG OLIVA VELÁSQUEZ,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.569, actuando con el carácter de
apoderada judicial de la
CORPORACIÓN DE LOS ANDES (CORPOANDES),
contra el Auto N° 2007-11, dictado por la Dirección
General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder
Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de fecha 20-03-2007, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.667, de
fecha 20-04-2007, mediante el cual se reconoce los resultados del proceso
electoral celebrado en fecha 18-07-2005 para elegir al Director Laboral y su
respectivo suplente en la referida Corporación. Oficio Nº CSCA-2008-0133, de
fecha 15-01-2008, remitiendo el expediente Nº Ap42-n-2007-000506 (nomenclatura
de esa Corte) (1 Pieza principal)
La abogada Lisbeth Rodríguez Salón, inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 70.276, actuando con el carácter de apoderada judicial
de la CORPORACIÓN
DE LOS ANDES (CORPOANDES), consignó diligencia mediante la
cual dejó constancia de haber retirado el cartel de emplazamiento a los
interesados. Asimismo, consignó la página 6 del cuerpo Ciudadanos del diario
“El Nacional” de fecha 19-06-2008, donde apareció publicado el cartel de
emplazamiento a los interesados.
14.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y
JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y
9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485,
respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso
electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto
al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N°
20080215-05, emanada de la Comisión
Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder
Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el
Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo,
Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de
Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL),
del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha
29-01-2008.
El abogado Lorenzo Roberto Santana,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su propio nombre,
consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido el
cartel de emplazamiento a los interesados a los fines de su publicación.
15.- Expediente N° 2008-000012: JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLE VIRGUEZ, ORLANDO RAFAEL
PERDOMO VALERA, ANTONIO JOSÉ OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares
de las cédulas de identidad números 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694,
4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra el proceso electoral
celebrado en la Asociación
Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida
Asociación Civil.
El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la Comisión Electoral
de la
Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, mediante la cual se
notificó del auto de pruebas dictado en fecha 17-06-2008.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
16.-
Expediente N° 2008-000010: Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el
expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el
ciudadano RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, titular de la cédula de identidad N°
8.049.90, asistido por el abogado Gustavo Alonso Vallejo Dugarte, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 84.539, contra los ciudadanos Alexi Coromoto Torres
Eulalio, Antonio Gutiérrez, José Adalberto Barrientos, Jorge Luis Adames
Sánchez, Freddy Orlando Prieto Rojas, Luis Alberto Fuentes Méndez, miembros de la Junta Directiva del Colegio de
Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0116-2008,
de fecha 08-02-2008, remitiendo el expediente Nº 9364 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
La Sala declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta.
Asimismo, se participó a las partes que el texto integro del fallo, será
publicado en un lapso de cinco (5) días continuos, contados a partir de la
presente fecha.
17.-
Expediente N° 2008-000010: Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el
expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el
ciudadano RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, titular de la cédula de identidad N°
8.049.90, asistido por el abogado Gustavo Alonso Vallejo Dugarte, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 84.539, contra los ciudadanos Alexi Coromoto Torres
Eulalio, Antonio Gutiérrez, José Adalberto Barrientos, Jorge Luis Adames
Sánchez, Freddy Orlando Prieto Rojas, Luis Alberto Fuentes Méndez, miembros de la Junta Directiva del Colegio de
Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0116-2008,
de fecha 08-02-2008, remitiendo el expediente Nº 9364 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano
Rafael Ovidio Rojas Marquina, parte accionante, asistido por el abogado Emilio
Arévalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.109, consignó en la
audiencia constitucional escrito.
18.-
Expediente N° 2008-000010: Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida declina la competencia en el
expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el
ciudadano RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, titular de la cédula de identidad N°
8.049.90, asistido por el abogado Gustavo Alonso Vallejo Dugarte, inscrito en
el Inpreabogado bajo el N° 84.539, contra los ciudadanos Alexi Coromoto Torres
Eulalio, Antonio Gutiérrez, José Adalberto Barrientos, Jorge Luis Adames
Sánchez, Freddy Orlando Prieto Rojas, Luis Alberto Fuentes Méndez, miembros de la Junta Directiva del Colegio de
Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0116-2008,
de fecha 08-02-2008, remitiendo el expediente Nº 9364 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 pieza).
Los abogados
Alberto José Nava Pacheco y Valery Rigual Mazzino, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 17.443 y 51.457, respectivamente, actuando en representación
de la parte accionada, consignaron en la audiencia constitucional recaudos
relacionados con la causa.
DILIGENCIA EN:
19.- Expediente N° X-2008-000006 (CUADERNO SEPARADO): LUIS CENTENO, DOMINGO ARIAS, ANA MARÍA RUIZ Y LUISA ELENA RUIZ,
titulares de las cédulas de identidad números 4.625.018, 640.259, 4.361.360m
5.315.294, respectivamente, asistidos por la abogada Maigualida Pérez Figuera,
inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
interponen solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso
contencioso electoral, contra la
Resolución N° 080228-235, emanado del
Consejo Nacional Electoral, en fecha 28-02-2008, publicada en Gaceta Electoral
N° 417, de fecha 18-03-2008, que declaró 1.- con lugar el recurso jerárquico
planteado contra la decisión emanada de la Comisión
Electoral del Sindicato Bolivariano de Empleados Públicos de la Alcaldía del
Municipio Libertador Distrito Capital (SIRBEPA ML-DC), la cual declaró sin
lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Ali Gerber y Carlos Besson;
2.- nula la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 04-04-2007;
3.- inelegible los ciudadanos Luis Centeno, Domingo Arias, Ana María Ruiz,
Luisa Elena Ruiz y Jorge Ibarra; 4.- vacante los cargos de Presidencia,
Secretaría de Organización, Secretaría de Asuntos de la Mujer, Secretaría de
Pensiones y/o Jubilaciones y Secretaría General
del referido Sindicato; 5.- elegible el ciudadano Jorge Nilson Ibarra
Sánchez; 6.- ordenó a la Comisión
Electoral presentar un cronograma electoral para la elección
de los cargos declarados vacantes; y 7.- autorizó a los ciudadanos declarados
inelegibles ejercer de manera provisoria los referidos cargos. (Recurso
Principal Expediente N° 2008-000019).
El ciudadano Luis Centeno, asistido por
la abogada Maigualida Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.588,
consignó diligencia mediante la cual solicitó se acuerde la cautelar solicitada.
SENTENCIA
20.-
Expediente N° X-2008-000008 (CUADERNO SEPARADO):
FERNANDO MARTÍNEZ RIVIELLO, titular de la cédula de identidad N° 1.715.252, e
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.679, actuando en su propio nombre y
con el carácter de candidato a Representante Profesoral ante el Consejo de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas de la Universidad
Central de Venezuela, solicita amparo cautelar conjuntamente
con recurso contencioso electoral, contra el acta de adjudicación de puestos de
las elecciones de Representantes Profesorales ante el Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central
de Venezuela, período 2008-2010, de fecha 09-05-2008, emanada de la Comisión
Electoral de la referida Casa de Estudios. (Recurso Principal
Expediente N° 2008-000027). La
Sala declaró SIN LUGAR
las oposiciones a la medida de
suspensión de efectos interpuestas el ciudadano CARLOS SIMÓN BELLO RENGIFO
y la interpuesta por los ciudadanos RODOLFO MAGALLANES, FRANCISCO DELGADO Y
MARÍA LUISA TOSTA, respecto a la
sentencia de esta Sala de fecha 5 de junio de 2008, mediante la cual se
suspendió todos los actos electorales que estuviesen por realizarse respecto
a los Representantes Profesorales al Consejo de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas para el período 2008-2010 y se ordenó mantener el
funcionamiento del Consejo de la
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central
de Venezuela con los Representantes actualmente en funciones electos para el
período 2006-2008, hasta tanto se dictara sentencia definitiva en el proceso. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia
N° 90.
21.-
Expediente N° 2008-000032: CARLOS
ESTUPIÑAN SIFONTES, LUIS CARLOS MATOS VELÁSQUEZ, NATHALIA DÍAZ PERNIA,
titulares de la cédula de identidad números 6.932.596, 19.064.733 y 18.738.530,
respectivamente, asistido por el abogado Américo Armando Gianni, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 7.201, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, suspensión
de efectos del acto y medida cautelar innominada contra “la decisión del
Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela dictada el
miércoles once de junio de 2008 que resolvió en sentido distinto el recurso
jerárquico que propusimos en fecha trece de mayo de 2008, por ante el mismo
Consejo Universitario y en el cual solicitamos la nulidad total de la elección
del Decano, celebrada el día nueve de mayo de 2008, así como también la nulidad
total de la elección celebrada el mismo día (…) de los Representantes
Profesorales ante el Consejo de Facultad, Consejos de las Escuelas de Derecho y
Estudios Políticos y Administrativos de la Facultad de Ciencia Jurídicas y Políticas de la Universidad Central
de Venezuela”. La Sala
declaró INADMISIBLE el recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y,
subsidiariamente, suspensión de efectos del acto y medida cautelar innominada.
Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 91.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ