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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de septiembre de 2008





CUENTA Nº 123

 

CUENTA Nº 123

 

 

Despacho del miércoles veinticuatro (24) de septiembre de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° 2008-000030: MAGALIS MACHADO ARMELI interpone recurso contencioso electoral de anulación contra la Resolución
N° 080402-446, de fecha 2 de abril de 2007, dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 425, del 16 de mayo de 2008, mediante la cual se declaró la inelegibilidad de los ciudadanos Magalis Machado, Raquel Bermúdez, Dulce Bermúdez y Armando Fernández y se ordenó su desincorporación de los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario General y Secretario de Finanzas del Sindicato Unitario del Magisterio del Distrito Capital (SUMA-DC), así como la convocatoria a elecciones a los efectos de cubrir las mencionadas vacantes.

 

Visto que, en fecha 22-09-2008, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2008-000034: JUAN ANTONIO MADRIZ MADRIZ, KARYS ANTONIO ESCARBAIS VARELA, MAURICIO VEGAS y LUIS ROBERTO BOSQUE, titulares de las cédulas de identidad números 1.739.717, 5.099.152, 5.565.080 y 10.013.886, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.727, interponen  recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, suspensión de efectos y medida cautelar, contra el proceso electoral realizado en el Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV), cuyo acto de votación tuvo lugar el 14-12-2007.

 

Vista la Sentencia Nº 124, de fecha 11-08-2008, la Sala acordó librar oficios al Consejo Nacional Electoral y a la Comisión Electoral del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV), a los fines de notificarlos del referido fallo. Se libraron Oficios números 08-399 y 08-398. Asimismo,  acordó  librar boleta a la parte recurrente, a los fines de notificarle del fallo dictado en fecha 11-08-2008. Se libró boleta.

 

 

3.- Expediente N° 2008-000034: JUAN ANTONIO MADRIZ MADRIZ, KARYS ANTONIO ESCARBAIS VARELA, MAURICIO VEGAS y LUIS ROBERTO BOSQUE, titulares de las cédulas de identidad números 1.739.717, 5.099.152, 5.565.080 y 10.013.886, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.727, interponen  recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, suspensión de efectos y medida cautelar, contra el proceso electoral realizado en el Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV), cuyo acto de votación tuvo lugar el 14-12-2007.

 

Se libró Oficio N° 08-400, anexo se remite al Consejo Nacional Electoral una (01) pieza contentiva de los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.   

 

 

4.- Expediente N° 2008-000039: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el abogado Gerardo Mora Franco contra el acuerdo del Consejo Nacional  Electoral “que ordena y autoriza a revisar mediante escrutinio electoral únicamente una (01) mesa de votación entre todas las que pudieran funcionar en un centro de votación, después del cierre por culminación de la jornada electoral” del día 31-10-04. Oficio Nº 08-1020, de fecha 10-07-2008, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2004-002937 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Se libró boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-08-2008.

 

 

5.- Expediente N° 2005-000085: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por los ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO RODRÍGUEZ y ALEXANDER PERDOMO,  titulares de las cédulas de identidad números 10.757.689, 13.063.991, 9.432.702 y 11.978.606, respectivamente, asistidos por los abogados José Rosalino Medina Bravo y Manuel Antonio Arana Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.987 y 94.492, respectivamente, contra los actos de fechas 06 y 13-05-2005, emanados de la Sala de Organizaciones Sindicales de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, relacionados con la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Vidrio de la Sociedad Mercantil, Empresa Productos de Vidrio, S.A. (SINTRAVISOMEPRO).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala boleta librada a los ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO RODRÍGUEZ y ALEXANDER PERDOMO,  de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 21-05-2008.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

6.- Expediente N° 2007-000096: HÉCTOR ENRIQUE PACHECO MORENO, DORIS ENEIDA ARAQUE RAMÍREZ, FRANCISCO JAVIER PÉREZ VILLARROEL Y JOSÉ LUIS CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.591.538, 9.479.865, 6.328.131 y 10.898.844, respectivamente, asistidos por el abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión de fecha 12-11-2007, dictada por la Comisión Electoral Permanente de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), mediante la cual se aceptó la postulación de los ciudadanos José Liborio Malpica Pérez, Norma Alexia García de Cedeño, Rafael Hortensio Pino Blanco, Néstor Pacheco Linares, Eduardo Rafael Núñez Morales y Héctor Ramón Marabay, con ocasión de la  elección del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida Caja, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 28-11-2007.

 

Por recibida comunicación J-31341361-5, de fecha 11-08-2008, suscrita por el ciudadano Esteban Martel Sotolongo, Presidente Ejecutivo de Banco de Exportación y Comercio, C.A., mediante el cual informa que las personas mencionada en la comunicación, no mantienen ni han mantenido ninguna relación con esa Institución.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente N° 2007-000060: JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, VLADIMIR SUÁREZ, YRMA FLOR PINTO y LUIS FELIPE SUÁREZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.081.852, 6.280.462, 3.364.999 y 16.380.723, respectivamente, asistidos por la abogada Doris Zabaleta, inscrita en el Inpreabogado Bajo el N° 31.452, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 070503-0413, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 03-05-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 380, de fecha 10-07-2007, en la cual se declaró sin lugar la impugnación interpuesta contra las actuaciones o vías de hecho de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (S.I.N.A.S.O.I.C.A.), respecto al proceso electoral celebrado en el referido Sindicato cuyo acto de votación tuvo lugar el 18-04-2007. (Recibido en fecha 27-07-2007).

 

Los ciudadanos ÁNGEL RAFAEL PÉREZ, EVARISTO ORELLANA, ASDRÚBAL GÓMEZ, ROSELIANO ORELLANA Y CARLOS. CISNEROS titulares de las cédulas de identidad números 8.799.076, 5.121.656, 8941.956, 10.078.974 y 6.826.036, respectivamente, asistidos por el abogado Alexis Farias, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.896, presentaron escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados con la causa y formulan un conjunto de solicitudes relacionadas con las elecciones (acompañaron anexos).

 

 

8.- Expediente N° 2008-000045: REINALDO FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 10.350.286, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.021, actuando con el carácter de Presidente y representante legal del MOVIMIENTO HUMANISTA (M.H.) y en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Resolución N° 080402-326, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró improcedente la oposición al procedimiento de cancelación iniciado contra la Organización con fines políticos MOVIMIENTO HUMANISTA (MH) y canceló la inscripción de la referida Organización con fines político regionales en los estados Aragua, Miranda y Distrito Capital.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito mediante el cual ratifica la solicitud formulada en fecha 16-09-2008, mediante la cual solicitó se declare el desistimiento el recurso por haber operado la caducidad de la acción. Asimismo, solicita en esta oportunidad, se declare desistido el recurso  por vencer el día de hoy  el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, sin que la parte recurrente haya cumplido con su obligación.

 

 

9.- Expediente N° 2008-000041: GERARDO BLYDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.434, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la resolución dictada, en fecha 21 de julio de 2008, por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 443, del 25 de julio de 2008, contentiva de las “Normas para regular la postulación de candidatas o candidatos a gobernadora y gobernador, legisladora o legislador al Consejo Legislativo, alcaldesa o alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, concejala o concejal al Cabildo Metropolitano de Caracas, alcaldesa o alcalde del Distrito del Alto Apure, concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure y alcaldesa o alcalde de Municipio, para las elecciones a celebrarse en noviembre de 2008”.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito mediante el cual solicita que se declare desistido el recurso por haberse vencido el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, sin que la parte recurrente haya cumplido con su obligación.

 

 

10.- Expediente N° 2008-000042: JUAN ISMAEL HERRERA y YUNIA ROSA LAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.717.479 y 5.148.560, respectivamente,  asistidos por el abogado Wilmer Partidas Rangel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 39.279, ejercen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorro de los trabajadores del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN), en razón de no haber convocado a la Asamblea General de Asociados para designar a la Comisión Electoral que deberá organizar el proceso de elección de las máximas autoridades de la referida Caja de Ahorro.

 

La abogada Trina Rondón Carías, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.407, actuando en su propio nombre y con el carácter de Presidenta del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN), presentó escrito informativo relacionado con la elección de la Comisión Electoral  (Acompaño anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2008-000015: RICARDO LUDWING ESTEVEZ MAZZA, ROBERTO ABDUL-HADI CASANOVA, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DAGER, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JORGE ENRIQUE MACAHDO JIMÉNEZ, FRANCISCO JAVIER SUÁREZ SCHANELY, LAURA SAHAGUN DE ACOSTA, LINDA TRINIDAD MEDINA LÓPEZ, IVÁN ALFREDO BARROETA, CARMEN LUISA ZULOAGA, MAUREN ELENA MORILLO, ROBERTO SÁNCHEZ, FRANCISCO JAVIER CASTRO, OSWALDO ALBERTO CISNEROS Y MARÍA ALEJANDRA MARÍN, titulares de las cédulas de identidad números 6.557.725, 7.138.574, 1.869.694, 1.876.665, 12.057.557, 18.588.268, 3.981.551, 5.532.431, 4.138.604, 4.774.587, 4.520.079, 14.741.617, 15.842.477, 18.556.849 y 17.757.065, respectivamente, asistidos por el abogado Johan Manuel Pérez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.440, “recurso contencioso electoral con el objeto de que esa Sala declare la omisión o carencia de actividad por parte del CNE en elaborar la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio anual que culminó el día 31 de diciembre de 2007, y presentarlo a la Asamblea Nacional de la República”.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó diligencia mediante el cual dejó constancia de haber retirado las copias certificadas y simples acordadas por auto de fecha 23-09-2008.

 

 

12.- Expediente N° 2008-000034: JUAN ANTONIO MADRIZ MADRIZ, KARYS ANTONIO ESCARBAIS VARELA, MAURICIO VEGAS y LUIS ROBERTO BOSQUE, titulares de las cédulas de identidad números 1.739.717, 5.099.152, 5.565.080 y 10.013.886, respectivamente, asistidos por el abogado Freddy Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.727, interponen  recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, suspensión de efectos y medida cautelar, contra el proceso electoral realizado en el Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV), cuyo acto de votación tuvo lugar el 14-12-2007.

 

La abogada Carmen Canache, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.407, presentó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia Nº 124 de fecha 11-08-2008, así como también de la sentencia Nº 130 de fecha 12-08-2008 que cursa en el cuaderno separado,  expediente Nº X-2008-000012.

 

 

13.- Expediente N° 2005-000128: SAÚL CASTELLANO, ENDER MOLINA, ALEXIS BORGES, LUIS BLANCO, WILLIAM SANDOVAL y RAMÓN PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad números 3.097.739, 5.049.877, 635.787, 3.249.081, 6.051.238 y 4.252.354, respectivamente, asistidos por el abogado Humberto González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.874, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos del MINFRA, MARN, Jubilados del INOS, INPARQUES, FEA, ICCLAM, FIBV, CONAVI, HIDROVEN y sus filiales, SETRA, IGVSB (CASEP).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos (CASEP), mediante la cual se le notificó de la Juramentación de la nueva Comisión Electoral Principal Ad-Hoc de la Caja de Ahorro Sector Empleados Públicos (CASEP), que se realizó en fecha 13-08-2008.

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

14.- Expediente N° 2008-000016: ELAM PACHECO y HERMITA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.192.054 y 4.069.852, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.893 y 62.252, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acta de totalización y proclamación de fecha 29-02-2008, emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva del referido gremio profesional.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 18-09-2008, por el abogado Amalio Ávila Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.136, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Hermita González y Elam Pacheco (parte recurrente),  así como los recaudos que acompañaron al referido escrito.

 

 

15.- Expediente N° 2008-000016: ELAM PACHECO y HERMITA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 4.192.054 y 4.069.852, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.893 y 62.252, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acta de totalización y proclamación de fecha 29-02-2008, emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva del referido gremio profesional.

 

Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

16.- Expediente N° X-2008-000009 (CUADERNO SEPARADO): HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA interponen Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15 de mayo de 2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; se revocó el acto administrativo recurrido y se ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio.

 

Vista la Sentencia N° 137, de fecha 14-08-2008, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de notificar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadanas HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA y al Consejo Universitario de la Universidad del Zulia. Se libraron Oficios números 08-396, 08-397, boleta y despacho. Finalmente, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se libró boleta a los ciudadanos Víctor Ruz Medina y Eduardo Fernández Polanco,  mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 14-08-2008.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

17.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-302, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 08-07-2008.

 

 

18.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-303, mediante el cual se notificó la Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del fallo dictado en fecha 08-07-2008.

 

 

19.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos Germán Ramírez Materán, Carmen Rojas Márquez, Josgla Nathali Díaz Barreto y Luis José Guevara González, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 08-07-2008.

 

 

20.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Marino Faría Vargas, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 08-07-2008.

 

 

21.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 08-07-2008. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal de la referida Junta, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

22.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

La ciudadana Secretaria Accidental de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 19-09-2008, se había trasladado al domicilio procesal de la Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela,  y dejado la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

23.- Expediente N° 2008-000042: JUAN ISMAEL HERRERA y YUNIA ROSA LAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 2.717.479 y 5.148.560, respectivamente,  asistidos por el abogado Wilmer Partidas Rangel, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 39.279, ejercen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorro de los trabajadores del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN), en razón de no haber convocado a la Asamblea General de Asociados para designar a la Comisión Electoral que deberá organizar el proceso de elección de las máximas autoridades de la referida Caja de Ahorro.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-363, anexo al cual se remitió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia copia certificada de la Sentencia N° 138 dictada por la Sala Electoral en fecha 14-08-2008.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

 

                                                                       La Secretaria Accidental,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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