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CUENTA Nº 103
Despacho del lunes veintiuno (21) de julio de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente, miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato.
Vista la diligencia presentada, en fecha 21-07-2008, por el abogado José Delgado Pelayo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 60.212, actuando en su propio nombre, mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia N° 99, de fecha 30 de junio de 2008, que cursa a los folios 535 al 566 del expediente; la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
2.- Expediente N° 2006-000104: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos María Rosa Sánchez González, Carmen Westalia Velásquez Ortiz, María Angélica Martínez de Gómez y Miriam Elena Salazar Calzadilla, titulares de las cédulas de identidad números 8.369.904, 6.720.555, 4.615.899 y 6.400.010, respectivamente, contra el proceso electoral para elegir a los Consejeros de Derechos por la sociedad civil ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Caripe del Estado Monagas. Oficio Nº 114, de fecha 05-10-2006, remitiendo el expediente Nº 2869 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la Comisión Electoral Municipal del Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Caripe del Estado Monagas, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 16-06-2008.
3.- Expediente N° 2007-000058: CALOGERO FRANCISCO GUZZETTA, titular de la cédula de identidad N° 4.738.734, asistido por el abogado César Oswaldo Dasilva Maita inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.093, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las actuaciones electorales generadas en el proceso electoral para la elección del Decano de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado”, período 2007-2010.
Vista la Sentencia N° 81, de fecha 22-05-2008, la Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar de la referida decisión a la Comisión Electoral para las elecciones del Decano de la Facultad de Administración y Contaduría de la Universidad Centro Occidental "Lisandro Alvarado", así como al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios. Se libraron Oficios números 08-308, 08-309 y 08-310, boleta y despacho. Finalmente, se libró boleta al ciudadano Fernando Sosa, a los fines de notificar el fallo dictado en fecha 22-05-2008.
4.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.
Vencido el lapso de evacuación de pruebas, de conformidad con los artículos 19, aparte 6, y 21, aparte 14, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se designó ponente al Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, y se anunció que se daría inicio a la relación de la causa dentro de los tres (3) días de despacho siguientes.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° 2008-000036: Oleary Elías Contreras Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos AROLDO ENRIQUE CALDERA, HUGO ENRIQUE GONZÁLEZ, IRASEMA GREGORIA ROMERO NAVA, INGRID DEL CARMEN TORREALBA ALVARADO, PASTOR VICENTE MARTÍNEZ D’SANTIAGO, MERVIN JOSÉ CABRERA RINCÓN, MIGUEL JOSÉ MARCANO SUÁREZ, LORENA GREGORIA PLAZA REVEROL, LORENA DEL ROSARIO PIÑERO, DIONELIS ZENAIDA RODRÍGUEZ BONÍA, ALFONSO ANTONIO AVENDAÑO CEPEDA Y MARBELIS COROMOTO NÚÑEZ FEREIRA, titulares de las cédulas de identidad números 2.871.237, 3.468.522, 5.058.922, 5.246.487, 5.430.173, 5.796.510, 6.378.699, 6.886.081, 6.886.176, 7.840.059, 8.501.161 y 11.886.247, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 080528-555 emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 28-05-2008, publicada en Gaceta Electoral N° 435, de fecha 13-06-2008, en la cual de dejó sin efecto la Convocatoria a las Elecciones Regionales, previstas para el 23-11-2008, para los cargos de Gobernador del estado Amazonas y Alcaldes de los municipios Miranda del estado Carabobo, Carrizal del estado Miranda, Nirgua del estado Yaracuy, Catatumbo del estado Zulia, Miranda del estado Zulia, Manuel Monge del estado Yaracuy, Achaguas del estado Apure, Miranda del estado Trujillo y Alto Orinoco del estado Amazonas.
La abogada María Castillo Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 99.492, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consigna diligencia anexa a la cual acompaña el escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial dicha diligencia, así como sus anexos.
6.- Expediente N° X-2008-000010 (CUADERNO SEPARADO): TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, solicita medida cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000031).
La abogada Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), consigna diligencia mediante la cual solicita: 1) Se desestimen las medidas cautelares solicitadas y se ordene la "juramentación" y "toma de posesión" de la Junta Directiva electa el 29-05-2008. 2) Se ordene a la Superintendencia de la Caja de Ahorros gire las instrucciones a la oficina legal del organismo para que autorice la protocolización del acta de escrutinio y acta de juramentación.
7.- Expediente N° X-2008-000011 (CUADERNO SEPARADO): Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSAS), apeló del auto de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 30-06-2008, en el recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por el ciudadano TEODORO SILVA, titular de la cédula de identidad N° 2.999.277, asistido por el abogado Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.492, contra el proceso mediante el cual se eligió a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación tuvo lugar el día 29-05-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2008-000031).
La abogada Olymar Zurita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.138, con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), consigna diligencia mediante la cual ratifica todos los particulares expuestos en su escrito de apelación del auto de admisión del recurso en la presente causa.
8.-
Expediente N° 2008-000030: MAGALIS MACHADO ARMELI
interpone recurso contencioso electoral de anulación contra la Resolución
N° 080402-446, de fecha 2 de abril de 2007, dictada por el Consejo Nacional
Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 425, del 16 de mayo de 2008,
mediante la cual se declaró la inelegibilidad de los ciudadanos Magalis
Machado, Raquel Bermúdez, Dulce Bermúdez y Armando Fernández y se ordenó su
desincorporación de los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario
General y Secretario de Finanzas del Sindicato Unitario del Magisterio del
Distrito Capital (SUMA-DC), así como la convocatoria a elecciones a los efectos
de cubrir las mencionadas vacantes.
La ciudadana Magalis Machado, parte actora, asistida por el abogado Antonio Paraco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.241, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 32 del diario “Últimas Noticias” de fecha 19-07-2008, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
ESCRITOS PRESENTADOS Y CONSIGNADOS A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.
El abogado José Gaspar Cottoni, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.941, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Wilman Zambrano, consigna escrito mediante el cual promueve pruebas.
10.- Expediente N° 2007-000010: VÍCTOR KLEJMAN y JOSÉ TACHER SULTAN, titulares de las cédulas de identidad números 6.090.042 y 10.538.787, respectivamente, asistidos por el abogado José Alberto Nunes Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.323, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrada el 27-01-2007 para elegir a la Junta Directiva y a los Comisarios de la Asociación Civil Carenero Yacht Club, período 2007-2009.
El abogado Lex Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.754, con el carácter de apoderado judicial de la A.C. Carenero Yacht Club, consigna escrito mediante el cual formula alegatos relacionados con las pruebas promovidas en la incidencia procesal en curso.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
11.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 17-07-2008, por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando con el carácter de parte recurrente.
12.- Expediente N° 2008-000024: LORENZO ROBERTO SANTANA Y JOSE LUIS GÁMEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.854.403 y 9.596.529, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.062 y 123.485, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral, respecto al recurso jerárquico interpuesto el día 14-03-2008, contra la Resolución N° 20080215-05, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), que declaró sin lugar la impugnación intentada contra el Acta de totalización, adjudicación y proclamación del Comité Ejecutivo, Tribunal Disciplinario y Comité de Higiene y Salud del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), del proceso electoral celebrado en el referido Sindicato en fecha 29-01-2008.
Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
DILIGENCIA EN:
13.- Expediente N° 2008-000004: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada ORANNEG OLIVA VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.569, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN DE LOS ANDES (CORPOANDES), contra el Auto N° 2007-11, dictado por la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de fecha 20-03-2007, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.667, de fecha 20-04-2007, mediante el cual se reconoce los resultados del proceso electoral celebrado en fecha 18-07-2005 para elegir al Director Laboral y su respectivo suplente en la referida Corporación. Oficio Nº CSCA-2008-0133, de fecha 15-01-2008, remitiendo el expediente Nº Ap42-n-2007-000506 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-301, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del auto de admisión de pruebas.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° 2008-000037: Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano RAMÓN ALBERTO MUCHACHO, titular de la cédula de identidad N° 10.421.282, asistido por los abogados Roquefélix Arvelo Villamizar y Héctor Fernández Vásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 75.334 y 76.956, respectivamente, contra el acto contenido en la Resolución N° IPCA 124-08 de fecha 23-06-2008, suscrita por el Mayor (B) Eleazar Corro, en su carácter de Presidente (E) del Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiental adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, así como las actividades y órdenes emitidas por la ciudadana Luzmila Gómez, en su carácter de Presidenta del Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiental, adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, todo ello relacionado con la remoción de la propaganda electoral en el referido municipio. Oficio Nº 08-1063, de fecha 07-07-2008, remitiendo el expediente Nº 06020 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-288, mediante el cual se notificó al Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiental adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda del fallo dictado en fecha 11-07-2008.
15.- Expediente N° 2008-000037: Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano RAMÓN ALBERTO MUCHACHO, titular de la cédula de identidad N° 10.421.282, asistido por los abogados Roquefélix Arvelo Villamizar y Héctor Fernández Vásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 75.334 y 76.956, respectivamente, contra el acto contenido en la Resolución N° IPCA 124-08 de fecha 23-06-2008, suscrita por el Mayor (B) Eleazar Corro, en su carácter de Presidente (E) del Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiental adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, así como las actividades y órdenes emitidas por la ciudadana Luzmila Gómez, en su carácter de Presidenta del Instituto Autónomo Municipal de Protección Civil y Ambiental, adscrito a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, todo ello relacionado con la remoción de la propaganda electoral en el referido municipio. Oficio Nº 08-1063, de fecha 07-07-2008, remitiendo el expediente Nº 06020 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-289, mediante el cual se notificó a la Fiscalía General de la República del fallo dictado en fecha 11-07-2008.
El Presidente,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ
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