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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de febrero de 2008





CUENTA Nº 27

 

CUENTA Nº 27

 

 

Despacho del martes veintiséis (26) de febrero de 2008. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Por recibido, en fecha 25-02-2008, Oficio N° 193, de fecha 15-02-2008, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 17-01-2008,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2007-000075: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° 4.070.925, asistido por el abogado Juan Audex Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.576, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070613-1470, emanada del Consejo Nacional Electora, en fecha 13-06-2007, publicado en Gaceta Electoral N° 388 de fecha 16-08-2007, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las actas que indica, respecto a la elección de Concejales por lista del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

Vencido como se encuentra el lapso perentorio de tres (3) días de despacho, otorgado al Consejo Nacional Electoral, a los fines de consignar  las actas originales de escrutinio identificadas en la decisión de fecha 12-02-2008, y sus respectivos cuadernos de votación, así como el acta de totalización original levantada en el proceso electoral de los miembros del Concejo Municipal del Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyo acto de votación se celebró el día 7 de agosto de 2005, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente N° 2008-000007: Benjamín Klarhr, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.471, actuando con el carácter de apoderado judicial de HILADOS FLEXILÓN, S.A., interpone recuso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Inspectoría del Trabajo de Maracay–Aragua respecto al proceso de elecciones de la Junta Directiva del Sindicato Único de Obreros y Empleados de Industria Textil, de la Confección, Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTOEA).

 

El abogado Benjamín Klarhr, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.471, actuando con el carácter de apoderado judicial de Hilados Flexilón, S.A., consignó escrito mediante el cual expone aspectos relacionados con la causa (Acompañó anexo).

 

 

 

RECEPCIÓN DE OFICIO:

 

 

4.- Expediente N° 2007-000023:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes,  remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARNOLDO MENA y JOSÉ GREGORIO ALBARRÁN, titulares de las cédulas de identidad números 4.263.095 y 10.564.526, respectivamente, asistidos por los abogados Asdrúbal Rafael Piña Soles, Félix Gutiérrez Marcano y Descree Milagros Acosta Superlano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.296, 74.772 y 121.361, respectivamente, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), respecto a la elección de las autoridades de la referida Caja de Ahorros, período 2006-2009, celebrada el 02-05-2006. Oficio Nº 282, de fecha 08-02-2007, remitiendo el expediente Nº 6442.06 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal y 1 pieza de expediente administrativo) (Recibido el 20-03-2007).

 

Por recibida, comunicación SCA-OAL-0470, de fecha 25-02-2008, suscrita por el Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, mediante el cual informa que da por terminada la Comisión Ad-Hoc, por cuanto ya fueron electos los miembros principales y suplentes de los Consejos de Administración y de Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA). (Acompaña recaudos relacionados con el proceso electoral).

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.014, consigna diligencia mediante la cual solicita copia certificada de todo el expediente.

 

 

6.- Expediente N° 2007-000073: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar interpuso por los abogados PAUL VALERI ALBORNOZ, ARNALDO GONZÁLEZ PONCE, RAFAEL ALVARO RAMÍREZ PULIDO y DANIELA VALERI SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de identidad números 1.909.910, 4.352.962, 5.199.970 y 10.564.751, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.744, 71.784, 38.267 y 49.699, respectivamente, actuando en su propio nombre y en su condición de militantes del partido político UNIÓN REPUBLICANA DEMOCRÁTICA (URD) contra la Resolución N° 070131-031, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31-01-2007, contentiva de las Normas para la Renovación de Nóminas de Adherentes de las Organizaciones con fines Políticos Nacionales y Regionales.  Oficio Nº 07-1616, de fecha 14-08-2007, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2007-000761 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 15-01-2008.

 

 

7.- Expediente N° X-2008-000001 (CUADERNO SEPARADO): Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente,  miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, solicitan medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato. (Recurso Principal Expediente N° 2007-000104).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 08-054, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 29-01-2008, a la parte recurrente. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° 2007-000104: Julio Enrique Tova Boso, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.903, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FRANCIS ADRIANA AGUILAR, CARMEN MARÍA MEDINA, YRIS YLARRETA, MERY RODRIGUEZ, JOSÉ LEONARDO EIZAGA Y FERNANDO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 11.141.400, 11.799.625, 9.520.149, 9.505.184, 13.902.681 y 9.516.889, respectivamente,  miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), electa el 13-03-2007, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 070704-1656, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 403, de fecha 20-11-2007, mediante la cual se declaró: 1.- la nulidad de las comisiones electorales designadas en fechas 13 y 20-03-2007, 2.- ratifica la autorización de convocatoria a elecciones de las autoridades del mencionado Sindicato, y 3.- ordenó la realización de una Asamblea General de afiliados, para elegir la Comisión Electoral que organizará el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

SENTENCIA

 

 

9.- Expediente N° 2007-000077: Alberto José Nava Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.443, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Estado Mérida, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el particular segundo de la Resolución N° 070704-1641, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 04-07-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 390 de fecha 22-08-2007,  que ordenó al Colegio de Médicos del Estado Mérida convocar a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento Interno de la Federación Médica Venezolana.  La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto.  En consecuencia, se declaró la NULIDAD PARCIAL de la Resolución N° 070704-1641 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 4 de julio de 2007, publicada en la Gaceta Electoral N° 390 del 22 de agosto de 2007, específicamente en lo que respecta al particular segundo de la citada resolución, que expresa: SE ORDENA al Colegio de Médicos del estado Mérida convoque a una Asamblea General para designar la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral de acuerdo con el Reglamento interno de la Federación Médica Venezolana”.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA.  Sentencia N° 21. 

 

 

10.- Expediente N° 2007-000068: LUIS ALBERTO APONTE LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.036, asistido por la abogada Josefina Camacaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.307, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 070607-0768, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-06-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 382, de fecha 16-07-2007, en la cual se declaró sin lugar los recursos jerárquicos interpuestos contra la elección y postulación del ciudadano José Luis Rodríguez, como Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, en el proceso electoral celebrado el 21-05-2006, así como contra el proceso electoral en  general celebrado. La Sala ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral, que en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes, consigne en original las Actas de Escrutinio correspondientes al proceso electoral que se llevó a cabo el 21 de mayo de 2006, en el que se eligió el Alcalde del municipio Carrizal del estado Miranda. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA.  Sentencia N° 22. 

 

 

11.- Expediente N° 2007-000087: RAFAEL ROMANO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.693.326, actuando con el carácter de Secretario General del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la Universidad del Zulia, asistido por la abogada Arlene Aguilera Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.760, interpone  recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el acto de votación fijado por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia para el día 08 de noviembre de 2007, para elegir a los representantes estudiantiles ante la Federación de Centros Universitarios y los distintos Centros de Estudiantes de la referida Casa de Estudios. La Sala declaró: PRIMERO: DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. SEGUNDO: REVOCÓ la medida cautelar innominada acordada en fecha 7 de noviembre de 2007, en la cual se ordenó la suspensión del acto de votación del proceso electoral de los integrantes de los Centros de Estudiantes y de la Federación de Centros de Universitarios de La Universidad del Zulia, pautado para el día 8 de noviembre de 2007. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 23. 

 

 

12.- Expediente N° 2008-000004: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada ORANNEG OLIVA VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.569, actuando con el carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN DE LOS ANDES (CORPOANDES), contra el Auto N° 2007-11, dictado por la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de fecha 20-03-2007, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.667, de fecha 20-04-2007, mediante el cual se reconoce los resultados del proceso electoral celebrado en fecha 18-07-2005 para elegir al Director Laboral y su respectivo suplente en la referida Corporación. Oficio Nº CSCA-2008-0133, de fecha 15-01-2008, remitiendo el expediente Nº Ap42-n-2007-000506 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).  La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad. SEGUNDO: Remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para su tramitación conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 24. 

 

 

13.- Expediente N° 2008-000005: MARÍA LUISA BRICEÑO PARRA, titular de la cédula de identidad N° 15.293.374, asistida por el abogado Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.548, interpone recurso de interpretación respecto al alcance e inteligencia del artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de interpretación del artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 25. 

 

 

 

14.- Expediente N° 2008-000006:  Francisco Salvador Lugo Dorta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.892, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ninoska Meléndez, Rannefer Valbuena, Julián Inciarte, Luis Roa, Joaquín Soto, Néstor Pirela, Marilyn Navas, Jesús Rojas, Favio Rivas y Francisco Jiménez, titulares de las cédulas de identidad números 11.803.794, 4.994.374, 7.828.293, 4.208.851, 4.154.652, 7.820.308, 7.869.426, 3.636.894, 8.754.879, y 4.531.513, respectivamente, miembros del Sindicato Autónomo de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Canalizaciones (SAEPINC), interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de fecha 31-05-2007, que ordenó la reincorporación de los ciudadanos Fernando José Hevia Araujo, Rubén Darío Navarro Reyes y Alberto Enrique Molero Valbuena al Instituto Nacional de Canalizaciones.  La Sala declaró: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la referida acción de amparo en LA CORTE DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO que, en virtud del procedimiento de distribución de causas, corresponda.  Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN.  Sentencia N° 26.

 

 

15.- Expediente N° 2007-000053: FERNANDO BARRIENTOS, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.579, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los actos y omisiones de la Comisión Electoral de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos, cuyo acto de votación se encuentra fijado para el día 25-07-2007. La Sala declaró CON LUGAR la solicitud de ampliación de la sentencia de esta Sala, número 227 del 6 de diciembre de 2007, interpuesta por el ciudadano JOSÉ ANTONIO MORA y, en consecuencia, AMPLIADA la referida sentencia en los términos expuestos en la parte motiva de la decisión. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.  Sentencia N° 27.

 

 

16.- Expediente N° 2007-000022: RÓMULO SÁNCHEZ, JORGE YEDRA y JAIDEC MEDINA, titulares de las cédulas de identidad números 4.026.404, 5.178.431 y 3.635.503, respectivamente, asistidos por los abogados Virgilio Briceño y Teresa Morales Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.162 y 64.694, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Resolución N° 070214-0103, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-02-2007, publicada en Gaceta Electoral N° 360, de fecha 27-02-2007, que declaró sin lugar las impugnaciones interpuestas por los referidos ciudadanos contra la convocatoria de la Asamblea de Trabajadores para elegir la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores, Profesionales, Empleados, Técnicos y Obreros de la Industria de la Construcción, Madera, Maquinarias Pesadas, Vialidades y Similares de la República Bolivariana de Venezuela (FENATCS), celebrada el 04-05-2006, y otorgó el reconocimiento a la elección de las autoridades de la referida Federación, celebradas en fecha 27-07-2006. (Recibido el 16-03-2007).  La Sala declaró: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido. SEGUNDO: Dejó SIN EFECTO la medida cautelar acordada en la decisión dictada bajo el número 96, del 19 de junio de 2007, que cursa en el cuaderno separado identificado bajo el número AA70-X-2007-000017.  Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.  Sentencia N° 28.

 

 

17.- Expediente N° 2007-000014: ARIYURY TABARES, LORENZO ROBERTO SANTANA y RAMÓN HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 6.074.126, 6.854.403 y 3.883.424, respectivamente, asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva y Demás Órganos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral (SINTRAPEL), celebrada en fecha 15-02-2007. La Sala declaró: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria y ampliación formulada por el ciudadano Fidel Bloedoorn, de la sentencia dictada por esta Sala número 231, del 11 de diciembre de 2007. SEGUNDO: ORDENÓ remitir copia certificada de la decisión al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados, en el cual esté inscrito el abogado Juan Félix Mesones Molina, para que inicie el respectivo procedimiento disciplinario y determine la responsabilidad a que hubiere lugar. Ponente: FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.  Sentencia N° 29.

El Presidente,

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

           

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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